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(2015/12) Borrador de mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) (Cerrado)

En qué consiste

La Junta de Castilla y León, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), quiere abrir un amplio periodo de participación ciudadana, para poder escuchar las opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León. Queremos así cumplir el compromiso adquirido de favorecer la participación de la sociedad civil en asuntos de Comunidad y, con ello, las previsiones de la Ley de transparencia y participación ciudadana que aprobaron las Cortes de Castilla y León en marzo de este año 2015.

Para ello, las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León han elaborado, siguiendo los criterios establecidos en la LORSERGO, los estudios de zonificación de sus respectivas provincias en los que, partiendo de la experiencia en la prestación de servicios básicos a los ciudadanos y del conocimiento de las distintas zonas de cada provincia, con sus singularidades y características particulares, concluyen planteando un borrador de la posibles UBOST que conformarían cada provincia.

Con estos estudios hemos elaborado este primer borrador de zonificación de la Comunidad de Castilla y León que sirva de base para ir configurando entre todos el futuro mapa de UBOST. Hay que recordar que el mapa de UBOST pretende delimitar unos espacios territoriales que, esencialmente, permitirán dotar de mayor eficacia y eficiencia la prestación de los servicios públicos, tanto autonómicos como locales, en términos de optimización y garantía de igualdad en la accesibilidad de los ciudadanos.

Este primer borrador lo compartimos ahora en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León para que se pueda consultar por todos y, en el plazo de tres meses (hasta el 31 de diciembre), se puedan hacer cuantas alegaciones, aportaciones y propuestas constructivas se consideren oportunas de cara a mejorar y enriquecer el futuro mapa de UBOST que, sin duda, es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Después de este trámite de participación ciudadana , tras su análisis y con las correcciones que puedan producirse por las aportaciones recibidas, comenzará la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO , que prevé, como primer paso, el informe de cada una de las Diputaciones Provinciales y del Consejo Comarcal de El Bierzo.

Evacuados dichos informes, la Consejería de la Presidencia elaborará una “_Propuesta_ _inicial_” de delimitación del mapa de UBOST, que someterá a audiencia de todos y cada uno los municipios de Castilla y León, así como a un periodo de información pública por el plazo de un mes mediante su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León-BOCYL-.

Tras esta tramitación, y previa negociación con todos los grupos parlamentarios, la Junta de Castilla y León aprobará como norma con fuerza de ley el “Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio”, que será remitida a las Cortes de Castilla y León para su aprobación, precisando el apoyo de dos tercios de sus procuradores.

Los documentos que se ponen a disposición en este Portal de Gobierno Abierto para la participación ciudadana son los siguientes:

  1. NORMATIVA PARA LA CONFIGURACIÓN DE LAS UBOST
  2. CUADRO ESTADÍSTIDO DEL BORRADOR DE LAS UBOST
  3. FICHAS Y MAPAS DEL BORRADOR DE LAS UBOST POR PROVINCIAS : En este apartado encontrarán una ficha y un mapa por cada UBOST en el que se concreta el Código y Nombre de la UBOST, la relación de los municipios que la integran, así como los datos de población y densidad (última oficial a 1 enero 2014). Del mismo modo, se relacionan en las UBOST donde se produzca, aquellos núcleos de población que pueden forman parte de esa UBOST, aun siendo núcleos de municipios que pertenecen a otra UBOST. También se encontrará un documento explicativo de las UBOST rurales que presentan especialidades, en aplicación del artículo 4.2 de la LORSERGO.
    1. Ávila: Mapa ; Ficha
    2. Burgos: Mapa ; Ficha
    3. León: Mapa ; Ficha
    4. Palencia: Mapa ; Ficha
    5. Salamanca: Mapa ; Ficha
    6. Segovia: Mapa ; Ficha
    7. Soria: Mapa ; Ficha
    8. Valladolid: Mapa ; Ficha
    9. Zamora: Mapa ; Ficha
    10. Explicación criterios otras UBOST

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó el 31 de diciembre de 2015.

¿Desea realizar alguna aportación al borrador del Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) a constituir en Castilla y León?

LA CEPEDA: UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO

26/10/2015  •  1 comentario  •  LUIS ALFONSO ÁLVAREZ PELÁEZ#107743

Que en fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y Leon el Borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), Que se ha abierto un periodo, previo a la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO, concediéndome un plazo de tres meses (hasta 31 de diciembre) para que formule sugerencias, aportaciones y alegaciones a la propuesta inicial y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes Que en el BORRADOR presentado, se incluyen: Normativa para la configuración de las UBOST Cuadro Estadístico del borrador de las UBOST Fichas y mapas del borrador de las UBOST por provincias Que dentro del plazo concedido y al amparo de lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo a formular alegaciones y a presentar documentos y justificaciones necesarios.ALEGACIONESPRIMERA.- Que el Artículo 4.1 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “La unidad básica de ordenación y servicios del territorio rural agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares, que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas: b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios. Que a tal efecto, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda agrupa a cinco municipios: Villaobispo de Otero, Magaz de Cepeda, Villamejil, Villagatón-Brañuelas y Quintana del Castillo. La suma de la población de estos cinco municipios asciende a 3.165 habitantes, según cifras oficiales de población aprobadas oportunamente y su densidad de población es de 6,25 habitantes por kilómetro cuadrado. En consecuencia, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda, a la vista de lo anterior, tendría una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y agruparía a cinco municipios, que como mínimo exige la Ley 7/2013 para ser una unidad básica de ordenación y servicios del territorio.SEGUNDA.- De igual forma el Artículo 4.2 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “Por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole, se podrá disponer la configuración de unidades básicas que no cumplan las anteriores reglas, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera”. A tal efecto, los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen unas características geográficas y medioambientales singulares muy diferentes, a las del resto de los otros nueve municipios que junto con los cinco municipios que integran la Mancomunidad de La Cepeda, conformarían una unidad básica de ordenación y servicios del territorio. La Comarca leonesa de La Cepeda, constituye un peculiar espacio geográfico, histórico y sentimental y los cinco municipios que integran la Comarca, se han consolidado como Mancomunidad de la Cepeda desde hace 30 años. Los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen una economía productiva y tradiciones totalmente diferentes a las del resto de los otros nueve municipios, que conformarían la mencionada unidad básica de ordenación y servicios del territorio propuesta.TERCERA. Por ello, MANIFIESTO mi total oposición y rechazo absoluto al nuevo modelo de Ordenación y Servicios del Territorio propuesto por la Junta de Castilla y León, por el que se configuran las nuevas Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, sobre las que se asentarán las futuras mancomunidades de interés general.CUARTA: SOLICITO LA CONSTITUCIÓN DE LA ACTUAL MANCOMUNIDAD DE MUNICIPOS DE LA CEPEDA, CON LOS MUNICIPIOS QUE LA INTEGRAN, COMO UNIDAD BASICA DE ORDENACION Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, al encontrarse funcionado de una manera eficaz, eficiente y perfectamente coordinada y adaptada a las necesidades de todas las localidades de los municipios integrantes de la misma desde hace treinta años.Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST).Fdo. Luis Alfonso Álvarez Peláez, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAMEJIL Y PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE LA CEPEDA

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EXCMO.AYUNTAMIENTO DE EL TIEMBLO (ÁVILA). APORTACIONES PREVIAS AL PRIMER BORRADOR DE UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.

23/12/2015  •  1 comentario  •  Rubén Rodríguez Lucas-Alcalde de El Tiemblo#108171

