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(2015/12) Borrador de mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) (Cerrado)

En qué consiste

La Junta de Castilla y León, antes de presentar una propuesta inicial para la delimitación del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), quiere abrir un amplio periodo de participación ciudadana, para poder escuchar las opiniones y estudiar las aportaciones que quiera hacer cualquier persona, entidad o colectividad y, en general, las de todos los agentes sociales, políticos y económicos que viven y trabajan en Castilla y León. Queremos así cumplir el compromiso adquirido de favorecer la participación de la sociedad civil en asuntos de Comunidad y, con ello, las previsiones de la Ley de transparencia y participación ciudadana que aprobaron las Cortes de Castilla y León en marzo de este año 2015.

Para ello, las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León han elaborado, siguiendo los criterios establecidos en la LORSERGO, los estudios de zonificación de sus respectivas provincias en los que, partiendo de la experiencia en la prestación de servicios básicos a los ciudadanos y del conocimiento de las distintas zonas de cada provincia, con sus singularidades y características particulares, concluyen planteando un borrador de la posibles UBOST que conformarían cada provincia.

Con estos estudios hemos elaborado este primer borrador de zonificación de la Comunidad de Castilla y León que sirva de base para ir configurando entre todos el futuro mapa de UBOST. Hay que recordar que el mapa de UBOST pretende delimitar unos espacios territoriales que, esencialmente, permitirán dotar de mayor eficacia y eficiencia la prestación de los servicios públicos, tanto autonómicos como locales, en términos de optimización y garantía de igualdad en la accesibilidad de los ciudadanos.

Este primer borrador lo compartimos ahora en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León para que se pueda consultar por todos y, en el plazo de tres meses (hasta el 31 de diciembre), se puedan hacer cuantas alegaciones, aportaciones y propuestas constructivas se consideren oportunas de cara a mejorar y enriquecer el futuro mapa de UBOST que, sin duda, es un elemento clave del nuevo modelo de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Después de este trámite de participación ciudadana , tras su análisis y con las correcciones que puedan producirse por las aportaciones recibidas, comenzará la tramitación contemplada expresamente en la LORSERGO , que prevé, como primer paso, el informe de cada una de las Diputaciones Provinciales y del Consejo Comarcal de El Bierzo.

Evacuados dichos informes, la Consejería de la Presidencia elaborará una “_Propuesta_ _inicial_” de delimitación del mapa de UBOST, que someterá a audiencia de todos y cada uno los municipios de Castilla y León, así como a un periodo de información pública por el plazo de un mes mediante su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León-BOCYL-.

Tras esta tramitación, y previa negociación con todos los grupos parlamentarios, la Junta de Castilla y León aprobará como norma con fuerza de ley el “Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio”, que será remitida a las Cortes de Castilla y León para su aprobación, precisando el apoyo de dos tercios de sus procuradores.

Los documentos que se ponen a disposición en este Portal de Gobierno Abierto para la participación ciudadana son los siguientes:

  1. NORMATIVA PARA LA CONFIGURACIÓN DE LAS UBOST
  2. CUADRO ESTADÍSTIDO DEL BORRADOR DE LAS UBOST
  3. FICHAS Y MAPAS DEL BORRADOR DE LAS UBOST POR PROVINCIAS : En este apartado encontrarán una ficha y un mapa por cada UBOST en el que se concreta el Código y Nombre de la UBOST, la relación de los municipios que la integran, así como los datos de población y densidad (última oficial a 1 enero 2014). Del mismo modo, se relacionan en las UBOST donde se produzca, aquellos núcleos de población que pueden forman parte de esa UBOST, aun siendo núcleos de municipios que pertenecen a otra UBOST. También se encontrará un documento explicativo de las UBOST rurales que presentan especialidades, en aplicación del artículo 4.2 de la LORSERGO.
    1. Ávila: Mapa ; Ficha
    2. Burgos: Mapa ; Ficha
    3. León: Mapa ; Ficha
    4. Palencia: Mapa ; Ficha
    5. Salamanca: Mapa ; Ficha
    6. Segovia: Mapa ; Ficha
    7. Soria: Mapa ; Ficha
    8. Valladolid: Mapa ; Ficha
    9. Zamora: Mapa ; Ficha
    10. Explicación criterios otras UBOST

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó el 31 de diciembre de 2015.

¿Desea realizar alguna aportación al borrador del Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) a constituir en Castilla y León?

Y dale con la voluntad municipal.....

09/11/2015  •  1 comentario  •  Lucas gomez#109100

Qe la voluntad de los municipios es permanecer en el cargo. Qe los municipios pequeños son víctimas de grupúsculos. La junta tiene qe acabar con esto. La Cepeda tiene razón, la Maragatería, campos, el Bierzo...etc....todo lo demás es minimalismo carisimo. Por este camino pediremos un aeropuerto en cada ayuntamiento, un puerto de mar y si no seco, pero faraonismo a tope, casa de cultura, museos, polideportivos....pero los jóvenes titulados en Alemania de camareros a media jornada...basta ya. Si no se ataja esto va a haber explosión social.Solución: cada pueblo un concejal en un consejo comarcal, un alcalde. Nadie cobra, ya cobran bastante los funcionarios. La maraña de cargos actual es nefasta e insostenible, o se ataja o lo lamantaremos......menos paños calientes de la junta. La leyes igual qe se aprueban, se derogan.

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formato excel y pcaxis

11/11/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109102

¿No sería posible disponer de toda la información anexa en formatos excel y pcaxis?

