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(2015/12) Borrador de mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) (Cerrado)

En qué consiste

La Junta de Castilla y León, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), quiere abrir un amplio periodo de participación ciudadana, para poder escuchar las opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León. Queremos así cumplir el compromiso adquirido de favorecer la participación de la sociedad civil en asuntos de Comunidad y, con ello, las previsiones de la Ley de transparencia y participación ciudadana que aprobaron las Cortes de Castilla y León en marzo de este año 2015.

Para ello, las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León han elaborado, siguiendo los criterios establecidos en la LORSERGO, los estudios de zonificación de sus respectivas provincias en los que, partiendo de la experiencia en la prestación de servicios básicos a los ciudadanos y del conocimiento de las distintas zonas de cada provincia, con sus singularidades y características particulares, concluyen planteando un borrador de la posibles UBOST que conformarían cada provincia.

Con estos estudios hemos elaborado este primer borrador de zonificación de la Comunidad de Castilla y León que sirva de base para ir configurando entre todos el futuro mapa de UBOST. Hay que recordar que el mapa de UBOST pretende delimitar unos espacios territoriales que, esencialmente, permitirán dotar de mayor eficacia y eficiencia la prestación de los servicios públicos, tanto autonómicos como locales, en términos de optimización y garantía de igualdad en la accesibilidad de los ciudadanos.

Este primer borrador lo compartimos ahora en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León para que se pueda consultar por todos y, en el plazo de tres meses (hasta el 31 de diciembre), se puedan hacer cuantas alegaciones, aportaciones y propuestas constructivas se consideren oportunas de cara a mejorar y enriquecer el futuro mapa de UBOST que, sin duda, es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Después de este trámite de participación ciudadana , tras su análisis y con las correcciones que puedan producirse por las aportaciones recibidas, comenzará la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO , que prevé, como primer paso, el informe de cada una de las Diputaciones Provinciales y del Consejo Comarcal de El Bierzo.

Evacuados dichos informes, la Consejería de la Presidencia elaborará una “_Propuesta_ _inicial_” de delimitación del mapa de UBOST, que someterá a audiencia de todos y cada uno los municipios de Castilla y León, así como a un periodo de información pública por el plazo de un mes mediante su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León-BOCYL-.

Tras esta tramitación, y previa negociación con todos los grupos parlamentarios, la Junta de Castilla y León aprobará como norma con fuerza de ley el “Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio”, que será remitida a las Cortes de Castilla y León para su aprobación, precisando el apoyo de dos tercios de sus procuradores.

Los documentos que se ponen a disposición en este Portal de Gobierno Abierto para la participación ciudadana son los siguientes:

  1. NORMATIVA PARA LA CONFIGURACIÓN DE LAS UBOST
  2. CUADRO ESTADÍSTIDO DEL BORRADOR DE LAS UBOST
  3. FICHAS Y MAPAS DEL BORRADOR DE LAS UBOST POR PROVINCIAS : En este apartado encontrarán una ficha y un mapa por cada UBOST en el que se concreta el Código y Nombre de la UBOST, la relación de los municipios que la integran, así como los datos de población y densidad (última oficial a 1 enero 2014). Del mismo modo, se relacionan en las UBOST donde se produzca, aquellos núcleos de población que pueden forman parte de esa UBOST, aun siendo núcleos de municipios que pertenecen a otra UBOST. También se encontrará un documento explicativo de las UBOST rurales que presentan especialidades, en aplicación del artículo 4.2 de la LORSERGO.
    1. Ávila: Mapa ; Ficha
    2. Burgos: Mapa ; Ficha
    3. León: Mapa ; Ficha
    4. Palencia: Mapa ; Ficha
    5. Salamanca: Mapa ; Ficha
    6. Segovia: Mapa ; Ficha
    7. Soria: Mapa ; Ficha
    8. Valladolid: Mapa ; Ficha
    9. Zamora: Mapa ; Ficha
    10. Explicación criterios otras UBOST

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó el 31 de diciembre de 2015.

¿Desea realizar alguna aportación al borrador del Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) a constituir en Castilla y León?

SUGERENCIAS PRESENTADAS POR ACUERDOS DEL PLENO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE CABALLAR Y OTROS

28/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109075

Nota: Los Ayuntamientos de Caballar, Fresno de Cantespino y Santo Tomé del Puerto (Segovia) han presentado las sugerencias que pueden verse a continuación:1.- Reafirmar la importancia de las Entidades Locales, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para todos. 2.- Pedir la retirada del proyecto de ordenación de las UBOST, garantizando el principio de autonomía de las entidades locales y no implicando la desaparición de entidades públicas (Entidades Locales Menores, Ayuntamientos, Mancomunidades).3.- Defender el mantenimiento de la actual estructura territorial y organizativa de la Mancomunidad de municipios Villa de Turégano.4.- En el supuesto de que finalmente se aplicase la LORSERGO en cuanto a la delimitación de las UBOST, que una de estas Unidades coincida íntegramente con el ámbito territorial de los municipios miembros de la Mancomunidad de municipios Villa de Turégano. 5.- Instar a que se trabaje coordinadamente y se lleguen a acuerdos de manera consensuada entre todas las Administraciones y entidades afectadas, con el objetivo de clarificar, delimitar y asignar las competencias de cada una de las Administraciones, bajo el principio de una competencia en una sola Administración, y en el caso de aquellas de difícil atribución o de función concurrente, se establezca el mecanismo o protocolo adecuado de coordinación entre las Administraciones implicadas a efectos prestar adecuadamente los servicios encomendados. 6.- Manifestar que la asignación de competencias a las diferentes Administraciones debe ir acompañada de la necesaria y suficiente financiación, para hacer frente con la calidad que por la norma competente sea exigible a tales prestaciones. 7.- Solicitar que en la financiación plasmada en los acuerdos que se establezcan, se tenga en cuenta, entre otros criterios de reparto, la realidad de esta provincia, similar a la de Castilla y León, caracterizada por la dispersión de los habitantes en más de 350 núcleos poblacionales, la despoblación y el porcentaje de población mayor de sesenta y cinco años residente en los mismos, lo cual añade complejidad extrema en la prestación de servicios básicos esenciales para los ciudadanos.8.- Pedir la modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, para que de una forma efectiva y práctica se facilite la AUTONOMÍA MUNICIPAL de los municipios rurales, para lo cual se deberá garantizar:- El mantenimiento voluntario de las actuales mancomunidades de municipios.- La posibilidad de que un municipio rural pueda integrarse en una o más mancomunidades, en función de las competencias y funciones que desee o precise mancomunar.- La voluntariedad de cesión de competencias, sin que se tenga que asumir las que se indican en el artículo 41.1 “… una cartera común y homogénea de competencias.”- Si un municipio rural no se integra en una MIGrural, deberá tener garantizada la cooperación económica del Estado y de la Comunidad Autónoma a las inversiones para la prestación de los servicios mínimos que se recogen en el artículo 26.1 de la Ley de Bases de Régimen Local.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/fresno_de_cantespino_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/santo_tome_del_puerto_(segovia).docx

