En qué consiste
Desde la entrada en vigor del Decreto Legislativo 1/2014, de 27 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación esencial de renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León, se han ido aprobando una serie de medidas legislativas dirigidas a favorecer a las personas en situación de vulnerabilidad social que inciden directamente en el articulado contenido en el citado Decreto Legislativo.
En tal sentido, cabe destacar la modificación operada en el sistema de prestaciones por desempleo, aprobada por el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que introdujo el subsidio de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, también denominado «subsidio parcial», derivado de los supuestos en los que el contrato que dé lugar a la prestación de desempleo no sea un contrato a jornada completa, lo que a su vez originó la aprobación, de forma consensuada con la representación del Diálogo Social, de la Ley 1/2015, de 4 de marzo, de modificación del Decreto Legislativo 1/2014, de 27 de febrero, con el fin de permitir el acceso a la prestación de renta garantizada de ciudadanía a los perceptores de un subsidio parcial de desempleo.
Posteriormente, la evolución de la pasada crisis económica motivó la aprobación del Decreto-Ley 1/2016, de 14 de abril, por el que se adoptan medidas extraordinarias para reforzar la cobertura de las necesidades de atención social en el ámbito de la Red de Protección a familias de Castilla y León afectadas por la crisis que, a su vez, vino a plasmar las medidas consensuadas en el Acuerdo del Dialogo Social de 27 de enero de 2016, contemplando una serie de medidas dirigidas a posibilitar la plena inclusión social de las personas que se encuentran en situación de especial necesidad, mediante el refuerzo de la cobertura de la Red de protección a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad, buscando, al mismo tiempo, la debida cohesión y armonización entre los sistemas de protección social y laboral.
El Decreto-Ley 1/2016, de 14 de abril, fue convalidado de forma unánime por el Pleno de las Cortes de Castilla y León, que acordó su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, al objeto de dotar de mayor estabilidad a las medidas recogidas en aquél, aprobándose, en consecuencia, la Ley 4/2016, de 23 de diciembre, por la que se adoptan medidas para reforzar la cobertura de las necesidades de atención social en el ámbito de la Red de Protección a familias de Castilla y León afectadas por la crisis.
Por último, la Ley 4/2018, de 2 de julio, de ordenación y funcionamiento de la Red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León, en su disposición final segunda, al objeto de evitar posibles antinomias derivadas de la dispersión normativa existente en la regulación de la prestación de renta garantizada de ciudadanía, se procede a modificar el texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación de renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014, de 27 de febrero, incorporando aquellas medidas que afectan a la prestación de renta garantizada de ciudadanía recogidas en la referida Ley 4/2016, de 23 de diciembre, por la que se adoptan medidas para reforzar la cobertura de las necesidades de atención social en el ámbito de la Red de Protección a las familias de Castilla y León.
La disposición final sexta de la Ley 4/2018, de 2 de julio, de ordenación y funcionamiento de la Red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León, prevé que la autorización a la Junta de Castilla y León para elaborar y aprobar, incluyendo regularización, aclaración y armonización de textos, en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, un texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación de renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León.
Esta autorización está motivada por la oportunidad de codificar en un único texto, en aras de su mejor conocimiento por los operadores jurídicos, la normativa en materia de prestación de renta garantizada de ciudadanía, la cual se ha visto afectada por las modificaciones operadas por la Ley 4/2016, de 23 de diciembre, por la que se adoptan medidas para reforzar la cobertura de las necesidades de atención social en el ámbito de la Red de protección a las familias de Castilla y León afectadas por la crisis, así como por la Ley 4/2018, de 2 de julio, en la ya referida disposición final segunda, lo que constituye, por ende, el argumento justificativo del texto refundido que ahora se tramita.
Fecha de publicación 19 de septiembre de 2018.
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