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Ayuntamientos de Bahabón de Esgueva y otros

23/11/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: Los Ayuntamientos de Bahabón de Esgueva, La Sequera de Haza, Hoyales de Roa, Castrillo de la Vega, Pedrosa de Duero, Olmedillo de Roa, Hontangas y Adrada de Haza (Burgos) han dirigido por escrito a la Administración autonómica las sugerencias que pueden verse en los siguientes enlaces:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayuntamiento_Bahabon.pdfhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/la_sequera_de_haza_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/hoyales_de_roa_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/castrillo_de_la_vega_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/pedrosa_de_duero_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/olmedillo_de_roa_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/hontangas_(burgos).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/adrada_de_haza_(burgos).docx

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Propuesta del Ayuntamiento de Roa sobre la UBOTS de la Ribera del Duero

03/12/2015  •  1 comentario  •  Ayuntamiento de Roa de Duero#109108

Ante el proceso de participación ciudadana abierto en el Borrador de mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), el Ayuntamiento de Roa, considera adecuada la delimitación de la Unidad Básica BURUR 19 denominada DUERO ESGUEVA, que mantiene la estructura de la zona básica de salud, pero entiende inadecuada la configuración que ha realizado de las UBOST BURUR 20 y BURUR 21, que imposibilitan absolutamente la futura transformación de la Mancomunidad Ribera de Duero Comarca de Roa en una Mancomunidad de Interés General.No se pueden tirar por la borda casi treinta años de trabajo en común donde por todas las partes se coincide en que la prestación de servicios en común ha sido muy satisfactoria y debería servir de soporte para la prestación del resto de los servicios que se encomienden a las MIG rurales.Por ello se propone una delimitación de las UBOST de Aranda Rural, que en el borrador son delimitadas como Norte y Sur (BURUR 20 y BURUR 21), con una configuración en dos unidades una Este y otra Oeste. En la UBOST Aranda Rural Oeste deberían integrarse los siete municipios mancomunados en la actual entidad local asociativa, (Gumiel de Izán, Gumiel de Mercado , Villaba de Duero, Castrillo de la Vega, La Sequera de Haza, Hontangas y Adrada de Haza) que se han encuadrado en las UBOST BURUR20 Y BURUR21, e incorporar si es posible los otros tres municipios de esta mancomunidad Ribera de Duero Comarca de Roa: Cabañes de Esgueva, Santibañez de Esgueva y Bahabón de Esgueva, que han sido incluidos en la BURUR16. Siendo adecuado completar esta UBOST Aranda Rural Oeste con la incorporación de municipios estrechamente vinculados con los municipios integrantes de la misma como son Quintana del Pidio, Villanueva de Gumiel, Villalbilla de Gumiel y Oquillas.Con estos cambios de delimitación de las UBOST de Aranda Rural se logrará un marco adecuado de prestación de servicios autonómicos, ya que no originan más que algún pequeño cambio puntual sobre la propuesta inicial de la Junta de Castilla y León, y supondría una base adecuada para la prestación de servicios municipales a través de la conversión de la actual Mancomunidad Ribera del Duero Comarca de Roa en Mancomunidad de Interés General.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/roa_de_duero_(burgos).docx

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ALEGACIONES AL BORRADOR DEL NUEVO MAPA DE SERVICIOS PREVISTO EN LA LEY DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO

17/12/2015  •  1 comentario  •  Gregorio V. Villarroel de Paz#109112

ALEGACIONES AL BORRADOR DEL NUEVO MAPA DE SERVICIOS PREVISTO EN LA LEY DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO, FORMULADAS POR EL ALCALDE- PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BOLAÑOS DE CAMPOS (VALLADOLID).I.- Habiendo tenido conocimiento esta Alcaldía de la publicación del borrador del mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST) prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León –LORSERGO- (Ley 7/2013 , de 27 de septiembre), habida cuenta de la propuesta inicial de integración de este municipio de Bolaños de Campos en la UBOST VARUR 03 –CAMPOS GÓTICOS OESTE- establecida en razón de la coincidencia con la zona básica de salud en la que el Municipio se encuentra integrado, por mor de la disposición contenida en el art 11 de la Ley citada; esta Alcaldía quiere poner de manifiesto que tal integración -que en lo que se refiere a la zona básica de salud, no hace sino confirmar la situación en la que de facto nos encontramos, desde hace tiempo y con la que nos hallamos conformes- produce, cierta inquietud, tal vez porque no ha habido una explicación clara al respecto, en cuanto a la cuestión relativa a si la situación antedicha, conduce también a una salida de la actual Mancomunidad Zona Norte -de la que este Municipio forma parte- y una forzada integración en otra Mancomunidad. Así como en lo relativo a la permanencia del alumnado infantil en el CRA Campos de Castilla y del de Enseñanza Secundaria en el IES de la localidad de Villalón.II.-De proyectarse un cambio anejo a la zona básica de salud, en los aspectos reseñados, hemos de manifestar nuestra oposición rotunda tanto a dicha nueva integración mancomunada, como en lo relativo a la ubicación de las Enseñanzas, pues no parece lógica, dicho sea respetuosamente, la nueva ordenación proyectada, en lo que a este Municipio se refiere, dado que histórica y culturalmente forma parte de la zona de Tierra de Campos, con la que se siente fuertemente vinculado y a la que desea seguir perteneciendo. Siendo una seña de identidad fuertemente asumida por sus moradores la pertenencia a dicha Comarca. Y aunque se nos pueda decir que tal integración no afecta para nada a la pertenencia o no a tal Comarca; en la práctica éste ha sido sin duda el elemento aglutinador de los municipios que la integran en cuanto, obviamente, subyace bajo tal elemento la identidad sustancial en las condiciones físicas de la zona y forma de vida de sus moradores, con soluciones acordes a las necesidades, asimismo prácticamente idénticas, de la Comunidad que la conforma. Aspiración que es asumida por la propia Mancomunidad en la que actualmente nos hallamos integrados que ubicada físicamente en la localidad de Villalón, presta satisfactoria y muy eficientemente, diversos servicios que justifican su existencia y funcionamiento.IIi.- Conforme al título Preliminar de la Ley anteriormente citada, ésta tiene por objeto delimitar los espacios funcionales para efectuar la ordenación territorial, planificar y programar en el territorio los servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y potenciar fórmulas de gobierno y administración local más eficientes, especialmente las de carácter asociativo voluntario, así como fomentar la solidaridad de la comunidad municipal. Sin duda la eficiencia en la prestación de los servicios se ha cumplido con creces en la Mancomunidad en la que nos encontramos. Habiendo de añadir que la propia exposición de motivos de la Ley 7/2013 dispone que: “En suma, la ordenación del territorio en Castilla y León debe sustentarse en el respeto a las singularidades y condiciones del propio territorio y a sus rasgos naturales e históricos…”De acuerdo con el pronunciamiento expuesto el respeto a las singularidades y condiciones del territorio y sus rasgos naturales e históricos, así como la potenciación de formulas de carácter asociativo voluntario se cumplen de forma óptima en la situación actual en la que este Municipio se encuentra, por sus propias singularidades. Las consideraciones expuestas, motivan que este Ayuntamiento, a través de su representante, formule junto con sus alegaciones, la propuesta de que el Municipio de Bolaños de Campos, permanezca en idéntica situación a la actual y, por tanto, en la Mancomunidad Zona Norte, Zona Básica de Salud y Enseñanzas Primaria y Secundaria sin variación.En Bolaños de Campos a 17 de diciembre de 2015.Fdo.: Gregorio V. Villarroel de Pazhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/bolanos_de_campos_(valladolid).docx