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AYUNTAMIENTOS DE CASLA Y OTROS Y MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE 'LA SIERRA' (SEGOVIA)

28/12/2015  •  1 comentario  •  BEGOÑA VELASCO VELASCO#109078

Los Ayuntamientos de Casla, Duruelo, Aldeacorvo, San Pedro de Gaillos y Condado de Castilnovo; y la Mancomunidad de Municipios de 'La Sierra' (Segovia) han formulado las sugerencias que pueden verse a continuación:PROPUESTA DE ACUERDOPRIMERO.- Reafirmamos, una vez más, la importancia de los municipios rurales, que en una realidad tan compleja, diversa y difícil, están contribuyendo de forma inequívoca a vertebrar el territorio, contribuir a la cohesión social, y prestar servicios esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para los habitantes del medio rural; contribuyendo de forma inequívoca a mitigar el grave problema de la despoblación que azota nuestros pueblos.SEGUNDO.- Defender el mantenimiento de la actual estructura territorial y organizativa de la mancomunidad de municipios de La Sierra, comunicando a los municipios miembros este acuerdo para que adopten en los Plenos de las Corporaciones respectivas, los acuerdos que dentro de su autonomía local, entiendan más beneficiosos para el interés general.TERCERO.- Pedir la modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, para que de una forma efectiva y práctica se facilite la AUTONOMÍA MUNICIPAL de los municipios rurales, para lo cual se deberá garantizar:- El mantenimiento voluntario de las actuales mancomunidades de municipios.- La posibilidad de que un municipio rural puede integrarse en una o más mancomunidades en función de las competencias y funciones que desee o precise mancomunar.- La voluntariedad de cesión de competencias, sin que se tenga que asumir las que se indican en el artículo 41.1 “… una cartera común y homogénea de competencias..”- Sin un municipio rural no se integra en una MIGrural, deberá tener garantizada la cooperación económica del Estado y de la Comunidad Autónoma a las inversiones para la prestación de los servicios mínimos que se recogen en el artículo 26.1 de la Ley de Bases de Régimen Local.CUARTO.- En el supuesto de que finalmente se aplicase la LORSERGO en cuanto a la delimitación de las UBOST, que una de estas Unidades coincida íntegramente con el ámbito territorial los trece municipios miembros de la Mancomunidad de Municipios de La Sierra.QUINTO.- Trasladar la presente proposición a la Presidencia del Gobierno de la Nación, a la de la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de Segovia, a la FEMP y FRMP y a los Grupos Políticos en el Congreso de los Diputados y en las Cortes de Castilla y León.SEXTO.- Trasladar igualmente esta proposición a los ayuntamientos miembros de esta Entidad para que si así lo estiman procedente, aprueben el contenido de la misma en defensa de la AUTONOMÍA MUNICIPAL y de los MUNICIPIOS RURALES.Visto el contenido de la precedente Moción, tras un breve debate y considerando que el mantenimiento de la autonomía local contribuirá a mitigar los problemas de despoblación que sufre nuestra provincia, el Pleno de la Asamblea de Concejales, en votación ordinaria y por unanimidad de todos sus miembros presentes, adopta el siguiente acuerdo:PRIMERO.- Aprobar en todos sus términos la Moción consensuada, y en su virtud, dar los traslados de este acuerdo a las Entidades e Instituciones que señalan en la misma.”A la vista de lo expuesto, el Ayuntamiento de Casla en Pleno por unanimidad de los cuatro concejales asistentes al mismo de los cinco que legalmente lo componen, acuerda:Primero.-Ratificar en todos sus puntos el acuerdo adoptado por la Asamblea de Concejales de la Mancomunidad de Municipios de la Sierra, en sesión celebrada el pasado 10 de diciembre de 2015, y que ha quedado reflejado en la parte expositiva; en el que se pone de manifiesto que el deseo de todos los municipios integrantes de la Mancomunidad es seguir manteniendo la actual estructura territorial y organizativa de la mancomunidad de municipios de La Sierra, defendiéndose la autonomía local y el derecho de autodeterminación y organización contemplados en la Constitución Española, así como en la vigente Ley de Bases de Régimen Local.Segundo.-Considerando el supuesto de que entrara en vigor la nueva Ordenación Territorial propuesta por la Junta de Castilla y León, se solicita que se determine como una UBOST independiente, el territorio que conforman los municipios que actualmente integran la Mancomunidad de la Municipios de la Sierra, porque se considera importante mantener la configuración existente, en la medida en que contribuyen a la mejor prestación de los servicios y competencias municipales, y que su disolución supondrían la ruptura de la actual estructura organizativa y una pérdida considerable en los servicios que ahora reciben los vecinos que están integrados en la Mancomunidad, así como una vulneración de lo dispuesto en el artículo 10 del Instrumento de Ratificación, de 20 de enero de 1988 de la Carta Europea de 15 de octubre de 1985 de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo, que señala que: 1-Las entidades locales tiene el derecho, en el ejercicio de sus competencias, de cooperar y en el ámbito de la Ley, de asociarse con otras Entidades Locales para la realización de tareas de interés común”, derecho que ya se materializó por parte de los integrantes de la Mancomunidad de la Sierra cuando se constituyó la entidad.Tercero.-Notificar y presentar en tiempo y forma ante la Junta de Castilla y León, el presente acuerdo, como manifestación del apoyo de la postura defendida por el Ayuntamiento y el mantenimiento de la actual estructura de la Mancomunidad de la Sierra.Cuarto.-Remitir el presente acuerdo a la Mancomunidad de la Sierra para la presentación conjunta de las alegaciones ante la Junta de Castilla y León, remitiéndose a aquellos organismos y entidades que procedan.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/duruelo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/aldealcorvo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/san_pedro_de_gaillos_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/condado_de_castilnovo_(segovia).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/mancomunidades/la_sierra_(segovia).docx

