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(2015/12) Borrador de mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) (Cerrado)

En qué consiste

La Junta de Castilla y León, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), quiere abrir un amplio periodo de participación ciudadana, para poder escuchar las opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León. Queremos así cumplir el compromiso adquirido de favorecer la participación de la sociedad civil en asuntos de Comunidad y, con ello, las previsiones de la Ley de transparencia y participación ciudadana que aprobaron las Cortes de Castilla y León en marzo de este año 2015.

Para ello, las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León han elaborado, siguiendo los criterios establecidos en la LORSERGO, los estudios de zonificación de sus respectivas provincias en los que, partiendo de la experiencia en la prestación de servicios básicos a los ciudadanos y del conocimiento de las distintas zonas de cada provincia, con sus singularidades y características particulares, concluyen planteando un borrador de la posibles UBOST que conformarían cada provincia.

Con estos estudios hemos elaborado este primer borrador de zonificación de la Comunidad de Castilla y León que sirva de base para ir configurando entre todos el futuro mapa de UBOST. Hay que recordar que el mapa de UBOST pretende delimitar unos espacios territoriales que, esencialmente, permitirán dotar de mayor eficacia y eficiencia la prestación de los servicios públicos, tanto autonómicos como locales, en términos de optimización y garantía de igualdad en la accesibilidad de los ciudadanos.

Este primer borrador lo compartimos ahora en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León para que se pueda consultar por todos y, en el plazo de tres meses (hasta el 31 de diciembre), se puedan hacer cuantas alegaciones, aportaciones y propuestas constructivas se consideren oportunas de cara a mejorar y enriquecer el futuro mapa de UBOST que, sin duda, es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Después de este trámite de participación ciudadana , tras su análisis y con las correcciones que puedan producirse por las aportaciones recibidas, comenzará la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO , que prevé, como primer paso, el informe de cada una de las Diputaciones Provinciales y del Consejo Comarcal de El Bierzo.

Evacuados dichos informes, la Consejería de la Presidencia elaborará una “_Propuesta_ _inicial_” de delimitación del mapa de UBOST, que someterá a audiencia de todos y cada uno los municipios de Castilla y León, así como a un periodo de información pública por el plazo de un mes mediante su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León-BOCYL-.

Tras esta tramitación, y previa negociación con todos los grupos parlamentarios, la Junta de Castilla y León aprobará como norma con fuerza de ley el “Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio”, que será remitida a las Cortes de Castilla y León para su aprobación, precisando el apoyo de dos tercios de sus procuradores.

Los documentos que se ponen a disposición en este Portal de Gobierno Abierto para la participación ciudadana son los siguientes:

  1. NORMATIVA PARA LA CONFIGURACIÓN DE LAS UBOST
  2. CUADRO ESTADÍSTIDO DEL BORRADOR DE LAS UBOST
  3. FICHAS Y MAPAS DEL BORRADOR DE LAS UBOST POR PROVINCIAS : En este apartado encontrarán una ficha y un mapa por cada UBOST en el que se concreta el Código y Nombre de la UBOST, la relación de los municipios que la integran, así como los datos de población y densidad (última oficial a 1 enero 2014). Del mismo modo, se relacionan en las UBOST donde se produzca, aquellos núcleos de población que pueden forman parte de esa UBOST, aun siendo núcleos de municipios que pertenecen a otra UBOST. También se encontrará un documento explicativo de las UBOST rurales que presentan especialidades, en aplicación del artículo 4.2 de la LORSERGO.
    1. Ávila: Mapa ; Ficha
    2. Burgos: Mapa ; Ficha
    3. León: Mapa ; Ficha
    4. Palencia: Mapa ; Ficha
    5. Salamanca: Mapa ; Ficha
    6. Segovia: Mapa ; Ficha
    7. Soria: Mapa ; Ficha
    8. Valladolid: Mapa ; Ficha
    9. Zamora: Mapa ; Ficha
    10. Explicación criterios otras UBOST

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó el 31 de diciembre de 2015.

¿Desea realizar alguna aportación al borrador del Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) a constituir en Castilla y León?

AYUNTAMIENTOS DE CASLA Y OTROS Y MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE 'LA SIERRA' (SEGOVIA)

28/12/2015  •  1 comentario  •  BEGOÑA VELASCO VELASCO#109078

Los Ayuntamientos de Casla, Duruelo, Aldeacorvo, San Pedro de Gaillos y Condado de Castilnovo; y la Mancomunidad de Municipios de 'La Sierra' (Segovia) han formulado las sugerencias que pueden verse a continuación:PROPUESTA DE ACUERDOPRIMERO.- Reafirmamos, una vez más, la importancia de los municipios rurales, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para los habitantes del medio rural; contribuyendo de forma inequívoca a mitigar el grave problema de la despoblación que azota nuestros pueblos.SEGUNDO.- Defender el mantenimiento de la actual estructura territorial y organizativa de la mancomunidad de municipios de La Sierra, comunicando a los municipios miembros este acuerdo para que adopten en los Plenos de las Corporaciones respectivas, los acuerdos que dentro de su autonomía local, entiendan más beneficiosos para el interés general.TERCERO.- Pedir la modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, para que de una forma efectiva y práctica se facilite la AUTONOMÍA MUNICIPAL de los municipios rurales, para lo cual se deberá garantizar:- El mantenimiento voluntario de las actuales mancomunidades de municipios.- La posibilidad de que un municipio rural puede integrarse en una o más mancomunidades en función de las competencias y funciones que desee o precise mancomunar.- La voluntariedad de cesión de competencias, sin que se tenga que asumir las que se indican en el artículo 41.1 “… una cartera común y homogénea de competencias..”- Sin un municipio rural no se integra en una MIGrural, deberá tener garantizada la cooperación económica del Estado y de la Comunidad Autónoma a las inversiones para la prestación de los servicios mínimos que se recogen en el artículo 26.1 de la Ley de Bases de Régimen Local.CUARTO.- En el supuesto de que finalmente se aplicase la LORSERGO en cuanto a la delimitación de las UBOST, que una de estas Unidades coincida íntegramente con el ámbito territorial los trece municipios miembros de la Mancomunidad de Municipios de La Sierra.QUINTO.- Trasladar la presente proposición a la Presidencia del Gobierno de la Nación, a la de la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de Segovia, a la FEMP y FRMP y a los Grupos Políticos en el Congreso de los Diputados y en las Cortes de Castilla y León.SEXTO.- Trasladar igualmente esta proposición a los ayuntamientos miembros de esta Entidad para que si así lo estiman procedente, aprueben el contenido de la misma en defensa de la AUTONOMÍA MUNICIPAL y de los MUNICIPIOS RURALES.Visto el contenido de la precedente Moción, tras un breve debate y considerando que el mantenimiento de la autonomía local contribuirá a mitigar los problemas de despoblación que sufre nuestra provincia, el Pleno de la Asamblea de Concejales, en votación ordinaria y por unanimidad de todos sus miembros presentes, adopta el siguiente acuerdo:PRIMERO.- Aprobar en todos sus términos la Moción consensuada, y en su virtud, dar los traslados de este acuerdo a las Entidades e Instituciones que señalan en la misma.”A la vista de lo expuesto, el Ayuntamiento de Casla en Pleno por unanimidad de los cuatro concejales asistentes al mismo de los cinco que legalmente lo componen, acuerda:Primero.-Ratificar en todos sus puntos el acuerdo adoptado por la Asamblea de Concejales de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra, en sesión celebrada el pasado 10 de diciembre de 2015, y que ha quedado reflejado en la parte expositiva; en el que se pone de manifiesto que el deseo de todos los municipios integrantes de la Mancomunidad es seguir manteniendo la actual estructura territorial y organizativa de la mancomunidad de municipios de La Sierra, defendiéndose la autonomía local y el derecho de autodeterminación y organización contemplados en la Constitución Española, así como en la vigente Ley de Bases de Régimen Local.Segundo.-Considerando el supuesto de que entrara en vigor la nueva Ordenación Territorial propuesta por la Junta de Castilla y León, se solicita que se determine como una UBOST independiente, el territorio que conforman los municipios que actualmente integran la Mancomunidad de la Municipios de la Sierra, porque se considera importante mantener la configuración existente, en la medida en que contribuyen a la mejor prestación de los servicios y competencias municipales, y que su disolución supondrían la ruptura de la actual estructura organizativa y una pérdida considerable en los servicios que ahora reciben los vecinos que están integrados en la Mancomunidad, así como una vulneración de lo dispuesto en el artículo 10 del Instrumento de Ratificación, de 20 de enero de 1988 de la Carta Europea de 15 de octubre de 1985 de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo, que señala que: 1-Las entidades locales tiene el derecho, en el ejercicio de sus competencias, de cooperar y en el ámbito de la Ley, de asociarse con otras Entidades Locales para la realización de tareas de interés común”, derecho que ya se materializó por parte de los integrantes de la Mancomunidad de la Sierra cuando se constituyó la entidad.Tercero.-Notificar y presentar en tiempo y forma ante la Junta de Castilla y León, el presente acuerdo, como manifestación del apoyo de la postura defendida por el Ayuntamiento y el mantenimiento de la actual estructura de la Mancomunidad de la Sierra.Cuarto.-Remitir el presente acuerdo a la Mancomunidad de la Sierra para la presentación conjunta de las alegaciones ante la Junta de Castilla y León, remitiéndose a aquellos organismos y entidades que procedan.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/duruelo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/aldealcorvo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/san_pedro_de_gaillos_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/condado_de_castilnovo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/mancomunidades/la_sierra_(segovia).docx