PRIMERA.- SOLICITUD DE REALIZACIÓN DE UN REAJUSTE TERRITORIAL, APLICANDO A ESTA UBOST EL CRITERIO GEOGRÁFICO DE COLINDANCIA .- El documento muestra un diseño de 176 unidades básicas, que en total abarcan 2.233 municipios -un promedio de 12,8 municipios y 6.718 habitantes por unidad básica- incluyendo un mapa y una ficha por cada UBOST en el que se concreta el Código y Nombre de la UBOST, la relación de los municipios que la integran, así como los datos de población y densidad (última oficial a 1 enero 2014). Del mismo modo, se relacionan en las UBOST donde se produzca, aquellos núcleos de población que pueden forman parte de esa UBOST, aun siendo núcleos de municipios que pertenecen a otra UBOST, así como un documento explicativo de las UBOST rurales que presentan especialidades, en aplicación del artículo 4.2 de la LORSERGO.La provincia de Ávila se divide en 21 unidades, habiéndose incluido este municipio de El Tiemblo en la denominada AVRUR14 (ALBERCHE PINARES ESTE), junto con los municipios de El Hoyo de Pinares y Cebreros. A esta primera aproximación hemos de formular una primera sugerencia, en el sentido de solicitar que se efectúe un REAJUSTE TERRITORIAL, aplicando a esta UBOST EL CRITERIO GEOGRÁFICO DE COLINDANCIA, UTILIZADO PARA LA DELIMITACIÓN DEL RESTO DE ÁREAS FUNCIONALES ESTABLES DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, COMO CRITERIO LEGAL DE DELIMITACIÓN EN AUSENCIA DE OTROS CRITERIOS GEOGRÁFICOS, Y, EN SU VIRTUD, INCLUIR EN LA MISMA EL MUNICIPIO DE NAVAHONDILLA, UNIDO DE MANERA ANTINATURAL AL AVRUR20 (ALTO TIÉTAR)Curiosamente, este criterio no se ha tenido en cuenta al fijar el área funcional estable a la que pertenece El Tiemblo, desgajando el municipio de Navahondilla, colindante con éste, y al que le unen múltiples intereses, desde la gestión común de aprovechamientos madereros del monte perteneciente a ambos términos al tratamiento y depuración de las aguas del Alberche, en cuya cuenca se incluyen asimismo ambos municipios. Esta unión se manifiesta en otros muchos parámetros significativos, de entre los que destacamos las secciones marcadas tanto como por la Guardia Civil como por el SEPRONA, que incluyen a ambos municipios en la misma ruta, o la existencia de una Mancomunidad (Mancomunidad Gredos Alberche), en la que Navahondilla y El Tiemblo han permanecido unidas para la gestión de sus comunes intereses.Pero es que es más: Inexplicablementente, el municipio de Navahondilla ha sido unido de manera antinatural a los municipios del Alto Tiétar, no ya no teniendo en cuenta el criterio de colindancia, sino yendo absolutamente en contra del mismo: el término de Navahondilla está separado de la comarca en la que se ha incluido por la Comunidad de Madrid, mientras que su la colindancia natural y geográfica es este municipio de El Tiemblo, criterio aplicado para la formación de todas las áreas funcionales de Castilla y León, excepto para el Alberche Pinares Oeste, en el que se unen los municipios de El Hoyo de Pinares, Cebreros y El Tiemblo, separando a Navahondilla, bañada, como El Tiemblo por las aguas del Alberche, para unirla a los municipios del Alto Tiétar, aún y a pesar de que, como se ha reseñado, es colindante con El Tiemblo.Se estima la colindancia como criterio objetivo de delimitación, habiéndose incumplido totalmente en este caso, en el que además, existen otra serie de relaciones funcionales de cohesión que precisan una planificación conjunta de estos municipios.SEGUNDA.- SOLICITUD DE SUPERACIÓN DEL MODELO TERRITORIAL BASADO EN LAS DEMARCACIONES ESTABLECIDAS PARA DELIMITAR LAS ZONAS BÁSICAS DE SALUD, ENTENDIENDO NECESARIA LA IMPLANTACIÓN DE UN MODELO MÁS MODERNO Y ADAPTADO A LA REALIDAD DE NUESTRO TERRITORIO.La implantación de un modelo territorial basado en las demarcaciones establecidas para delimitar las Zonas Básicas de Salud, obvía cualquier criterio territorial, geográfico, cultural, o de relaciones entre municipios. En concreto, en el caso de El Tiemblo, se pasa por alto que es el mayor de veinticinco pueblos colindantes, tanto en índices geográficos, como de población, aportando una población censada de 4.600 habitantes que aumenta hasta 20.000 en períodos vacacionales, y siendo el único municipio a nivel autonómico que, año tras año, ve aumentar su población.Hay que abogar por la implantación de un modelo más vivo, más adaptable, que recoja estas realidades, superando el criterio de mantener la zonificación por zonas básicas de salud, sistema que pudiera parecer operativo para gestionar el servicio de asistencia sanitaria, y digo pudiera porque, en la actualidad, a pesar de lo abrumador de los datos que consigno, no es El Tiemblo la cabecera de la Zona Básica de Salud, aún y a pesar de que es en este municipio de El Tiemblo en el que constan registradas más cartillas sanitarias (4.000 que aumentan a 15.000 en períodos vacacionales), es el municipio de mayor crecimiento demográfico de la UBOST y es el municipio con más movimiento turístico de la UBOST prevista.A pesar de todas las razones expuestas, el mantenimiento del mismo sistema en el ámbito territorial, resultaría todavía más injusto e inoperante, pues aquí las realidades sufren flujos y cambios constantes y las divisiones no pueden venir impuestas por una mera división administrativa obsoleta, sino atendiendo a la realidad geográfica y multicultural imperante en el momento.TERCERA.- SOLICITUD EXPRESA DE DESIGNACIÓN DEL MUNICIPIO DE EL TIEMBLO COMO CABECERA, SI LAS HUBIERA, DE LA UBOST, POR SER, ENTRE OTROS CRITERIOS, EL DE MAYOR POBLACIÓN.Lógicamente, por todo lo expuesto, solicito expresamente la declaración expresa de El Tiemblo como cabecera de la UBOST en la que se le ha incluido, por ser el de mayor población de los tres incluidos (debindo estar incluidos cuatro), por:Ser el de mayor población, con 4.700 habitantes censados.Es en este municipio de El Tiemblo en el que constan registradas más cartillas sanitarias (4.000 que aumentan a 15.000 en períodos vacacionales).Es el municipio de mayor crecimiento demográfico de la UBOST.Es el municipio con más movimiento turístico de la UBOST prevista.(Resultaría de todo punto ilógico que los vecinos de este municipio tuvieran que trasladarse desde un municipio mucho más grande a recibir los servicios en otro mucho más pequeño, como sucede con la organización obsoleta de la Zona Básica de Salud, debiendo constituir una prioridad acercar los servicios a los ciudadanos).Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST).

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MUNICIPIOS DE LAS SIERRAS DE AYLLON Y GUADARRAMA, SEGOVIA

29/12/2015  •  1 comentario  •  jose luis vazquez fernandez ALCALDE#108268

CONSIDERACIONES AL MAPA DE ORDENACIÓN PLANTEADO SEGÚN LA LEY 7/2013 DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓNEl día 30 de septiembre de 2015 el Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León ha presentado el primer borrador de unidades básicas, que es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León, ya que el Gobierno autonómico, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de unidades básicas prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, quiere abrir un periodo de participación ciudadana, para poder escuchar opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León.A la vista del borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado, y una vez comprobado que los municipios que quedan encuadrados dentro de las UBOSTs SGRUR14, 9, 5 y 4, pueden ver sustancialmente modificadas las prestaciones que sus vecinos reciben respecto a las servicios esenciales básicos prestados por la Administración Autonómica, así como el coste de aquellos que los respectivos Ayuntamientos o Mancomunidades están prestando, es por lo que se manifiesta lo siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS1.- Reafirmamos en la importancia de las Entidades Locales, como, no sólo, organización más antigua de nuestro Estado, también la menos endeudada, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, contribuye de forma inequívoca a vertebrar el territorio, y lo que está siendo más trascendente en la actual coyuntura de grave crisis económica, contribuye a la cohesión social prestando servicios esenciales básicos, descentralizados y de proximidad para todos.2.-La Ley 7/2013, legislación que conculca el principio de autonomía local establecido en nuestra Constitución de 1978, va en contra de la Carta Europea de Autonomía Local, la más alta Norma sobre autonomía municipal, a la que la adhesión de España en 1985 vincula, y establece en su artículo 3.1 “Por autonomía local se entiende el derecho y la capacidad efectiva de las Entidades locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos, en el marco de la Ley, bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes”; y en su artículo 11 protege legalmente dicha autonomía “Las Entidades locales deben disponer de una vía de recurso jurisdiccional a fin de asegurar el libre ejercicio de sus competencias y el respeto a los principios de autonomía local consagrados en la Constitución o en la legislación interna”.La presente Ley 7/2013, a su vez, desprovee de competencias y prestación de servicios a los pequeños municipios, atentando contra la base de la organización territorial de España.3.- Ante el atentado contra la Autonomía Local, así como el absoluto desconocimiento de la realidad que se dice pretender ordenar y la falta de concreción en la financiación y competencias con los que se van a dotar a los Municipios, nos vemos en la obligación de, más allá de manifestar nuestras alegaciones o consideraciones, solicitar a la Administración Autonómica la paralización y el posterior desarrollo de las Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio planteadas, en adelante UBOST.4.- La organización planteada no aporta mejoras a los ciudadanos ni a los servicios públicos que se deben prestar, al contrario dificulta posteriores desarrollos, generando absoluta confusión e indefinición en el desarrollo.No consta expresa información necesaria para poder valorar si a estas UBOST se las dotará económicamente con una financiación adecuada para cubrir los servicios que deben cumplir. No se expresan de manera alguna los costes de desarrollo y mantenimiento de esta nueva organización del territorio, de sus instalaciones, equipamientos o dotaciones, y/o órganos organizativos y representativos y de sus formas de reparto. Se ha informado verbalmente, desde la Delegación Territorial de Castilla y León en Segovia, que se el servicio sanitario y educativo permanecerán en igual condición, contraviniendo tales afirmaciones la distribución de alguno de los UBOST respecto de los actuales mapas de servicios Sanitarios o Educativos.5.- Al carecer del análisis de afección e impacto que supondrá la implantación de cuánto se pretende, al carecer de estudios, diagnóstico, valoración, coste económico, actual y previsto, etc., así como de no haber tenido en cuenta que en la actualidad existen municipios, englobados dentro Mancomunidades que, ante la ausencia de acción de la Diputación Provincial de Segovia, se conformaron y desarrollan su actividad de forma eficaz y eficiente en la mayoría de los casos, a su vez, a satisfacción de los municipios y vecinos que las componen, cuando, en todo caso, lo lógico hubiera de ser potenciarlas, y partir de ellas afrontar la creación de nuevas estructuras administrativas, si ello correspondiera, coincidiendo además como coinciden, en términos generales, desde un punto de vista geográfico con las nuevas Mancomunidades de Interés General que ahora se proponen.Por lo anteriormente expuesto, y con independencia de dar cuenta mediante el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León,SE ACUERDA:1. Solicitar al Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León posponga el proceso iniciado de desarrollo de la Ley 7/2013 de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León en tanto no se lleve a cabo el análisis y valoración de impacto que supondrá la implantación de las previsiones establecidas en la citada ley en nuestros municipios y respecto de los servicios y costes de los mismos una vez implantadas las medidas establecidas.2. Solicitar al Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León, en caso de seguir adelante con la actual previsión de desarrollo de la Ley 7/2013, que modifique la zonificación planteada y posibilitando que los municipios que integran la configuración de la UBOST, se mantengan vinculados a la misma Unidad Básica, en virtud del artículo 4.2 de dicha Ley, “por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole se podrá disponer la configuración de unidades básicas que cumplan las anteriores reglas (…)”.3. Solicitar sean mantenidos, para los municipios los servicios educativos y sanitarios en igual condición que hasta ahora se vienen prestando y disfrutando.4. Trasladar el presente acuerdo a la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de Segovia, a la Federación Española de Municipios y Provincias, a la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León y a los diferentes Grupos Políticos en las Cortes de Castilla y León.SUSCRIBO ESTAS ALEGACIONES AL BORRADOR DE MAPA DE ORDENACIÓN PLANTEADO SEGÚN LA LEY 7/2013 DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN FORMULADAS EN EL PRESENTE DOCUMENTO,en Cerezo de Arriba, a 29 de Diciembre de 2015ALDEALENGUA DE S. MARIA ALCADESA ESPERANZA MARTIN MATEALDEALENGUA DE PEDRAZA PORTAVOZ PEDRO FRANCISCO NAVARROGRAJERA SEPÚLVEDA ALBA DEL BARRIO MARTÍNARCONES CONCEJAL JESÚS VICENTE SANZ SANZARCONES CONCEJALA MARÍA ÁNGELES HURTADO SAEZARCONES CONCEJALA MARÍA SOLEDAD CHINARRO CASADOARCONES CONCEJAL ÁNGEL DEL AMO BAEZAARCONES SEPÚLVEDA LAUREANA MARTÍN RODRÍGUEZREAL SITIO SAN ILDEFONSO ALCALDE JOSÉ LUIS VÁZQUEZ FERNÁNDEZREAL SITIO SAN ILDEFONSO CONCEJAL ANTONIO MARTÍN MARUGÁNREAL SITIO SAN ILDEFONSO CONCEJAL SAMUEL ALONSO LLORENTEREAL SITIO SAN ILDEFONSO CONCEJALA MARÍA JESÚS FERNÁNDEZ ORTEGAREAL SITIO SAN ILDEFONSO CONCEJALA BEATRIZ MARCOS GARCÍAREAL SITIO SAN ILDEFONSO CONCEJALA ROCÍO GARCÍA MARTÍNRIAZA CONCEJAL JOSE MARÍA GONZALO GONZÁLEZRIAZA CONCEJAL PEDRO MORALES OTERORIAZA CONCEJAL ROBERTO PÉREZ IDIAÑEZRIAZA RIAZA ANDREA RICO BERZALDURUELO CONCEJAL FERNANDO PÉREZ ROMERODURUELO CONCEJAL JOSÉ ANTONIO SAN JUAN MORENODURUELO CONCEJAL DAVID SAN JUAN FUENTETAJADURUELO SEPÚLVEDA GREGORIO SAN JUAN ASENJOCEREZO DE ARRIBA CONCEJAL LEOPOLDO GARCÍA BERNARDOCEREZO DE ARRIBA CONCEJAL IVÁN GONZÁLEZ CABANILLASCEREZO DE ARRIBA CONCEJAL FÉLIX PÉREZ ADRADOSCEREZO DE ARRIBA SEPÚLVEDA JUAN ANTONIO GÓMEZ MANZANARESCEREZO DE ABAJO SEPÚLVEDA RAFAEL SANZ MUÑOZCEREZO DE ABAJO CONCEJALA MARÍA JULIA CALLE DÍEZCEREZO DE ABAJO CONCEJALA CONCEPCIÓN GARCÍA ASENJOCEREZO DE ABAJO CONCEJALA SONIA GÓMEZ TORRESAYLLÓN RIAZA MARÍA JESÚS SANZ TOMÉAYLLÓN CONCEJAL ALBERTO NAVAS SANZAYLLÓN CONCEJAL FRANSCISCO DEL POZO CARAZOCASLA PORTAVOZ EDUARDO HERAS ANTÓNCASLA CONCEJAL JUAN GARCÍA CRISTÓBALCASTROSERNA DE ABAJO PORTAVOZ LUISA GONZÁLEZ GARCÍACORRAL DE AYLLÓN PORTAVOZ LUIS ARGÜELLO BARRIOPRADENA PORTAVOZ ENRIQUE BENEDICTO MAMBLONAPRADENA CONCEJAL JUAN MARTÍN VEGARIBOTA PORTAVOZ RUBÉN GARCÍA ESTEBANRIOFRÍO DE RIAZA PORTAVOZ MARÍA DEL PILAR VALLECILLO HERNÁNDEZSANTIUSTE DE PEDRAZA CONCEJAL EUSEBIO ÁLVARO VALLEJOSANTIUSTE DE PEDRAZA CONCEJAL JOSÉ ÁLVARO CARRAVILLASSANTIUSTE DE PEDRAZA ALCALDE MANUEL ÁLVARO GÓMEZSANTIUSTE DE PEDRAZA CONCEJAL FRANCISCO RUBIO CASTILLOTORRE VAL DE SAN PEDRO PORTAVOZ GUILLERMO PUIG E LA BELLACASA MARFAGÓNGALLEGOS CONCEJAL ANTONIO GRANDE GARCÍAGALLEGOS SEPÚLVEDA VICTORIANO SANCHO GARCÍA