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Cañizal a Salamanca

22/10/2015  •  1 comentario  •  Raquel#109060

Piden nuestra opinión y yo doy la mia.Pienso que la sanidad debe seguir en Salamanca, por cercanía ante todo ya que son 20 minutos por la autovía y si tengo una Urgencias hospitalarias no quiero que me lleven a Zamora y morirme por el camino. La sanidad es algo que nos toca a todos mayores y niños. Son casi 70 km a Zamora por una carretera horrible y no hay autobús para poder ir. Pero también creo q quitar a los chavales del instituto de fuentesauco no debería pasar, las infraestructuras y el transporte para llegar al instituto esta bien organizado y son 15 km en vez de 35 a Salamanca. Si en las ciudades se puede elegir instituto y se suele dar prioridad para admitir a los alumnos la cercanía a su domicilio porque aquí teniendo un instituto tan cerca se nos obliga a enviarles a salamanca, no lo entiendo. Que queremos cerrar colegios e institutos rurales? Mi opinión es todo a Salamanca menos el instituto pero si tengo que elegir y perder el instituto lo haré y decido salamanca y si mis hijas se van a estudiar a salamanca, yo me marcharse también. No creo q sea tan difícil lo que pedimos. Si dicen q se puede hacer una escepcionalidad y que el centro de salud de fuentesauco nos derive a los especialistas que no haya en Zamora a salamanca ( cosa que se hace ya en todos los pueblo, sino hay ese especialista en Zamora mandan a Salamanca, no es ninguna cosa nueva) porque no se hace una escepcionalidad con el instituto y se concilia la vida familiar de las familias que tienen hijos jóvenes en el pueblo? También quiero dar una sugerencia y pedir que se reforme el centro de salud de Pedrosillo, ayudaría a mucha gente a decidirse.

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D. CARLOS FRÍAS LÓPEZ SECRETARIO INTERVENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE TURÉGANO (SEGOVIA) CERTIFICO: Que en la sesión de ordinaria celebrada con

28/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109072

PROPUESTA DEL AYUNTAMIENTO DE TUREGANO DE CREACION DE NUEVA UNIDAD DE ORDENACIONNota: el ayuntamiento de Turégano (Segovia) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica las sugerencias que pueden verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/turegano_(segovia).docx

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Aportación de Fapa-Burgos al borrador: aclarar el concepto de 'zona educativa' y no suprimir ningún Centro educativo

23/12/2015  •  1 comentario  •  FAPA-BURGOS#109069

La Federación Provincial de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros Públicos de Enseñanza no Universitaria de Burgos “FAPA BURGOS” realiza la siguiente aportación al Borrador de Mapa de las Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio: Nuestra preocupación es que esta nueva forma de organización no implique la supresión de ningún Centro educativo de la provincia de Burgos. Ni el mapa de Unidades Básicas ni el resto de documentos ahora publicados aclaran el significado y aplicación del artículo 11, segundo párrafo, letra c) de la Ley de Ordenación y Servicios del Territorio, que dice así: “Para la prestación de la educación obligatoria, cada zona educativa deberá comprender un mínimo de una unidad básica de ordenación y servicios y un máximo de cinco”. No se explica en ningún sitio lo que significa la expresión “zona educativa”, y si va a influir en la existencia y número de Centros educativos. Por lo que hace a la provincia de Burgos, consideramos que los Centros educativos, tanto de Educación Infantil y Primaria como de Secundaria y Bachillerato, existentes en la provincia suponen la dotación mínima que debe existir, sin que deba prescindirse de ninguno de ellos si se quiere mantener en el medio rural un nivel mínimo de prestación de un servicio tan básico como la educación. No debe perderse de vista que la presencia en el medio rural de escuelas de calidad y bien dotadas es uno de los elementos que más contribuye a la fijación de población en el medio rural. La división de la provincia en Unidades Básicas de Ordenación y Servicios refleja considerables diferencias entre ellas en lo que se refiere a la distribución de Centros educativos, con algunas Unidades en las que prácticamente no hay Centros al lado de otras que tienen varios. Quizá, en función de la importancia que esta división vaya a tener en la forma de prestarse los servicios, sería conveniente buscar una división que buscara un mayor equilibrio entre Unidades en dicha distribución, siempre con el principio fundamental de no supresión de ningún Centro.Por último, queremos hacer mención a que la división planteada supone que algunas localidades de Colegios Rurales Agrupados quedan ubicados en diferentes Unidades Básicas, lo que habrá de ser tenido en cuenta en orden a que no suponga la desmembración de estos Colegios.Los CRAs y las localidades afectadas, a las que se aluden en el párrafo anterior, son las siguientes:  CRA DIEGO MARÍN, que incluye a las siguientes localidades: Peñaranda de Duero, incluida en la zona BURUR 21. Caleruega, incluida en la zona BURUR 20. Baños de Valdearados, incluida en la zona BURUR 20. CRA ANTONIO DE NEBRIJA, que incluye a las siguientes localidades: Torrresandino, incluida en la zona BURUR 19. Tórtoles de Esgueva, incluida en la zona BURUR 19. Cilleruelo de Abajo, incluida en la zona BURUR 16. Castrillo de Don Juan (provincia de Palencia). CRA LA DEMANDA, que incluye a las siguientes localidades: Huerta del Rey, incluida en la zona BURUR 22. Arauzo de Miel, incluida en la zona BURUR 22. Quintanarraya, no incluida en ninguna zona. Hontoria del Pinar, no incluida en ninguna zona. CRA RIBERDUERO, que incluye a las siguientes localidades: Castrillo de la Vega, incluida en la zona BURUR 21. Fuentespina, incluida en la zona BURUR 21. Vadocondes, incluida en la zona BURUR 21. Villalba de Duero, incluida en la zona BURUR 20.SOLICITA:Se tenga por presentado este escrito y se de contestación al mismo.En Burgos, a veintitrés de diciembre de dos mil quince.Fdo.: Fernando Cabrejas del Campo. Presidente de Fapa-Burgos.JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. DELEGADO TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. BURGOS

