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(2017/11) Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos (Cerrado)

En qué consiste

La modificación del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, desvincula la selección del personal temporal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la superación de ejercicios en procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, pasando esta circunstancia a considerarse un mérito predominante objeto de valoración.

El decreto que se encuentra en tramitación desarrolla el citado precepto. A tal efecto diseña un procedimiento basado en un sistema de bolsas únicas y abiertas por cada cuerpo, escala, especialidad o en su caso por cada competencia funcional o especialidad, que se iniciará por convocatoria pública. Este sistema evitará el grave problema ocasionado por el agotamiento de las bolsas, ya que permitirá que la Administración disponga de forma permanente de listados de candidatos susceptibles de llamamiento.

El nuevo decreto clarifica además la distribución de competencias en esta materia, determinando a qué órgano le corresponde convocar las bolsas, constituirlas, gestionarlas, hacer los llamamientos y penalizar. Así mismo habilita a la Consejería competente en materia de función pública a dictar una Orden de bases comunes y recoge su contenido mínimo. También establece un catálogo de penalizaciones y por último, limita la posibilidad de recurrir a convocatorias específicas en supuestos excepcionales.

El uso de las nuevas tecnologías resultará clave en la gestión del nuevo sistema de bolsas. De este modo se pretende dar respuesta a las exigencias que en materia de administración electrónica derivan de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 2 de noviembre de 2017.

¿Le gustaría hacer alguna observación sobre el nuevo sistema de selección de personal temporal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León?

Posibilidad de cambiar de provincia y opción a varias y eliminación de suspensión para poder optar a otros cuerpos para mejorar

30/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117284

1º Se debería recuperar la posibilidad de inscribirse en varias provincias ya que es habitual el agotamiento de las bolsas en provincias pequeñas.2º También el derecho a cambiar de provincia de bolsa si tus circunstancias personales lo motivasen.3º Eliminación de la suspensión del resto de bolsas en los distintos cuerpos por el mero hecho de que se esté trabajando en la Junta. Es discriminatorio porque no se puede mejorar profesionalmente si estás interino, te obligan a renunciar para poder darte de alta en el resto de cuerpos.4º Eliminación del tiempo trabajado para poder volver al mismo puesto de salida de la bolsa cuando se acabe la sustitución o contrato.5º Que se cuente como mérito la formación y el tiempo trabajado para la puntuación de la bolsa. Es una manera de ayudar al empleado a no tener que dejar el sector público, y ganar en experiencia méritos en la Administración.

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No aparecer en suspenso en otros cuerpos cuando estás trabajando en la misma Administración.

30/10/2017  •  1 comentario  •  Ana#117347

Es injusto que no puedan llamarte de un cuerpo superior cuando estas ya trabajando, no pudiendo optar a una mejora de empleo, incluso cuando se está mejor situado en esas bolsas o esas bolsas son mucho más actuales que la que se está trabajando.

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Eliminicación del tiempo trabajado y suspensión

30/10/2017  •  1 comentario  •  María#117403

Cuando un interino finalice su contrato, independientemente del tiempo trabajado, no vaya al final de la lista sino al puesto que sus méritos le computen o al que originariamente ocupaba ya que sino dejaremos que personas altamente cualificadas y preparadas sean sustituidas por otras sin ninguna experiencia ni mérito.Me parece muy injusto que en caso de estar trabajando en la Administración, independientemente del puesto que se ocupe, se quede automáticamente suspendido del resto de bolsas de empleo, privando a la persona de la posibilidad de mejorar de puesto de trabajo o cambiar de provincia si se diera el caso.

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No incorporar la DISPOSICÓN TRANSITORIA, y adecuar las bolsas actuales a la nueva normativa.

01/11/2017  •  1 comentario  •  Mayte#117458

Los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para entrar en la función pública, recogidos también por la Ley 7/2015, no son atendidos por la normativa que regula las actuales bolsas de empleo. Impidiendo:1.- seleccionar más de una provincia2.- pasando al último puesto si te han llamado de la bolsa y estás más de 6 meses.La disposicón transitoria no debe aplicarse y las actuales bolsas de empleo, deberán de ajustarse al nuevo decreto permitiendo seleccionar las provincias y no pasar al último puesto una vez se reingrese a la bolsa.