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LA CEPEDA: UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO

26/10/2015  •  1 comentario  •  EMILIO FRANCISCO CABEZA MARTINEZ#108355

Que en fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y León el Borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), Que se ha abierto un periodo, previo a la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO, concediéndome un plazo de tres meses (hasta 31 de diciembre) para que formule sugerencias, aportaciones y alegaciones a la propuesta inicial y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes Que en el BORRADOR presentado, se incluyen: Normativa para la configuración de las UBOST Cuadro Estadístico del borrador de las UBOST Fichas y mapas del borrador de las UBOST por provincias Que dentro del plazo concedido y al amparo de lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo a formular alegaciones y a presentar documentos y justificaciones necesarios.ALEGACIONESPRIMERA.- Que el Artículo 4.1 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “La unidad básica de ordenación y servicios del territorio rural agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares, que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas: b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios. Que a tal efecto, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda agrupa a cinco municipios: Villaobispo de Otero, Magaz de Cepeda, Villamejil, Villagatón-Brañuelas y Quintana del Castillo. La suma de la población de estos cinco municipios asciende a 3.165 habitantes, según cifras oficiales de población aprobadas oportunamente y su densidad de población es de 6,25 habitantes por kilómetro cuadrado. En consecuencia, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda, a la vista de lo anterior, tendría una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y agruparía a cinco municipios, que como mínimo exige la Ley 7/2013 para ser una unidad básica de ordenación y servicios del territorio.SEGUNDA.- De igual forma el Artículo 4.2 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “Por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole, se podrá disponer la configuración de unidades básicas que no cumplan las anteriores reglas, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera”. A tal efecto, los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen unas características geográficas y medioambientales singulares muy diferentes, a las del resto de los otros nueve municipios que junto con los cinco municipios que integran la Mancomunidad de La Cepeda, conformarían una unidad básica de ordenación y servicios del territorio. La Comarca leonesa de La Cepeda, constituye un peculiar espacio geográfico, histórico y sentimental y los cinco municipios que integran la Comarca, se han consolidado como Mancomunidad de la Cepeda desde hace 30 años. Los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen una economía productiva y tradiciones totalmente diferentes a las del resto de los otros nueve municipios, que conformarían la mencionada unidad básica de ordenación y servicios del territorio propuesta.TERCERA. Por ello, MANIFIESTO mi total oposición y rechazo absoluto al nuevo modelo de Ordenación y Servicios del Territorio propuesto por la Junta de Castilla y León, por el que se configuran las nuevas Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, sobre las que se asentarán las futuras mancomunidades de interés general.CUARTA: SOLICITO LA CONSTITUCIÓN DE LA ACTUAL MANCOMUNIDAD DE MUNICIPOS DE LA CEPEDA, CON LOS MUNICIPIOS QUE LA INTEGRAN, COMO UNIDAD BASICA DE ORDENACION Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, al encontrarse funcionado de una manera eficaz, eficiente y perfectamente coordinada y adaptada a las necesidades de todas las localidades de los municipios integrantes de la misma desde hace treinta años.Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST). Fdo.: Emilio F. Cabeza Martínez. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quintana del Castillo.

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villanuño en contra

29/12/2015  •  1 comentario  •  marta#108432

Buenos días, desde los pueblos de Villanuño de Valdavia y Arenillas de Nuño Pérez, queremos manifestar nuestra disconformidad con esta ley, ya que entendemos que limitan la libertad de elección y decisión de los habitantes de los pueblos. Creemos que cada pueblo debe tener derecho a decidir de donde quiere recibir cada servicio, en nuestro caso concreto recibimos servicio de los médicos del centro de salud de Carrion de los condes, porque a este centro podemos acceder fácilmente mediante una línea regular de transporte publico, en su supuesta ordenación nos introducen en el centro de salud de Saldaña, ¿Han pensado ustedes como se desplazaría a este centro el tan alto porcentaje de población de edad avanzada que tenemos en estos pueblos? No, verdad? Porque a ustedes esto ni les afecta ni les importa, igual que tampoco han tenido en cuenta que este centro de salud dista 20km mas que el de Carrion del hospital mas cercano.Y ahora hablemos de los colegios, porque en el caso de que nos dejen estar en el centro de salud de Carrion de los condes, como seria lógico, deciden ustedes que nuestros hijos deben cambiar de su actual colegio en Buenavista de Valdavia al de Carrion, haciendo así, que niños desde los 3 años se vean obligados a recorrer cada dia 14km mas de los que recorren actualmente, además del consiguiente trastorno de tener que adaptarse a nuevos métodos, compañeros, profesores..., lo mismo les ocurriría los jóvenes con el instituto, actualmente acuden al de Saldaña, por su ordenación irían a parar a Carrion.Y la mancomunidad, la que nos presta servicios en la actualidad funciona perfectamente, por que cambiar?En definitiva, no entendemos porque se quieren cambiar cosas que funcionan bien, ¿Quién obtiene beneficio de todo esto? Porque esta claro que la población no. Señores preocúpense de ordenar otras cosas y dejen a los pueblos pequeños como están, si no nos van a ayudar con la despoblación que sufrimos, déjennos en paz, que bastantes recortes hemos sufrido yaAtentamente, Marta Vegas Macho, alcaldesa de Villanuño de Valdavia

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LA CEPEDA: UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO

26/10/2015  •  1 comentario  •  carolina#108488

Que en fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y Leon el Borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), Que se ha abierto un periodo, previo a la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO, concediéndome un plazo de tres meses (hasta 31 de diciembre) para que formule sugerencias, aportaciones y alegaciones a la propuesta inicial y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes Que en el BORRADOR presentado, se incluyen:  Normativa para la configuración de las UBOST  Cuadro Estadístico del borrador de las UBOST  Fichas y mapas del borrador de las UBOST por provinciasQue dentro del plazo concedido y al amparo de lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo a formular alegaciones y a presentar documentos y justificaciones necesarios.ALEGACIONES PRIMERA.- Que el Artículo 4.1 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “La unidad básica de ordenación y servicios del territorio rural agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares, que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas: b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios. Que a tal efecto, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda agrupa a cinco municipios: Villaobispo de Otero, Magaz de Cepeda, Villamejil, Villagatón-Brañuelas y Quintana del Castillo. La suma de la población de estos cinco municipios asciende a 3.165 habitantes, según cifras oficiales de población aprobadas oportunamente y su densidad de población es de 6,25 habitantes por kilómetro cuadrado. En consecuencia, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda, a la vista de lo anterior, tendría una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y agruparía a cinco municipios, que como mínimo exige la Ley 7/2013 para ser una unidad básica de ordenación y servicios del territorio.SEGUNDA.- De igual forma el Artículo 4.2 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “Por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole, se podrá disponer la configuración de unidades básicas que no cumplan las anteriores reglas, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera”. A tal efecto, los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen unas características geográficas y medioambientales singulares muy diferentes, a las del resto de los otros nueve municipios que junto con los cinco municipios que integran la Mancomunidad de La Cepeda, conformarían una unidad básica de ordenación y servicios del territorio. La Comarca leonesa de La Cepeda, constituye un peculiar espacio geográfico, histórico y sentimental y los cinco municipios que integran la Comarca, se han consolidado como Mancomunidad de la Cepeda desde hace 30 años. Los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen una economía productiva y tradiciones totalmente diferentes a las del resto de los otros nueve municipios, que conformarían la mencionada unidad básica de ordenación y servicios del territorio propuesta.TERCERA. Por ello, MANIFIESTO mi total oposición y rechazo absoluto al nuevo modelo de Ordenación y Servicios del Territorio propuesto por la Junta de Castilla y León, por el que se configuran las nuevas Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, sobre las que se asentarán las futuras mancomunidades de interés general.CUARTA: SOLICITO LA CONSTITUCIÓN DE LA ACTUAL MANCOMUNIDAD DE MUNICIPOS DE LA CEPEDA, CON LOS MUNICIPIOS QUE LA INTEGRAN, COMO UNIDAD BASICA DE ORDENACION Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, al encontrarse funcionado de una manera eficaz, eficiente y perfectamente coordinada y adaptada a las necesidades de todas las localidades de los municipios integrantes de la misma desde hace treinta años.Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST). Fdo. Carolina López Arias , Alcaldesa de Villagatón