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Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza

06/10/2015  •  1 comentario  •  Alfredo Aranguren#109057

Esta Comunidad agrupa a 18 municipios desde hace cientos de años y es propietaria, en nombre de los habitantes de esos municipios, de una importante masa forestal.Desde hace veinte años presta servicio de recogida de residuos a esos municipios y desde hace tres también es responsable de la llegada a todos ellos del agua potable, con una presa construida en la sierra y una red de abastecimiento a todos ellos.Con el plan que se pretende los municipios de El Cubillo, Valdevacas y Guijar, Arevalillo de Cega, Rebollo, Puebla de Pedraza y Valleruela de Pedraza quedan repartidos en dos UBOST distintas de las de los otros 12 municipios.¿Este reparto significa que se van a prestar estos servicios en esos municipios por otra entidad y que los vecinos de éstos pueblos van a tener que pagar dos veces esos servicios (una a la nueva entidad y también a la Comunidad de Villa y ¨Tierra a la que seguirán perteneciendo y como propietarios de sus bienes costeando los servicios que preste?.Creo que sería más conveniente conservar la integridad de entidades que han funcionado durante siglos, y que llevan décadas prestando servicios, antes que romper su estructura en aras de una gran mancomunidad de complicada articulación.

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DENOMINACIÓN DE LAS UBOST VARUR01 Y VARUR02. CAMPOS NOROESTE Y RÍOS CEA Y SEQUILLO

30/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109066

Tal y como he apuntado en las reuniones a las que se nos ha convocado, entendemos la sensibilidad del borrador a la hora de no denominar las UBOTS de una forma ajena al propio territorio que ocupan pero en el caso de las dos a las que aludo en el encabezamiento se ha producido un grave error.La denominación de la VARUR02 alude a dos ríos, el Cea y El Sequillo cuando en realidad ninguno de los pueblos que pertenecen a la Ribera del Cea pertenecen a esta unidad.Mi sugerencia por tanto es, suprimir de la unidad VARUR02 el término CEA y valorar su utilización en la VARUR01 que podría llamarse Cea-Campos Noroeste.Alberto Magdaleno. Alcalde de Mayorga

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LERUR23

04/10/2015  •  1 comentario  •  arsenio llamas garcia#108961

Este lerur23 comprende geográficamente tres riberas. Bernesga,Torío y Curueño. Los rios en esta zona con sus valles son los ejes de comunicación y de actividad comercial y humana. La red de comunicaciones carreteras, ferrocarril, telefónica, poblaciones sigue tambien este esquema. El LERUR23 es transversal a la geografía. A titulo de ejemplo un camión de basura recorrería tres veces, subir y bajar, los respectivos valles. Cuadros ni históricamente ni comercialmente tiene relacion con santa colomba, debido a las barreras geográficas.Seria mucho mas 'eficaz y eficiente' que el LERUR23 lo compusieran Sariegos,Cuadros,La robla. En el mismo valle y con entidad de población suficiente. Los vinculos sociales e historicos son evidentes. La robla a traves de la Nacional esta muy cerca de León. Historicamente serían Bernega de arriba-Alba-Fenar. El mismo criterio seria aplicable para Villaquilambre,Garrafe,Santa colomba.Si la organizacion que se propone no tiene condiciones de eficiencia ni de arraigo, sera mucho mas dificil su aceptacion que si las tuviera.Porque esta organización debiera ser el embrión de una concentración de municipios, para acabar con el mosaico actual que se hizo para que tuviera dimensión humana a lomos de caballerías, pero hoy se ha convertido en monopoly caciquil, anticualla que atomiza más el territorio que lo que estaba en la edad media, aunque parezca imposible.El concepto de alfoz esta muy bien, pero eso no impide modernizar. La Robla hoy es un 'arrabal' de leon.Florentino Agustin Diez en su COMARCAS DE LEON (isbn 84-00-05611-6) aporta criterios que debieran ser tenidos en cuenta sobre ruralistica.Es impensable que en la inevitable y nunca afrontada 'reforma local' se hagan distritos distintos a los LERUR, solapando organismos. Como debera hacerse sobre esta ordenación, tengase en cuenta que una persona debe tener un recorrido lógico, económico, en sus gestiones. De forma que para sacar un certificado el tiempo empleado sea el mínimo en desplazamiento.En la primera división municipal (s XIX)El Ferral estaba en el mismo Ayto. que Cascantes. Pero la presion de los caciques que se quedaban sin area de influencia en un territorio tan extenso hizo que se hicieran aytos. pequeños para que hubiera 'cafe para todos'.No repitamos el error, es una anomalía que en muchas zonas el unico puesto de trabajo sea el del Ayto. La Iglesia, el ejercito, Las empresas han redimensionado sus sectores. Para cuando la Administración? No es cierto que Administración próxima sea sinónimo de eficiente. Si esto fuera cierto los madrileños estarían de suerte porque tienen al gobierno al lado (!) La eficiencia no depende de la proximidad,hoy día, depende de la agilidad.Contrariamente a lo que se oye, Administración próxima es administracion clientelar, compadreo, ramplonería, paletismo,....Con Felipe V una visita rutinaria de los oficiales del rey en juicio de residencia, hacia temblar a todos y en tres dias se dictaminaba el buen o mal gobierno de la aldea.......Si esta organización se hace con decisión y rigor sera valorada como positiva por la ciudadanía, se apreciará la valentía y ganaremos todos porque la Administración ganará en afecto ciudadano, por el camino que vamos esta ganando en desafección porque es evidente que es elefantiásica y voraz.un saludo, paisano.