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Asunto: Alegaciones UBOST. Ayuntamientos de Tejeda y Segoyuela y otros y Mancomunidad 'Las Dehesas'

21/12/2015  •  1 comentario  •  Santiago Martín Varas#109114

Nota: Los Ayuntamientos de Tejeda y Segoyuela, Berrocal de Huebra, Aldehuela de la Bóveda, Villalba de los Llanos, Garcirrey, Rinconada de la Sierra, Escurial de la Sierra, Navarredonda de la Rinconada, San Muñoz y La Sagrada; y la Mancomunidad de municipios 'Las Dehesas' (Salamanca) han formulado las sugerencias al borrador de mapa de UBOST que pueden verse a continuación:Asunto: Alegaciones UBOST.D. Santiago Martín Varas, Alcalde del Ayuntamiento de Tejeda y Segoyuela (Salamanca)EXPONE: Con fecha 30 de septiembre de 2015 ha sido publicado por la Junta de Castilla y León el Borrador del Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (, UBOST), prevista en la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León (LORSERGO, Ley 7/2003 de 27 de septiembre) Partiendo de la premisa de que el Ayuntamiento de Tejeda y Segoyuela está alegando a la posible constitución de una figura(Mancomunidades de interés general) cuya normativa ya se encuentra aprobada por la Junta de Castilla y León y ante la falta de concreción sobre la cartera de servicios con las que se va a dotar a las Mancomunidades de Interés General, de los costes de desarrollo de las MIG, mantenimiento de las mismas, instalaciones y/órganos técnicos, representativos y sus formas de repartoQue a pesar que la normativa ya está aprobada por Decreto, sin contar con los municipios afectados, NO estamos de acuerdo con la creación de las Mancomunidades de Interés General por una razón sencilla y fundamental: Los municipios no sabemos las competencias que vamos a ceder a esas mancomunidades(Se habla de una cartera común y homogénea). Que por supuesto al no saber cuales son, tampoco contamos con el correspondiente estudio económico que demuestre que las competencias o servicios delegados por los municipios se vayan a prestar con una mayor eficacia y ahorro para los ayuntamientos. Asimismo consideramos que el inicio de este proyecto se inicio en una época de crisis donde los pequeños ayuntamientos somos las administraciones públicas, antes y ahora, menos endeudadas por lo que el objeto de esta reforma no tendría mucho sentido y menos en la actualidad.Que la MANCOMUNIDAD LAS DEHESAS, a la que pertenece el municipio de Tejeda y Segoyuela, AVALA por seguir ejerciendo las competencias y prestando los servicios que tiene en la actualidad sin perjuicio que puedan incrementarse si hay una mayor eficacia en la prestación.Que la MANCOMUNIDAD LAS DEHESAS, a la que pertenece el municipio de Tejeda y Segoyuela, aboga por que los municipios que a ella pertenecen sigan prestando los servicios que se prestan en la actualidad por ser la administración más cercana a los ciudadanos, y todo ello en base al principio de autonomía local recogido en nuestra constitución.Por todo lo expuesto, SOLICITO Que en cuanto a la fase en la que nos encontramos de participación ciudadana relativa a la Ley de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio( mapa de las UBOST) que formarían parte de esas nuevas Mancomunidades de interés general el Ayuntamiento de Tejeda y Segoyuela manifiesta su total disconformidad por no estar de acuerdo en el fondo del asunto, la creación de las mismas. Tejeda y Segoyuela a 21 de diciembre de 2015. EL ALCALDE Santiago Martín VarasEXCMº SR. CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON(DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TERRITORIO Y ADMINISTRACIÓN LOCAL)C/ Santiago Alba, 1 47008 VALLADOLIDhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/tejeda_y_segoyuela_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/berrocal_de_huebra_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/aldehuela_de_la_boveda_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/villalba_de_los_llanos_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/garcirrey_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/rinconada_de_la_sierra_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/escurial_de_la_sierra_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/navarredonda_de_la_rinconada_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/san_munoz_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/la_sagrada_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/mancomunidades/las_dehesas_(salamanca).docx

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Ayuntamiento de VILLAQUEJIDA (LEÓN)