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AYUNTAMIENTOS DE LA LOSA Y OTRO Y MANCOMUNIDAD 'LA MUJER MUERTA'

31/12/2015  •  1 comentario  •  Mercedes#108538

Nota: Los Ayuntamientos de La Losa y Otero de Herreros y la Mancomunidad 'La Mujer Muerta' (Segovia) han formulado las sugerencias que pueden verse a continuación:ACUERDO DE PLENOALEGACIONES AL MAPA DE ORDENACIÓN PLANTEADO SEGÚN LA LEY 7/2013 DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓNEl día 30 de septiembre de 2015 el Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León ha presentado el primer borrador de unidades básicas, que es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León, ya que el Gobierno autonómico, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de unidades básicas prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, quiere abrir un periodo de participación ciudadana, para poder escuchar opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León.A la vista del borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado, y una vez comprobado que el municipio de La Losa queda encuadrada dentro del UBOST SGRUR14, denominado “Mujer Muerta-Riofrío”, junto con los municipios de Navas de Riofrío y San Ildefonso (La Granja), manifestamos lo siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS1. Nos reafirmamos en la importancia de las Entidades Locales, la organización más antigua de nuestro territorio, y la menos endeudada, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social prestar servicios esenciales básicos, descentralizados y de proximidad para todos.2. La Ley 7/2013 va en contra de la Carta Europea de Autonomía Local, la más alta Norma sobre autonomía municipal (adhesión de España en 1985), la cual dicta en su artículo 3.1 “Por autonomía local se entiende el derecho y la capacidad efectiva de las Entidades locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos, en el marco de la Ley, bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes”; y en su artículo 11 protege legalmente dicha autonomía “Las Entidades locales deben disponer de una vía de recurso jurisdiccional a fin de asegurar el libre ejercicio de sus competencias y el respeto a los principios de autonomía local consagrados en la Constitución o en la legislación interna”.Esta Ley 7/2013 despoja de competencias y prestación de servicios a los pequeños municipios, atentando contra la base de la organización territorial de España.3. Ante el atentado a la Carta Europea de Autonomía Local y el desconocimiento y la falta de concreción en la financiación y competencias con los que se van a dotar a los Municipios, nos vemos en la obligación no de alegar, sino de solicitar a la Administración Autonómica la paralización y el posterior desarrollo de las Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio planteadas, en adelante UBOST.4. La organización planteada no aporta mejoras a los ciudadanos ni a los servicios públicos que se deben prestar, al contrario dificulta posteriores desarrollos.Carecemos de la información necesaria para poder valorar si a estas UBOST se las dotará económicamente con una financiación adecuada para cubrir los servicios que deben cumplir. No se nos dicen los costes de desarrollo y mantenimiento de esta nueva organización del territorio, de sus instalaciones y/o órganos organizativos y representativos y de sus formas de reparto.Se nos ha indicado verbalmente que se el servicio sanitario y educativo permanecerán en igual condición para los vecinos de La Losa, nos parece que no es de recibo hablar de “promesas” y solicitamos que se manifiesten por escrito.5. Sería necesario tener en cuenta que en la actualidad existen municipios, como es el de La Losa, englobados dentro Mancomunidades que funcionan y funcionan bien, lo lógico sería potenciarlas, y partir de ellas afrontar la creación de nuevas estructuras administrativas, coincidiendo además como coinciden desde un punto de vista geográfico con las nuevas Mancomunidades de Interés General que ahora se proponen. 6. El municipio de La Losa, se encuentra englobado dentro de los municipios que componen la Mancomunidad denominada “Mujer Muerta”, junto con los municipios de Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte y Otero de Herreros. Es de destacar su homogeneidad con dichos pueblos, pues son pueblos similares en cuanto a población, estructura productiva y social, economía y cultural. Tiene una gran singularidad medio ambiental, siendo cuatro pueblos colindantes pertenecientes a la Sierra del Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama, que comparten servicios fundamentales tales como el agua y el transporte metropolitano por carretera y las infraestructuras ferroviarias.7. En el caso de La Losa, se nos incluye dentro de una UBOST cuya cabecera, por población, servicios y situación estratégica sería el municipio de San Ildefonso (La Granja). Este municipio por demografía, estructura económica, e infraestructuras podría formar por sí solo un UBOST, siendo además su desarrollo original hacia la capital de provincia, Segovia. Por su parte La Losa, tiene sus relaciones más fuertes de forma natural e histórica con sus pueblos vecinos de la zona (Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte y Otero de Herreros), y además los servicios de sanidad y educación son prestados de forma solvente desde la capital de provincia, Segovia.Actualmente, La Losa no tiene ningún vínculo económico, de transportes, de educación o de sanidad con San Ildefonso (La Granja), por lo que supondría un cambio radical de la forma de vida de nuestros vecinos, y lo que es peor una pérdida de servicios, ya que ahora mismo Segovia Capital, como es lógico, tiene una oferta mucho mayor de los citados servicios básicos. 8. Los cuatros municipios que integran esta Mancomunidad de la Mujer Muerta pertenecen al Área Funcional Estable de Segovia, es por ello que vemos totalmente necesario permanecer juntos como UBOST pues compartimos con la capital de provincia los servicios esenciales básicos, expresados en el artículo 11 de la Ley 7/2013, tales como Asistencia Sanitaria, Educación Obligatoria, Servicios de Salud Pública y Servicios Sociales Básicos. De igual modo, servicios elementales para el desarrollo del entorno rural como el transporte público de viajeros.Por lo anteriormente expuesto, el PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LA LOSA toma los siguientesACUERDOS1. Solicitar al Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León la retirada de la Ley 7/2013 de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.2. En caso de seguir adelante con la Ley 7/2013, Solicitar al Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León que modifique la zonificación planteada y por ello los municipios que integran la MANCOMUNIDAD DE LA MUJER MUERTA se mantengan unidos formando una única UBOST, acogiéndonos al artículo 4.2 de dicha Ley, “por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole se podrá disponer la configuración de unidades básicas que cumplan las anteriores reglas (…)”.3. Solicitar por escrito la voluntad política expresada verbalmente de mantener para los vecinos de La Losa los servicios educativos y sanitarios en igual condición que hasta ahora se vienen prestando y disfrutando.4. Trasladar el presente acuerdo a la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de Segovia, a la FEMP, a la FRMP y a los Grupos Políticos en las Cortes de Castilla y León. La Corporación MunicipalEn La Losa, a 11 de Diciembre de 2015http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/la_losa_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/otero_de_herreros_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/mancomunidades/la_mujer_muerta_(segovia).docx

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Propuesta de UBOST para Salamanca, Zamora y León del Colectivo Ciudadanos del Reino de León

30/12/2015  •  1 comentario  •  Colectivo Ciudadanos del Reino de León (CCRL)#108586

Una vez visto el mapa de UBOST propuesto por la Junta, y tras someter la cuestión a debate entre nuestros socios, desde el Colectivo Ciudadanos del Reino de León (CCRL) presentamos nuestra alegación-propuesta al proyecto de UBOST planteado por la Junta. De esta manera, adjuntamos el enlace (debido a la longitud de la propuesta) a nuestra propuesta para la conformación de UBOST en las provincias de Salamanca, Zamora y León, alegación-propuesta que se encontraría completa en la web de nuestro colectivo en el siguiente enlace: http://www.ciudadanosdelreinodeleon.com/actividades/propuesta-ubost-reino-de-leon/Un saludoColectivo Ciudadanos del Reino de León30/Diciembre/2015

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Alegaciones del GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS CASTILLA Y LEÓN

30/12/2015  •  1 comentario  •  Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León#108632

