En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente sobre teletrabajo ha revelado la existencia de diversos puntos susceptibles de mejora en aspectos tales como la propia definición del teletrabajo, el ámbito de aplicación, los deberes del personal que presta sus servicios bajo esta modalidad, el baremo aplicable y, señaladamente, el procedimiento establecido para la autorización del teletrabajo, que se estima necesario simplificar.
A la vista de ello, se pretende actualizar la regulación de esta modalidad de prestación de los servicios con el fin de garantizar el cumplimiento de su finalidad fundamental –“contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento”, tal y como establece la norma básica estatal–, sin perder de vista las múltiples posibilidades que el teletrabajo ofrece al personal al servicio de la Administración pública, como son la eliminación del tiempo y del coste invertido en los desplazamientos, la conciliación de la vida familiar y laboral o la mayor autonomía en el desarrollo de las funciones encomendadas.
¿Quiere realizar aportaciones al Decreto sobre teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León?
02/12/2024 • Sin comentarios •
Se propone ampliar el teletrabajo a todos los funcionarios, incluido a los jefes de servicio.
03/12/2024 • Sin comentarios •
Incluir en el baremo un punto en el que se tenga en cuenta la circunstancia de residir a más de 50 Km del centro de trabajo, independientemente del número de habitantes.
04/12/2024 • Sin comentarios •
Limita a tres el número de días en modalidad de teletrabajo Relaciona los moscosos y la compensación de jornada con la modalidad de trabajo
02/12/2024 • Sin comentarios •
Propongo que el teletrabajo permita, como se hace en la empresa privada, efectivamente teletrabajar, lo que permitiría residir en otra localidad diferente a la del puesto de trabajo
03/12/2024 • Sin comentarios •
Identificar en las RPTs de cada Consejería los puestos de trabajo que admiten teletrabajo y número de días a la semana. Así cuando se publique un concurso de traslados poder contar con esa información
05/12/2024 • Sin comentarios •
El texto se olvida de las personas que residen en otra provincia o alejadas del lugar de trabajo, centrándose en incentivar la designación de municipios ultraperiféricos como lugar de trabajo remoto.
03/12/2024 • Sin comentarios •
En el art13 se debería valorar tanto el residir en una provincia diferente a la de trabajo, como residir en un municipio no ultraperiféricos aunque no existan plazas en ellos, favorece la despoblación
04/12/2024 • Sin comentarios •
Teletrabajo para personas con enfermedades crónicas, especialmente las que afectan a la movilidad.
02/12/2024 • 2 comentarios •
Trato discriminatorio en la baremación de la discapacidad y la dependencia
02/12/2024 • Sin comentarios •
Cuando la pareja trabaja a turnos (para hijos menores). Alternar el cuidado de mayores con el resto de familiares
02/12/2024 • Sin comentarios •
Dar prioridad a residentes en localidades sin puestos de trabajo a los que pueda optar el empleado publico
01/12/2024 • Sin comentarios •
Hasta ahora el máximo permitido de jornadas de teletrabajo son 4 días y ahora entiendo que se reducen a tres.
02/12/2024 • Sin comentarios •
Valorar como criterios preferentes la residencia en municipios "despoblados", entendiendo por municipios de pequeño tamaño, alejados de capitales de provincia distribuidos por toda la comunidad.
03/12/2024 • Sin comentarios •
Colectivos de especial protección: El personal que sufra una enfermedad crónica, certificada por facultativo competente, y que demuestre que el teletrabajo mejora las condiciones personales y laborale
04/12/2024 • Sin comentarios •
Valorar la distancia del domicilio al centro de trabajo
05/12/2024 • Sin comentarios •
No exigir el requisito de que el puesto desempeñado sea el inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud y primar la experiencia en el puesto.
03/12/2024 • Sin comentarios •
Inclusión de la edad del trabajador como criterio preferente. Subsidiariamente, incluir el tiempo de trabajo desempeñado por el trabajador. Subsidiariamente, incluir ambos criterios.
04/12/2024 • Sin comentarios •
Se deberían valorar las enfermedades crónicas que cursan en brotes y que permiten al trabajador (como es mi caso) poder trabajar y no coger bajas laborales.
05/12/2024 • Sin comentarios •
1. Incongruencias entre el objeto del teletrabajo y las baremaciones propuestas
04/12/2024 • Sin comentarios •
Según la Disp transitoria 2ª, Las solicitudes presentadas y no tramitadas se tramitaran conforme a la nueva ley, deberían tramitarse según la ley vigente en el momento de la solicitud
05/12/2024 • Sin comentarios •
Puede haber puestos asociados a dirección, coordinación o supervisión susceptibles de desarrollarse en remoto, al menos en parte. No deben excluirse a priori de acogerse a teletrabajo.
05/12/2024 • Sin comentarios •
Según la disposición transitoria primera una vez finalizada una prórroga de la concesión del teletrabajo, habría que esperar 9 meses para poder volver a solicitar el teletrabajo
02/12/2024 • Sin comentarios •
ARTÍCULO 8-bis Serán asimismo susceptibles de ser desempeñados en la modalidad de teletrabajo, aquellos puestos con funciones de inspección.
05/12/2024 • Sin comentarios •
Hacer mención y valorar las personas con enferm. que aparecen en RD 1148/2011 y que de otra manera no se tienen en cuenta al no generar a veces minusvalía y sin embargo son consideradas muy graves
05/12/2024 • Sin comentarios •
Se debería valorar de una manera efectiva las características individuales de cada trabajador a la hora de permitirles pedir el teletrabajo y no dar a todos los trab. del mismo centro los mismos días