22/12/2015  •  1 comentario  •  Felix Amez#109116

Ayuntamiento de VILLAQUEJIDA (LEÓN) ALEGACIONES que formula el Alcalde de Villaquejida, FELIX JOSE Mª AMEZ ZAPATERO, sobre la propuesta de UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO, reguladas en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de Castilla y León. A la vista de la publicación por parte de la Junta de Castilla y León del mapa que divide la provincia de León en Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio rurales (UBOST), así como la apertura de un plazo de tres meses de puesta a disposición de los ciudadanos, colectivos sociales y administraciones públicas para la presentación de sugerencias, observaciones y/o alegaciones, período de información que finaliza el día 31 de diciembre de 2015.EXPONGO: La ordenación territorial de la provincia en los indicados UBOST se ha diseñado, sin oír previamente a los municipios afectados, principales protagonistas y artífices del desarrollo sostenible del territorio, siguiendo lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad. En el caso de este Municipio, se desconocen los criterios y estudios técnicos utilizados por la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, para el diseño de las UBOST así como las competencias y financiación a desarrollar por las Mancomunidades de Interés General Rural. Por ello, entiende que esta Entidad debería refutar de forma explícita la ordenación territorial propuesta por la JCyL en base a las siguientes consideraciones: Primero.- Conforme se indica en el primer borrador de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio publicado por la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, el Municipio de Villaquejida, queda encuadrado dentro de la unidad Básica denominada “LERUR22 LA VALDERÍA” que comprende los municipios de Villaquejida, Cimanes de la Vega, Campazas, Valderas, Gordoncillo, Roales, Quintanilla del Molar, La Unión de Campos y Urones de Castroponce (Los 5 primeros municipios pertenecen a la provincia de León y los 4 últimos a la provincia de Valladolid). Segundo.- Destacar, en primer lugar, la incongruencia al incluir a la totalidad de los Municipios en la denominación LA VALDERÍA. A los técnicos encargados de la redacción del texto legal, advertir que La Valdería es una comarca o zona territorial de la provincia de León que nada tiene que ver con los municipios incluidos en tal denominación. Está situada al suroeste de la provincia de León que agrupa al menos 11 Municipios, en zona de transición de la montaña a la meseta y todos ellos agrupados a las márgenes del río que lleva su apellido “Eria”. Dicha denominación, supone la usurpación del nombre a un territorio histórico bien definido ya desde la época romana. Tercero.- Los municipios agrupados en la Unidad Básica “LERUR22 LA VALDERIA”, al que pertenece el Ayuntamiento que represento, históricamente han pertenecido a la denominada comarca Esla-Campos, actualmente Vega de Toral. Los de Valladolid, Roales y Quintanilla, ubicados en un enclave entre las provincias de Zamora y León pertenecen a la comarca de Tierra de Campos, así como La Unión de Campos y Urones de Castroponce. Se corre el gravísimo peligro de hacer perder la identidad de cada pueblo y comarca en pro de rescribir una nueva y desconocida.Cuarto.- A nivel de servicios comunes, este municipio y los de la provincia de León no ha mantenido vinculación alguna con los nuevos municipios incorporados y pertenecientes a Valladolid, salvo los servicios médicos prestados por el Centro Médico de Valderas, que datan de hace más de 23 años. En la actualidad, el municipio de Villaquejida, integrado en la comarca Vega de Toral, forma parte de una unidad territorial cohexionada, peculiar en cuanto a los lazos de identidad históricos, económicos y sociales, vertebrada por la vía de comunicación N-630, y dos líneas regulares de autobuses desde León y desde Benavente, a través de los que se realizan casi todos los intercambios económicos y de prestación de servicios.Quinto.- La pirámide poblacional de este municipio, concretamente las personas más necesitadas de servicios médicos, de 70 años en adelante, ronda el 38 %. La inclusión en la UBOST propuesta no mejora ni el transporte público (inexistente salvo el taxi) ni las vías de comunicación, ni el centro médico que presta el servicio. Aunque Valderas está poco más próximo a Villaquejida, en distancias kilométricas (17 km), al carecer de transporte público y discurrir por la vía LE-511, el tiempo invertido en el trayecto es superior al utilizado en ir a Valencia de Don Juan (21 km), o incluso a Benavente (19 km). Sexto.- Villaquejida y los municipios de la Vega de Toral, tienen actualmente mancomunados servicios básicos que se prestan a través de la Mancomunidad MANSURLE, que agrupa mas de una veintena de municipios, con una experiencia continuada y satisfactoria de más de 16 años.Séptimo.- La inclusión de este municipio en la Unidad “LERUR22 LA VALDERIA”, es rechazable de plano, por carecer de criterios de objetividad y eficacia respecto de los servicios que la nueva ordenación pretende mejorar, así,- Supone en primer lugar una pérdida de identidad territorial, por cuanto puede llegar a conllevar el desplazamiento de población a núcleos mayores y la consiguiente despoblación. - La calidad de los servicios básicos que se reciben actualmente, pasarán a ser mas deficientes por la falta de vías rápidas y seguras de comunicación, la carencia de transporte público, las distancias y las diferencias geográficas.- El elevado coste de la financiación necesaria para la gestión y creación de nuevos servicios. - La pirámide de población por edades de los habitantes de estas zonas rurales, donde el número de habitantes que superan los 70 años ronda el 38% de la población, supone mantener el actual coste del servicio (a cargo de las arcas municipales) al no existir transporte público con la unidad básica de salud propuesta, que coincide con la existente. - La mancomunidad entre diferentes municipios debe de ser voluntaria, gradual y con miras hacia la prestación de otro tipo de servicios (enseñanza, tratamiento de residuos, bomberos, medio ambiente, etc.) y no limitarse exclusivamente a unidades básicas de salud, como pretende esta Ley. Por lo expuesto, SOLICITO:1.- Tenga por personado al Ayuntamiento de Villaquejida en el trámite de presentación del primer borrador de Unidades Básicas Territoriales (Ley 7/2013de 27 de septiembre).2.- Rechazar la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la Unidad LERUR22 “LA VALDERIA”.3.- Solicitar la inclusión del municipio de Villaquejida dentro de la unidad de ordenación LERUR19 “TIERRAS COYANTINAS en razón a la historia, geografía, vínculos sociales y económicos existentes, y por razones de vías de comunicación (N-630) y transporte público que vertebran de forma directa y continuada estos municipios con distancias mínimas y mas rápidas. A mayor abundamiento, supone razón de peso el hecho de que estos municipios prestan en común servicios básicos a través de la mancomunidad MANSURE desde hace mas de 16 años.4.- Que se consolide la importancia de las Entidades Locales, pues en una realidad tan compleja, diversa y difícil como la existente, contribuyen de forma inequívoca y eficaz a vertebrar el territorio, la cohesión social y la prestación de servicios básicos y esenciales, de forma descentralizada y de proximidad para los ciudadanos.5.- Alternativamente a las medidas solicitadas anteriormente, propongo se considere aplazar el precipitado desarrollo de la Ley 7/2013, invitar a los diferentes municipios del territorio a formar Mancomunidades de Interés General Rural en un plazo prudencial medio, destinando los recursos previstos para el desarrollo de la Ley a contratar personal médico suficiente (doblando el existente) con objeto de prestar un servicio sanitario de calidad, próximo y equitativo. Lo que se traslada a la Consejería, a los efectos de su toma en consideración y posterior rectificación en el siguiente trámite sobre delimitación del mapa de Unidades Básicas del Territorio, en lo relativo a la Unidad LERUR-19 “TIERRAS COYANTINAS”. En Villaquejida, a 22 de diciembre de 2015 El Alcalde Fdo. Félix J. Mª Amez Zapatero

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Ayuntamiento de Montejo de Tiermes (Soria)