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Indicación de los datos concretos de la plaza RPT ofertada

30/10/2017  •  1 comentario  •  Raúl#117512

Al llamar para ocupar como interino una plaza ofertada deberían informar de los datos concretos de una plaza: Nº de RPT, motivo por el cual esa plaza está vacante, duración estimada de la misma, etc. Si se desconocen los datos de la plaza no puedes tomar una decisión que puede ocasionar graves perjuicios en determinadas circunstancias. Además deberían , estos datos deberían publicarse y así cumplir con la ley de transparencia.

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Publicación mensual del estado de la bolsa de empleo con las posiciones reales de los aspirantes

31/10/2017  •  1 comentario  •  Nuria Fernández#117559

Que se publique mensualmente la situación de los aspirantes en la bolsa. Si han sido llamados y están contratados, si están en espera de llamamiento o si están excluidos por alguna circunstancia. De este modo la transparencia será mayor. De la manera en que están ahora las bolsas, no se conoce en qué posición está el aspirante realmente , sólo se conoce el número que ocupaba en la lista tras el proceso selectivo.

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Cómo establecer la valoración de méritos para bolsa

30/10/2017  •  1 comentario  •  ALEV#117600

Que para la composición de la bolsa de empleo prime la nota de los exámenes sobre la experiencia laboral. Es decir, que los méritos sean un aspecto a sumar pero no determinarte (70 % nota de examen+ 30 % méritos / 80 % nota de examen + 20 % méritos) a la hora de ocupar una posición en la bolsa, así garantizaríamos contar con efectivos que tuvieran alta formación y experiencia laboral y no con efectivos que cuenten ÚNICAMENTE con experiencia laboral.Que sean valorados los exámenes superados en las últimas convocatorias estableciendo en orden de prelación según nota obtenida.Que las personas que no hayan superado ninguna prueba del proceso selectivo del que deriva la bolsa de empleo no puedan estar situadas en la bolsa por encima de aquellas que sí que las hayan superado. Evitando así que personas que acumulan muchos años de trabajo en la administración, pero que no hayan superado ninguna fase de los procedimientos selectivos, puedan estar mejor situadas en las bolsas de empleo que aquellas personas que sí han superado alguna/s fase/s del procedimiento. Se trata, en definitiva, de garantizar el principio de OBJETVIDAD en el acceso al empleo público.Que no sea valorado ningún mérito de los aportados si en las tres últimas convocatorias no se ha superado al menos un examen del procedimiento selectivo del que deriva la bolsa.Que sea valorada la formación académica y complementaria: títulos universitarios, máster, cursos colegios profesionales, universidades, idiomas certificados… etc. Si apostamos por una administración con efectivos formados que lo sea en todos los aspectos y no únicamente aportando experiencia laboral.

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No caer al ultimo lugar de la bolsa despues de trabajar 6 meses. No estar en suspenso en otros cuerpos cuando trabajas en uno

30/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117671

1) Cuando un interino cese porque se ocupa su plaza por un titular o por lo el motivo sea, independientemente del tiempo trabajado, no debería de ir al final de la bolsa sino al puesto que ocupaba inicialmente ya que el puesto que se ocupaba se lo ha ganado con más esfuerzo que las personas que haya por debajo en la bolsa y no es justo ser penalizado y caer al último puesto.2) Por otra parte, no me parece correcto que al trabajar en la administración como interino, al formarse bolsas procedentes de nuevos procesos selectivos en los que participes, se te deje en suspenso en otros cuerpos diferentes al cuerpo donde ocupes plaza interinamente, privando a la persona de la posibilidad de mejorar de puesto de trabajo o cambiar de provincia si se diera el caso. Solo se debe de quedar en suspenso en el mismo cuerpo donde se ocupa plaza en interinidad no en el resto de cuerpos.3) Finalmente, las bolsas no deben de proceder de exámenes sino de méritos, ya que el tiempo trabajado en la administración ha de servir para algo y en ello se aporta experiencia y tiempo de dedicación a la administración, lo cual ha de ser compensado, ya que si se ha trabajado como interino ha sido por la posición ocupada en bolsas. El examen ha de servir como mérito, eso si. 4) Debería servir como méritos el haber trabajado en cuerpos superiores al que se haya de computar méritos. Por ejemplo debería servir como mérito para auxiliar administrativo haber trabajado como administrativo u otro cuerpo superior.