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DENOMINACIÓN DE LAS UBOST VARUR01 Y VARUR02. CAMPOS NOROESTE Y RÍOS CEA Y SEQUILLO

30/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109066

Tal y como he apuntado en las reuniones a las que se nos ha convocado, entendemos la sensibilidad del borrador a la hora de no denominar las UBOTS de una forma ajena al propio territorio que ocupan pero en el caso de las dos a las que aludo en el encabezamiento se ha producido un grave error.La denominación de la VARUR02 alude a dos ríos, el Cea y El Sequillo cuando en realidad ninguno de los pueblos que pertenecen a la Ribera del Cea pertenecen a esta unidad.Mi sugerencia por tanto es, suprimir de la unidad VARUR02 el término CEA y valorar su utilización en la VARUR01 que podría llamarse Cea-Campos Noroeste.Alberto Magdaleno. Alcalde de Mayorga

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UBOST en la provincia de León denominada Omaña-Luna en coincidencia con la Mancomunidad de servicios que ya funciona

27/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109063

La UBOS propuesta para la provincia de León, bajo la denominación OMAÑA, incluye municipios que nada tienen que ver con esa 'comarca' leonesa. Por lo que se propone crear la UBOST que bajo la denominación LUNA, comprenderá los municipios de Barrios de Luna, Soto y Amío, Rioseco de Tapia, Santa María de Ordás, Riello y Carrocera. Es una delimitación territorial ya organizada para la prestación de servicios comunes y se llama Mancomunidad Omaña-Luna.Por otra parte quedaría la UBOST Omaña, con municipios de ese territorio

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LERUR23

04/10/2015  •  1 comentario  •  arsenio llamas garcia#108961

Este lerur23 comprende geográficamente tres riberas. Bernesga,Torío y Curueño. Los rios en esta zona con sus valles son los ejes de comunicación y de actividad comercial y humana. La red de comunicaciones carreteras, ferrocarril, telefónica, poblaciones sigue tambien este esquema. El LERUR23 es transversal a la geografía. A titulo de ejemplo un camión de basura recorrería tres veces, subir y bajar, los respectivos valles. Cuadros ni históricamente ni comercialmente tiene relacion con santa colomba, debido a las barreras geográficas.Seria mucho mas 'eficaz y eficiente' que el LERUR23 lo compusieran Sariegos,Cuadros,La robla. En el mismo valle y con entidad de población suficiente. Los vinculos sociales e historicos son evidentes. La robla a traves de la Nacional esta muy cerca de León. Historicamente serían Bernega de arriba-Alba-Fenar. El mismo criterio seria aplicable para Villaquilambre,Garrafe,Santa colomba.Si la organizacion que se propone no tiene condiciones de eficiencia ni de arraigo, sera mucho mas dificil su aceptacion que si las tuviera.Porque esta organización debiera ser el embrión de una concentración de municipios, para acabar con el mosaico actual que se hizo para que tuviera dimensión humana a lomos de caballerías, pero hoy se ha convertido en monopoly caciquil, anticualla que atomiza más el territorio que lo que estaba en la edad media, aunque parezca imposible.El concepto de alfoz esta muy bien, pero eso no impide modernizar. La Robla hoy es un 'arrabal' de leon.Florentino Agustin Diez en su COMARCAS DE LEON (isbn 84-00-05611-6) aporta criterios que debieran ser tenidos en cuenta sobre ruralistica.Es impensable que en la inevitable y nunca afrontada 'reforma local' se hagan distritos distintos a los LERUR, solapando organismos. Como debera hacerse sobre esta ordenación, tengase en cuenta que una persona debe tener un recorrido lógico, económico, en sus gestiones. De forma que para sacar un certificado el tiempo empleado sea el mínimo en desplazamiento.En la primera división municipal (s XIX)El Ferral estaba en el mismo Ayto. que Cascantes. Pero la presion de los caciques que se quedaban sin area de influencia en un territorio tan extenso hizo que se hicieran aytos. pequeños para que hubiera 'cafe para todos'.No repitamos el error, es una anomalía que en muchas zonas el unico puesto de trabajo sea el del Ayto. La Iglesia, el ejercito, Las empresas han redimensionado sus sectores. Para cuando la Administración? No es cierto que Administración próxima sea sinónimo de eficiente. Si esto fuera cierto los madrileños estarían de suerte porque tienen al gobierno al lado (!) La eficiencia no depende de la proximidad,hoy día, depende de la agilidad.Contrariamente a lo que se oye, Administración próxima es administracion clientelar, compadreo, ramplonería, paletismo,....Con Felipe V una visita rutinaria de los oficiales del rey en juicio de residencia, hacia temblar a todos y en tres dias se dictaminaba el buen o mal gobierno de la aldea.......Si esta organización se hace con decisión y rigor sera valorada como positiva por la ciudadanía, se apreciará la valentía y ganaremos todos porque la Administración ganará en afecto ciudadano, por el camino que vamos esta ganando en desafección porque es evidente que es elefantiásica y voraz.un saludo, paisano.

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Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza

06/10/2015  •  1 comentario  •  Alfredo Aranguren#109057

Esta Comunidad agrupa a 18 municipios desde hace cientos de años y es propietaria, en nombre de los habitantes de esos municipios, de una importante masa forestal.Desde hace veinte años presta servicio de recogida de residuos a esos municipios y desde hace tres también es responsable de la llegada a todos ellos del agua potable, con una presa construida en la sierra y una red de abastecimiento a todos ellos.Con el plan que se pretende los municipios de El Cubillo, Valdevacas y Guijar, Arevalillo de Cega, Rebollo, Puebla de Pedraza y Valleruela de Pedraza quedan repartidos en dos UBOST distintas de las de los otros 12 municipios.¿Este reparto significa que se van a prestar estos servicios en esos municipios por otra entidad y que los vecinos de éstos pueblos van a tener que pagar dos veces esos servicios (una a la nueva entidad y también a la Comunidad de Villa y ¨Tierra a la que seguirán perteneciendo y como propietarios de sus bienes costeando los servicios que preste?.Creo que sería más conveniente conservar la integridad de entidades que han funcionado durante siglos, y que llevan décadas prestando servicios, antes que romper su estructura en aras de una gran mancomunidad de complicada articulación.

