Código de la propuesta: CYL-2017-10-4369
Que una persona que no participe en el procedimiento selectivo no pueda estar por encima de otra que si ha participado por muchos méritos que tenga la primera. Así se prima a las personas que han estudiado y tienen los conocimientos frescos.
El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, otorga un valor predominante a la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta Pública de Empleo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.