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Varias provincias

30/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117636

Permitir que quienes estén en una bolsa de empleo puedan optar a ser llamados en más de una provincia, ya que pueden existir aspirantes a quienes no les importe trasladar su residencia con tal de trabajar.

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Eliminación de tiempo trabajado

30/10/2017  •  1 comentario  •  Alberto#117706

Que cuando un interino finalice su contrato, independientemente del tiempo trabajado, no vaya al final de la lista sino al puesto que sus méritos le computen o al que originariamente ocupaba ya que sino dejaremos que personas altamente cualificadas y preparadas sean sustituidas por otras sin ninguna experiencia ni mérito.

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No eliminar de la bolsa si estás trabajando en otra Administración o en una empresa bien sea privada o pública

31/10/2017  •  1 comentario  •  SUSANA#117740

Me parece injusto que por está trabajando en otra Administración o en una empresa bien sea privada o publica te quiten de la bolsa cuando te llaman para una vacante. Solicito que te pongan en suspenso hasta que finalice la situación laboral en la que estás en el momento del llamamiento.

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La experiencia es fundamental

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117771

La experiencia es fundamental. A modo de ejemplo prefiero que me opere un médico interino con 20 años de experiencia en quirófano a que lo haga el número 1 de la oposición pero que jamás ha realizado ninguna intervención

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Ante llamada para interinidad,si estás de interino en otra Administración,que no te borren de bolsa y suspendan efectos hasta reactivación

30/10/2017  •  1 comentario  •  Fermín.#117799

Ante la llamada para una interinidad, si estás de interino en otra Administración distinta (Ayuntamiento, Diputación Provincial..etc) en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y Leon, propongo que no te borren de la bolsa respectiva de esta Administración de Castilla y León y suspendan los efectos, hasta una ulterior reactivación, motivada en la finalización de aquella relación de empleo temporal.Propongo una posibilidad de suspensión que ya existía, con anterioridad, en la regulación de las bolsas de empleo y que se mantiene en la regulación de otras Administraciones cercanas. Una propuesta que, en mi opinión, es de justicia para opositores, que hemos sacado buenos resultados en los procedimientos selectivos, sin poder sacar la plaza y, a la vez, eficaz para la Administracion, para que, no se agoten con tanta celeridad las bolsas de empleo, pudiendo reactivarse los interesados, que así lo deseen, cuando finalice su relación de empleo temporal en otra Administración. Espero que mi propuesta les sirva y sea tomada en consideración. Gracias por su atención.

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no valorar la experiencia/antiguedad como merito en puestos del cuerpo general (auxiliar administrativo, administrativo,gestion,sueprerior

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117824

las bolsas de empleo de cuerpos generales (auxiliar administrativo.administrativo.gestion, superior) no se pueden generar en base a criterior de merito o experiencia.por justicia deberia ser por procesos selectivos no x meritos generados por experiencia..se pierde el principio de igualdad claramente...cuando dicha experiencia no aporta nada positivo a estos cuerpos , mas allá de en aspectos basiquisimos).Como todos sabemos,cuando accedes alguno de estos cuerpos, de poco sirve tu experiencia ( quiero decir: si has estado cuatro años siendo auxiliar administrativo en agricultura y ahora te toca ir a empleo,,todos sabemos que no tienen nada que ver. ni las tareas a realizar ni los programas a usar, etc etc)..no seria justo..que una persona que en su dia y porque las bolsas se movian mas hace diez años..ahora sume puntos en unos procesos selectivos totalmente distintos.y en los que la experiencia no aporta nada..si esto fuera asi..trabajarian siempre los mismos y se perjudicaria claramente a las personas que se han sacado mejor nota en los examenes. se podria alargar mas la explicacion,,pero no quiero que quede muy largo y creo que queda clara la reflexion..se aceptan sugerencias. un saludo

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Activación en bolsas fuera de campaña.

31/10/2017  •  1 comentario  •  CGT Soria#117847

Que los trabajadores fijos-discontinuos y temporales interinos, puedan estar activos en las bolsas de trabajo de la JCYL, durante los períodos en que no existe actividad laboral debido a encontrarse fuera de campaña.