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Cañizal a Salamanca

22/10/2015  •  1 comentario  •  Raquel#109060

Piden nuestra opinión y yo doy la mia.Pienso que la sanidad debe seguir en Salamanca, por cercanía ante todo ya que son 20 minutos por la autovía y si tengo una Urgencias hospitalarias no quiero que me lleven a Zamora y morirme por el camino. La sanidad es algo que nos toca a todos mayores y niños. Son casi 70 km a Zamora por una carretera horrible y no hay autobús para poder ir. Pero también creo q quitar a los chavales del instituto de fuentesauco no debería pasar, las infraestructuras y el transporte para llegar al instituto esta bien organizado y son 15 km en vez de 35 a Salamanca. Si en las ciudades se puede elegir instituto y se suele dar prioridad para admitir a los alumnos la cercanía a su domicilio porque aquí teniendo un instituto tan cerca se nos obliga a enviarles a salamanca, no lo entiendo. Que queremos cerrar colegios e institutos rurales? Mi opinión es todo a Salamanca menos el instituto pero si tengo que elegir y perder el instituto lo haré y decido salamanca y si mis hijas se van a estudiar a salamanca, yo me marcharse también. No creo q sea tan difícil lo que pedimos. Si dicen q se puede hacer una escepcionalidad y que el centro de salud de fuentesauco nos derive a los especialistas que no haya en Zamora a salamanca ( cosa que se hace ya en todos los pueblo, sino hay ese especialista en Zamora mandan a Salamanca, no es ninguna cosa nueva) porque no se hace una escepcionalidad con el instituto y se concilia la vida familiar de las familias que tienen hijos jóvenes en el pueblo? También quiero dar una sugerencia y pedir que se reforme el centro de salud de Pedrosillo, ayudaría a mucha gente a decidirse.

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Aportación de Fapa-Burgos al borrador: aclarar el concepto de 'zona educativa' y no suprimir ningún Centro educativo

23/12/2015  •  1 comentario  •  FAPA-BURGOS#109069

La Federación Provincial de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros Públicos de Enseñanza no Universitaria de Burgos “FAPA BURGOS” realiza la siguiente aportación al Borrador de Mapa de las Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio: Nuestra preocupación es que esta nueva forma de organización no implique la supresión de ningún Centro educativo de la provincia de Burgos. Ni el mapa de Unidades Básicas ni el resto de documentos ahora publicados aclaran el significado y aplicación del artículo 11, segundo párrafo, letra c) de la Ley de Ordenación y Servicios del Territorio, que dice así: “Para la prestación de la educación obligatoria, cada zona educativa deberá comprender un mínimo de una unidad básica de ordenación y servicios y un máximo de cinco”. No se explica en ningún sitio lo que significa la expresión “zona educativa”, y si va a influir en la existencia y número de Centros educativos. Por lo que hace a la provincia de Burgos, consideramos que los Centros educativos, tanto de Educación Infantil y Primaria como de Secundaria y Bachillerato, existentes en la provincia suponen la dotación mínima que debe existir, sin que deba prescindirse de ninguno de ellos si se quiere mantener en el medio rural un nivel mínimo de prestación de un servicio tan básico como la educación. No debe perderse de vista que la presencia en el medio rural de escuelas de calidad y bien dotadas es uno de los elementos que más contribuye a la fijación de población en el medio rural. La división de la provincia en Unidades Básicas de Ordenación y Servicios refleja considerables diferencias entre ellas en lo que se refiere a la distribución de Centros educativos, con algunas Unidades en las que prácticamente no hay Centros al lado de otras que tienen varios. Quizá, en función de la importancia que esta división vaya a tener en la forma de prestarse los servicios, sería conveniente buscar una división que buscara un mayor equilibrio entre Unidades en dicha distribución, siempre con el principio fundamental de no supresión de ningún Centro.Por último, queremos hacer mención a que la división planteada supone que algunas localidades de Colegios Rurales Agrupados quedan ubicados en diferentes Unidades Básicas, lo que habrá de ser tenido en cuenta en orden a que no suponga la desmembración de estos Colegios.Los CRAs y las localidades afectadas, a las que se aluden en el párrafo anterior, son las siguientes:  CRA DIEGO MARÍN, que incluye a las siguientes localidades: Peñaranda de Duero, incluida en la zona BURUR 21. Caleruega, incluida en la zona BURUR 20. Baños de Valdearados, incluida en la zona BURUR 20. CRA ANTONIO DE NEBRIJA, que incluye a las siguientes localidades: Torrresandino, incluida en la zona BURUR 19. Tórtoles de Esgueva, incluida en la zona BURUR 19. Cilleruelo de Abajo, incluida en la zona BURUR 16. Castrillo de Don Juan (provincia de Palencia). CRA LA DEMANDA, que incluye a las siguientes localidades: Huerta del Rey, incluida en la zona BURUR 22. Arauzo de Miel, incluida en la zona BURUR 22. Quintanarraya, no incluida en ninguna zona. Hontoria del Pinar, no incluida en ninguna zona. CRA RIBERDUERO, que incluye a las siguientes localidades: Castrillo de la Vega, incluida en la zona BURUR 21. Fuentespina, incluida en la zona BURUR 21. Vadocondes, incluida en la zona BURUR 21. Villalba de Duero, incluida en la zona BURUR 20.SOLICITA:Se tenga por presentado este escrito y se de contestación al mismo.En Burgos, a veintitrés de diciembre de dos mil quince.Fdo.: Fernando Cabrejas del Campo. Presidente de Fapa-Burgos.JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. DELEGADO TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. BURGOS

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D. CARLOS FRÍAS LÓPEZ SECRETARIO INTERVENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE TURÉGANO (SEGOVIA) CERTIFICO: Que en la sesión de ordinaria celebrada con

28/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109072

PROPUESTA DEL AYUNTAMIENTO DE TUREGANO DE CREACION DE NUEVA UNIDAD DE ORDENACIONNota: el ayuntamiento de Turégano (Segovia) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica las sugerencias que pueden verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/turegano_(segovia).docx

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SUGERENCIAS PRESENTADAS POR ACUERDOS DEL PLENO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE CABALLAR Y OTROS

28/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109075

Nota: Los Ayuntamientos de Caballar, Fresno de Cantespino y Santo Tomé del Puerto (Segovia) han presentado las sugerencias que pueden verse a continuación:1.- Reafirmar la importancia de las Entidades Locales, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para todos. 2.- Pedir la retirada del proyecto de ordenación de las UBOST, garantizando el principio de autonomía de las entidades locales y no implicando la desaparición de entidades públicas (Entidades Locales Menores, Ayuntamientos, Mancomunidades).3.- Defender el mantenimiento de la actual estructura territorial y organizativa de la Mancomunidad de municipios Villa de Turégano.4.- En el supuesto de que finalmente se aplicase la LORSERGO en cuanto a la delimitación de las UBOST, que una de estas Unidades coincida íntegramente con el ámbito territorial de los municipios miembros de la Mancomunidad de municipios Villa de Turégano. 5.- Instar a que se trabaje coordinadamente y se lleguen a acuerdos de manera consensuada entre todas las Administraciones y entidades afectadas, con el objetivo de clarificar, delimitar y asignar las competencias de cada una de las Administraciones, bajo el principio de una competencia en una sola Administración, y en el caso de aquellas de difícil atribución o de función concurrente, se establezca el mecanismo o protocolo adecuado de coordinación entre las Administraciones implicadas a efectos prestar adecuadamente los servicios encomendados. 6.- Manifestar que la asignación de competencias a las diferentes Administraciones debe ir acompañada de la necesaria y suficiente financiación, para hacer frente con la calidad que por la norma competente sea exigible a tales prestaciones. 7.- Solicitar que en la financiación plasmada en los acuerdos que se establezcan, se tenga en cuenta, entre otros criterios de reparto, la realidad de esta provincia, similar a la de Castilla y León, caracterizada por la dispersión de los habitantes en más de 350 núcleos poblacionales, la despoblación y el porcentaje de población mayor de sesenta y cinco años residente en los mismos, lo cual añade complejidad extrema en la prestación de servicios básicos esenciales para los ciudadanos.8.- Pedir la modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, para que de una forma efectiva y práctica se facilite la AUTONOMÍA MUNICIPAL de los municipios rurales, para lo cual se deberá garantizar:- El mantenimiento voluntario de las actuales mancomunidades de municipios.- La posibilidad de que un municipio rural pueda integrarse en una o más mancomunidades, en función de las competencias y funciones que desee o precise mancomunar.- La voluntariedad de cesión de competencias, sin que se tenga que asumir las que se indican en el artículo 41.1 “… una cartera común y homogénea de competencias.”- Si un municipio rural no se integra en una MIGrural, deberá tener garantizada la cooperación económica del Estado y de la Comunidad Autónoma a las inversiones para la prestación de los servicios mínimos que se recogen en el artículo 26.1 de la Ley de Bases de Régimen Local.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/fresno_de_cantespino_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/santo_tome_del_puerto_(segovia).docx

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Cañizal sanidad a Salamanca

22/10/2015  •  1 comentario  •  Nacha#109092

En Zamora el hospital no tiene ni maquinaria especializada.Hay mucha gente como si suegra que no tiene correo electrónico para poder dar su opinión .