En virtud de lo establecido en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León; el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León presenta las siguientesALEGACIONES Primero. Alegación general.- El principio básico de ordenación del territorio deben ser las Comarcas Naturales como así quedó expresado en la Comisión del Senado contra la despoblación en las zonas de montaña, por cuantos expertos fueron consultados (ver http://www.senado.es/legis10/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG_D_10_550_3678.PDF )..- Se debe ordenar el territorio para impulsar su desarrollo económico y social; para racionalizar los servicios que deben prestarse en función de sus características territoriales que condicionan su economía y su modelo social; y para mejorar sus órganos de toma de decisiones y hacerlos más democráticos y participativos. Esto quiere decir que cualquier ordenación debe dar respuesta a las necesidades de esas Comarcas, sin que se las someta a fragmentaciones artificiales en función del coste-beneficio..- Esta es una ordenación viciada de base ya que, aunque parte de una restricción legal, esta es ilegítima: la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, dictada en desarrollo del modificado artículo 135 de la Constitución, eleva a la categoría de principio general el principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos en su artículo 7..- Es una ordenación tramposa al mantener dos clases de territorios: rural y urbano, para que así se justifique el papel de las Diputaciones en contradicción manifiesta con el deseo de la Ley de Ordenación del Territorio de no duplicar administraciones. .- Independientemente de qué municipios deben componer cada UBOST, o de qué criterio debe prevalecer, parece que lo único obvio para no duplicar Administraciones es la desaparición de las Diputaciones, y sin embargo se potencian..- Es preciso derogar la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, para centrarse en la ordenación por Mancomunidades o Comarcas y recuperar fórmulas de autogestión del territorio comunal y compartir el control de la calidad de los servicios sanitarios, educativos, medioambientales, etc.; junto al Gobierno Autonómico. De la misma forma, es necesario recuperar cierta capacidad de endeudamiento para proyectos de clara viabilidad y objetivos sociales, sin que se puedan desviar fondos de los LEADER a los ayuntamientos, que deben ser íntegros a las iniciativas económicas..- Es necesario repensar la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural de 2007 y el Real Decreto 752/2010..- La exposición de motivos de Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León dice que “en suma, la ordenación del territorio en Castilla y León debe sustentarse en el respeto a las singularidades y condiciones del propio territorio y a sus rasgos naturales e históricos.” Sin embargo, pensamos que la ordenación prevista no respeta tal afirmación.De la misma forma, se establece que “son objetivos de este modelo definir un ámbito territorial esencial que constituya la referencia espacial y el parámetro básico para efectuar la ordenación del territorio, coordinar la planificación sectorial de los servicios autonómicos y locales, y adecuar progresivamente al nuevo modelo territorial los servicios que presta la Junta de Castilla y León.” Pensamos que se está haciendo lo contrario, tabular la población alrededor de los servicios ya establecidos cuando la ley marca que esos servicios se adecuarán al resultado de la ordenación territorial a posteriori..- En cuanto a lo establecido en el Título Preliminar y, en concreto, en los apartados c) y f) del artículo 2 (“lograr una mayor cohesión y solidaridad territorial, potenciando el desarrollo económico y social sostenible y equilibrado de las diversas zonas de la Comunidad Autónoma”; y “mejorar la gobernanza local y conseguir unos servicios públicos más eficaces y eficientes, que eviten duplicidades administrativas a través de la puesta a disposición de las entidades locales de instrumentos de organización basados en el asociacionismo local de carácter voluntario”), pensamos que la mejor forma de cohesión son las Comarcas Naturales y, a la vez, que se debe abrir un espacio para que se dé ese asociacionismo local voluntario que impone una negociación más profunda que el periodo de alegaciones abierto. Segundo. Alegaciones concretas.- Hacemos nuestras y consideramos como propias las alegaciones realizadas por todos los municipios de Castilla y León para el mapa de UBOST que se han trasladado a nuestro Grupo Parlamentario. http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/otras/podemos_castilla_y_leon_grupo_parlamentario.docx

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Seguir manteniendo todos los servicios basicos , por cercanía, en Fuentesaúcoy por cercanía los especialistas en Salamanca

22/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#108677

No sólo ese cambio afectaría a los niños en edad escolar que van todos los día a Fuentesaúco a clase,. Cañizal es un pueblo agrícola y ganadero, por lo que gran cantidad de vecinos tienen que desplazarse, continuamente, para arreglar y a presentar todo lo que la burocracia les exige para el desarrollo de su actividad. Dicen que por cercanía, pues por cercanía queremos seguir haciendo todo en Fuentesaúco que está a 14 km y se tardan 10 minutos sin contar el tiempo que se pierde en una ciudad sólo para aparcar.Pienso que es peor para los niños por que estarían una hora de camino y tendrían que salir seguramente a las 7h. de la mañana para llegar a tiempo a clase. mientras que con 15min. llegan ahora a sus clases.Para los que dicen que la enseñanza mejor en Salamanca , sólo pido que se informen de los resultados de este instituto.También por cercanía, me gustaría que los especialistas siguieran en Salamanca puesto que son muchos menos km , mejor carretera y mejores comunicaciones, ya que a Zamora no sale ni un triste autobús de linea . Espero que estas sugerencias sean tomadas en cuenta, por el bien de todos.

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LA CEPEDA: UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO

26/10/2015  •  1 comentario  •  Pascual#108715

Que en fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y Leon el Borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), Que se ha abierto un periodo, previo a la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO, concediéndome un plazo de tres meses (hasta 31 de diciembre) para que formule sugerencias, aportaciones y alegaciones a la propuesta inicial y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes Que en el BORRADOR presentado, se incluyen:  Normativa para la configuración de las UBOST  Cuadro Estadístico del borrador de las UBOST  Fichas y mapas del borrador de las UBOST por provinciasQue dentro del plazo concedido y al amparo de lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo a formular alegaciones y a presentar documentos y justificaciones necesarios.ALEGACIONES PRIMERA.- Que el Artículo 4.1 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “La unidad básica de ordenación y servicios del territorio rural agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares, que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas: b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios. Que a tal efecto, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda agrupa a cinco municipios: Villaobispo de Otero, Magaz de Cepeda, Villamejil, Villagatón-Brañuelas y Quintana del Castillo. La suma de la población de estos cinco municipios asciende a 3.165 habitantes, según cifras oficiales de población aprobadas oportunamente y su densidad de población es de 6,25 habitantes por kilómetro cuadrado. En consecuencia, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda, a la vista de lo anterior, tendría una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y agruparía a cinco municipios, que como mínimo exige la Ley 7/2013 para ser una unidad básica de ordenación y servicios del territorio.SEGUNDA.- De igual forma el Artículo 4.2 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “Por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole, se podrá disponer la configuración de unidades básicas que no cumplan las anteriores reglas, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera”. A tal efecto, los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen unas características geográficas y medioambientales singulares muy diferentes, a las del resto de los otros nueve municipios que junto con los cinco municipios que integran la Mancomunidad de La Cepeda, conformarían una unidad básica de ordenación y servicios del territorio. La Comarca leonesa de La Cepeda, constituye un peculiar espacio geográfico, histórico y sentimental y los cinco municipios que integran la Comarca, se han consolidado como Mancomunidad de la Cepeda desde hace 30 años. Los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen una economía productiva y tradiciones totalmente diferentes a las del resto de los otros nueve municipios, que conformarían la mencionada unidad básica de ordenación y servicios del territorio propuesta.TERCERA. Por ello, MANIFIESTO mi total oposición y rechazo absoluto al nuevo modelo de Ordenación y Servicios del Territorio propuesto por la Junta de Castilla y León, por el que se configuran las nuevas Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, sobre las que se asentarán las futuras mancomunidades de interés general.CUARTA: SOLICITO LA CONSTITUCIÓN DE LA ACTUAL MANCOMUNIDAD DE MUNICIPOS DE LA CEPEDA, CON LOS MUNICIPIOS QUE LA INTEGRAN, COMO UNIDAD BASICA DE ORDENACION Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, al encontrarse funcionado de una manera eficaz, eficiente y perfectamente coordinada y adaptada a las necesidades de todas las localidades de los municipios integrantes de la misma desde hace treinta años.Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST). Fdo. Pascual Fernandez Varela , funcionario del Ayto. de Villagatón.

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LA CEPEDA: UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO

27/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#108751

Que en fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y Leon el Borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), Que se ha abierto un periodo, previo a la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO, concediéndome un plazo de tres meses (hasta 31 de diciembre) para que formule sugerencias, aportaciones y alegaciones a la propuesta inicial y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes Que en el BORRADOR presentado, se incluyen:  Normativa para la configuración de las UBOST  Cuadro Estadístico del borrador de las UBOST  Fichas y mapas del borrador de las UBOST por provinciasQue dentro del plazo concedido y al amparo de lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo a formular alegaciones y a presentar documentos y justificaciones necesarios.ALEGACIONES PRIMERA.- Que el Artículo 4.1 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “La unidad básica de ordenación y servicios del territorio rural agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares, que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas: b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios. Que a tal efecto, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda agrupa a cinco municipios: Villaobispo de Otero, Magaz de Cepeda, Villamejil, Villagatón-Brañuelas y Quintana del Castillo. La suma de la población de estos cinco municipios asciende a 3.165 habitantes, según cifras oficiales de población aprobadas oportunamente y su densidad de población es de 6,25 habitantes por kilómetro cuadrado. En consecuencia, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda, a la vista de lo anterior, tendría una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y agruparía a cinco municipios, que como mínimo exige la Ley 7/2013 para ser una unidad básica de ordenación y servicios del territorio.SEGUNDA.- De igual forma el Artículo 4.2 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “Por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole, se podrá disponer la configuración de unidades básicas que no cumplan las anteriores reglas, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera”. A tal efecto, los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen unas características geográficas y medioambientales singulares muy diferentes, a las del resto de los otros nueve municipios que junto con los cinco municipios que integran la Mancomunidad de La Cepeda, conformarían una unidad básica de ordenación y servicios del territorio. La Comarca leonesa de La Cepeda, constituye un peculiar espacio geográfico, histórico y sentimental y los cinco municipios que integran la Comarca, se han consolidado como Mancomunidad de la Cepeda desde hace 30 años. Los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen una economía productiva y tradiciones totalmente diferentes a las del resto de los otros nueve municipios, que conformarían la mencionada unidad básica de ordenación y servicios del territorio propuesta.TERCERA. Por ello, MANIFIESTO mi total oposición y rechazo absoluto al nuevo modelo de Ordenación y Servicios del Territorio propuesto por la Junta de Castilla y León, por el que se configuran las nuevas Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, sobre las que se asentarán las futuras mancomunidades de interés general.CUARTA: SOLICITO LA CONSTITUCIÓN DE LA ACTUAL MANCOMUNIDAD DE MUNICIPOS DE LA CEPEDA, CON LOS MUNICIPIOS QUE LA INTEGRAN, COMO UNIDAD BASICA DE ORDENACION Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, al encontrarse funcionado de una manera eficaz, eficiente y perfectamente coordinada y adaptada a las necesidades de todas las localidades de los municipios integrantes de la misma desde hace treinta años.Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST). Fdo. Mª de la O Maroto Gutiérrez, ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE MAGAZ DE CEPEDA

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LA CEPEDA : UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO

28/10/2015  •  1 comentario  •  Mª TERESA Gª LÓPEZ (ALCALDESA VILLAOBISPO DE OTERO)#108776