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Selección de personal interino

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117869

Por justicia, el desempeño de un puesto de interinidad debería depender de la participación en un proceso de selección, el mérito por excelencia para conseguir una administración de calidad.Las bolsas de empleo en los últimos años no se agotan, son muchas las personas que están esperando a ser llamadas sin que esto ocurra. Fue en los inicios, en 2003, cuando se agotaban, también las condiciones económicas y objetivos de la administración eran distintos.Sería beneficioso eliminar la condición de suspenso cuando los incluidos en la bolsa se encuentre trabajando, y que el interesado pueda elegir en qué categoria o puesto quiere trabajar, le corresponde por haber participado en un proceso de selección.

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No valorar antigüedad como méritos

30/10/2017  •  1 comentario  •  Roberto#117889

No se debería valorar la antigüedad como un mérito en la administración, o al menos limitarla a un periodo máximo de un año, ya que hay personas jóvenes, en según qué puestos, que están mucho mejor formadas y capacitadas para desarrollar el trabajo que otras personas que han tenido la 'suerte' de conocer a alguien en el momento que había que hacer una contratación y no había bolsa disponible y llevan toda la vida en la administración, con lo que han demostrado justamente lo opuesto, que están en la administración no por sus conocimientos sino por su amistad, ya que después de tanto tiempo en la administración deberían haber sido capaces de superar cualquier proceso selectivo y obtener la condición de fijos en la administración pública en las numerosas pruebas a las que se hayan presentado.

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No debería prohibirse que un funcionario de carrera de un cuerpo inferior, no pueda optar a una plaza de interino de un cuerpo superior

31/10/2017  •  1 comentario  •  Est#117908

Si un funcionario de carrera por ej auxiliar administrativo se presenta por turno libre al cuerpo de gestión y queda en un puesto en dicho proceso selectivo que le permitiría acceder a dicha bolsa de internidades de gestión, es absolutamente injusto que no pueda hacerlo. Es cortar toda posibilidad de mejora de puesto y de retribuciones. Y más cuando un interino puede optar a ello.

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Reduccion de jornada 100%

31/10/2017  •  1 comentario  •  MARIA GARCIA#117942

Que cuenten las reducciones de jornada 100%, como antes, o por lo menos los años antea de qe se podia rechazar cuente como 100%, ya que era obligatorio a cogerlo.

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Aplicación del decreto relacionado con las reducciones de jornada con carácter retroactivo.

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117925

Hubo un tiempo en el que, si te llamaban para cubrir una reducción de jornada era obligatorio aceptarla; de hecho, la única ventaja era que se contabilizaba una puntuación del 100% en bolsa, como motivo de dicha obligación. En 2013, creo recordar, se publicó un por el cual no era obligatorio aceptar estas jornadas parciales, y así mismo, pasaban a puntuar en bolsa con su porcentaje real. El problema está en que esta aplicación se llevó a cabo con carácter retroactivo, cosa ilegal en cualquier ámbito, y tremendamente injusta para el personal que, repito, fue obligado a aceptarlo.Deberían corregir este tema tanto en la actual, como en futuras bolsas.

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Mérito prioritario superación exámenes.

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117959

Me refiero a los Cuerpos de Administración General en los que la experiencia aporta poco. Además me parece una tomadura de pelo que precisamente ahora cambien la normativa cuando hemos estado años esperando convocatorias y éstas han sido ínfimas.. Nos hemos partido el lomo para al menos sacar un buen puesto en la bolsa y ahora resulta que lo cambian todo y vale más la experiencia que el estudio y el esfuerzo. Bonita manera de retener población joven en CyL...echándonos a patadas.

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Debe primar la nota obtenida en el proceso selectivo

02/11/2017  •  1 comentario  •  Selene#117971

Este proyecto de Decreto tal y como está planteado, no respeta el principio de igualdad. Hasta la fecha los candidatos incluidos en las bolsas quedaban ordenados obedeciendo de forma estricta a su puntuación en el proceso. Entiendo que así se reconoce el esfuerzo de los opositores y se premia con trabajar antes a los que se han quedado a las puertas de aprobar.Si lo que se valoran son los méritos se discrimina a los nuevos aspirantes que pueden estar muy bien formados y sin embargo no han tenido la oportunidad de trabajar todavía.Por otra parte accederán a los puestos personas que acumularán experiencia y cursos pero que es posible que no hayan estudiado un temario actualizado y no tengan ni idea de cómo trabaja la Administración en base a las últimas reformas normativas de procedimiento administrativo, administración electrónica...