26/12/2015  •  1 comentario  •  Carlos Vilalta Alonso#109119

En el proyecto de unidades básicas de ordenación del territorio de la Junta de Castilla y León, los barrios de Ligos y Cuevas de Ayllón del Municipio de Montejo de Tiermes aparecen integrados en la UBO SGRUR05 SEGOVIA NORDESTE - SEGOVIA, cuando el resto del Municipio pertenece a la UBO SORUR09 RIBERA DEL DUERO-SORIA, tal integración en esta UBO de Segovia es manifiestamente contraproducente y carece de sentido por cuanto supondría la división de este Ayuntamiento en dos entidades administrativas diferentes, con duplicidad de representaciones, de órganos de toma de decisiones con relación a obras y servicios del Municipio, en definitiva un efecto perverso totalmente contrario a los principios de austeridad, equilibrio y eficiencia que deben de regir la actuación de las administraciones públicas.Los Señores Concejales previa votación ordinaria y por unanimidad, acuerdan oponerse a la delimitación efectuada, debiendo de estar integrados en la UBO SORUR09 RIBERA DEL DUERO-SORIA, como el resto del Municipio, los barrios de Ligos y Cuevas de Ayllón de esta jurisdicción.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/montejo_de_tiermes_(soria).docx

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Mancomunidad Sierra de la Demanda

28/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109121

Los municpios que forman esta Mancomunidad entiden que la unidad basica de ordenación de la provincia de Burgos, denominada Riojilla no esta acorde con su espiritu y deberia denominarse Demanda -Oca-Tirón

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Nueva Ubost SGRURO1 CARRACILLO SEGUNDA OPCION

30/12/2015  •  1 comentario  •  Carlos Enrique Fuentes#109123

El carracillo es una Comarca Natural de la provincia de Segovia, inmersa en la llanura de la Tierra de Pinares Castellana, que se encuentra encuadrada entre los ríos Cega (al norte) y Pirón (al sur).Está caracterizada por su alta producción de hortalizas dentro de los términos municipales de las localidades incluidas en ella, así como la gran y moderna industria de preparación y transformación hortofrutícola que han hecho de estos pueblos, pueblos prósperos con apenas desempleo y cuya renta Per capita es de las más altas de Castilla y León.Sus límites naturales no están bien definidos, aunque las poblaciones que se autodenominan Carracillanas comparten rasgos comunes y direfenciadores que las distinguen del resto de localidades de la zona.Los municipios a los que nos referimos son los siguientes:Chañe …………………….…. 946 habitantes.Fresneda de Cuellar ………… 194 habitantes.Gomezserracin ……………… 721 habitantes.Mudrián y San Martín……… 283 habitantes.Navalmanzano ……………… 1186 habitantes.Pinarejos ……………………. 161 habitantes.Samboal (+ Narros) …………. 502 habitantes.San Cristóbal de Cuellar …….. 187 habitantes.Sanchonuño …………………. 968 habitantes.Vallelado ……………………. 773 habitantes.Población total de: 5. 921 habitantes.Asimismo dentro de la Comarca del Carracillo se incluyen tres pueblos que aun no constituyendo municipios en si por depender de Cuellar son pueblos de iguales características, estos pueblos son:Arroyo de Cuellar …………. 368 habitantes.Campo de Cuellar …………. 212 habitantes.Chatun …………………….. 250 habitantes.Total ……………………… 830 habitantes.Todos los pueblos referidos tienen una idiosincrasia común en todos los aspectos y son pueblos que están hermanados por vecindad, apego, amistad, con problemas e inquietudes comunes que nada tienen que ver con el pueblo de Cuellar, en la actualidad se depende de este último en el aspecto sanitario por ser centro de referencia en la comarca, pero nuestros pueblos son independientes de él para todo lo demás.Todos nuestros pueblos formamos parte de la Comunidad de Villa y Tierra Antigua de Cuellar y son continuos los muchos ninguneos y enfrentamientos que el Ayuntamiento de Cuellar tiene para con el resto de pueblos de la comunidad, como para volver a estar en otra Organización del territorio dentro y bajo el paraguas de Cuellar.Somos pueblos Autónomos, Independientes y que queremos seguir siéndolo en la toma de nuestras decisiones y planteamiento de nuestro futuro.Tenemos la experiencia de cómo Cuellar ha fagocitado y cada día corta la prosperidad de entidades locales menores que se engloban dentro de su municipio como son los citados Arroyo de Cuellar, Campo de Cuellar y Chatun.Nuestra idiosincrasia y modo de vida nada tienen que ver con Cuellar y mucho menos con los intereses de este último municipio.Las nuevas UBOST (Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio) que se nos plantean, dividen a la comarca del Carracillo en dos partes no atendiendo a una configuración por semejanza de sus municipios.Asimismo, seguimos teniendo el Centro de Salud de Cuellar como centro de referencia teniendo todos los municipios que volver hacia atrás en dirección contraria al hospital de Segovia en caso de Urgencias Medicas.Por todo ello los pueblos abajo firmantes de este proyecto solicitamos la creación de una UBOST nueva y diferente que englobe los sentimientos y necesidades de los pueblos de la Comarca del Carracillo, máxime cuando las próximas Mancomunidades de Interés General deben de coincidir sustancialmente con el territorio conformado por las UBOST.Así mismo, monstrar nuestra total disconformidad con el Decreto 30/2015 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Mancomunidades de Interés General.En dicho Reglamento en su Artículo 38 de Procedimiento de constitución de las mancomunidades dice:Aquellos municipios que quieran constituirse en mancomunidad para ser declarada de interés general rural deberán seguir el procedimiento previsto en el Capítulo II del Título VI de la Ley de Régimen Local de Castilla y León, con las siguientes especialidades: A) LA INICIATIVA PARA LA CONSTITUCIÓN DEBERÁ SER APROBADA POR LOS MUNICIPIOS QUE LA ASUMAN, QUE SERÁN TODOS O ALGUNOS DE LOS INTEGRADOS EN UNA UNIDAD BÁSICA DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO RURAL, O EN VARIAS UNIDADES COMPLETAS, SIEMPRE QUE SE MANIFIESTEN FAVORABLEMENTE A LA ASOCIACIÓN, COMO MÍNIMO Y ALTERNATIVAMENTE: 1.º LA MAYORÍA DE LOS AYUNTAMIENTOS QUE AGLUTINEN MÁS DEL CINCUENTA POR CIENTO DE LA POBLACIÓN GLOBAL DE LOS MUNICIPIOS INTEGRADOS EN CADA UNA DE LAS UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO RURALES. 2.º LOS AYUNTAMIENTOS QUE REÚNAN EL SETENTA POR CIENTO DE LA POBLACIÓN DE CADA UNA DE LAS UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO RURALES, CON INDEPENDENCIA DE SU NÚMERO.Así pues, los pueblos del Carracillo nunca podríamos constituir una Mancomunidad de interés sin el permiso y supervisión de Cuellar, cuestión que nos alarma por la perdida de independencia en la gestión de nuestros recursos, organización y decisiones.Tenemos experiencia como hemos relatado en la Comunidad de Villa y Tierra Antigua de Cuellar y en la Mancomunidad de las Lomas que nos presta el servicio de Agua potable y en las cuales se nos bloquea cualquier decisión.Por otra parte los intereses de Cuellar y de los pueblos del Carracillo son totalmente contrarios, Cuellar está sistemáticamente bloqueando cualquier avance o cambio en las normas urbanísticas de sus entidades locales menores para que las empresas se instalen en su término municipal. Es una evidencia que sufren sus vecinos a diario.Los pueblos que formaríamos esta UBOST que planteamos estamos organizados entorno a dos Mancomunidades de servios que nos prestan diferentes servicios y que son: Manden ( Mancomunidad de Municipios del Malucas) con sede en Navalmanzano y que presta sus servicios a: Gomezserracin, Mudrian y San Martín, Navalmanzano, Pinarejos, Sanchonuño y por la Mancomunidad Cega que presta sus servicios a: Chañe, Fresneda de Cuellar, San Cristóbal de Cuellar, Vallelado y aunque son Entidades menores de Cuellar también a: Arroyo de Cuellar, Campo de Cuellar y Chatun, por estar muy disconformes estos municipios con el trato y prestación de los servicios desde la Mancomunidad de Cuellar.Así pues la UBOST aquí planteada posteriormente coincidiría total y sustancialmente con la Mancomunidad de interés general que conformarían los pueblos de la Comarca del Carracillo y que englobaría a las mancomunidades Manden y Mancomunidad Cega.Por todo ello pedimos la creación de una UBOST separada de Cuellar.Cumplimos todos los requisitos que la Ley 7/2013 de 27 de septiembre de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León nos requiere, a saber:1.- Agrupa a municipios de menos de 20.000 habitantes. de una provincia.2.- Población mayor de 5.000 habitantes, tendríamos 5.921 habitantes a los que si les sumamos los de las entidades menores que quieren sumarse serían 6.751 hab. según datos INE 2014.3.- Continuidad espacial territorial.4.- UBOST formada por 10 municipios a los que se pueden sumar las entidades menores de Arroyo de Cuellar, Campo de Cuellar y Chatún.5.- Idiosincrasia y características de los municipios totalmente similar.6.- Mejor posición por poder ser los servicios médicos en dirección a Segovia Capital.Por otra parte el municipio de Cuellar, también podría formar una UBOST rural, junto con Frumales y el resto de sus Entidades locales menores, con una población de más de 5.000 habitantes, con continuidad espacial y una idiosincrasia común.Creemos que es una organización más lógica puesto que se ejercita el cometido que finalmente tiene la Ley que es la suma de intereses, mayores y mejores servicios y en definitiva la mejor calidad de vida de las personas, personas contentas, independientes que toman sus decisiones y dirigen sus destinos y no bajo el patrón dictado por un municipio muy superior y que nada tiene que ver con los intereses de los vecinos del Carracillo.http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/otras/el_carracillo_2_(segovia).docx