Que en fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y Leon el Borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), Que se ha abierto un periodo, previo a la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO, concediéndome un plazo de tres meses (hasta 31 de diciembre) para que formule sugerencias, aportaciones y alegaciones a la propuesta inicial y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes Que en el BORRADOR presentado, se incluyen:  Normativa para la configuración de las UBOST  Cuadro Estadístico del borrador de las UBOST  Fichas y mapas del borrador de las UBOST por provinciasQue dentro del plazo concedido y al amparo de lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, vengo a formular alegaciones y a presentar documentos y justificaciones necesarios.ALEGACIONES PRIMERA.- Que el Artículo 4.1 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “La unidad básica de ordenación y servicios del territorio rural agrupa a municipios iguales o menores de 20.000 habitantes de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares, que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas: b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios. Que a tal efecto, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda agrupa a cinco municipios: Villaobispo de Otero, Magaz de Cepeda, Villamejil, Villagatón-Brañuelas y Quintana del Castillo. La suma de la población de estos cinco municipios asciende a 3.165 habitantes, según cifras oficiales de población aprobadas oportunamente y su densidad de población es de 6,25 habitantes por kilómetro cuadrado. En consecuencia, La Mancomunidad de Municipios de la Cepeda, a la vista de lo anterior, tendría una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y agruparía a cinco municipios, que como mínimo exige la Ley 7/2013 para ser una unidad básica de ordenación y servicios del territorio.SEGUNDA.- De igual forma el Artículo 4.2 de la Ley 7/2013, de 27 de Septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que: “Por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole, se podrá disponer la configuración de unidades básicas que no cumplan las anteriores reglas, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional primera”. A tal efecto, los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen unas características geográficas y medioambientales singulares muy diferentes, a las del resto de los otros nueve municipios que junto con los cinco municipios que integran la Mancomunidad de La Cepeda, conformarían una unidad básica de ordenación y servicios del territorio. La Comarca leonesa de La Cepeda, constituye un peculiar espacio geográfico, histórico y sentimental y los cinco municipios que integran la Comarca, se han consolidado como Mancomunidad de la Cepeda desde hace 30 años. Los Municipios que integran la Mancomunidad de Municipios de La Cepeda, poseen una economía productiva y tradiciones totalmente diferentes a las del resto de los otros nueve municipios, que conformarían la mencionada unidad básica de ordenación y servicios del territorio propuesta.TERCERA. Por ello, MANIFIESTO mi total oposición y rechazo absoluto al nuevo modelo de Ordenación y Servicios del Territorio propuesto por la Junta de Castilla y León, por el que se configuran las nuevas Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio, sobre las que se asentarán las futuras mancomunidades de interés general.CUARTA: SOLICITO LA CONSTITUCIÓN DE LA ACTUAL MANCOMUNIDAD DE MUNICIPOS DE LA CEPEDA, CON LOS MUNICIPIOS QUE LA INTEGRAN, COMO UNIDAD BASICA DE ORDENACION Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, al encontrarse funcionado de una manera eficaz, eficiente y perfectamente coordinada y adaptada a las necesidades de todas las localidades de los municipios integrantes de la misma desde hace treinta años.Por lo expuesto,SUPLICO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito junto, se sirva admitirlo y tener por formuladas alegaciones, para que, a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST). Fdo: Dª Mª Teresa García López. Alcaldesa del Ayto. de Villaobispo de Oterohttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/villaobispo_de_otero_(leon).docx

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ALEGACIONES VECINOS DE LA LOSA

31/12/2015  •  1 comentario  •  Mercedes#108795

ALEGACIONES DE LOS VECINOS DE LA LOSA AL MAPA DE ORDENACIÓN PLANTEADO SEGÚN LA LEY 7/2013 DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓNEl día 30 de septiembre de 2015 el Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León ha presentado el primer borrador de unidades básicas, que es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León, ya que el Gobierno autonómico, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de unidades básicas prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, quiere abrir un periodo de participación ciudadana, para poder escuchar opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León.A la vista del borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado, y una vez comprobado que el municipio de La Losa queda encuadrado dentro del UBOST SGRUR14, denominado “Mujer Muerta-Riofrío”, junto con los municipios de Navas de Riofrío y San Ildefonso (La Granja), manifestamos lo siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS1. Nos reafirmamos en la importancia de las Entidades Locales, la organización más antigua de nuestro territorio, y la menos endeudada, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social prestar servicios esenciales básicos, descentralizados y de proximidad para todos.2. La Ley 7/2013 va en contra de la Carta Europea de Autonomía Local, la más alta Norma sobre autonomía municipal (adhesión de España en 1985), la cual dicta en su artículo 3.1 “Por autonomía local se entiende el derecho y la capacidad efectiva de las Entidades locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos, en el marco de la Ley, bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes”; y en su artículo 11 protege legalmente dicha autonomía “Las Entidades locales deben disponer de una vía de recurso jurisdiccional a fin de asegurar el libre ejercicio de sus competencias y el respeto a los principios de autonomía local consagrados en la Constitución o en la legislación interna”.Esta Ley 7/2013 despoja de competencias y prestación de servicios a los pequeños municipios, atentando contra la base de la organización territorial de España.3. Ante el atentado contra la Carta Europea de Autonomía Local, así como el desconocimiento y la falta de concreción en la financiación y competencias con los que se van a dotar a los Municipios, nos vemos en la obligación no de alegar, sino de solicitar a la Administración Autonómica la paralización y el posterior desarrollo de las Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio planteadas, en adelante UBOST.4. La organización planteada no aporta mejoras a los ciudadanos ni a los servicios públicos que se deben prestar, al contrario dificulta posteriores desarrollos.Carecemos de la información necesaria para poder valorar si a estas UBOST se las dotará económicamente con una financiación adecuada para cubrir los servicios que deben cumplir. No se nos dicen los costes de desarrollo y mantenimiento de esta nueva organización del territorio, de sus instalaciones y/o órganos organizativos y representativos y de sus formas de reparto.Se nos ha indicado verbalmente que se el servicio sanitario y educativo permanecerán en igual condición para los vecinos de La Losa, nos parece que no es de recibo hablar de “promesas” y solicitamos que se manifiesten por escrito.5. Sería necesario tener en cuenta que en la actualidad existen municipios, como es el de La Losa, englobados dentro Mancomunidades que funcionan y funcionan bien, lo lógico sería potenciarlas, y partir de ellas afrontar la creación de nuevas estructuras administrativas, coincidiendo además como coinciden desde un punto de vista geográfico con las nuevas Mancomunidades de Interés General que ahora se proponen. 6. El municipio de La Losa, se encuentra englobado dentro de los municipios que componen la Mancomunidad denominada “Mujer Muerta”, junto con los municipios de Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte y Otero de Herreros. Es de destacar su homogeneidad con dichos pueblos, pues son pueblos similares en cuanto a población, estructura productiva y social, economía y cultural. Tiene una gran singularidad medio ambiental, siendo cuatro pueblos colindantes pertenecientes a la Sierra del Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama, que comparten servicios fundamentales tales como el agua y el transporte metropolitano por carretera y las infraestructuras ferroviarias.7. En el caso de La Losa, se nos incluye dentro de una UBOST cuya cabecera, por población, servicios y situación estratégica sería el municipio de San Ildefonso (La Granja). Este municipio por demografía, estructura económica, e infraestructuras podría formar por sí solo un UBOST, siendo además su desarrollo original hacia la capital de provincia, Segovia. Por su parte La Losa, tiene sus relaciones más fuertes de forma natural e histórica con sus pueblos vecinos de la zona (Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte y Otero de Herreros), y además los servicios de sanidad y educación son prestados de forma solvente desde la capital de provincia, Segovia.Actualmente, La Losa no tiene ningún vínculo económico, de transportes, de educación o de sanidad con San Ildefonso (La Granja), por lo que supondría un cambio radical de la forma de vida de nuestros vecinos, y lo que es peor una pérdida de servicios, ya que ahora mismo Segovia Capital, como es lógico, tiene una oferta mucho mayor de los citados servicios básicos. 8. Los cuatros municipios que integran esta Mancomunidad de la Mujer Muerta pertenecen al Área Funcional Estable de Segovia, es por ello que vemos totalmente necesario permanecer juntos como UBOST pues compartimos con la capital de provincia los servicios esenciales básicos, expresados en el artículo 11 de la Ley 7/2013, tales como Asistencia Sanitaria, Educación Obligatoria, Servicios de Salud Pública y Servicios Sociales Básicos. De igual modo, servicios elementales para el desarrollo del entorno rural como el transporte público de viajeros.Por lo anteriormente expuesto, los vecinos de LA LOSA toman los siguientesACUERDOS1. Solicitar al Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León la retirada de la Ley 7/2013 de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.2. En caso de seguir adelante con la Ley 7/2013, Solicitar al Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León que modifique la zonificación planteada y por ello los municipios que integran la MANCOMUNIDAD DE LA MUJER MUERTA se mantengan unidos formando una única UBOST, acogiéndonos al artículo 4.2 de dicha Ley, “por razones geográficas singulares, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole se podrá disponer la configuración de unidades básicas que cumplan las anteriores reglas (…)”.3. Solicitar por escrito la voluntad política expresada verbalmente de mantener para los vecinos de La Losa los servicios educativos y sanitarios en igual condición que hasta ahora se vienen prestando y disfrutando.4. Trasladar el presente acuerdo a la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de Segovia, a la FEMP, a la FRMP y a los Grupos Políticos en las Cortes de Castilla y León.

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AYUNTAMIENTO DE ORTIGOSA DEL MONTE

23/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#108812

ESCRITO DE ALEGACIONES AL MAPA UBOST QUE AFECTA AL MUNICIPIO DE ORTIGOSA DEL MONTE.El día 30 de septiembre de 2015 el Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León ha presentado el primer borrador de unidades básicas, que es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León, ya que el gobierno autonómico, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de unidades básicas prevista en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, quiere abrir un período de participación ciudadana para poder escuchar opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León.A la vista del borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado y, una vez comprobado que los cuatro municipios que integran la MANCOMUNIDAD DE LA MUJER MUERTA, La Losa, Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte y Otero de Herreros, no se incluyen en la misma Unidad Básica de Ordenación de Servicios del territorio, exponemos lo siguiente:1.- Ante la incertidumbre generada en relación con las Unidades Básicas y para poder valorar las competencias de que se van a dotar las Mancomunidades de servicios y en concreto la de la Mujer Muerta, es preciso conocer el completo desarrollo del mapa y el desarrollo de las competencias.2.- Carecemos de información para poder valorar si a estas mancomunidades se las dotará económicamente y si los Municipios que no estén dentro de ellas quedarán desamparados económicamente. No se nos dicen los costes de desarrollo y mantenimiento de las mismas, de sus instalaciones, sistema de organización, órganos representativos y de sus formas de reparto.3.- Sería necesario tener en cuenta que en la actualidad existen mancomunidades que funcionan y funcionan bien; lo lógico sería potenciarlas y partir de ellas para la creación de nuevas estructuras administrativas, coincidiendo, además, como coinciden desde un punto de vista geográfico, con las nuevas Mancomunidades de Interés General que ahora se proponen.4.- En el caso de los municipios que componen esa mancomunidad es de destacar su homogeneidad, pues son pueblos similares en cuanto a su población, estructura productiva y social, economía y cultura. Destacan por su singularidad medioambiental, siendo cuatro pueblos colindantes pertenecientes al Parque Nacional de la Sierra del Guadarrama, que comparte servicios fundamentales, tales como el agua y el transporte.Por todo lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Ortigosa del Monte, por unanimidad de sus concejales, en sesión ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2015, ACUERDA1.- Que se modifique la UBOST donde se encuadre a Ortigosa del Monte con Otero de Herreros y El Espinar, para que se forme uno nuevo formado por Ortigosa del Monte, Otero de Herreros, La Losa y Navas de Riofrio, basándose en la excepcionalidad del artículo 4.2 de la ley 7/2013.2.- Que el compromiso verbal realizado por los representantes de la JCYL de que los servicios sanitarios y educativos de Ortigosa del Monte van a seguir dependiendo de los servicios del municipio de Segovia, sea manifestado por escrito por el organismo competente al respecto.En Ortigosa del Monte a 22 de diciembre de 2015.El Alcalde.Juan Carlos Cabrejas Mínguez.