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Soy una vecina de Cañizal, sugiero que sigamos como estamos en la actualidad y si no se puede pues la opción siguiente sería pasar a Armuña

25/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109096

Soy una vecina de Cañizal, sugiero que sigamos como estamos en la actualidad y si no se puede pues la opción siguiente sería pasar a Armuña Salamanca

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Y dale con la voluntad municipal.....

09/11/2015  •  1 comentario  •  Lucas gomez#109100

Qe la voluntad de los municipios es permanecer en el cargo. Qe los municipios pequeños son víctimas de grupúsculos. La junta tiene qe acabar con esto. La Cepeda tiene razón, la Maragatería, campos, el Bierzo...etc....todo lo demás es minimalismo carisimo. Por este camino pediremos un aeropuerto en cada ayuntamiento, un puerto de mar y si no seco, pero faraonismo a tope, casa de cultura, museos, polideportivos....pero los jóvenes titulados en Alemania de camareros a media jornada...basta ya. Si no se ataja esto va a haber explosión social.Solución: cada pueblo un concejal en un consejo comarcal, un alcalde. Nadie cobra, ya cobran bastante los funcionarios. La maraña de cargos actual es nefasta e insostenible, o se ataja o lo lamantaremos......menos paños calientes de la junta. La leyes igual qe se aprueban, se derogan.

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formato excel y pcaxis

11/11/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109102

¿No sería posible disponer de toda la información anexa en formatos excel y pcaxis?

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Dª Rosa Mª Gutiérrez Calvo y Dª Rosario Lozano Rascón somos propietarias de dos parcelas, números 352 y 353, identificadas también como Pase

30/12/2015  •  1 comentario  •  Rosario Lozano Rascón y Rosa Mª Gutiérrez Calvo#109125

Dª Rosa Mª Gutiérrez Calvo y Dª Rosario Lozano Rascón somos propietarias de dos parcelas, números 352 y 353, identificadas también como Paseo de los Álamos nº 70, de la urbanización “Ampliación Dehesa de Pancorbo”, en el término municipal de Maello, Ávila.En la ficha correspondiente al borrador de la UBOST AVILA RURAL, AVRUR06 observamos que el núcleo de población Dehesa de Pancorbo, del término municipal de Maello, aparece como “núcleo de población de otra UBOST que puede pertenecer a esta UBOST (A definir por la normativa sectorial autonómica)”.En este núcleo coexistimos dos urbanizaciones: Dehesa de Pancorbo y Ampliación de Dehesa de Pancorbo.Y estamos totalmente de acuerdo en que, por aplicación del criterio geográfico de colindancia, estas urbanizaciones debieran recibir los servicios públicos desde la UBOST AVRUR06, logrando con ello los principios de eficacia y economía tan perseguidos, lógicamente, hoy en día.Pero a la vista de lo estipulado por la ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, con revisión vigente desde 04 de Diciembre de 2014, en sus artículos 56, “La potestad tributaria y el presupuesto de las mancomunidades de interés general” y 57, “Aportaciones económicas de los municipios asociados a las mancomunidades de interés general”, por ejemplo, no entendemos cómo este núcleo “Dehesa de Pancorbo” articularía su aportación financiera a la correspondiente MIG para recibir esos servicios, toda vez que los impuestos locales consecuentes a nuestras propiedades (IBI, Licencias, etc.) son recaudados, directa o indirectamente, por y para el Ayuntamiento de Maello. Y por otra parte, y según el artículo 37.2 de la misma Ley, “Un municipio no podrá pertenecer a más de una mancomunidad de interés general rural”. ¿Significa esto que el “núcleo de población Dehesa de Pancorbo”, sencillamente, no recibirá ningún servicio pese a seguir abonando sus impuestos a la Tesorería del Ayuntamiento de Maello? Pues, como se suele decir, “para este viaje, no hacían falta alforjas”. En esta situación ya estamos desde que compramos y construimos nuestras casas. Hasta ahora bajo la “justificación” de tratarse de urbanizaciones no recepcionadas por inacabadas; por no adecuarse a sus respectivos instrumentos de planeamiento. En realidad, inacabadas por sus promotoras (mismo perro con distintos collares: Río Lanza, S.A. y Fomento del Ocio, S.A.) por el consentimiento tácito del mismo Ayuntamiento de Maello –su dejación de funciones al respecto fue y es ese consentimiento-. Y es que el negocio sale redondo: recaudar nuestros impuestos sin darnos nada a cambio, pues todo nos lo pagamos los propietarios y a las pruebas nos remitimos:Nos costeamos el servicio de alumbrado público. Nos costeamos el servicio de suministro de agua (en el caso de la Ampliación nos lo hemos tenido que costear íntegramente: perforación, depósito, impulsión, etc.). Nos costeamos la limpieza de las calles, la limpieza y mantenimiento de las zonas verdes y el alquiler de contenedores para trastos o para residuos de jardín. Pagamos la recogida y reciclado de residuos urbanos a la Mancomunidad de Muncipios de Ribera de Adaja. Pagamos también los contenedores para recogerlos. En caso de necesidad de atención médica nos dirigimos al ambulatorio de Velayos. Y si necesitamos una ambulancia, rogamos que venga desde Ávila, pues si no morimos por la enfermedad moriríamos por el aburrimiento de esperarla si es que tuviera que venir desde Segovia. Los niños van al colegio de Velayos. Costeamos los arreglos de los accesos, pues son dos caminos que transcurren por términos municipales distintos: Velayos y Santo Domingo de las Posadas. No hay transporte público. En resumen: pagamos impuestos como ciudadanos y ciudadanas de “primera” a Maello, del que no recibimos servicios; somos usuarios “fraudulentos” en los pueblos de alrededor -Santo Domingo de las Posadas y Velayos no reciben nuestros impuestos- y somos usuarios de “tercera clase” cuando contratamos la recogida de residuos con la Mancomunidad de Muncipios de Ribera de Adaja: recogida de residuos más cara que a su población al no pertenecer a ninguno de sus municipios, al tratarse de urbanizaciones a las que nos hacen “el favor”; sin punto limpio en el núcleo, sin poder contar con sus máquinas para arreglo de cunetas, en resumen, sin ninguna de las demás ventajas (hasta 14 servicios publicitan en sus páginas) con que cuentan los ciudadanos de sus pueblos mancomunados.Está claro que estamos totalmente de acuerdo en recibir los servicios públicos de la UBOST AVRUR06, y así ocurre “de facto” con los citados que recibimos o contratamos. Pero: ¿Cómo va a contribuir Maello en su financiación mediante nuestros impuestos perteneciendo a la SGRUR12? No sabemos nada al respecto.La urbanización Ampliación de Dehesa de Pancorbo cuenta con una sentencia de apelación de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Burgos, la número 286/2007, de 1 de junio de 2007 que, tras dos Incidentes de Ejecución de Sentencia con sus respectivos autos, desemboca en este claro, rotundo y concreto Decreto de 25 de abril de 2013 con NIU 05019 45 3 2005 0100279, PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000179 /2005 (EJECUCIÓN 50/2008): “...PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: Proseguir el despacho de ejecución, y en orden a ello procede:-Requerir al Ayuntamiento de Mallo a fin de que proceda a la ejecución subsidiaria de la Urbanización Ampliación de la Dehesa de Pancorbo en las partidas de Electricidad, Iluminación y Pavimentación, poniendo los medios técnicos necesarios para ello, incluido el nombramiento de un técnico municipal, debiendo este informar al Juzgado del tiempo que se necesite para la conclusión de la ejecución. -Requerir al Ayuntamiento de Maello para que realice los trámites precisos a fin de que Fomento del Ocio, S.A. proceda a la cesión de zonas verdes y viales, con la finalidad última de proceder a la recepción completa de la urbanización.” (la negrilla es nuestra)Y Maello, dos años y muchos meses después sigue sin cumplir este Decreto. Y Maello, ocho años y varios meses después sigue sin cumplir la Sentencia número 286/2007, de 1 de junio de 2007Por lo expuesto, SOLICITO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo y, en consecuencia, dar solución a la discriminación padecida por los contribuyentes del núcleo DEHESA DE PANCORBO, con sus dos urbanizaciones: Ampliación de Dehesa de Pancorbo (110 parcelas) y Dehesa de Pancorbo (318 parcelas), contemplando las medidas necesarias para que los impuestos generados por sus propietarios financien la MIG que debería prestar los servicios públicos a sus contribuyentes.