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UBOST en la provincia de León denominada Omaña-Luna en coincidencia con la Mancomunidad de servicios que ya funciona

27/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109063

La UBOS propuesta para la provincia de León, bajo la denominación OMAÑA, incluye municipios que nada tienen que ver con esa 'comarca' leonesa. Por lo que se propone crear la UBOST que bajo la denominación LUNA, comprenderá los municipios de Barrios de Luna, Soto y Amío, Rioseco de Tapia, Santa María de Ordás, Riello y Carrocera. Es una delimitación territorial ya organizada para la prestación de servicios comunes y se llama Mancomunidad Omaña-Luna.Por otra parte quedaría la UBOST Omaña, con municipios de ese territorio

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NUEVA UBOST SGRUR01 'EL CARRACILLO' PRIMERA OPCIÓN

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109127

El Carracillo es una Comarca Natural de la Provincia de Segovia, inmersa en la llanura de la Tierra de Pinares Castellana, que se encuentra encuadrada entre los ríos Cega (al norte) y Pirón (al Sur).Está caracterizada por su alta producción de hortalizas dentro de los términos municipales de las localidades incluidas en ella. Sus límites naturales no están bien definidos, aunque las poblaciones que se autodenominan Carracillanas comparten rasgos comunes y diferenciadores, que las distinguen del resto de las localidades de la zona. Aunque sus límites territoriales no están bien definidos, se consideran pertenecientes a esta Comarca los miembros de la Comunidad de Regantes de El Carracillo.Hay 3 entidades locales menores que, aún perteneciendo a Cuéllar (el cual no forma parte del Carracillo), éstas sí son Carracillanas, como son: Chatún, Campo de Cuéllar y Arroyo de Cuéllar; es lógico pensar que en una UBOST que englobe la Comarca del Carracillo, deberían de estar incluídas estas tres entidades locales menores (que ya cuentan con servicios mancomunados con otros municipios distintos de Cuéllar).Los municipios a los que nos estamos refiriendo son: (según datos del INE a 1 de enero 2014)- Sanchonuño (945 hab.)- Gomezserracín (666 hab.)- Pinarejos (173 hab.)- Chatún (231 hab.)- Campo de Cuéllar (211 hab.)- Arroyo de Cuéllar (374 hab.)- San Cristóbal de Cuéllar (163 hab.)- Vallelado (739 hab.)- Chañe (904 hab.)- Fresneda de Cuéllar (174 hab.)- Samboal (488 hab.)Esta propuesta de UBOST Rural 'El Carracillo' cumple el art. 4 de la ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, ya que agrupa municipios menores de 20.000 hab. de una provincia, con contigüidad espacial y con características similares; tienen una población total de 5.068 hab. (según datos del INE 2014), posiblemente superior si contamos con los últimos datos del INE de 1/1/2015. Con esto se cumpliría la regla a) del art. 4.1. Sería una UBOST formada por 11 municipios, de más de 5.000 hab., y todos ellos de similares características económicas y culturales, ya que no debemos olvidar que la mayoría de ellos pertenecen a la Comunidad de San Benito de Gallegos, en cuya Ermita, ubicada en el término municipal de Chatún, en Monte de Utilidad Pública, celebramos, el último domingo de septiembre, la Romería de San Benito de Gallegos, y que también cuenta con una Asociación Cultural.Debemos tener en cuenta también que todos estos municipios pertenecen a la Comunidad de Villa y Tierra Antigua de Cuéllar, pero que, si nos hubieran dejado, se habría disuelto hace mucho tiempo. Lo único que actualmente está mancomunado es la gestión del MUP, cuyos beneficios no repercuten en los municipios pertenecientes a esta Comunidad, todo se invierte en el término de Cuéllar.Estos 11 municipios estamos de acuerdo en formar esta UBOST rural, pero con la Desconexión de Cuéllar; no estamos dispuestos a que nos englobe y nos exprima más de lo que lo ha hecho hasta ahora.El municipio de Cuéllar también podría formar una UBOST rural, junto con Frumales, la cual tendría más de 5.000 hab. y tendría contigüidad espacial. Hay que decir que el municipio de Cuéllar tiene otros 6 núcleos de población que le pertenecen. Y según el art. 4 de esta ley, la condición de tener que agrupar como mínimo a 5 municipios, queda incluida exclusivamente en la regla b) del art. 4.1.'...que cumpla alternativamente alguna de las siguientes reglas:a) En función de su tamaño, que la población total de la Unidad Básica tenga como mínimo 5.000 hab., y como máximo 30.000.b) En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 hab. por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios.'Esta es nuestra propuesta, la de los Municipios de El Carracillo, en la cual estamos todos de acuerdo en formar, tanto los alcaldes de los 11 municipios como la gran mayoría de nuestros ciudadanos.Queda también enviada y registrada nuestra propuesta firmada, a la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/otras/el_carracillo_(segovia).docx

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Dª Rosa Mª Gutiérrez Calvo y Dª Rosario Lozano Rascón somos propietarias de dos parcelas, números 352 y 353, identificadas también como Pase

30/12/2015  •  1 comentario  •  Rosario Lozano Rascón y Rosa Mª Gutiérrez Calvo#109125