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yo que nos pasen a salamanca todo

20/10/2015  •  1 comentario  •  #105882

Sobre todo por la sanidad pensando en las cercanias y la gente mayor

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Anonimo estudiante

22/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#108838

Buenas tardes, quiero dar mi opinión como estudiante del I.E.S Fuentesaúco. En primer lugar, quiero que quede claro y recalcar que estoy totalmente de acuerdo en que la Sanidad se quede en Salamanca, por su cercanía y por la buena comunicación por carretera. Pero en segundo lugar, pienso que la educación se tendría que dejar en Fuentesaúco. Veo innecesario recorrernos 70km diarios(si fuéramos directos) teniendo un instituto, al que se ha ido toda la vida, a unos 15km excasos(con una parada). También hay que mirar los horarios de salida y llegada. Yo no quito la razón a la gente que dice que tarde o temprano nos tendremos que ir a Salamanca, pero eso sera con 18 años y no con 12 años. Y esto hablando del instituto, pero si pensamos en la escuela, llegara un momento que se terminara cerrando (como muchos pueblos alrededor) por falta de niños. Volvemos a lo mismo, teniendo Fuentesauco al lado, veo innecesario que niños de 3 años se tengan que recorrer diariamente casi 30km, y luego se dirá que el pueblo se esta quedando sin juventud porque todos se están yendo a vivir fuera. Es mi humilde opinión.

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Proceso inservible e inútil

23/10/2015  •  1 comentario  •  Jesús González Ruiz#108850

Consideramos que esta división territorial no aporta nada a los territorios confunde las comarcas naturales y por supuesto es totalmente inútil en la lucha contra la despoblación, el mayor problema del territorio conocido como Castilla y León, por lo tanto nuestra propuesta es que se proceda de inmediato a retirar este proceso inservible e inútil.Jesús González Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Cebrián de Mudá (Palencia) y Diputado provincial

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Vallesa de la Guareña Sanidad y tramites administrativos a Salamanca, educacion a Zamora

22/10/2015  •  1 comentario  •  Teresa#108862

Buenos días, soy de Vallesa de la Guareña. Ayer tuvo lugar la reunión sobre el asunto del borrador de las UBOST. Lo primero de todo manifestar mi disconformidad por el modo en que la gente puede participar con las alegaciones. Son pueblos, para su información, aunque ya de sobra deberían conocer, donde gran parte de la población no pueden acceder a internet porque se trata de gente mayor que esto de las nuevas tecnologías les viene grande, por eso considero que deberían ofrecer la posibilidad de que la gente expusiese sus opiniones/alegaciones por otros medios más acordes a las necesidades de cada uno. Si se trata de un Borrador espero que tengan en cuenta todas las opiniones que han ido escuchando de palabra y que el Delegado de la Junta haya tomado nota y las traslade de manera adecuada a los Servicios Centrales de la Junta de Castilla y León, dando voz real así a todos los habitantes. Dicho esto, me gustaría que dieran una vuelta a la posibilidad de que los servicios sanitarios y trámites administrativos queden en Salamanca y la educación siga en Zamora. No es posible que no puedan existir excepciones a la regla, me niego a creerlo porque para otros asuntos no ponen tanto ahínco. No es posible que sean inflexibles en la posibilidad de que los chavales de la zona puedan vivir tranquilos en estos pueblos “zamoranos”, el hecho de que tengan que desplazarse diariamente 80 km a Salamanca, ida y vuelta, más todas las paradas por los diferentes pueblos, deberían acercarles a la realidad, ponerles en contacto con el día a día y ver que esta opción no es la más adecuada. La teoría puede ser muy buena sobre el papel pero la realidad nos dice otra cosa. Si tanto quieren luchar contra la despoblación con esa Agenda de la Despoblación que venden a los cuatro vientos, ayuden a que la vida en los pueblos sea más fácil y que la lógica siempre vaya por delante. Pido que hayan escuchado las opiniones de los ciudadanos. Denle una vuelta por favor. EDUCACIÓN EN ZAMORA.

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AYUNTAMIENTO DE SOLOSANCHO

31/12/2015  •  1 comentario  •  Benito Zazo Núñez, Alcalde de Solosancho#108873

Desde el Ayuntamiento de Solosancho queremos hacer la siguiente alegación al borrador del Mapa de UBOST a construir en Castilla y León:El Municipio de Solosancho ha sido incluido en la UBOST AVRUR08 y solicitamos que sea incluido en la AVRUR09.Existe el precedente de que en varias ocasiones (no menos de cuatro) se ha solicitado a la Consejería de Sanidad que el municipio fuera excluido del Área de Salud de Muñana (en la actual nomenclatura UBOST 08) y fuera incluido en el Área de Salud 'Ávila-Rural' (que abarca, entre otros, a todo el actual UBOST 09), en base a divesos argumentos y consideraciones, entre ellos acuedo unánime del correspondiente Pleno del Ayuntamiento y el apoyo de centenares de vecinos reunidos en asambleas al efecto. Hasta la fecha ni siquiera se ha recibido contestación a ninguna de las mencionadas solicitudes.Es por ello que solicitamos una vez más que, como decíamos arriba, el municipio de Solosancho sea excluido del UBOST AVRUR08 y sea incluido en el UBOST AVRUR09

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ACUERDOS DE LOS AYUNTAMIENTOS DE CEDILLO DE LA TORRE Y OTROS, Y DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS 'VALLE DEL RÍO RIAZA'

09/12/2015  •  1 comentario  •  AYUNTAMIENTO DE CEDILLO DE LA TORRE (SEGOVIA)#108884