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Ayuntamientos de Bahabón de Esgueva y otros

23/11/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: Los Ayuntamientos de Bahabón de Esgueva, La Sequera de Haza, Hoyales de Roa, Castrillo de la Vega, Pedrosa de Duero, Olmedillo de Roa, Hontangas y Adrada de Haza (Burgos) han dirigido por escrito a la Administración autonómica las sugerencias que pueden verse en los siguientes enlaces:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayuntamiento_Bahabon.pdfhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/la_sequera_de_haza_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/hoyales_de_roa_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/castrillo_de_la_vega_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/pedrosa_de_duero_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/olmedillo_de_roa_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/hontangas_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/adrada_de_haza_(burgos).docx

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Propuesta del Ayuntamiento de Roa sobre la UBOTS de la Ribera del Duero

03/12/2015  •  1 comentario  •  Ayuntamiento de Roa de Duero#109108

Ante el proceso de participación ciudadana abierto en el Borrador de mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), el Ayuntamiento de Roa, considera adecuada la delimitación de la Unidad Básica BURUR 19 denominada DUERO ESGUEVA, que mantiene la estructura de la zona básica de salud, pero entiende inadecuada la configuración que ha realizado de las UBOST BURUR 20 y BURUR 21, que imposibilitan absolutamente la futura transformación de la Mancomunidad Ribera de Duero Comarca de Roa en una Mancomunidad de Interés General.No se pueden tirar por la borda casi treinta años de trabajo en común donde por todas las partes se coincide en que la prestación de servicios en común ha sido muy satisfactoria y debería servir de soporte para la prestación del resto de los servicios que se encomienden a las MIG rurales.Por ello se propone una delimitación de las UBOST de Aranda Rural, que en el borrador son delimitadas como Norte y Sur (BURUR 20 y BURUR 21), con una configuración en dos unidades una Este y otra Oeste. En la UBOST Aranda Rural Oeste deberían integrarse los siete municipios mancomunados en la actual entidad local asociativa, (Gumiel de Izán, Gumiel de Mercado , Villaba de Duero, Castrillo de la Vega, La Sequera de Haza, Hontangas y Adrada de Haza) que se han encuadrado en las UBOST BURUR20 Y BURUR21, e incorporar si es posible los otros tres municipios de esta mancomunidad Ribera de Duero Comarca de Roa: Cabañes de Esgueva, Santibañez de Esgueva y Bahabón de Esgueva, que han sido incluidos en la BURUR16. Siendo adecuado completar esta UBOST Aranda Rural Oeste con la incorporación de municipios estrechamente vinculados con los municipios integrantes de la misma como son Quintana del Pidio, Villanueva de Gumiel, Villalbilla de Gumiel y Oquillas.Con estos cambios de delimitación de las UBOST de Aranda Rural se logrará un marco adecuado de prestación de servicios autonómicos, ya que no originan más que algún pequeño cambio puntual sobre la propuesta inicial de la Junta de Castilla y León, y supondría una base adecuada para la prestación de servicios municipales a través de la conversión de la actual Mancomunidad Ribera del Duero Comarca de Roa en Mancomunidad de Interés General.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/roa_de_duero_(burgos).docx

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ALEGACIONES AL BORRADOR DEL NUEVO MAPA DE SERVICIOS PREVISTO EN LA LEY DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO

17/12/2015  •  1 comentario  •  Gregorio V. Villarroel de Paz#109112

ALEGACIONES AL BORRADOR DEL NUEVO MAPA DE SERVICIOS PREVISTO EN LA LEY DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO, FORMULADAS POR EL ALCALDE- PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BOLAÑOS DE CAMPOS (VALLADOLID).I.- Habiendo tenido conocimiento esta Alcaldía de la publicación del borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), habida cuenta de la propuesta inicial de integración de este municipio de Bolaños de Campos en la UBOST VARUR 03 –CAMPOS GÓTICOS OESTE- establecida en razón de la coincidencia con la zona básica de salud en la que el Municipio se encuentra integrado, por mor de la disposición contenida en el art 11 de la Ley citada; esta Alcaldía quiere poner de manifiesto que tal integración -que en lo que se refiere a la zona básica de salud, no hace sino confirmar la situación en la que de facto nos encontramos, desde hace tiempo y con la que nos hallamos conformes- produce, cierta inquietud, tal vez porque no ha habido una explicación clara al respecto, en cuanto a la cuestión relativa a si la situación antedicha, conduce también a una salida de la actual Mancomunidad Zona Norte -de la que este Municipio forma parte- y una forzada integración en otra Mancomunidad. Así como en lo relativo a la permanencia del alumnado infantil en el CRA Campos de Castilla y del de Enseñanza Secundaria en el IES de la localidad de Villalón.II.-De proyectarse un cambio anejo a la zona básica de salud, en los aspectos reseñados, hemos de manifestar nuestra oposición rotunda tanto a dicha nueva integración mancomunada, como en lo relativo a la ubicación de las Enseñanzas, pues no parece lógica, dicho sea respetuosamente, la nueva ordenación proyectada, en lo que a este Municipio se refiere, dado que histórica y culturalmente forma parte de la zona de Tierra de Campos, con la que se siente fuertemente vinculado y a la que desea seguir perteneciendo. Siendo una seña de identidad fuertemente asumida por sus moradores la pertenencia a dicha Comarca. Y aunque se nos pueda decir que tal integración no afecta para nada a la pertenencia o no a tal Comarca; en la práctica éste ha sido sin duda el elemento aglutinador de los municipios que la integran en cuanto, obviamente, subyace bajo tal elemento la identidad sustancial en las condiciones físicas de la zona y forma de vida de sus moradores, con soluciones acordes a las necesidades, asimismo prácticamente idénticas, de la Comunidad que la conforma. Aspiración que es asumida por la propia Mancomunidad en la que actualmente nos hallamos integrados que ubicada físicamente en la localidad de Villalón, presta satisfactoria y muy eficientemente, diversos servicios que justifican su existencia y funcionamiento.IIi.- Conforme al título Preliminar de la Ley anteriormente citada, ésta tiene por objeto delimitar los espacios funcionales para efectuar la ordenación territorial, planificar y programar en el territorio los servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y potenciar fórmulas de gobierno y administración local más eficientes, especialmente las de carácter asociativo voluntario, así como fomentar la solidaridad de la comunidad municipal. Sin duda la eficiencia en la prestación de los servicios se ha cumplido con creces en la Mancomunidad en la que nos encontramos. Habiendo de añadir que la propia exposición de motivos de la Ley 7/2013 dispone que: “En suma, la ordenación del territorio en Castilla y León debe sustentarse en el respeto a las singularidades y condiciones del propio territorio y a sus rasgos naturales e históricos…”De acuerdo con el pronunciamiento expuesto el respeto a las singularidades y condiciones del territorio y sus rasgos naturales e históricos, así como la potenciación de formulas de carácter asociativo voluntario se cumplen de forma óptima en la situación actual en la que este Municipio se encuentra, por sus propias singularidades. Las consideraciones expuestas, motivan que este Ayuntamiento, a través de su representante, formule junto con sus alegaciones, la propuesta de que el Municipio de Bolaños de Campos, permanezca en idéntica situación a la actual y, por tanto, en la Mancomunidad Zona Norte, Zona Básica de Salud y Enseñanzas Primaria y Secundaria sin variación.En Bolaños de Campos a 17 de diciembre de 2015.Fdo.: Gregorio V. Villarroel de Pazhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/bolanos_de_campos_(valladolid).docx