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MÁS DEBATE

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109129

Considero que no se ha alimentado un verdadero debate sobre este proceso, organizando jornadas y mesas de trabajo en las que se pudiera contrastar la visión de la Administración, con la de expertos en la materia y diferentes entidades tanto públicas como privadas con presencia en el medio rural. Reducir este proceso a colgar la información en un portal y organizar una serie de charlas informativas a nivel provincial, es imprescindible pero desde luego insuficiente para un tema de esta envergadura. Hubiera sido necesaria una participación mucho más ampliada, variada y plural que permitiera analizar la propuesta desde muchos más ángulos y con una mayor perspectiva.

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RETORTILLO DE SORIA

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109129

Considero que el municipio de Retortillo de Soria tiene una vinculación mucho más estrecha a nivel tanto histórico como económico y humano (flujo de personas, satisfacción de demanda de servicios, actividades comerciales, etc.) con los municipios de la Sierra de Pela, con los que es colindante por el oeste. Por ello considero que debería incluirse en la UBOST SORUR9 o en la SORUR10.

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AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS.(ÁVILA)

31/12/2015  •  1 comentario  •  Asunción Martin Manzano#109133

AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS. (ÁVILA).APORTACIÓN DE ALEGACION AL PRIMER BORRADOR DE UNIDADES BASICAS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORRIO RURALES (UBOST), EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 4.2 DE LA LEY 772013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. (LORSFRGO).PRIMERO.- Incluido este municipio en la UBOST AV RUR 15 PINARES, y dadas las especiales peculiaridades de la localidad, con una población del 80% que supera los 75 años de edad, la inexistencia de servicio regular de transporte y servicio de taxi que comunique este con el de la cabecera de la UBOST. Que las circunstancias geográficas son singulares con orografía de alta montaña (1.348 m de altitud), y una carretera que dificulta la comunicación en época invernal, con lo que la comunicación para que accedan los vecinos a los servicios a establecer en la cabecera de la unidad se dificultan extraordinariamente. Que por esta entidad se prestan al municipio directamente los servicios esenciales, con una comunicación directa y personal, casi familiar con los vecinos. Que las características de la localidad no se considera aconsejable la integración en la unidad básica proyectada, considerando el criterio poblacional de no pertenencia.SEGUNDO.- Solicito a esa Consejería, que teniendo por presentado el presente escrito, se sira admitirlo y tener por formuladas las alegaciones, para que a la vista de las mismas, sea revisado el borrador del mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio (UBOST), y en consecuencia se realice un reajuste del mismo.FDO.: Dª ASUNCIÓN MARTÍN MANZANO. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE PEGUERINOS. (ÁVILA).