Dª Rosa Mª Gutiérrez Calvo y Dª Rosario Lozano Rascón somos propietarias de dos parcelas, números 352 y 353, identificadas también como Paseo de los Álamos nº 70, de la urbanización “Ampliación Dehesa de Pancorbo”, en el término municipal de Maello, Ávila.En la ficha correspondiente al borrador de la UBOST AVILA RURAL, AVRUR06 observamos que el núcleo de población Dehesa de Pancorbo, del término municipal de Maello, aparece como “núcleo de población de otra UBOST que puede pertenecer a esta UBOST (A definir por la normativa sectorial autonómica)”.En este núcleo coexistimos dos urbanizaciones: Dehesa de Pancorbo y Ampliación de Dehesa de Pancorbo.Y estamos totalmente de acuerdo en que, por aplicación del criterio geográfico de colindancia, estas urbanizaciones debieran recibir los servicios públicos desde la UBOST AVRUR06, logrando con ello los principios de eficacia y economía tan perseguidos, lógicamente, hoy en día.Pero a la vista de lo estipulado por la ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, con revisión vigente desde 04 de Diciembre de 2014, en sus artículos 56, “La potestad tributaria y el presupuesto de las mancomunidades de interés general” y 57, “Aportaciones económicas de los municipios asociados a las mancomunidades de interés general”, por ejemplo, no entendemos cómo este núcleo “Dehesa de Pancorbo” articularía su aportación financiera a la correspondiente MIG para recibir esos servicios, toda vez que los impuestos locales consecuentes a nuestras propiedades (IBI, Licencias, etc.) son recaudados, directa o indirectamente, por y para el Ayuntamiento de Maello. Y por otra parte, y según el artículo 37.2 de la misma Ley, “Un municipio no podrá pertenecer a más de una mancomunidad de interés general rural”. ¿Significa esto que el “núcleo de población Dehesa de Pancorbo”, sencillamente, no recibirá ningún servicio pese a seguir abonando sus impuestos a la Tesorería del Ayuntamiento de Maello? Pues, como se suele decir, “para este viaje, no hacían falta alforjas”. En esta situación ya estamos desde que compramos y construimos nuestras casas. Hasta ahora bajo la “justificación” de tratarse de urbanizaciones no recepcionadas por inacabadas; por no adecuarse a sus respectivos instrumentos de planeamiento. En realidad, inacabadas por sus promotoras (mismo perro con distintos collares: Río Lanza, S.A. y Fomento del Ocio, S.A.) por el consentimiento tácito del mismo Ayuntamiento de Maello –su dejación de funciones al respecto fue y es ese consentimiento-. Y es que el negocio sale redondo: recaudar nuestros impuestos sin darnos nada a cambio, pues todo nos lo pagamos los propietarios y a las pruebas nos remitimos:Nos costeamos el servicio de alumbrado público. Nos costeamos el servicio de suministro de agua (en el caso de la Ampliación nos lo hemos tenido que costear íntegramente: perforación, depósito, impulsión, etc.). Nos costeamos la limpieza de las calles, la limpieza y mantenimiento de las zonas verdes y el alquiler de contenedores para trastos o para residuos de jardín. Pagamos la recogida y reciclado de residuos urbanos a la Mancomunidad de Muncipios de Ribera de Adaja. Pagamos también los contenedores para recogerlos. En caso de necesidad de atención médica nos dirigimos al ambulatorio de Velayos. Y si necesitamos una ambulancia, rogamos que venga desde Ávila, pues si no morimos por la enfermedad moriríamos por el aburrimiento de esperarla si es que tuviera que venir desde Segovia. Los niños van al colegio de Velayos. Costeamos los arreglos de los accesos, pues son dos caminos que transcurren por términos municipales distintos: Velayos y Santo Domingo de las Posadas. No hay transporte público. En resumen: pagamos impuestos como ciudadanos y ciudadanas de “primera” a Maello, del que no recibimos servicios; somos usuarios “fraudulentos” en los pueblos de alrededor -Santo Domingo de las Posadas y Velayos no reciben nuestros impuestos- y somos usuarios de “tercera clase” cuando contratamos la recogida de residuos con la Mancomunidad de Muncipios de Ribera de Adaja: recogida de residuos más cara que a su población al no pertenecer a ninguno de sus municipios, al tratarse de urbanizaciones a las que nos hacen “el favor”; sin punto limpio en el núcleo, sin poder contar con sus máquinas para arreglo de cunetas, en resumen, sin ninguna de las demás ventajas (hasta 14 servicios publicitan en sus páginas) con que cuentan los ciudadanos de sus pueblos mancomunados.Está claro que estamos totalmente de acuerdo en recibir los servicios públicos de la UBOST AVRUR06, y así ocurre “de facto” con los citados que recibimos o contratamos. Pero: ¿Cómo va a contribuir Maello en su financiación mediante nuestros impuestos perteneciendo a la SGRUR12? No sabemos nada al respecto.La urbanización Ampliación de Dehesa de Pancorbo cuenta con una sentencia de apelación de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Burgos, la número 286/2007, de 1 de junio de 2007 que, tras dos Incidentes de Ejecución de Sentencia con sus respectivos autos, desemboca en este claro, rotundo y concreto Decreto de 25 de abril de 2013 con NIU 05019 45 3 2005 0100279, PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000179 /2005 (EJECUCIÓN 50/2008): “...PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: Proseguir el despacho de ejecución, y en orden a ello procede:-Requerir al Ayuntamiento de Mallo a fin de que proceda a la ejecución subsidiaria de la Urbanización Ampliación de la Dehesa de Pancorbo en las partidas de Electricidad, Iluminación y Pavimentación, poniendo los medios técnicos necesarios para ello, incluido el nombramiento de un técnico municipal, debiendo este informar al Juzgado del tiempo que se necesite para la conclusión de la ejecución. -Requerir al Ayuntamiento de Maello para que realice los trámites precisos a fin de que Fomento del Ocio, S.A. proceda a la cesión de zonas verdes y viales, con la finalidad última de proceder a la recepción completa de la urbanización.” (la negrilla es nuestra)Y Maello, dos años y muchos meses después sigue sin cumplir este Decreto. Y Maello, ocho años y varios meses después sigue sin cumplir la Sentencia número 286/2007, de 1 de junio de 2007Por lo expuesto, SOLICITO A ESTA CONSEJERIA: Que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo y, en consecuencia, dar solución a la discriminación padecida por los contribuyentes del núcleo DEHESA DE PANCORBO, con sus dos urbanizaciones: Ampliación de Dehesa de Pancorbo (110 parcelas) y Dehesa de Pancorbo (318 parcelas), contemplando las medidas necesarias para que los impuestos generados por sus propietarios financien la MIG que debería prestar los servicios públicos a sus contribuyentes.

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Puta basura

05/11/2015  •  Sin comentarios  •  nosesabe#109098

Lo primero me parece una tontería hacer estas cosas, lo segundo mi pueblo no tiene que depender de otro que además es cuellar y les tengo mucho asco. tercero, si el ayuntamiento de cuellar no tiene perras que no se las hubiera gastado haciendo consas que no debían y punto. cuarto, en estos momentos en mi pueblo, a mi parecer las cosas están saliendo muy bien y no nos hacen falta depender de cuellar, que vuelvo a repetir, les tengo asco que lo único que quieren es llevarse todo el dinero de los demás pueblos, y no sere el único que piensa esta.

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Sugerencia sobre las delimitaciones provinciales en la configuración de las UBOST.