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Asunto: Alegaciones UBOST. Ayuntamientos de Tejeda y Segoyuela y otros y Mancomunidad 'Las Dehesas'

21/12/2015  •  1 comentario  •  Santiago Martín Varas#109114

Nota: Los Ayuntamientos de Tejeda y Segoyuela, Berrocal de Huebra, Aldehuela de la Bóveda, Villalba de los Llanos, Garcirrey, Rinconada de la Sierra, Escurial de la Sierra, Navarredonda de la Rinconada, San Muñoz y La Sagrada; y la Mancomunidad de municipios 'Las Dehesas' (Salamanca) han formulado las sugerencias al borrador de mapa de UBOST que pueden verse a continuación:Asunto: Alegaciones UBOST.D. Santiago Martín Varas, Alcalde del Ayuntamiento de Tejeda y Segoyuela (Salamanca)EXPONE: Con fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y León el Borrador del Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (, UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León (LORSERGO, Ley 7/2003 de 27 de septiembre) Partiendo de la premisa de que el Ayuntamiento de Tejeda y Segoyuela está alegando a la posible constitución de una figura(Mancomunidades de interés general) cuya normativa ya se encuentra aprobada por la Junta de Castilla y León y ante la falta de concreción sobre la cartera de servicios con las que se va a dotar a las Mancomunidades de Interés General, de los costes de desarrollo de las MIG, mantenimiento de las mismas, instalaciones y/órganos técnicos, representativos y sus formas de repartoQue a pesar que la normativa ya está aprobada por Decreto, sin contar con los municipios afectados, NO estamos de acuerdo con la creación de las Mancomunidades de Interés General por una razón sencilla y fundamental: Los municipios no sabemos las competencias que vamos a ceder a esas mancomunidades(Se habla de una cartera común y homogénea). Que por supuesto al no saber cuales son, tampoco contamos con el correspondiente estudio económico que demuestre que las competencias o servicios delegados por los municipios se vayan a prestar con una mayor eficacia y ahorro para los ayuntamientos. Asimismo consideramos que el inicio de este proyecto se inicio en una época de crisis donde los pequeños ayuntamientos somos las administraciones públicas, antes y ahora, menos endeudadas por lo que el objeto de esta reforma no tendría mucho sentido y menos en la actualidad.Que la MANCOMUNIDAD LAS DEHESAS, a la que pertenece el municipio de Tejeda y Segoyuela, AVALA por seguir ejerciendo las competencias y prestando los servicios que tiene en la actualidad sin perjuicio que puedan incrementarse si hay una mayor eficacia en la prestación.Que la MANCOMUNIDAD LAS DEHESAS, a la que pertenece el municipio de Tejeda y Segoyuela, aboga por que los municipios que a ella pertenecen sigan prestando los servicios que se prestan en la actualidad por ser la administración más cercana a los ciudadanos, y todo ello en base al principio de autonomía local recogido en nuestra constitución.Por todo lo expuesto, SOLICITO Que en cuanto a la fase en la que nos encontramos de participación ciudadana relativa a la Ley de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio( mapa de las UBOST) que formarían parte de esas nuevas Mancomunidades de interés general el Ayuntamiento de Tejeda y Segoyuela manifiesta su total disconformidad por no estar de acuerdo en el fondo del asunto, la creación de las mismas. Tejeda y Segoyuela a 21 de diciembre de 2015. EL ALCALDE Santiago Martín VarasEXCMº SR. CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON(DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TERRITORIO Y ADMINISTRACIÓN LOCAL)C/ Santiago Alba, 1 47008 VALLADOLIDhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/tejeda_y_segoyuela_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/berrocal_de_huebra_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/aldehuela_de_la_boveda_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/villalba_de_los_llanos_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/garcirrey_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/rinconada_de_la_sierra_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/escurial_de_la_sierra_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/navarredonda_de_la_rinconada_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/san_munoz_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/la_sagrada_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/mancomunidades/las_dehesas_(salamanca).docx

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Ayuntamiento de VILLAQUEJIDA (LEÓN)

22/12/2015  •  1 comentario  •  Felix Amez#109116

Ayuntamiento de VILLAQUEJIDA (LEÓN) ALEGACIONES que formula el Alcalde de Villaquejida, FELIX JOSE Mª AMEZ ZAPATERO, sobre la propuesta de UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, reguladas en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de Castilla y León. A la vista de la publicación por parte de la Junta de Castilla y León del mapa que divide la provincia de León en Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio rurales (UBOST), así como la apertura de un plazo de tres meses de puesta a disposición de los ciudadanos, colectivos sociales y administraciones públicas para la presentación de sugerencias, observaciones y/o alegaciones, período de información que finaliza el día 31 de diciembre de 2015.EXPONGO: La ordenación territorial de la provincia en los indicados UBOST se ha diseñado, sin oír previamente a los municipios afectados, principales protagonistas y artífices del desarrollo sostenible del territorio, siguiendo lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad. En el caso de este Municipio, se desconocen los criterios y estudios técnicos utilizados por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, para el diseño de las UBOST así como las competencias y financiación a desarrollar por las Mancomunidades de Interés General Rural. Por ello, entiende que esta Entidad debería refutar de forma explícita la ordenación territorial propuesta por la JCyL en base a las siguientes consideraciones: Primero.- Conforme se indica en el primer borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado por la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, el Municipio de Villaquejida, queda encuadrado dentro de la unidad Básica denominada “LERUR22 LA VALDERÍA” que comprende los municipios de Villaquejida, Cimanes de la Vega, Campazas, Valderas, Gordoncillo, Roales, Quintanilla del Molar, La Unión de Campos y Urones de Castroponce (Los 5 primeros municipios pertenecen a la provincia de León y los 4 últimos a la provincia de Valladolid). Segundo.- Destacar, en primer lugar, la incongruencia al incluir a la totalidad de los Municipios en la denominación LA VALDERÍA. A los técnicos encargados de la redacción del texto legal, advertir que La Valdería es una comarca o zona territorial de la provincia de León que nada tiene que ver con los municipios incluidos en tal denominación. Está situada al suroeste de la provincia de León que agrupa al menos 11 Municipios, en zona de transición de la montaña a la meseta y todos ellos agrupados a las márgenes del río que lleva su apellido “Eria”. Dicha denominación, supone la usurpación del nombre a un territorio histórico bien definido ya desde la época romana. Tercero.- Los municipios agrupados en la Unidad Básica “LERUR22 LA VALDERIA”, al que pertenece el Ayuntamiento que represento, históricamente han pertenecido a la denominada comarca Esla-Campos, actualmente Vega de Toral. Los de Valladolid, Roales y Quintanilla, ubicados en un enclave entre las provincias de Zamora y León pertenecen a la comarca de Tierra de Campos, así como La Unión de Campos y Urones de Castroponce. Se corre el gravísimo peligro de hacer perder la identidad de cada pueblo y comarca en pro de rescribir una nueva y desconocida.Cuarto.- A nivel de servicios comunes, este municipio y los de la provincia de León no ha mantenido vinculación alguna con los nuevos municipios incorporados y pertenecientes a Valladolid, salvo los servicios médicos prestados por el Centro Médico de Valderas, que datan de hace más de 23 años. En la actualidad, el municipio de Villaquejida, integrado en la comarca Vega de Toral, forma parte de una unidad territorial cohexionada, peculiar en cuanto a los lazos de identidad históricos, económicos y sociales, vertebrada por la vía de comunicación N-630, y dos líneas regulares de autobuses desde León y desde Benavente, a través de los que se realizan casi todos los intercambios económicos y de prestación de servicios.Quinto.- La pirámide poblacional de este municipio, concretamente las personas más necesitadas de servicios médicos, de 70 años en adelante, ronda el 38 %. La inclusión en la UBOST propuesta no mejora ni el transporte público (inexistente salvo el taxi) ni las vías de comunicación, ni el centro médico que presta el servicio. Aunque Valderas está poco más próximo a Villaquejida, en distancias kilométricas (17 km), al carecer de transporte público y discurrir por la vía LE-511, el tiempo invertido en el trayecto es superior al utilizado en ir a Valencia de Don Juan (21 km), o incluso a Benavente (19 km). Sexto.- Villaquejida y los municipios de la Vega de Toral, tienen actualmente mancomunados servicios básicos que se prestan a través de la Mancomunidad MANSURLE, que agrupa mas de una veintena de municipios, con una experiencia continuada y satisfactoria de más de 16 años.Séptimo.- La inclusión de este municipio en la Unidad “LERUR22 LA VALDERIA”, es rechazable de plano, por carecer de criterios de objetividad y eficacia respecto de los servicios que la nueva ordenación pretende mejorar, así,- Supone en primer lugar una pérdida de identidad territorial, por cuanto puede llegar a conllevar el desplazamiento de población a núcleos mayores y la consiguiente despoblación. - La calidad de los servicios básicos que se reciben actualmente, pasarán a ser mas deficientes por la falta de vías rápidas y seguras de comunicación, la carencia de transporte público, las distancias y las diferencias geográficas.- El elevado coste de la financiación necesaria para la gestión y creación de nuevos servicios. - La pirámide de población por edades de los habitantes de estas zonas rurales, donde el número de habitantes que superan los 70 años ronda el 38% de la población, supone mantener el actual coste del servicio (a cargo de las arcas municipales) al no existir transporte público con la unidad básica de salud propuesta, que coincide con la existente. - La mancomunidad entre diferentes municipios debe de ser voluntaria, gradual y con miras hacia la prestación de otro tipo de servicios (enseñanza, tratamiento de residuos, bomberos, medio ambiente, etc.) y no limitarse exclusivamente a unidades básicas de salud, como pretende esta Ley. Por lo expuesto, SOLICITO:1.- Tenga por personado al Ayuntamiento de Villaquejida en el trámite de presentación del primer borrador de Unidades Básicas Territoriales (Ley 7/2013de 27 de septiembre).2.- Rechazar la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la Unidad LERUR22 “LA VALDERIA”.3.- Solicitar la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la unidad de ordenación LERUR19 “TIERRAS COYANTINAS en razón a la historia, geografía, vínculos sociales y económicos existentes, y por razones de vías de comunicación (N-630) y transporte público que vertebran de forma directa y continuada estos municipios con distancias mínimas y mas rápidas. A mayor abundamiento, supone razón de peso el hecho de que estos municipios prestan en común servicios básicos a través de la mancomunidad MANSURE desde hace mas de 16 años.4.- Que se consolide la importancia de las Entidades Locales, pues en una realidad tan compleja, diversa y difícil como la existente, contribuyen de forma inequívoca y eficaz a vertebrar el territorio, la cohesión social y la prestación de servicios básicos y esenciales, de forma descentralizada y de proximidad para los ciudadanos.5.- Alternativamente a las medidas solicitadas anteriormente, propongo se considere aplazar el precipitado desarrollo de la Ley 7/2013, invitar a los diferentes municipios del territorio a formar Mancomunidades de Interés General Rural en un plazo prudencial medio, destinando los recursos previstos para el desarrollo de la Ley a contratar personal médico suficiente (doblando el existente) con objeto de prestar un servicio sanitario de calidad, próximo y equitativo. Lo que se traslada a la Consejería, a los efectos de su toma en consideración y posterior rectificación en el siguiente trámite sobre delimitación del mapa de Unidades Básicas del Territorio, en lo relativo a la Unidad LERUR-19 “TIERRAS COYANTINAS”. En Villaquejida, a 22 de diciembre de 2015 El Alcalde Fdo. Félix J. Mª Amez Zapatero