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ALEGACIONES DE JUAN CARLOS DIAZ DIAZ, ALCALDE DE LA JUNTA VECINAL DE VIRTUS Y TENIENTE ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE VALDEBEZANA EN

31/12/2015  •  1 comentario  •  Anónimo#109135

ALEGACIONES DE JUAN CARLOS DIAZ DIAZ, ALCALDE DE LA JUNTA VECINAL DE VIRTUS Y TENIENTE ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE VALDEBEZANA EN LA PROVINCIA DE BURGOS AL BORRADOR DEL MAPA DE UNIDADES BÁSICAS DE ORDENACIÓN Y SERVICIOS DEL TERRITORIO (UBOST) CONFORME A LA LEY 7/2013 DE ORDENACIÓN, SERVICIOS Y GOBIERNO DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓNEl día 30 de septiembre de 2015 el Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León presentó el primer borrador de unidades básicas que se recoge en la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, Como resultado del mismo, el municipio del Valle de Valdebezana que en la actualidad pertenece a la Mancomunidad del Noroeste de Burgos la cual está formada por siete ayuntamientos (Alfoz de Santa Gadea, Alfoz de Bricia, Arija, Merindad de Sotoscueva, Merindad de Valdeporres, Valle de Manzanedo y Valle de Valdebezana), pasaría a englobarse en una nueva mancomunidad denominada MERINDADES OESTE (código ubost BURU 01), la cual pasaría a contar con nueve municipios (dos más de los que forman la mancomunidad actual), y con la particularidad de que el municipio más grande desde el punto de vista poblacional de esta ubost sería VILLARCAYO. Indicar que de conformidad con el art 4.1 b), que recoge: Las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio rurales deben cumplir alguna de las siguientes reglas: En función de la dispersión, que la unidad básica tenga una densidad menor de 15 habitantes por kilómetro cuadrado, y como mínimo agrupe a 5 municipios.Lo cual significa que la actual Mancomunidad del Noroeste que forman los siete municipios actuales cumple sobradamente con el requisito anterior.Asimismo, en el art 11. Prestación de los servicios autonómicos en el ámbito rural. Se recoge: Específicamente, para los servicios esenciales que se indican a continuación, se aplicará la siguiente escala de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio:a) Para la prestación de la asistencia sanitaria, cada zona básica de salud deberá coincidir con una unidad básica de ordenación y servicios.b) Para la prestación de los servicios sociales básicos, cada zona de acción social deberá comprender un mínimo de una unidad básica de ordenación y servicios y un máximo de tres.c) Para la prestación de la educación obligatoria, cada zona educativa deberá comprender un mínimo de una unidad básica de ordenación y servicios y un máximo de cinco.d) Para la prestación de los servicios de salud pública, cada demarcación de salud pública deberá comprender un mínimo de dos unidades básicas de ordenación y servicios y un máximo de seis.Y el art 13 se recoge: Igualdad de acceso de los ciudadanos a los servicios autonómicos.La Administración de la Comunidad de Castilla y León atenderá a la realidad territorial, especialmente la rural, en la prestación de sus servicios y en la gestión de sus diferentes políticas públicas, garantizando la igualdad de los ciudadanos castellanos y leoneses en el acceso a la prestación de los servicios públicos.A tal fin, constituirá un principio rector de sus políticas públicas la modernización y el desarrollo integral de las zonas rurales, dotándolas de infraestructuras y servicios públicos suficientes.En el plazo previsto en la disposición adicional tercera para la adaptación de los servicios autonómicos zonificados al mapa de unidades básicas de ordenación y servicios rurales, se aprobarán estándares mínimos de cobertura para cada uno de los servicios autonómicos a que se hace referencia en el artículo 11.La Disposición adicional tercera recoge: Adaptación progresiva de los servicios autonómicos rurales al mapa de unidades básicas de ordenación y servicios rurales.1. Los servicios autonómicos prestados en el ámbito rural que tengan una zonificación territorial específica inferior a la provincia, deberán adaptarse de forma progresiva al mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio.2. La adaptación de la zonificación deberá producirse progresivamente en el plazo de los tres años siguientes a la aprobación del mapa de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio, ya sea global o parcial, manteniéndose hasta entonces los servicios públicos prestados por la Administración Autonómica en los mismos lugares en los que radiquen en el momento de aprobarse el mapa.Esto podría significar por tanto, que los actuales servicios que se prestan por la Junta de Castilla y león en nuestro municipio, que van desde la asistencia sanitaria realizada en el centro de salud ubicado en Soncillo y el consultorio rural de Cilleruelo de Bezana, la educación, prestada por el colegio público de Soncillo o la prestación de los servicios sociales podrían desaparecer, pasando estos, al municipio de Villarcayo que al ser el de mayor población, agruparía estos servicios. Ello supondría que la despoblación que en la actualidad padecemos se incrementaría exponencialmente dado el elevado número de vecinos de edad avanzada que tenemos en la actualidad que precisan asistencia sanitaria de forma periódica y que supondría tener que desplazarse para acudir al médico entre 60 y 80 km de media diarios, y a la gente joven con hijos, se les cercenaría el poder llevarles a un colegio cercano que da servicio a varias poblaciones del entorno, restando atractivo a que esos ciudadanos permanezcan en las zonas rurales si no cuentan con unos servicios básicos y cercanos. Todo ello impediría cumplir con lo recogido en el art 13 de esta ley del acceso de todos los ciudadanos en condiciones de igualdad a estos servicios provocando un claro agravio de los habitantes de los núcleos rurales en relación a los municipios más poblados.Al mismo tiempo, hay que decir que la actual Mancomunidad del Noroeste presta unos servicios a los siete municipios que la forman, de forma adecuada, y sin que suponga un coste elevado a los vecinos de estos, siendo más baratos de lo que se cobra en cualquier capital de provincia de nuestra CC.AA y no presentando deuda alguna por la gestión de los mismos, e incluso contando con superávit presupuestario, cumpliendo sobradamente con la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.Por todo ello, la actual Mancomunidad del Noroeste que agrupa a los actuales siete ayuntamientos debe seguir tal como está (en todo caso se podría transformar a Mancomunidad de Interés General Rural) y la UBOST debe coincidir con la misma con el fin de no ver suprimidos en los próximos tres años servicios esenciales que afectan de forma vital a los vecinos de nuestro municipio, y en caso de que esto no se llevase a efecto, se debe garantizar mediante una modificación legislativa de esta norma, que los actuales servicios de educación, sanidad etc que se presta en la actualidad en nuestro municipio se mantengan para que nuestros vecinos sigan siendo ciudadanos que reciban un trato igualitario y no se vean discriminados.Al mismo tiempo, y si queremos que los innumerables pueblos que tenemos en nuestra CC.AA no desaparezcan, se debería contemplar en esta ley un plan para regenerar la vida en los mismos dotando de recursos e invirtiendo en ellos para generar nuevas oportunidades y conseguir que se fije población.En Virtus, a 31 de diciembre de 2015