08/10/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Administración Local#109086

Nota: esta sugerencia se ha recibido como consulta al 'Buzón del Presidente' por JIHE.'En relación con el proyecto que su Presidencia lleva a cabo sobre la reordenación territorial de las Unidades Rurales Básicas, 176 URB según el proyecto, pienso que se han realizado con una premisa errónea desde su inicio : respetar las delimitaciones provinciales, lo cual crea casos absurdos para la reorganización territorial. A título de ejemplo: ¿Cómo puede dividir Unidades de una u otra provincia la ribera del Pisuerga, entre Palencia y Burgos, cuando es precisamente el rio el principal eje económico que articula los municipios de ambos lados?. Las delimitaciones provinciales han de ser superadas, máxime dentro de una CCAA, y han de ser pactadas con los municipios colindantes de otras CCAA para que tengan un mínimo de eficacia. Soy consciente que las Diputaciones provinciales ocupan un sólido papel administrativo, pero han de ser las primeras en desaparecer si se quiere llevar a cabo una seria reforma de ordenación territorial y administrativa en Castilla-León y en España. Con las CCAA, sobran las Diputaciones. Sus competencias deben pasar a la propia CCAA o a otras organizaciones supramunicipales (comarcas, etc.) o bien directamente a los municipios, los cuales, igualmente han de someterse a una reorganización que garantice su viabilidad económica. En vista de las tendencias políticas que corren aconsejo no dar prioridad a este asunto que nace ya cuestionado de origen. Las diputaciones quizás tenían sentido en otras épocas, pero no en la España de las CCAA’s. Atentamente, JIH...'

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EL TAMAÑO SI IMPORTA Y EL DEBATE TAMBIÉN

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109129

Las unidades definidas en este modelo de ordenación son considerablemente más pequeñas (en términos tanto de superficie como de población) que las definidas en todas las propuestas de ordenación que ha ido desgranando la Junta de Castilla y León en los últimos años. Esto hace, a mi juicio, que se propongan áreas que no alcanzan la masa crítica suficiente para generar las necesarias economías de escala, que debe ser un objetivo fundamental en un medio rural con escasa población, muy particularmente en el caso de la provincia de Soria. Además las unidades propuestas dividen áreas naturales y comarcas de fuerte arraigo con lo que se va a perder el sentido de identidad y de interrelación que se ha ido tejiendo entre estos municipios a lo largo de muchos años. Creo que estas divisiones van a debilitar aún más un medio rural que necesita definir áreas de mayor entidad, en las que se puedan agrupar servicios de ámbito supramunicipal, salvo que lo que se quiera hacer es anticipar con estas unidades los futuros municipios a los que se quiere reducir el mapa municipal de la Comunidad, con lo que no creo que se contribuya a frenar el gravísimo problema de despoblación que sufren grandes áreas y que no es solo un tema demográfico sino que tiene consecuencias en la conservación de nuestros recursos, de nuestro patrimonio y de nuestro hábitat.

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Provincia Segovia

01/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#107732

Dentro de esta provincia en la comarca de la Comunidad de Villa y Tierra Antigua de Cuéllar y, más concretamente, en la comarca del Carracillo hay dos poblaciones (Navalmanzano y San Martín Y Mudrián) que tienen en común muchos vínculos y servicios (Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, limpieza viaria, agua, servicio de extinción de incendios, infraestructuras de caminos,masas forestales,caceras,etc)con pueblos que quedan separados con esta nueva organización territorial.Es como borrar de un plumazo décadas de vínculos y servicios sin más.

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PRIMERA.- SOLICITUD DE REALIZACIÓN DE UN REAJUSTE TERRITORIAL, APLICANDO A ESTA UBOST EL CRITERIO GEOGRÁFICO DE COLINDANCIA .- El documento

23/12/2015  •  Sin comentarios  •  Rubén Rodríguez Lucas-Alcalde de El Tiemblo#108171

Excmo. Ayuntamiento de El Tiemblo. Aportaciones borrador Unidades Básicas.

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Ver: 'Proyecto San Cristóbal de Rialmar'.

06/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109084

Es una idea que va más allá de una simple fusión administrativa y sienta las bases para que los nuevos municipios inicien un desarrollo global que los pueda sacar de la regresión demográfica, social y económica en que están postrados. Se basa en la cooperación, solidaridad y buena organización de todos aquellos que tengan interés en ello a partir de los mismos municipios creados.

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EN QUE SITUACIÓN QUEDAN LAS ACTUALES MANCOMUNIDADES CON LA NUEVA ORDENACION DEL TERRITORIO?

12/11/2015  •  1 comentario  •  OSCAR JIMENEZ JIMENEZ#109104

Mi duda surge porque se van a dar muchos casos en la Comunidad en los cuales las mancomunidades actuales tal y como se conocen, dejen de tener sentido y tengan que disolverse. Por ejemplo actualmente la Mancomunidad Sierra de Avila Este está integrada por 16 municipios que han sido encuadrados en tres UBOST diferentes: AVRUR03 (2 municipios), AVRUR05 (10 municipios) y AVRUR09 (4 municipios). Las 3 UBOST tienen otros municipios no incluidos en la mancomunidad actual. Dicha mancomunidad en sus estatutos ya contempla la opción de mancomunar diversos recursos pero ni es, ni podrá ser con la nueva distribución, una mancomunidad de interes general. Cual sería la opción en este caso puesto que, si no lo he interpretado mal, la ley no permite constituir una MIG con UBOST incompletas? Quedo a la espera de su respuesta.OSCAR JIMENEZ JIMENEZAlcalde de Narrillos del Rebollar y Presidente de la Mancomunidad Sierra de Avila Este.Quedo a la espera de su respuesta

