En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La vigente Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León acumula un número muy elevado de modificaciones, tanto por la necesidad de adaptarse a las sucesivas reformas que ha experimentado la legislación básica estatal como por las actualizaciones que necesariamente han debido realizarse para adecuar la normativa autonómica a la propia evolución de la función pública.
A la vista de ello, se hace preciso actualizar, clarificar y simplificar la normativa autonómica sobre la materia, resultando aconsejable la elaboración de una nueva ley que desarrolle adecuadamente el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se trata de aprobar una ley que dote de estabilidad a la materia, se adapte mejor a la sociedad actual y a una Administración cada vez más moderna, y proporcione la necesaria seguridad jurídica a los funcionarios públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Documentación adicional
Anteproyecto de Ley de Función Publica de Castilla y León (PDF | 705 KB)
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22/10/2024 • Sin comentarios •
Respetar la actual redacción del apartado 6 del art. 15 de la LFPCyL
18/10/2024 • Sin comentarios •
Duda sobre titulaciones previas al MECES
24/10/2024 • 1 comentario •
El presente anteproyecto hace un uso y abuso del desarrollo reglamentario de sus preceptos. Absoluta inseguridad jurídica.
27/10/2024 • Sin comentarios •
Se reivindica la titulación de Biblioteconomía y Documentación, Lic. en Documentación y Grado en Información y Documentación para acceder a las escalas de Archiveros y Bibliotecarios y de Ayudantes.
27/10/2024 • Sin comentarios •
Las titulaciones de ingeniero superior y arquitecto superior no existen. Lo que existía hace unos años eran las escuelas técnicas superiores. Pero los títulos no se denominan superiores.
24/10/2024 • 1 comentario •
Establecer en las convocatorias ordinarias de carrera profesional un coeficiente corrector para acreditar el tiempo mínimo de permanencia en los casos de promoción interna.