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Ayuntamiento de Montejo de Tiermes (Soria)

26/12/2015  •  1 comentario  •  Carlos Vilalta Alonso#109119

En el proyecto de unidades básicas de ordenación del territorio de la Junta de Castilla y León, los barrios de Ligos y Cuevas de Ayllón del Municipio de Montejo de Tiermes aparecen integrados en la UBO SGRUR05 SEGOVIA NORDESTE - SEGOVIA, cuando el resto del Municipio pertenece a la UBO SORUR09 RIBERA DEL DUERO-SORIA, tal integración en esta UBO de Segovia es manifiestamente contraproducente y carece de sentido por cuanto supondría la división de este Ayuntamiento en dos entidades administrativas diferentes, con duplicidad de representaciones, de órganos de toma de decisiones con relación a obras y servicios del Municipio, en definitiva un efecto perverso totalmente contrario a los principios de austeridad, equilibrio y eficiencia que deben de regir la actuación de las administraciones públicas.Los Señores Concejales previa votación ordinaria y por unanimidad, acuerdan oponerse a la delimitación efectuada, debiendo de estar integrados en la UBO SORUR09 RIBERA DEL DUERO-SORIA, como el resto del Municipio, los barrios de Ligos y Cuevas de Ayllón de esta jurisdicción.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/montejo_de_tiermes_(soria).docx

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Mancomunidad Sierra de la Demanda

28/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109121

Los municpios que forman esta Mancomunidad entiden que la unidad basica de ordenación de la provincia de Burgos, denominada Riojilla no esta acorde con su espiritu y deberia denominarse Demanda -Oca-Tirón

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Nueva Ubost SGRURO1 CARRACILLO SEGUNDA OPCION