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si

15/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109110

Ayuntamiento de La Unión de Campos Plaza José Antonio, nº 147670-La Unión de Campos (Valladolid)Destinatario:Dirección de Ordenación del Territorio y Administración Local Santiago Alba 1 47008-ValladolidEl Ayuntamiento en Peno de la Unión de Campos, en sesión extraordinaria, celebrada con fecha 24 de noviembre de 2015, acordó por unanimidad de sus miembros, formular alegaciones en relación con la adscripción, en principio, de este Municipio a la UBOST LERUR 22 LA VALDERÍA, integrada básicamente por municipios de la provincia de León y que esa Administración pretende justificar en la coincidencia con la zona básica de salud en la que el Municipio se encuentra integrado, por mor de la disposición contenida en el art 11 de la LOSERGO que establece que para la prestación de asistencia sanitaria cada zona básica de salud deberá coincidir con una UBOST. Proponiendo las siguientes:ALEGACIONESPRIMERA.- La integración propuesta resulta poco congruente con los propios principios inspiradores de la normativa que le sirve de fundamento -LEY 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León- que abiertamente proclaman, tanto en su exposición de motivos, como en el propio texto normativo, la voluntariedad en la asociación de municipios para la gestión común de servicios. De acuerdo con dicho fundamental principio de voluntariedad, hemos de poner de manifiesto que es voluntad de esta Corporación y por ende de los vecinos a los que representa, la permanencia del Municipio en la Mancomunidad en la que actualmente está integrado, dado que histórica y culturalmente forma parte de la zona de Tierra de Campos, con la que se siente fuertemente vinculado y a la que desea seguir perteneciendo. Siendo una seña de identidad fuertemente asumida por su moradores la pertenencia a la Comarca de Tierra de Campos.Aspiración que nos consta es asimismo sustentada por la propia Mancomunidad Zona Norte, en la que actualmente nos hallamos integrados, físicamente ubicada en la localidad de Villalón, y que presta satisfactoriamente a esta localidad el servicio de recogida de basuras, así como otros relativos a la conservación de caminos rurales, la puesta a disposición de esta Entidad de maquinaria que le permite llevar a cabo por si misma determinadas obras o, gestionando muy eficazmente determinadas ayudas o subvenciones para la práctica de actividades culturales y de ocio que sin duda, redundan en el bienestar de los vecinos.SEGUNDA:-El título Preliminar de la Ley anteriormente citada, pone de manifiesto, que la ley tiene por objeto delimitar los espacios funcionales para efectuar la ordenación territorial, planificar y programar en el territorio los servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y potenciar fórmulas de gobierno y administración local más eficientes, especialmente las de carácter asociativo voluntario, así como fomentar la solidaridad de la comunidad municipal. En relación con la prestación eficiente de los servicios ha de ponerse de relieve que la actual situación supone una muy eficiente fórmula en la prestación de los servicios que funciona adecuadamente y que no queremos variar, mediante la imposición de fórmulas poco naturales que desdeñan, precisamente, el respecto a las singularidades y condiciones del propio territorio y a sus rasgos naturales e históricos, pese a que ésta es una de las conclusiones a las que la propia exposición de motivos de la Ley 7/2013, llega al tratar de sustentar la ordenación del territorio propuesta, al disponer que: “En suma, la ordenación del territorio en Castilla y León debe sustentarse en el respeto a las singularidades y condiciones del propio territorio y a sus rasgos naturales e históricos…”TERCERA.- Este Municipio posee unas características que le dotan de una singular situación en orden a los servicios que le presta la Comunidad Autónoma, en cuanto que si bien el centro de salud al que está adscrito es el de Valderas -y ello por elementales razones de proximidad- no lo es en cambio la ciudad de León, en cuanto a especialidades sanitarias y urgencias hospitalarias; ya que en ambos casos estos servicios son prestados en la ciudad de Valladolid, provincia a la que pertenece. La variación en alguno de estos elementos resultaría sumamente perjudicial para la población: lo primero por la proximidad; para acudir a Mayorga de Campos -centro que le correspondería por razón de proximidad en la provincia- paradójicamente ha de pasarse por la puerta del centro de salud de Valderas, de ahí la lógica decisión adoptada al respecto hace muchos años ya. Y en cuanto a lo segundo –hospitales y especialidades médicas- la pertenencia del Municipio a la provincia de Valladolid, determina que los vecinos acudan a esta localidad a la gestión de la práctica totalidad de sus requerimientos de índole administrativa y económica; poseyendo, no pocos, vivienda en dicha ciudad. De suerte que un cambio de tal calado, sin duda resultaría inasumible por la práctica totalidad de los habitantes.Igualmente ha de decirse respecto a las necesidades educativas de la escasa población infantil y juvenil, actualmente prestada en Valderas y que igualmente por razones de proximidad resulta satisfactoria.De ahí que esta Corporación en Pleno y con el voto unánime de sus miembros ponga de manifiesto la inquietud que la propuesta de ordenación del territorio anunciada crea, por las especificidades expuestas, sin duda establecidas con la finalidad de procurar, una mayor eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios, teniendo en cuenta y respetando, sin duda, las aludidas singularidades y condiciones del propio territorio y sus rasgos naturales e históricos y que consideramos han funcionado.Por lo expuesto solicitamos se tengan en cuenta las consideraciones expuestas y se lleve a cabo la revisión de la propuesta formulada de integración de este Municipio en la UBOST LERUR 22 LA VALDERÍA, si ello supone alterar las condiciones actuales en la prestación de los diversos servicios esenciales a que se ha hecho referencia, que acarrearían evidentes perjuicios a los miembros de esta comunidad.En La Unión de Campos a 24 de noviembre de 2015.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/la_union_de_campos_(valladolid).docx

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Municipio de Garrafe de Torio

06/10/2015  •  1 comentario  •  Olga Rodríguez#109082

El municipio de Garrafe de Torio en León, como su nombre indica es un municipio bañado por el Torio, eje vertebrador de la comarca. Es una 'aberración geográfica' meter a Garrafe con el municipio de Cuadros que es otro valle el del Benesga, mientras va a haber una UBOST llamada el Torio que agrupa a todos los municipio del valle del Torio. ¿Porqué dejan fuera a Garrafe?

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BURUR02: Cornisa Norte debería cambiarse por Merindades Norte, parecen querer excluirlo de las Merindades con esa nomenclatura.

13/10/2015  •  1 comentario  •  Merindades#109088

BURUR02: Cornisa Norte debería cambiarse por Merindades Norte, parecen excluirles de las Merindades con esa nomenclatura.

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Salamanca mejor que Zamora por el hospital y por la educación escolar

21/10/2015  •  1 comentario  •  Tamara Acevedo Lara#109090

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Cañizal sanidad a Salamanca

22/10/2015  •  1 comentario  •  Nacha#109092

En Zamora el hospital no tiene ni maquinaria especializada.Hay mucha gente como si suegra que no tiene correo electrónico para poder dar su opinión .

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Soy una vecina de Cañizal, sugiero que sigamos como estamos en la actualidad y si no se puede pues la opción siguiente sería pasar a Armuña

25/10/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109096

Soy una vecina de Cañizal, sugiero que sigamos como estamos en la actualidad y si no se puede pues la opción siguiente sería pasar a Armuña Salamanca

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