Nota: Los Ayuntamientos de Cedillo de la Torre, Villaverde de Montejo, Moral de Hornuez, Valdevacas de Montejo y Montejo de la Vega de la Serrezuela (Segovia); y la Mancomunidad de Municipios 'Valle del Río Riaza' (Burgos - Segovia) han formulado las sugerencias que pueden verse a continuación:La ordenación territorial se ha diseñado, sin oír previamente a los municipios afectados, principales protagonistas y artífices del desarrollo sostenible del territorio, siguiendo lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.En el caso de nuestra localidad, desconociendo los criterios y estudios técnicos utilizados por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, ha sido separada de la zona básica de salud que le corresponde y, la Mancomunidad a la que pertenecemos, ha sido dispersada en tres UBOST distintos, eliminando de un plumazo la excelente relación y colaboración que desde hace décadas venimos manteniendo para la prestación de los servicios de nuestros pueblos; así como el arraigo y buen concepto que tiene la Mancomunidad Ntra Sra de Hornuez entre los vecinos y usuarios de servicios de los municipios que la integran. Por ello y de forma unánime por todos los asistentes, se entiende que este Ayuntamiento debe oponerse de manera tajante a la ordenación territorial propuesta por la Junta de Castilla y León.Desde la aprobación de la Constitución de 1978, casi 36 años de Ayuntamientos democráticos, el ámbito local ha sido un buen ejemplo de cómo se puede gobernar, defendiendo los intereses de los vecinos, aunando voluntades políticas, buscando la colaboración y la cooperación y los resultados han sido visibles en el progreso de nuestros pueblos y ciudades. La autonomía local ha sido un referente avalado por la Constitución y por la Carta Europea como garantía de democracia, de cohesión social y de la vertebración de un país, históricamente desigual en lo social y en lo económico. Entre todos hemos conformado entidades locales que son ejemplo de participación, hemos diseñado un modelo local capaz de dar más y mejores servicios a los ciudadanos, desde la cercanía y la proximidad. La constitución de los consorcios provinciales de servicios alejará a los ciudadanos de “a pie” de la toma de decisiones, Por nuestras convicciones democráticas y por los vecinos a los que representamos, este trabajo lo debemos hacer desde el diálogo y el consenso para garantizar que nuestros ayuntamientos puedan seguir prestando los servicios que esperan de nosotros los ciudadanos y para garantizar la democracia de nuestro país.Tanto en el artículo 3º de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; como en el mismo artículo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (B.O.E. nº 236 de 2 de octubre de 2015), con “vacatio legis” de un año a partir de su publicación; se recogen los principios generales que deben guiar la actuación de las Administraciones Públicas, sirviendo con objetividad los intereses generales y actuando de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho.En todo caso, las Administraciones Públicas deberán respetar en su actuación y relaciones los principios de:Servicio efectivo,Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa,etc.Por otro lado, se desconocen aspectos básicos del funcionamiento de las mancomunidades de interés general que nacerán al cobijo de las UBOST, ya que aún no se ha desarrollado reglamentariamente el régimen jurídico sobre:a) Las competencias y funciones de las mancomunidades de interés general. Las competencias y funciones se concretarán, para su asignación a la mancomunidad, por cada uno de los municipios asociados, en función del tramo de población al que pertenezcan.b) Las competencias y funciones que deban ejercer desde el momento de su declaración, y los plazos en los que deberán ejercer el resto de las competencias y funciones incluidas en la cartera de servicios, previa audiencia a las diputaciones provinciales.c) Las competencias y funciones a ejercer a través de consorcios provinciales de servicios generales, en los términos previstos en el artículo 51 de esta ley.d) Las competencias y funciones que, siendo de titularidad de los municipios de más de 5.000 habitantes, se puedan asignar a la mancomunidad de interés general por ser de interés mutuo para ambos.La falta de una información clara y precisa sobre estos aspectos básicos, producen una inseguridad e inquietud para los municipios afectados, deduciéndose una oposición al proyecto que maneja la Junta de Castilla y León, puesto que la situación actual y real de la prestación de los servicios a los ciudadanos es la que actualmente tenemos a través del Ayuntamiento y de la mancomunidad de la que formamos parte; existiendo una alta incertidumbre sobre el resultado que proporcionarían las UBOST. Asimismo, conforme señala el artículo 41.3 de la citada Ley 7/2013, de 27 de septiembre, no se podrá realizar ninguna actividad administrativa municipal que directa o indirectamente suponga el ejercicio de las competencias mancomunadas; es decir, se atenta una vez más a la autonomía municipal consagrada en la CE.Respecto a la economía y eficiencia en la prestación de los servicios por parte de las mancomunidades de interés general, claro que ahora se desconoce y puede ser aventurado pronunciarse, pero es obvio que la tendencia de la Ley es asignar muchas competencias de los municipios a los consorcios provinciales de servicios generales regulados en el capítulo IV de la Ley 7/2013, provocando efectos indeseables de concentración, centralización y alejamiento de los servicios a los ciudadanos y sin duda, menor eficiencia y mayores costes.De todo lo anterior, se puede deducir que esta política incide una vez más de forma negativa sobre el grave problema de despoblación en el mundo rural, y para mayor abundamiento, de aplicarse los artículos 60 y ss. de la Ley sobre la fusión de los municipios, los efectos negativos serían sobradamente conocidos, tenemos el antecedente no muy lejano de los procesos de fusión que hizo el anterior régimen en la provincia de Segovia en los años 60 y 70; menor número de municipios, menor población y abandono de los municipios fusionados.Finalmente, el Pleno de éste Ayuntamiento, en votación ordinaria y con cinco votos favorables, ninguna abstención y ningún voto en contra, de los miembros del mismo, adopta el siguiente acuerdo:PRIMERO.- Reafirmamos la importancia de las Entidades Locales, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para todos.SEGUNDO.- Pedimos la retirada del proyecto de ordenación de las UBOST, garantizando el principio de autonomía de las entidades locales y no implicando la desaparición de entidades públicas (Entidades Locales Menores, Ayuntamientos, Mancomunidades).TERCERO.- Instamos a que se trabaje coordinadamente y se lleguen a acuerdos de manera consensuada entre todas las Administraciones y entidades afectadas, con el objetivo de clarificar, delimitar y asignar las competencias de cada una de las Administraciones, bajo el principio de una competencia en una sola Administración, y en el caso de aquellas de difícil atribución o de función concurrente, se establezca el mecanismo o protocolo adecuado de coordinación entre las Administraciones implicadas a efectos prestar adecuadamente los servicios encomendados.CUARTO.- Manifestamos que la asignación de competencias a las diferentes Administraciones debe ir acompañada de la necesaria y suficiente financiación para hacer frente con la calidad que por la norma competente sea exigible a tales prestaciones. QUINTO.- Solicitamos que en la financiación plasmada en los acuerdos que se establezcan, se tenga en cuenta -entre otros criterios de reparto-, la realidad de esta provincia, similar a la de Castilla y León, caracterizada por la dispersión de los habitantes en más de 350 núcleos poblacionales, la despoblación y el porcentaje de población mayor de sesenta y cinco años residente en los mismos, lo cual añade complejidad extrema en la prestación de servicios básicos esenciales para los ciudadanos.SEXTO.- Realizar una campaña informativa y de recogidas de firmas entre los vecinos de nuestra localidad, a favor del mantenimiento de la actual estructura territorial y organizativa y en contra de las UBOST, comunicando a los municipios miembros de la Mancomunidad a la que pertenecemos este acuerdo para que adopten en los Plenos de las Corporaciones respectivas, los acuerdos que dentro de su autonomía local, entiendan más beneficiosos para bien general.SÉPTIMO.- Trasladar el presente acuerdo a la Presidencia del Gobierno de la Nación, a la de la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de Segovia, a la FEMP y FRMP y a los Grupos Políticos en el Congreso de los Diputados y en las Cortes de Castilla y León.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/villaverde_de_montejo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/moral_de_hornuez_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/valdevacas_de_montejo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/montejo_de_la_vega_de_la_serrezuela_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/mancomunidades/valle_del_rio_riaza_(burgos-segovia).docx

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CADA MAS DIFÍCICULTADES PARA QUE LAS FAMILIAS CON NIÑ@S DECIDAN RESIDIR EN EL MEDIO RURAL

26/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#108903

No se si a alguien le parece razonable que un municipio tenga las urgencias sanitarias en dirección contraria al hospital mas cercano (unos veinticinco minutos de desplazamiento en dirección contraria a la asistencia hospitalaria).También estoy preocupada ante la desaparición de los C.R.A actuales que dan servicio a todos esos niños y niñas que residen en los pueblos, sin que la educación obligatoria suponga unos largos desplazamientos diarios por carreteras rurales. Las familias que decidimos residir en los pueblos aseguramos el futuro del medio rural.No merecemos ser ciudadanos de segunda y que prácticamente nos piden que seamos héroes, que vivamos con una atención sanitaria lejana y con una localización ilógica, y que condenemos a nuestra@s menores a exponerse en la carretera constantemente , a madrugar, a regresar tarde de vuelta a casa, etc....eso, si, sin medidas de conciliación laboral y familiar, sin transporte publico en condiciones , sin carreteras seguras,....Me pregunto que ventajas tienen las UBOST para los habitantes del medio rural y que consecuencias traerán en el desarrollo rural, porque a mi parecer, esto contribuirá a que las familias abandonen los pueblos y solo se fijará población en el municipio que tenga la suerte en esa UBOST, de ser el que aglutine la prestación de servicios.Entiendo que desde el punto de vista de la rentabilidad económica sea mas eficiente concentrar servicios, y también que no se puede pretender que todos los pueblos tengan los servicios a la puerta de su casa, pero a mi no me parece eficiente tener la atención sanitaria a 25 minutos en dirección contraria al hospital mas cercano , ni que los niños tengan que hacer dos o tres horas de autobús diario.Me gustaría saber porque no se le da la oportunidad a los moradores de estos pueblos de decidir que es lo que quieren hacer, si desean estar en una u otra UBOST, de manifestarse de forma vinculante acerca de este tema que es de vital importancia para el futuro de los municipios.Y por ultimo desconozco que es loo que pasará con los consultorios rurales ¿Desaparecerán?

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VALLESA DE LA GUAREÑA: SANIDAD Y ADMINISTRACIÓN A SALAMANCA. EDUCACIÓN EN ZAMORA

22/10/2015  •  1 comentario  •  MERCEDES#108894

Está claro que una población de edad media elevada necesita tener los servicios médicos lo más cerca posible, como es el caso de Vallesa de la Guareña, a escasos 20 minutos por autovía de Salamanca capital. Facilitar que la resolución de los temas administrativos también puedan hacerse allí sería estupendo. Hay que recordar además que se dispone de servicio de autobús ( no todo lo frecuente que se desearía) con dicha población.Sin embargo y aunque las personas en edad escolar sean minoritarias creo que la educación debería mantenerse como está, en Fuentesaúco, hasta que llegue el momento de decidir una vez terminada la enseñanza obligatoria. No creo que sea 'saludable' hacerte un amplio recorrido recogiendo gente para poder ir a estudiar y una vez finalizada ésta hacer la inversa teniendo la opción a pocos kilómetros...

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Cañizal. Provincia de Zamora pero Sanidad en Salamanca. ¿Es posible?

21/10/2015  •  1 comentario  •  Jonathan Fernández#108912

En lo que respecta al municipio de Cañizal y su exclusión de la comarca de la Guareña, y por consiguiente entiendo que de la provincia de Zamora, me gustaría plasmar mi opinión y mi posición al respecto. Es cierto que por proximidad geográfica, algunos servicios como la Sanidad(hospitales, servicio de urgencias) y otros que tienen que ver con temas burocráticos o de la administración(ej: renovación del dni), lo lógico es realizar todos estos trámites en Salamanca, donde podemos llegar en escasos 25 minutos por una carretera en condiciones inmejorables. Por contra, si para disfrutar de dichos servicios tuviésemos que desplazarnos a Zamora, los inconvenientes serían mucho mayores: 60km por una carretera 'mala', e inexistentes medios alcance de aquellos que no disponen de carné o coche para acudir a Zamora. Por otra parte, tenemos el tema de la educación secundaria. Los alumnos tendrían que pasar de Fuentesaúco a Salamanca, algo a mi parecer perjudicial para ellos (más tiempo perdido y pérdida de lazos amigables con otros estudiantes de pueblos de La Guareña). Además creo que Cañizal, aunque la mayoría de sus habitantes hagan vida en Salamanca, tiene más similitudes o costumbres con otros pueblos de La Guareña, y creo que no tiene ningún sentimiento de la Armuña.Dicho esto, creo que ambas diputaciones deben tener en cuenta las necesidades de los habitantes, y deben intentar hacer posible la manera de que Cañizal siga perteneciendo a Zamora, pero continúe con la Sanidad y demás trámites en Salamanca, o bien pasar a la provincia de Salamanca y que los alumnos sean aceptados en el IES Fuentesaúco. En definitiva creo que este tema es una cuestión que no se está tratando de manera apropiada, y demuestra que las Comunidades Autónomas en algunos casos no son capaces de gestionar bien algunos asuntos, porque si tanto Zamoranos como Salmantinos son Catellano-leoneses no entiendo todo esto.pd: (sé que ha habido una reunión en la cual os han explicado ciertas cosas. Solo quiero dejar aquí mi opinión aquí)

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Abusejo ( Salamanca ) - SI Unidad Rural Las Dehesas, NO Campo de Tamames

21/10/2015  •  1 comentario  •  josé.sánchez#108920

El municipio de Abusejo poco tiene que ver con el área rural asignada de campo de Tamames, ni históricamente, ni en el plano geográfico medioambiental, tanto por su orografía, que indudablemente es dehesa, como por su conformación natural, y por sus vínculos, comerciales y ganaderos, se encuentra estrechamente unido al resto de municipios que conforman la unidad las dehesas.Por lo tanto insto a la junta a que se modifique el mapa y Abusejo se incluya en el área rural las dehesas y no campo de Tamames.De lo contrario sería extraerlo de una zona que le corresponde, y ligarlo a otra que poco tiene que ver con su propia idiosincrasia.

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