Código de la propuesta: CYL-2017-10-4355
Que cuando un interino finalice su contrato, independientemente del tiempo trabajado, no vaya al final de la lista sino al puesto que sus méritos le computen o al que originariamente ocupaba ya que sino dejaremos que personas altamente cualificadas y preparadas sean sustituidas por otras sin ninguna experiencia ni mérito.
Se acoge esta alegación y se considera oportuno que la reincorporación a la bolsa se produzca en el orden que establezca el listado de candidatos vigente.