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Predominio de la participación en el procedimiento

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117992

Que una persona que no participe en el procedimiento selectivo no pueda estar por encima de otra que si ha participado por muchos méritos que tenga la primera. Así se prima a las personas que han estudiado y tienen los conocimientos frescos.

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Readmisión en la bolsa de empleo ante un despido.

31/10/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#117982

Si estás trabajando en el empresa privada y te llaman de la bolsa de empleo, pero el trabajo de interinidad no te interesa, por ejemplo pq la duración es muy corta, que te suspenda de la bolsa de empleo, pero no te eliminen, y cuando seas despedido vuelvas a ocupar tu puesto en la bolsa de empleo.

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¿Igualdad, mérito y capacidad en la nueva normativa?

01/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#118002

Las últimas convocatorias de empleo público de la Junta de Castilla y León datan de 2009. Desde esos años llevan funcionando las correspondientes bolsas de empleo, incluso me consta que existen interinos trabajando desde aquella, llevando la friolera de 5, 6 o incluso 7 años. Las últimas ofertas de empleo público “decentes” corresponden a los 2015 y 2016. Curiosamente, ha sido tras la celebración de los diferentes procesos selectivos y la constitución de sus correspondientes bolsas de empleo cuando la Junta se descuelga con un proyecto de reforma en el funcionamiento de estas, desvinculando la selección del personal temporal de la superación de ejercicios en procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, pasando esta circunstancia a considerarse un mérito predominante. Con la forma planteada en este proyecto de reglamento, los únicos beneficiados son, claramente, aquellos que llevan años formando parte de estas bolsas y han sido llamados en alguna ocasión. Es decir se pasa a premiar a los que son o han sido interinos, y se perjudica el acceso de los demás, a los “nuevos”. La valoración de esta experiencia profesional es la circunstancia que más desvirtúa los tan citados principios de igualdad, mérito y capacidad. Unos principios que solo se pueden valorar de forma objetiva midiendo los conocimientos, con procesos transparentes. Pensemos en un recién titulado, o un parado de larga o corta duración, que opta por tratar de acceder a la función pública y que deja todo para pasar interminables jornadas de estudio delante de los libros. Y que tras mucha lucha queda fuera del proceso selectivo por no superar el último ejercicio ¿Alguien sabe explicarme cómo no habiendo trabajado nunca en la Administración puede aspirar a formar parte de una bolsa de estas características y tener la oportunidad de trabajar si no es aprobando algún examen?Efectivamente el Estatuto Básico del Empleado Público establece que la selección de los funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. De nuevo, mi pregunta es: ¿realmente estarán en situación de igualdad, mérito y capacidad las personas que llevan años y años trabajando como interinos sin sacar plaza porque no ha habido procesos selectivos (o porque no han estudiado ABSOLUTAMENTE NADA) y la gente que nunca ha trabajado en la Administración pero que ha logrado llegar en estos procesos hasta los últimos ejercicios? Estos últimos que se olviden de hacerlo, será prácticamente imposible. Hay incluso cuestiones que rozan los límites del “surrealismo”. Y es el sistema de bolsas o listas abiertas propuestas en el reglamento, ni siquiera exige que estas se encuentren constituidas por aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma, y que de nuevo solo se considerará un mérito predominante. Es decir, los que lleven años en la Administración ni siquiera tendrán la obligación de al menos firmar el examen. ¿Esto es igualdad, mérito y capacidad?Por otra parte, es muy general la afirmación de que existen graves problemas ocasionados por el agotamiento de las bolsas. Sirvan como ejemplo las bolsas de los cuerpos generales surgidas de los últimos procesos selectivos de 2009. Ninguna de ellas está agotada, habiéndose realizado llamamientos a lo largo de esto este año 2017.Creo que solo justificaría la configuración de una nueva bolsa solo en el caso de que realmente se agoten, algo que no ocurre en la gran mayoría de las bolsas que actualmente se encuentran abiertas. Un paseo virtual por la web de la Junta de Castilla y León da buena cuenta de ello. Esperando sean tenidas en cuenta estas consideraciones, reciban un cordial saludo.

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