En qué consiste
La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León ha iniciado los trámites para la aprobación de un nuevo decreto que regule la tipología de centros de servicios sociales para cuidados de larga duración y para la regulación de las ratios mínimas de personal que han de prestar servicios en los mismos.
La Ley 3/2024, de 12 de abril, reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, establece, en su Disposición Final Primera, que habrá de procederse al desarrollo normativo relativo a las ratios mínimas de los centros de servicios sociales para cuidados de larga duración. Desarrollo que se lleva a efecto a través de la tramitación de este decreto.
Así mismo, y con el fin de dar claridad y concreción a determinados aspectos referidos a los distintos tipos de centros para cuidados de larga duración, dicho decreto procede a su regulación para una mejor definición de los mismos.
Todo ello, además de dar cumplimiento al mandato legislativo contenido en la Ley 3/2024, de 12 de abril, ya citada, persigue dar continuidad a la aplicación del modelo de atención integral centrada en la persona y a la consolidación de los derechos subjetivos de los usuarios del sistema de servicios sociales.
¿Considera que el Proyecto de decreto en tramitación aporta claridad y comprensión a los aspectos regulados en su contenido?
21/03/2025 • 1 comentario •
la tendencia de servicios sociales a eliminar todo atisbo de personal sanitario es intolerable, sobre todo para aquellos que apreciamos la salud de nuestros mayores.
21/03/2025 • 1 comentario •
Debe existir en los artículos referentes a ratios unos mínimos de personal en presencia en cada turno respecto a número de residentes. No ponerlo significa que podría haber días sin ningún personal.
15/03/2025 • 1 comentario •
La no inclusión.de la figura de la enfermera y del fisioterapeuta es un error
21/03/2025 • 1 comentario •
Necesidad de establecer una relación clara y detallada de las profesiones sanitarias en los centros de servicios sociales para cuidados de larga duración Inclusión expresa de la Terapia Ocupacional
20/03/2025 • 1 comentario •
En contra de la excepcionalidad de que se puedan contratar personas sin ningún tipo de titulación ni cualificación profesional aunque sea sólo temporalmente pues sabemos todos lo que encierra eso.
20/03/2025 • 1 comentario •
Los beneficios que aporta un t.o son demasiado elevados como para convertirlos en opcionales.
20/03/2025 • 1 comentario •
La eliminación de personal sanitario en los centros de cuidados de larga duración supone una amenaza a la seguridad y dignidad de los usuarios
21/03/2025 • 1 comentario •
Es importantísimo la presencia de terapeutas ocupacionales en el día a día de las personas mayores.
20/03/2025 • 1 comentario •
Este decreto también hace de los Terapeutas Ocupacionales o Fisioterapeutas como presecindibles. Y sin ellos que Calidad de vida les quedará a los Residentes Dependientes? Que son prácticamente el 80%