30/12/2015  •  1 comentario  •  Carlos Enrique Fuentes#109123

El carracillo es una Comarca Natural de la provincia de Segovia, inmersa en la llanura de la Tierra de Pinares Castellana, que se encuentra encuadrada entre los ríos Cega (al norte) y Pirón (al sur).Está caracterizada por su alta producción de hortalizas dentro de los términos municipales de las localidades incluidas en ella, así como la gran y moderna industria de preparación y transformación hortofrutícola que han hecho de estos pueblos, pueblos prósperos con apenas desempleo y cuya renta Per capita es de las más altas de Castilla y León.Sus límites naturales no están bien definidos, aunque las poblaciones que se autodenominan Carracillanas comparten rasgos comunes y direfenciadores que las distinguen del resto de localidades de la zona.Los municipios a los que nos referimos son los siguientes:Chañe …………………….…. 946 habitantes.Fresneda de Cuellar ………… 194 habitantes.Gomezserracin ……………… 721 habitantes.Mudrián y San Martín……… 283 habitantes.Navalmanzano ……………… 1186 habitantes.Pinarejos ……………………. 161 habitantes.Samboal (+ Narros) …………. 502 habitantes.San Cristóbal de Cuellar …….. 187 habitantes.Sanchonuño …………………. 968 habitantes.Vallelado ……………………. 773 habitantes.Población total de: 5. 921 habitantes.Asimismo dentro de la Comarca del Carracillo se incluyen tres pueblos que aun no constituyendo municipios en si por depender de Cuellar son pueblos de iguales características, estos pueblos son:Arroyo de Cuellar …………. 368 habitantes.Campo de Cuellar …………. 212 habitantes.Chatun …………………….. 250 habitantes.Total ……………………… 830 habitantes.Todos los pueblos referidos tienen una idiosincrasia común en todos los aspectos y son pueblos que están hermanados por vecindad, apego, amistad, con problemas e inquietudes comunes que nada tienen que ver con el pueblo de Cuellar, en la actualidad se depende de este último en el aspecto sanitario por ser centro de referencia en la comarca, pero nuestros pueblos son independientes de él para todo lo demás.Todos nuestros pueblos formamos parte de la Comunidad de Villa y Tierra Antigua de Cuellar y son continuos los muchos ninguneos y enfrentamientos que el Ayuntamiento de Cuellar tiene para con el resto de pueblos de la comunidad, como para volver a estar en otra Organización del territorio dentro y bajo el paraguas de Cuellar.Somos pueblos Autónomos, Independientes y que queremos seguir siéndolo en la toma de nuestras decisiones y planteamiento de nuestro futuro.Tenemos la experiencia de cómo Cuellar ha fagocitado y cada día corta la prosperidad de entidades locales menores que se engloban dentro de su municipio como son los citados Arroyo de Cuellar, Campo de Cuellar y Chatun.Nuestra idiosincrasia y modo de vida nada tienen que ver con Cuellar y mucho menos con los intereses de este último municipio.Las nuevas UBOST (Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio) que se nos plantean, dividen a la comarca del Carracillo en dos partes no atendiendo a una configuración por semejanza de sus municipios.Asimismo, seguimos teniendo el Centro de Salud de Cuellar como centro de referencia teniendo todos los municipios que volver hacia atrás en dirección contraria al hospital de Segovia en caso de Urgencias Medicas.Por todo ello los pueblos abajo firmantes de este proyecto solicitamos la creación de una UBOST nueva y diferente que englobe los sentimientos y necesidades de los pueblos de la Comarca del Carracillo, máxime cuando las próximas Mancomunidades de Interés General deben de coincidir sustancialmente con el territorio conformado por las UBOST.Así mismo, monstrar nuestra total disconformidad con el Decreto 30/2015 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Mancomunidades de Interés General.En dicho Reglamento en su Artículo 38 de Procedimiento de constitución de las mancomunidades dice:Aquellos municipios que quieran constituirse en mancomunidad para ser declarada de interés general rural deberán seguir el procedimiento previsto en el Capítulo II del Título VI de la Ley de Régimen Local de Castilla y León, con las siguientes especialidades: A) LA INICIATIVA PARA LA CONSTITUCIÓN DEBERÁ SER APROBADA POR LOS MUNICIPIOS QUE LA ASUMAN, QUE SERÁN TODOS O ALGUNOS DE LOS INTEGRADOS EN UNA UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO RURAL, O EN VARIAS UNIDADES COMPLETAS, SIEMPRE QUE SE MANIFIESTEN FAVORABLEMENTE A LA ASOCIACIÓN, COMO MÍNIMO Y ALTERNATIVAMENTE: 1.º LA MAYORÍA DE LOS AYUNTAMIENTOS QUE AGLUTINEN MÁS DEL CINCUENTA POR CIENTO DE LA POBLACIÓN GLOBAL DE LOS MUNICIPIOS INTEGRADOS EN CADA UNA DE LAS UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO RURALES. 2.º LOS AYUNTAMIENTOS QUE REÚNAN EL SETENTA POR CIENTO DE LA POBLACIÓN DE CADA UNA DE LAS UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO RURALES, CON INDEPENDENCIA DE SU NÚMERO.Así pues, los pueblos del Carracillo nunca podríamos constituir una Mancomunidad de interés sin el permiso y supervisión de Cuellar, cuestión que nos alarma por la perdida de independencia en la gestión de nuestros recursos, organización y decisiones.Tenemos experiencia como hemos relatado en la Comunidad de Villa y Tierra Antigua de Cuellar y en la Mancomunidad de las Lomas que nos presta el servicio de Agua potable y en las cuales se nos bloquea cualquier decisión.Por otra parte los intereses de Cuellar y de los pueblos del Carracillo son totalmente contrarios, Cuellar está sistemáticamente bloqueando cualquier avance o cambio en las normas urbanísticas de sus entidades locales menores para que las empresas se instalen en su término municipal. Es una evidencia que sufren sus vecinos a diario.Los pueblos que formaríamos esta UBOST que planteamos estamos organizados entorno a dos Mancomunidades de servios que nos prestan diferentes servicios y que son: Manden ( Mancomunidad de Municipios del Malucas) con sede en Navalmanzano y que presta sus servicios a: Gomezserracin, Mudrian y San Martín, Navalmanzano, Pinarejos, Sanchonuño y por la Mancomunidad Cega que presta sus servicios a: Chañe, Fresneda de Cuellar, San Cristóbal de Cuellar, Vallelado y aunque son Entidades menores de Cuellar también a: Arroyo de Cuellar, Campo de Cuellar y Chatun, por estar muy disconformes estos municipios con el trato y prestación de los servicios desde la Mancomunidad de Cuellar.Así pues la UBOST aquí planteada posteriormente coincidiría total y sustancialmente con la Mancomunidad de interés general que conformarían los pueblos de la Comarca del Carracillo y que englobaría a las mancomunidades Manden y Mancomunidad Cega.Por todo ello pedimos la creación de una UBOST separada de Cuellar.Cumplimos todos los requisitos que la Ley 7/2013 de 27 de septiembre de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León nos requiere, a saber:1.- Agrupa a municipios de menos de 20.000 habitantes. de una provincia.2.- Población mayor de 5.000 habitantes, tendríamos 5.921 habitantes a los que si les sumamos los de las entidades menores que quieren sumarse serían 6.751 hab. según datos INE 2014.3.- Continuidad espacial territorial.4.- UBOST formada por 10 municipios a los que se pueden sumar las entidades menores de Arroyo de Cuellar, Campo de Cuellar y Chatún.5.- Idiosincrasia y características de los municipios totalmente similar.6.- Mejor posición por poder ser los servicios médicos en dirección a Segovia Capital.Por otra parte el municipio de Cuellar, también podría formar una UBOST rural, junto con Frumales y el resto de sus Entidades locales menores, con una población de más de 5.000 habitantes, con continuidad espacial y una idiosincrasia común.Creemos que es una organización más lógica puesto que se ejercita el cometido que finalmente tiene la Ley que es la suma de intereses, mayores y mejores servicios y en definitiva la mejor calidad de vida de las personas, personas contentas, independientes que toman sus decisiones y dirigen sus destinos y no bajo el patrón dictado por un municipio muy superior y que nada tiene que ver con los intereses de los vecinos del Carracillo.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/otras/el_carracillo_2_(segovia).docx

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MÁS DEBATE

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109129

Considero que no se ha alimentado un verdadero debate sobre este proceso, organizando jornadas y mesas de trabajo en las que se pudiera contrastar la visión de la Administración, con la de expertos en la materia y diferentes entidades tanto públicas como privadas con presencia en el medio rural. Reducir este proceso a colgar la información en un portal y organizar una serie de charlas informativas a nivel provincial, es imprescindible pero desde luego insuficiente para un tema de esta envergadura. Hubiera sido necesaria una participación mucho más ampliada, variada y plural que permitiera analizar la propuesta desde muchos más ángulos y con una mayor perspectiva.

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RETORTILLO DE SORIA

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109129

Considero que el municipio de Retortillo de Soria tiene una vinculación mucho más estrecha a nivel tanto histórico como económico y humano (flujo de personas, satisfacción de demanda de servicios, actividades comerciales, etc.) con los municipios de la Sierra de Pela, con los que es colindante por el oeste. Por ello considero que debería incluirse en la UBOST SORUR9 o en la SORUR10.

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AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS.(ÁVILA)

31/12/2015  •  1 comentario  •  Asunción Martin Manzano#109133

AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS. (ÁVILA).APORTACIÓN DE ALEGACION AL PRIMER BORRADOR DE UNIDADES BASICAS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORRIO RURALES (UBOST), EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 4.2 DE LA LEY 772013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. (LORSFRGO).PRIMERO.- Incluido este municipio en la UBOST AV RUR 15 PINARES, y dadas las especiales peculiaridades de la localidad, con una población del 80% que supera los 75 años de edad, la inexistencia de servicio regular de transporte y servicio de taxi que comunique este con el de la cabecera de la UBOST. Que las circunstancias geográficas son singulares con orografía de alta montaña (1.348 m de altitud), y una carretera que dificulta la comunicación en época invernal, con lo que la comunicación para que accedan los vecinos a los servicios a establecer en la cabecera de la unidad se dificultan extraordinariamente. Que por esta entidad se prestan al municipio directamente los servicios esenciales, con una comunicación directa y personal, casi familiar con los vecinos. Que las características de la localidad no se considera aconsejable la integración en la unidad básica proyectada, considerando el criterio poblacional de no pertenencia.SEGUNDO.- Solicito a esa Consejería, que teniendo por presentado el presente escrito, se sira admitirlo y tener por formuladas las alegaciones, para que a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio (UBOST), y en consecuencia se realice un reajuste del mismo.FDO.: Dª ASUNCIÓN MARTÍN MANZANO. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS. (ÁVILA).

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