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AYUNTAMIENTO DE JUZBADO (SALAMANCA)


Código de la propuesta: CYL-2015-12-3824

La propuesta de UBOST parte de graves problemas de base. En primer lugar, identificar el mapa de ordenación al de las zonas sanitarias de atención primaria es un planteamiento simplista, irreal y nada operativo. En segundo lugar, el mapa olvida las comarcas naturales y tradicionales, concepto muy importante en el enorme espacio rural de Castilla y León. La propuesta de unificar servicios sanitarios, educativos, sociales y agro-ganaderos en una única UBOST supondría un gran problema para la vida en muchos pueblos de Castilla y León.En el caso concreto de Juzbado, se nos asigna la UBOST SARUR11 (que engloba gran parte de los municipios del alfoz de la ciudad de Salamanca y en el que no apreciamos la menor coherencia geográfica, social, administrativa...), alejándonos de la comarca de Ledesma, nuestro entorno tradicional, pueblo colindante con Juzbado donde se nos prestan servicios sociales (CEAS), donde está nuestra unidad veterinaria de referencia y donde llevamos al colegio e instituto a nuestros hijos. De llevarse a la práctica la ordenación de servicios de competencia autonómica que plantea el borrador, nuestra referencia para los servicios expuestos se alejaría mucho, aumento de distancia que supondría un grave problema para la vida en el pueblo. Resulta especialmente preocupante el mapa por los efectos educativos; hoy nuestros niños van en autobús escolar al colegio e instituto situados en Ledesma, a 11 km. Sería muy perjudicial que se nos adscribiese de modo obligatorio a centros escolares más alejados (en nuestro caso, obviamente, en municipios del alfoz de Salamanca), y no sería en absoluto razonable apartarnos de un entorno educativo cercano para cumplir con un mapa de ordenación: se crearían problemas donde no los hay. Más aún, significaría también desamortizar de usuarios servicios de la JCyL que hoy funcionan muy bien, como son el colegio e instituto de Ledesma, desaprovechándose la inversión realizada en infraestructuras y personal en el medio rural más cercano, mientras se profundiza en la masificación de centros escolares del entorno urbano (con ratios de alumnos por aula muy superiores).En este sentido, la JCyL puede y debe 'ordenar el territorio', pero no estableciendo límites artificiales y, como he expuesto, perjudiciales para el medio rural, sino aportando soluciones (siempre consultando de manera previa a los municipios sobre sus necesidades reales).Una solución esencial en nuestra zona pasaría, aunque este sea otro asunto, por la ampliación del instituto de enseñanza secundaria obligatoria incorporando bachillerato. Hoy muchos estudiantes terminan en el centro y no tienen un lugar donde continuar sus estudios viviendo en sus casas familiares, es decir, muchos dejan de estudiar. En consecuencia, cada vez más familias deciden de manera prematura dejar la comarca para recalar en la ciudad o alfoz, con la consecuente pérdida de población rural y, de nuevo, el desaprovechamiento de servicios de la JCyL (el colegio y el instituto) de alta calidad. Esto, bajo nuestro punto de vista y con el mayor respeto, sí sería ordenación del territorio.ASÍ PUES, SOLICITAMOS LA RETIRADA DEL MAPA Y EL INICIO DE CONTACTOS CON LOS MUNICIPIOS DE MANERA PREVIA A NUEVAS PROPUESTAS DE ORDENACIÓN. EN TODO CASO, SOLICITAMOS QUE NO SE OBLIGUE A NINGÚN MUNICIPIO A RECIBIR SERVICIOS EN LUGARES MÁS ALEJADOS QUE EN LA ACTUALIDAD.MUCHAS GRACIAS. SALUDOS CORDIALES.FERNANDO RUBIO DE LA IGLESIAALCALDE DE JUZBADO (SALAMANCA)
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  • Administrador #1  •  28/01/2016 17:49:50

    Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Lo que se presenta ahora en el Portal de Gobierno abierto es sólo un Borrador que ha sido diseñado a partir de los estudios de zonificación elaborados para cada provincia por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Con ello se pretende conocer la opinión de los ciudadanos y darles participación en este asunto de Comunidad. Al terminar este período de participación comenzará la tramitación prevista en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) para la aprobación del Mapa y, durante la misma, tanto la diputación provincial correspondiente como la totalidad de los municipios de la misma tendrán la oportunidad de manifestar su opinión sobre su ubicación en una determinada UBOST rural.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales,. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas, a corto plazo, por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales, a través de las mancomunidades de interés general.Debe indicarse, en relación con el contenido de su sugerencia en lo que respecta a la retirada del borrador del mapa de UBOST, informarle que es la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO), aprobada por las Cortes de Castilla y León de forma mayoritaria por los grupos políticos presentes en la cámara, la que en sus artículos 4 y 6 regula la UBOST rurales, y la obligación de elaborar un mapa donde se delimiten estas unidades básicas, por lo tanto la Junta de Castilla y León no puede desoír un mandato legal y está obligada a elaborar la propuesta de mapa para su posterior aprobación por una norma con fuerza de ley de las Cortes de Castilla y León. En cuanto a su afirmación de que se unifican servicios sanitarios, educativos, sociales y agro-ganaderos en una única UBOST, esto no es así sino como regula la LORSERGO en su artículo 11, dependiendo de qué tipo de prestación así será su zonificación en UBOST, es decir, se aplicará la siguiente escala de unidades básicas de ordenación y servicios del territorio:a) Para la prestación de la asistencia sanitaria, cada zona básica de salud deberá coincidir con una unidad básica de ordenación y servicios.b) Para la prestación de los servicios sociales básicos, cada zona de acción social deberá comprender un mínimo de una unidad básica de ordenación y servicios y un máximo de tres.c) Para la prestación de la educación obligatoria, cada zona educativa deberá comprender un mínimo de una unidad básica de ordenación y servicios y un máximo de cinco.d) Para la prestación de los servicios de salud pública, cada demarcación de salud pública deberá comprender un mínimo de dos unidades básicas de ordenación y servicios y un máximo de seis.Con estas posibilidades de zonificación quedarían cubiertas sus demandas en cuantos a traslados sanitarios y educativos que se plantean.En todo caso, el contenido de su sugerencia será tenido en cuenta y se examinará conjuntamente con las restantes propuestas de modificación del Borrador de Mapa de UBOST que puedan realizarse a lo largo del presente proceso de participación, tanto las formuladas por ciudadanos, como las procedentes de otras instituciones y de las entidades locales de la provincia, y se revisará y rectificará, en su caso, durante la tramitación del Mapa si se considera finalmente conveniente atender tales propuestas.

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