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Ayuntamiento de Brazacorta


Código de la propuesta: CYL-2015-12-3869

Nota: El Ayuntamiento de Brazacorta (Burgos) ha dirigido por escrito a la Administración autonómica la sugerencia que puede verse en el siguiente enlace:http://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Brazacorta.pdf
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  • Administrador #1  •  28/01/2016 11:31:04

    Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas, a corto plazo, por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales.Debe indicarse, en relación con el contenido de su sugerencia en lo que respecta a la retirada del borrador del mapa de UBOST, informarle que es la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO), aprobada por las Cortes de Castilla y León de forma mayoritaria por los grupos políticos presentes en la cámara, la que en sus artículos 4 y 6 regula la UBOST rurales, y la obligación de elaborar un mapa donde se delimiten estas unidades básicas, por lo tanto la Junta de Castilla y León no puede desoír un mandato legal y está obligada a elaborar la propuesta de mapa para su posterior aprobación por una norma con fuerza de ley de las Cortes de Castilla y León. En cuanto al objetivo de clarificar, delimitar y asignar las competencias de cada una de las Administraciones, y en el caso de aquellas de difícil atribución o de función concurrente, se establezca el mecanismo o protocolo adecuado de coordinación entre las administraciones implicadas a efectos prestar adecuadamente los servicios encomendados, precisamente a ese objetivo va encaminada la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio, en lo referido a la constitución de las mancomunidades de interés general para mejorar los servicios locales prestados a los ciudadanos ofreciendo a las Entidades Locales de Castilla y León nuevas fórmulas de gobierno y administración local.Otra cuestión bien distinta es la debida coordinación entre Administraciones, que también regula la LORSERGO con la creación en su artículo 15 de las Comisiones Provinciales de Colaboración de políticas públicas en el territorio, para arbitrar los mecanismos de colaboración oportunos entre las distintas administraciones para el ejercicio de competencias concurrentes que respectivamente puedan tener atribuidas, y en cuanto a la eliminación de duplicidades, que también regula la LORSERGO en la Disposición final séptima donde se regula que se revisará la normativa sectorial y, en su caso, se modificará o propondrá la modificación de la misma, bajo el principio de la simplificación del ordenamiento jurídico autonómico, estableciendo de modo preciso las atribuciones de competencias y funciones que corresponden a la propia administración autonómica y a los entes locales, con el fin de evitar duplicidades, tanto en la prestación de servicios como en la adopción de medidas de fomento.En todo caso, el contenido de su sugerencia será tenido en cuenta y se examinará conjuntamente con las restantes propuestas de modificación del Borrador de Mapa de UBOST que puedan realizarse a lo largo del presente proceso de participación, tanto las formuladas por ciudadanos, como las procedentes de otras instituciones y de las entidades locales de la provincia, y se revisará y rectificará, en su caso, durante la tramitación del Mapa si se considera finalmente conveniente atender tales propuestas

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