En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente sobre teletrabajo ha revelado la existencia de diversos puntos susceptibles de mejora en aspectos tales como la propia definición del teletrabajo, el ámbito de aplicación, los deberes del personal que presta sus servicios bajo esta modalidad, el baremo aplicable y, señaladamente, el procedimiento establecido para la autorización del teletrabajo, que se estima necesario simplificar.
A la vista de ello, se pretende actualizar la regulación de esta modalidad de prestación de los servicios con el fin de garantizar el cumplimiento de su finalidad fundamental –“contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento”, tal y como establece la norma básica estatal–, sin perder de vista las múltiples posibilidades que el teletrabajo ofrece al personal al servicio de la Administración pública, como son la eliminación del tiempo y del coste invertido en los desplazamientos, la conciliación de la vida familiar y laboral o la mayor autonomía en el desarrollo de las funciones encomendadas.
¿Quiere realizar aportaciones al Decreto sobre teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León?
05/12/2024 • Sin comentarios •
Hacer mención y valorar las personas con enferm. que aparecen en RD 1148/2011 y que de otra manera no se tienen en cuenta al no generar a veces minusvalía y sin embargo son consideradas muy graves
02/12/2024 • 2 comentarios •
Abono de la totalidad o parte de la tarifa de conexión a Internet
03/12/2024 • Sin comentarios •
Identificar en las RPTs de cada Consejería los puestos de trabajo que admiten teletrabajo y número de días a la semana. Así cuando se publique un concurso de traslados poder contar con esa información
02/12/2024 • 2 comentarios •
Trato discriminatorio en la baremación de la discapacidad y la dependencia
02/12/2024 • Sin comentarios •
ARTÍCULO 8-bis Serán asimismo susceptibles de ser desempeñados en la modalidad de teletrabajo, aquellos puestos con funciones de inspección.
02/12/2024 • Sin comentarios •
Propongo que el teletrabajo permita, como se hace en la empresa privada, efectivamente teletrabajar, lo que permitiría residir en otra localidad diferente a la del puesto de trabajo