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(2018/09) Procedimiento para la elaboración de un Decreto sobre requisitos técnicos y legales de utilización de áridos reciclados procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición y fomente el aprovechamiento de materiales (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública. Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto que regule los requisitos técnicos y legales para la utilización de los áridos reciclados procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición y fomente el aprovechamiento de los materiales contenidos en los mismos.

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Los residuos de construcción y demolición (RCD) son todos aquéllos que se generan en una obra de construcción, reparación o demolición de edificios e infraestructuras de ingeniería civil; así como en excavaciones, rellenos y otros trabajos que modifican el terreno o el subsuelo, con exclusión de la minería. Todos ellos están bajo el epígrafe 17 de la Lista Europea de Residuos. La Ley de Residuos (Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados) establece objetivos cuantitativos de obligado cumplimiento, de prevención y de preparación para la reutilización, reciclado y valorización para este importante flujo de residuos, que suponen la primera categoría de residuos en cuanto al volumen anual generado. El cumplimiento de los objetivos de la Ley pasa por la existencia de un mercado que absorba los materiales recuperados a partir del tratamiento de los RCD, que son, por un lado, los materiales que se pueden separar en origen; y por otro los áridos reciclados obtenidos a partir de las actividades de valorización de la fracción pétrea del RCD, en plantas preparadas para ello. Dicho mercado ha de estar regulado por normas que garanticen tanto la calidad requerida para las técnicas de construcción, como particularmente la protección del medio ambiente y la salud de las personas. Tales garantías podrán impulsar el aprovechamiento de estas materias primas secundarias, que en España se estima que supone el 15-20% de los RCD producidos, mientras que en algunos países de la UE alcanza el 50%. Con ello se pretende dar cumplimiento, además, al Plan Integral de Residuos de Castilla y León, que cuenta con una línea de acción para el “Impulso de la valorización de residuos de construcción y demolición”.

Así, la norma pretende regular los siguientes aspectos: i. Definición de “árido reciclado” y los criterios técnicos mínimos para su utilización como producto en obras ii. Establecimiento de criterios de uso de materiales obtenidos en la gestión de RCD en relleno de huecos mineros y otras obras de restauración, acondicionamiento y relleno iii. Definición de los elementos de control administrativo de las actividades en las que intervengan áridos reciclados y otros materiales o residuos iv. Simplificación administrativa para actividades como la valorización de RCD no peligrosos en la obra en que se han producido v. Criterios de compra verde: uso de áridos reciclados y otros materiales en las obras públicas vi. Establecimiento de una Garantía financiera para la gestión de los RCD, por los riesgos ambientales que supone el almacenamiento de grandes cantidades de residuos vii. Impulso de la adecuada gestión de los RCD considerados residuo doméstico y comercial, mediante la aprobación de ordenanzas municipales que regulen este y otros aspectos de este flujo de residuos

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

El sector de la gestión de los RCD viene demandando el establecimiento de criterios claros y uniformes para la gestión, que aporten garantías jurídicas sobre algunos aspectos clave como la consideración de los materiales recuperados como productos o como residuos; e impulse la demanda de los productos obtenidos en la valorización del residuo. El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, establece las orientaciones para ese aprovechamiento, pero carece de la profundidad técnica requerida en aspectos clave como la definición de qué materiales se consideran inertes y pueden así ser destinados a ciertos usos; o cuáles son los usos constructivos para estos materiales y las normas técnicas de aplicación para dichos usos, así como las prevenciones ambientales de tal utilización. Por otro lado, la Ley de Residuos establece en su artículo 22.1. la obligación de alcanzar el siguiente objetivo: b) Antes de 2020, la cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, con exclusión de los materiales en estado natural definidos en la categoría 17 05 04 de la lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los producidos. En la actualidad se debe avanzar en este sentido y por tanto es oportuno proceder a la aprobación del marco normativo que impulse este logro.

c) Los objetivos de la norma.

Son objetivos de esta norma: .- El impulso de la valorización de residuos de construcción y demolición, para alcanzar los objetivos establecidos por la Ley de Residuos .- El establecimiento de criterios sobre los procesos de valorización y sobre los productos obtenidos, que aporten seguridad técnica a los distintos usos y garanticen la protección del medio ambiente y la salud de las personas .- Avanzar en la simplificación administrativa en el sector, sin reducir el nivel de control sobre las actividades reguladas .- Impulsar la Economía Circular, a través del incremento del consumo de materiales reciclados en las obras públicas de Castilla y León.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Las soluciones no regulatorias desarrolladas desde la publicación del Real Decreto 105/2008 se han mostrado poco eficaces: aun existiendo algunas normas técnicas que permiten la utilización de áridos reciclados en obra, por ejemplo, su implementación en cada obra es potestativa para los proyectistas, promotores y contratistas. Tampoco se ha logrado el necesario nivel de impulso en la adopción de estas técnicas en las obras desarrolladas por el sector público, que además de su indudable importancia en cuanto al volumen de materiales que utilizan y de residuos que generan, tienen trascendencia por su carácter demostrativo y ejemplificador. Por ello se considera imprescindible la adopción de un marco regulatorio de carácter legal.