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AYUNTAMIENTO DE JUZBADO (SALAMANCA)

31/12/2015  •  1 comentario  •  Fernando Rubio de la Iglesia#109137

La propuesta de UBOST parte de graves problemas de base. En primer lugar, identificar el mapa de ordenación al de las zonas sanitarias de atención primaria es un planteamiento simplista, irreal y nada operativo. En segundo lugar, el mapa olvida las comarcas naturales y tradicionales, concepto muy importante en el enorme espacio rural de Castilla y León. La propuesta de unificar servicios sanitarios, educativos, sociales y agro-ganaderos en una única UBOST supondría un gran problema para la vida en muchos pueblos de Castilla y León.En el caso concreto de Juzbado, se nos asigna la UBOST SARUR11 (que engloba gran parte de los municipios del alfoz de la ciudad de Salamanca y en el que no apreciamos la menor coherencia geográfica, social, administrativa...), alejándonos de la comarca de Ledesma, nuestro entorno tradicional, pueblo colindante con Juzbado donde se nos prestan servicios sociales (CEAS), donde está nuestra unidad veterinaria de referencia y donde llevamos al colegio e instituto a nuestros hijos. De llevarse a la práctica la ordenación de servicios de competencia autonómica que plantea el borrador, nuestra referencia para los servicios expuestos se alejaría mucho, aumento de distancia que supondría un grave problema para la vida en el pueblo. Resulta especialmente preocupante el mapa por los efectos educativos; hoy nuestros niños van en autobús escolar al colegio e instituto situados en Ledesma, a 11 km. Sería muy perjudicial que se nos adscribiese de modo obligatorio a centros escolares más alejados (en nuestro caso, obviamente, en municipios del alfoz de Salamanca), y no sería en absoluto razonable apartarnos de un entorno educativo cercano para cumplir con un mapa de ordenación: se crearían problemas donde no los hay. Más aún, significaría también desamortizar de usuarios servicios de la JCyL que hoy funcionan muy bien, como son el colegio e instituto de Ledesma, desaprovechándose la inversión realizada en infraestructuras y personal en el medio rural más cercano, mientras se profundiza en la masificación de centros escolares del entorno urbano (con ratios de alumnos por aula muy superiores).En este sentido, la JCyL puede y debe 'ordenar el territorio', pero no estableciendo límites artificiales y, como he expuesto, perjudiciales para el medio rural, sino aportando soluciones (siempre consultando de manera previa a los municipios sobre sus necesidades reales).Una solución esencial en nuestra zona pasaría, aunque este sea otro asunto, por la ampliación del instituto de enseñanza secundaria obligatoria incorporando bachillerato. Hoy muchos estudiantes terminan en el centro y no tienen un lugar donde continuar sus estudios viviendo en sus casas familiares, es decir, muchos dejan de estudiar. En consecuencia, cada vez más familias deciden de manera prematura dejar la comarca para recalar en la ciudad o alfoz, con la consecuente pérdida de población rural y, de nuevo, el desaprovechamiento de servicios de la JCyL (el colegio y el instituto) de alta calidad. Esto, bajo nuestro punto de vista y con el mayor respeto, sí sería ordenación del territorio.ASÍ PUES, SOLICITAMOS LA RETIRADA DEL MAPA Y EL INICIO DE CONTACTOS CON LOS MUNICIPIOS DE MANERA PREVIA A NUEVAS PROPUESTAS DE ORDENACIÓN. EN TODO CASO, SOLICITAMOS QUE NO SE OBLIGUE A NINGÚN MUNICIPIO A RECIBIR SERVICIOS EN LUGARES MÁS ALEJADOS QUE EN LA ACTUALIDAD.MUCHAS GRACIAS. SALUDOS CORDIALES.FERNANDO RUBIO DE LA IGLESIAALCALDE DE JUZBADO (SALAMANCA)

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Mancomunidad de Municipios Alto Órbigo

13/11/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: La Mancomunidad de Municipios Alto Órbigo (León) ha dado traslado por escrito a la Administración autonómica del Acuerdo de la misma en el que se contienen las sugerencias que pueden verse en el siguiente enlacehttp://www.jcyl.es/junta/cp/Mancomunidad_Alto_Orbigo.pdf

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Ayuntamiento de Mudá

14/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de Mudá (Palencia) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Muda.pdf

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Ayuntamientos de Casavieja y otro

14/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: Los Ayuntamientos de Casavieja y Pedro Bernardo (Ávila) han dirigido por escrito a la Administración autonómica las sugerencias que pueden verse en los siguientes enlaces:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Casavieja.pdfhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/pedro_bernardo_(avila).docx

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Ayuntamiento de Brazacorta

14/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de Brazacorta (Burgos) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Brazacorta.pdf

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Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos

14/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos (Salamanca) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_San_Felices_Gallegos.pdf

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Ayuntamiento de Anguix

14/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de Anguix (Burgos) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Anguix.pdf

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Ayuntamiento de La Horra

14/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de La Horra (Burgos) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_La_Horra.pdf

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Ayuntamiento de Fuente el Olmo de Fuentidueña

15/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de Fuente el Olmo de Fuentidueña (Segovia) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Fuente_Olmo_Fuentiduena.pdf

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Ayuntamiento de Villaescusa de Roa

15/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de Villaescusa de Roa (Burgos) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Villaescusa.pdf

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Ayuntamiento de Montemayor del Río

15/12/2015  •  1 comentario  •  Dirección de Ordenación del Territorio y Admón Local#109106

Nota: El Ayuntamiento de Montemayor del Río (Salamanca) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Montemayor_Rio.pdf

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