En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente sobre teletrabajo ha revelado la existencia de diversos puntos susceptibles de mejora en aspectos tales como la propia definición del teletrabajo, el ámbito de aplicación, los deberes del personal que presta sus servicios bajo esta modalidad, el baremo aplicable y, señaladamente, el procedimiento establecido para la autorización del teletrabajo, que se estima necesario simplificar.
A la vista de ello, se pretende actualizar la regulación de esta modalidad de prestación de los servicios con el fin de garantizar el cumplimiento de su finalidad fundamental –“contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento”, tal y como establece la norma básica estatal–, sin perder de vista las múltiples posibilidades que el teletrabajo ofrece al personal al servicio de la Administración pública, como son la eliminación del tiempo y del coste invertido en los desplazamientos, la conciliación de la vida familiar y laboral o la mayor autonomía en el desarrollo de las funciones encomendadas.
¿Quiere realizar aportaciones al Decreto sobre teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León?
02/12/2024 • 2 comentarios •
Abono de la totalidad o parte de la tarifa de conexión a Internet
03/12/2024 • Sin comentarios •
Colectivos de especial protección: El personal que sufra una enfermedad crónica, certificada por facultativo competente, y que demuestre que el teletrabajo mejora las condiciones personales y laborale
05/12/2024 • Sin comentarios •
1. Incongruencias entre el objeto del teletrabajo y las baremaciones propuestas
02/12/2024 • Sin comentarios •
Valorar como criterios preferentes la residencia en municipios "despoblados", entendiendo por municipios de pequeño tamaño, alejados de capitales de provincia distribuidos por toda la comunidad.
03/12/2024 • Sin comentarios •
art7,van a pedir mínimo 9 meses de trabajo para poder solicitar el teletrabajo, hasta ahora eran 3 meses, NO tiene sentido, ya que en 3 meses ya puedes realizar tus funciones a través de teletrabajo
04/12/2024 • Sin comentarios •
Se deberían valorar las enfermedades crónicas que cursan en brotes y que permiten al trabajador (como es mi caso) poder trabajar y no coger bajas laborales.