En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La vigente Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León acumula un número muy elevado de modificaciones, tanto por la necesidad de adaptarse a las sucesivas reformas que ha experimentado la legislación básica estatal como por las actualizaciones que necesariamente han debido realizarse para adecuar la normativa autonómica a la propia evolución de la función pública.
A la vista de ello, se hace preciso actualizar, clarificar y simplificar la normativa autonómica sobre la materia, resultando aconsejable la elaboración de una nueva ley que desarrolle adecuadamente el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se trata de aprobar una ley que dote de estabilidad a la materia, se adapte mejor a la sociedad actual y a una Administración cada vez más moderna, y proporcione la necesaria seguridad jurídica a los funcionarios públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Documentación adicional
Anteproyecto de Ley de Función Publica de Castilla y León (PDF | 705 KB)
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23/10/2024 • Sin comentarios •
¿No hay un código ético autonómico? ¿Por qué no se hace referencia a él en este artículo?
26/10/2024 • Sin comentarios •
¿Dónde está el Plan Anual Normativo en el que debería encontrarse incluida esta norma, conforme a lo previsto en el art. 132 de la LPAC?
28/10/2024 • 3 comentarios •
Sugerencias al texto de la futura Ley de Función de Pública de Castilla y León
23/10/2024 • Sin comentarios •
Disposición adicional segunda. Integración en cuerpos y escalas de Administración especial.
25/10/2024 • Sin comentarios •
Los Farmacéuticos en base a su formación están capacitados y deben tener entre sus funciones la Seguridad alimentaria y el control oficial de alimentos.
25/10/2024 • 1 comentario •
Este artículo no tiene desperdicio, os invito a leerlo
27/10/2024 • Sin comentarios •
Ha de ser oída la Comisión Superior de Personal, que no sabemos por quién está compuesta ni cuáles son sus funciones
22/10/2024 • 1 comentario •
El artículo 91, el punto 2 esta mal redactado y dicho artículo no garantiza el derecho del funcionario a conservar su derecho adquirido en el puesto de trabajo definitivo.
26/10/2024 • Sin comentarios •
Totalmente de acuerdo con la aportación del Presidente del Consejo del COGITI. Jose Antonio Galdon
24/10/2024 • Sin comentarios •
Podría vulnerar el derecho a la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera
24/10/2024 • 19 comentarios •
Incumplimiento del TREBEP para los Graduados en Ingeniería, impidiendo su acceso al Sub. A1 Incorrecta utilización del término Ingeniero Superior
18/10/2024 • Sin comentarios •
Duda sobre titulaciones previas al MECES
25/10/2024 • Sin comentarios •
Debería excluirse de las mismas, de manera expresa, a los (mal llamados) representantes de los trabajadores
22/10/2024 • Sin comentarios •
Respetar la actual redacción del apartado 6 del art. 15 de la LFPCyL
21/10/2024 • Sin comentarios •
Que los funcionarios no tengan menos derechos que los trabajadores y personal laboral. Que se nos aplique el artículo 37.9 del Estatuto de los trabajadores.
21/10/2024 • Sin comentarios •
Dedicar un número de horas semanales de trabajo para voluntariado
24/10/2024 • Sin comentarios •
FACILITAR EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE LA CONCILIACIÓN FAMILIAR CON LA LABORAL PARA LAS BOLSAS DE INTERINOS
23/10/2024 • 1 comentario •
¿Quién va a evaluar el desempeño por "OBJETIVOS" en la Administración Pública? ¿Para quien van a ser esos complementos? Como se nota que los políticos quieren funcionarios sumisos y CALLADITOS.
28/10/2024 • Sin comentarios •
Validez de titulaciones previas al Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) para el acceso al empleo público y complemento de desempeño.
27/10/2024 • Sin comentarios •
La clasificación de los cuerpos y escalas debe estar en función de la capacidad y la idoneidad en orden al nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar
23/10/2024 • Sin comentarios •
El cómputo del plazo para resolver los procesos selectivos es ilegal, siendo contrario a lo establecido en la LPAC
21/10/2024 • Sin comentarios •
El diseño de la Función Pública de Castilla y León es demasiado generalista, centrado en los Cuerpos Generales, y no se aprovecha el talento de sus especialistas.
28/10/2024 • Sin comentarios •
No se incluyen los puestos en las convocatorias, a diferencia del personal laboral hasta hace poco
23/10/2024 • 1 comentario •
Cuando una persona apruebe una promoción interna a un grupo superior y este en un puesto de Libre Designación debería poder quedarse en su plaza si pertenece a los dos grupos.