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Ayuntamiento de VILLAQUEJIDA (LEÓN)

Felix Amez#109116 Felix Amez#109116  •  22/12/2015  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2015-12-3812

Ayuntamiento de VILLAQUEJIDA (LEÓN) ALEGACIONES que formula el Alcalde de Villaquejida, FELIX JOSE Mª AMEZ ZAPATERO, sobre la propuesta de UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, reguladas en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de Castilla y León. A la vista de la publicación por parte de la Junta de Castilla y León del mapa que divide la provincia de León en Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio rurales (UBOST), así como la apertura de un plazo de tres meses de puesta a disposición de los ciudadanos, colectivos sociales y administraciones públicas para la presentación de sugerencias, observaciones y/o alegaciones, período de información que finaliza el día 31 de diciembre de 2015.EXPONGO: La ordenación territorial de la provincia en los indicados UBOST se ha diseñado, sin oír previamente a los municipios afectados, principales protagonistas y artífices del desarrollo sostenible del territorio, siguiendo lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad. En el caso de este Municipio, se desconocen los criterios y estudios técnicos utilizados por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, para el diseño de las UBOST así como las competencias y financiación a desarrollar por las Mancomunidades de Interés General Rural. Por ello, entiende que esta Entidad debería refutar de forma explícita la ordenación territorial propuesta por la JCyL en base a las siguientes consideraciones: Primero.- Conforme se indica en el primer borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado por la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, el Municipio de Villaquejida, queda encuadrado dentro de la unidad Básica denominada “LERUR22 LA VALDERÍA” que comprende los municipios de Villaquejida, Cimanes de la Vega, Campazas, Valderas, Gordoncillo, Roales, Quintanilla del Molar, La Unión de Campos y Urones de Castroponce (Los 5 primeros municipios pertenecen a la provincia de León y los 4 últimos a la provincia de Valladolid). Segundo.- Destacar, en primer lugar, la incongruencia al incluir a la totalidad de los Municipios en la denominación LA VALDERÍA. A los técnicos encargados de la redacción del texto legal, advertir que La Valdería es una comarca o zona territorial de la provincia de León que nada tiene que ver con los municipios incluidos en tal denominación. Está situada al suroeste de la provincia de León que agrupa al menos 11 Municipios, en zona de transición de la montaña a la meseta y todos ellos agrupados a las márgenes del río que lleva su apellido “Eria”. Dicha denominación, supone la usurpación del nombre a un territorio histórico bien definido ya desde la época romana. Tercero.- Los municipios agrupados en la Unidad Básica “LERUR22 LA VALDERIA”, al que pertenece el Ayuntamiento que represento, históricamente han pertenecido a la denominada comarca Esla-Campos, actualmente Vega de Toral. Los de Valladolid, Roales y Quintanilla, ubicados en un enclave entre las provincias de Zamora y León pertenecen a la comarca de Tierra de Campos, así como La Unión de Campos y Urones de Castroponce. Se corre el gravísimo peligro de hacer perder la identidad de cada pueblo y comarca en pro de rescribir una nueva y desconocida.Cuarto.- A nivel de servicios comunes, este municipio y los de la provincia de León no ha mantenido vinculación alguna con los nuevos municipios incorporados y pertenecientes a Valladolid, salvo los servicios médicos prestados por el Centro Médico de Valderas, que datan de hace más de 23 años. En la actualidad, el municipio de Villaquejida, integrado en la comarca Vega de Toral, forma parte de una unidad territorial cohexionada, peculiar en cuanto a los lazos de identidad históricos, económicos y sociales, vertebrada por la vía de comunicación N-630, y dos líneas regulares de autobuses desde León y desde Benavente, a través de los que se realizan casi todos los intercambios económicos y de prestación de servicios.Quinto.- La pirámide poblacional de este municipio, concretamente las personas más necesitadas de servicios médicos, de 70 años en adelante, ronda el 38 %. La inclusión en la UBOST propuesta no mejora ni el transporte público (inexistente salvo el taxi) ni las vías de comunicación, ni el centro médico que presta el servicio. Aunque Valderas está poco más próximo a Villaquejida, en distancias kilométricas (17 km), al carecer de transporte público y discurrir por la vía LE-511, el tiempo invertido en el trayecto es superior al utilizado en ir a Valencia de Don Juan (21 km), o incluso a Benavente (19 km). Sexto.- Villaquejida y los municipios de la Vega de Toral, tienen actualmente mancomunados servicios básicos que se prestan a través de la Mancomunidad MANSURLE, que agrupa mas de una veintena de municipios, con una experiencia continuada y satisfactoria de más de 16 años.Séptimo.- La inclusión de este municipio en la Unidad “LERUR22 LA VALDERIA”, es rechazable de plano, por carecer de criterios de objetividad y eficacia respecto de los servicios que la nueva ordenación pretende mejorar, así,- Supone en primer lugar una pérdida de identidad territorial, por cuanto puede llegar a conllevar el desplazamiento de población a núcleos mayores y la consiguiente despoblación. - La calidad de los servicios básicos que se reciben actualmente, pasarán a ser mas deficientes por la falta de vías rápidas y seguras de comunicación, la carencia de transporte público, las distancias y las diferencias geográficas.- El elevado coste de la financiación necesaria para la gestión y creación de nuevos servicios. - La pirámide de población por edades de los habitantes de estas zonas rurales, donde el número de habitantes que superan los 70 años ronda el 38% de la población, supone mantener el actual coste del servicio (a cargo de las arcas municipales) al no existir transporte público con la unidad básica de salud propuesta, que coincide con la existente. - La mancomunidad entre diferentes municipios debe de ser voluntaria, gradual y con miras hacia la prestación de otro tipo de servicios (enseñanza, tratamiento de residuos, bomberos, medio ambiente, etc.) y no limitarse exclusivamente a unidades básicas de salud, como pretende esta Ley. Por lo expuesto, SOLICITO:1.- Tenga por personado al Ayuntamiento de Villaquejida en el trámite de presentación del primer borrador de Unidades Básicas Territoriales (Ley 7/2013de 27 de septiembre).2.- Rechazar la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la Unidad LERUR22 “LA VALDERIA”.3.- Solicitar la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la unidad de ordenación LERUR19 “TIERRAS COYANTINAS en razón a la historia, geografía, vínculos sociales y económicos existentes, y por razones de vías de comunicación (N-630) y transporte público que vertebran de forma directa y continuada estos municipios con distancias mínimas y mas rápidas. A mayor abundamiento, supone razón de peso el hecho de que estos municipios prestan en común servicios básicos a través de la mancomunidad MANSURE desde hace mas de 16 años.4.- Que se consolide la importancia de las Entidades Locales, pues en una realidad tan compleja, diversa y difícil como la existente, contribuyen de forma inequívoca y eficaz a vertebrar el territorio, la cohesión social y la prestación de servicios básicos y esenciales, de forma descentralizada y de proximidad para los ciudadanos.5.- Alternativamente a las medidas solicitadas anteriormente, propongo se considere aplazar el precipitado desarrollo de la Ley 7/2013, invitar a los diferentes municipios del territorio a formar Mancomunidades de Interés General Rural en un plazo prudencial medio, destinando los recursos previstos para el desarrollo de la Ley a contratar personal médico suficiente (doblando el existente) con objeto de prestar un servicio sanitario de calidad, próximo y equitativo. Lo que se traslada a la Consejería, a los efectos de su toma en consideración y posterior rectificación en el siguiente trámite sobre delimitación del mapa de Unidades Básicas del Territorio, en lo relativo a la Unidad LERUR-19 “TIERRAS COYANTINAS”. En Villaquejida, a 22 de diciembre de 2015 El Alcalde Fdo. Félix J. Mª Amez Zapatero
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  • Administrador #1  •  28/01/2016 17:24:29

    Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Lo que se presenta ahora en el Portal de Gobierno abierto es sólo un Borrador que ha sido diseñado a partir de los estudios de zonificación elaborados para cada provincia por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Con ello se pretende conocer la opinión de los ciudadanos y darles participación en este asunto de Comunidad. Al terminar este período de participación comenzará la tramitación prevista en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) para la aprobación del Mapa y, durante la misma, tanto la diputación provincial correspondiente como la totalidad de los municipios de la misma, incluido el que usted representa, tendrán la oportunidad de manifestar su opinión sobre su ubicación en una determinada UBOST rural.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales, y tampoco deben ser confundidas con las mancomunidades de servicios locales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales.Critica ese ayuntamiento en primer lugar el nombre elegido en el borrador de mapa para la UBOST LERUR22 “La Valdería”, en la que se ha integrado al municipio.. Los nombres de las UBOST rurales delimitadas en el Borrador de mapa han sido seleccionados atendiendo a las características físicas o geográficas del entorno o a sus denominaciones históricas o tradicionales. Sea como sea se revisará la denominación elegida por si llegara a estimarse que la que usted propone resulta más adecuada, a juicio de todas las Administraciones participantes en el proceso de aprobación del mapa.Por lo demás, la propuesta concreta de esa corporación consiste en la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la unidad de ordenación LERUR19 “TIERRAS COYANTINAS” en razón a la historia, geografía, vínculos sociales y económicos existentes, y por razones de vías de comunicación (N-630) y transporte público que vertebran de forma directa y continuada estos municipios con distancias mínimas y más rápidas. A ello se añade que dichos municipios prestan en común servicios básicos a través de la mancomunidad MANSURLE desde hace más de 16 años.A juicio de esta administración, y respecto de la última de las razones esgrimidas para el cambio de UBOST propuesto, se incurre por ese ayuntamiento en el error de considerar que la nueva ordenación territorial debe adaptarse a las mancomunidades ya existentes, reconvirtiéndolas en UBOST y más adelante en Mancomunidades de Interés General, con lo que se invierten los términos del debate del mapa, cuando lo cierto es que el nuevo modelo no se basa, ni puede hacerlo, en dichas Mancomunidades, sino en unos nuevos espacios delimitados geográficamente, las UBOST, a partir de los cuales se ofrecerá a los municipios la posibilidad de asociarse voluntariamente en nuevas Mancomunidades de Interés General, con un ámbito geográfico adaptado a las nuevas UBOST (hasta un máximo de cinco) y con un elenco común de competencias más amplio que el de las numerosas mancomunidades actuales, racionalizando y mejorando cualitativamente el marco asociativo existente. Y no puede olvidarse que este modelo fue objeto en su momento de un amplio consenso de las fuerzas políticas con presencia en las Cortes de Castilla y León, y también del acuerdo de las entidades locales de la región, manifestado a través del Consejo de Cooperación Local.En todo caso, y sin perjuicio de todo lo dicho anteriormente, el contenido de su sugerencia será tenido en cuenta y se examinará conjuntamente con las restantes propuestas de modificación del Borrador de Mapa de UBOST que puedan realizarse a lo largo del presente proceso de participación, tanto las formuladas por ciudadanos, como las procedentes de otras instituciones y de las entidades locales de la provincia, y se revisará y rectificará, en su caso, durante la tramitación del Mapa si se considera finalmente conveniente atender tales propuestas. Igualmente, en el momento oportuno, ese Ayuntamiento podrá reproducir sus alegaciones si lo desea, dentro del trámite específicamente destinado a la audiencia de las entidades locales de Castilla y León.

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