Fecha de publicación 31 de agosto de 2018

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 09:00 horas del 17 de septiembre de 2018. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

Nueva normativa

05/09/2018  •  Sin comentarios  •  Mª Carmen Martinez#125761

En cuanto a los aspectos que pretende solucionar con la iniciativa:- Importante la definición de árido reciclado, y que el producto que actualmente se genera después de un tratamiento en planta de RCD deje de ser residuo y pase a ser un árido reciclado para distintos usos y por lo tanto con distintas cualidades y calidaes dependiendo de los usos. Solucionando de esta forma el problema actual de considerar residuo tanto lo que entra en una planta de tratamiento como el producto que se obtiene (después de su clasificación, limpieza, cribado y/o machacado)- En estos momentos se está permitiendo el uso de los materiales obtenidos en la gestión de RCD para determinadas obras de construcción, pero dichos materiales deben cumplir con el requisito de ser inertes para poder ser empleados en la valorización paisajística de espacios degradados. Este doble criterio debe ser unificado y que los mismos materiales puedan ser utilizados en ambos usos. Dando con ello una importante salida a nivel cuantitavo a parte de dichos materiales vía restauración minera, siempre y cuando se cumplan con unos determinados requisitos iguales para ambos usos (para que no supongan riesgo ni para las personas, ni para el medio ambiente)- Simplificar la gestión administrativa en las obras de valorización de RCD no peligrosos, tanto en la obra que se han producido, como en otras que tengan las correspondientes autorizaciones y demuestren una línea de trabajo que nos indiquen una trazabilidad en todo la gestión.En cuanto a la necesidad y oportunidad de su aprobación:- Hace años que se viene reivindicando la necesidad de que se apruebe una normativa en la cual sea clara la distinción entre materiales recuperados, aridos reciclados y residuos, en materiales después de su tratamiento en una planta de RCD´s.- Se debe tratar de dar una definición de materiales inertes con unos parámetros viables, no imposibles; ya que actualmente los límites para que un producto sea inerte son tan restrictivos que es prácticamente imposible alcanzar dichos parámetros y por lo tanto dichos productos no tienen otro destino que su acumulación sistemática sin poder encontrar una salida viable a los mismos. Este es un grave problema que tiene el sector en estos momentos y debe ser corregido. - Por todo ello se hace muy necesario conseguir aprobar una norma que priorizando la salud de las personas y la defensa del medio ambiente, también se ajuste a las necesidades y prácticas de la gestión de dichos residuos, para que todo el proceso sea lo más limpio y transparente posible, pero también eficaz, logrando de esa forma los objetivos que se plantea.Objetivos de la norma:• Dichos objetivos pasan porque cumpliendo con la regulación establecida se consigan alcanzar unos niveles de tratamiento de residuos de construcción que en estos momentos no se dan en Castilla y León.• Se debe tender y poner los medios para fomentar el uso de áridos reciclados en las obras que se aprueben, siendo posible desde la administración el valorar dicha utilización como un punto favorable en las licitaciones.• Además debemos tender a la Economía Circular, y en ello hay que tener en cuenta que parte de los productos obtenidos no van a poder ser empleados, sino que van a tener que ser restituidos a su origen (la mayor parte son áridos o productos obtenidos de la actividad minera) volviendo a recomponer zonas de paisajes degradados. Este sería el cierre del círculo y para ello deben revisar los criterios para que esos productos puedan ser recuperados para valorizaciones paisajísticas.• Se pueden alcanzar todos esos objetivos si entre todos tendemos a mejorar el sistema y vamos en la misma dirección. Desde las empresas cometemos también muchos errores, en estos momentos, debidos principalmente a que la normativa es muy restrictiva, cuando en lugares próximos se están realizando las mismas actividades con márgenes más amplios y por lo tanto logrando una mayor eficacia en dicha gestión. Deben tener en cuenta que nosotros además de tratar de cumplir la ley también tenemos que lograr que dicha actividad sea viable, y en estos momentos es muy complicado el aunar ambos criterios. Soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.- En cuanto al uso de estos materiales procedentes del tratamiento de RCD está claro que de forma voluntaria son poco atractivos para el uso en obras.- En otros casos se debe a los trámites administrativos necesarios para su empleo- Se debería a mi juicio, tratar de obtener productos que consigan cumplir con unos parámetros de áridos reciclados (existe marcado CE de dichos productos??) y ya sin más poder ser utilizados, sin necesidad de autorizaciones previas para el uso.- Además la propia administración debería valorar positivamente en las licitaciones de obras el uso de dichos materiales con el fin de fomentar su empleo.- Exigir, via normativa, el empleo de áridos reciclados en partidas importantes de rellenos, subbases, y otro uso en todos los proyectos que se visen.

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Propuestas de AGERDCYL Asociación de Gestores de Residuos de Cosntrucción y Demolición de Castilla y León

16/09/2018  •  Sin comentarios  •  Javier Llorente Muñoz#125773

Propuestas de la Asociación de Gestores de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla y León (AGERDCYL) a “la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto sobre requisitos técnicos y legales de utilización de áridos reciclados procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición y fomente el aprovechamiento de materiales contenidos en ellos”.Los Residuos de Construcción y Demolición (RCD) suponen el mayor flujo de residuos de la UE. Con una gestión adecuada del RCD se recupera el 90% de la porción pétrea pudiéndose convertir en un nuevo recurso como es el árido reciclado.El árido reciclado es el que mayor contribuye a la economía circular en su doble vertiente. Primero, reduce el uso de recursos naturales no renovables (áridos naturales) y, en segundo lugar, introduce en el ciclo de vida del producto de construcción unos áridos con las mismas características que los naturales, garantizando la salud de las personas y la protección del medio ambiente.En relación con la iniciativa del Gobierno autonómico, la Asociación de Gestores de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla y León (AGERDCYL) está plenamente de acuerdo con la misma, al entender que es urgente la aprobación de dicho decreto, pues es necesaria la aprobación de un reglamento autonómico que regule en detalle esta materia, siendo insuficiente la legislación estatal. El diagnóstico de los problemas que se apunta en la consulta es el adecuado, y los aspectos a regular por la norma deben ser al menos los citados por la Administración. También se está conforme con los objetivos básicos de la norma, apuntados en la consulta, sin perjuicio de los desarrollados en el presente documento. Se quiere destacar que una mayor seguridad jurídica y el fomento del uso de RCD supondrá no solo mejorar el cumplimiento de los objetivos ambientales autonómicos vinculados a la economía circular, sino potenciar la actividad económica y empresarial de la comunidad autónoma de Castilla y León, donde existen empresas que podrán reforzar sus planes de inversión.Estando conforme con la iniciativa, que se apoya desde AGERDCYL, el Decreto a aprobar debería perseguir los siguientes objetivos:Garantizar la trazabilidad de los RCD• Determinar el órgano o entidad de control y de exigencia de cumplimiento de la normativa vigente en la Comunidad Autónoma y en todos los Ayuntamientos. Una gran parte de los Ayuntamientos de Castilla y León carecen de ordenanza municipal para la gestión de RCD, y si la tienen, en muchos casos no aplican la fianza o garantía financiera que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en dichas licencias.• Tomar medidas regulatorias concretas que obliguen de manera coercitiva al cumplimiento normativo con sanciones importantes (Principio de quien contamina paga). • Control estricto de los transportistas de RCD, ya que son el primer eslabón de la Gestión de estos Residuos. Con frecuencia se recogen los residuos pero no son entregados a un gestor autorizado, pese a cobrar los costes de gestión y valoración del residuo. La consejería ha dejado de exigir la memoria que se solicitaba a los transportistas por lo que rogamos se vuelva a exigir para poder llevar un control y trazabilidad de los RCD.Plantas con medios suficientes• Revisar el número de Plantas de Gestión de RCD que existen en la actualidad y comprobar que tienen unas instalaciones adecuadas, cuentan con los medios mecánicos y de personal necesarios para realizar una correcta segregación de los materiales impropios al objeto de garantizar el mayor grado de producto pétreo que se pueda convertir en diferentes tipologías de áridos reciclados.• Exigir una fianza o aval a todos los gestores de RCD, a entregar a la Administración autonómica, por valor del importe del tratamiento del residuo que la instalación sea capaz de acumular. Todos los años la administración autonómica deberá realizar una inspección a todos los gestores comprobando los datos de la memoria anual y verificando su cumplimiento. De esta forma, se garantiza que en caso de abandono de la planta por parte del gestor, la administración puede valorizar o entregar a otra empresa gestora el residuo en bruto, devolviendo la parcela a su estado original. Del mismo modo, se conseguiría una mayor rotación del ratio residuo/árido reciclado. También se conseguiría evitar la acumulación indiscriminada de residuos sin valorizar.• Eliminar el concepto de “planta móvil” por el de “valorización en obra”. Para una correcta valorización en obra es preceptivo que venga recogido en el proyecto de demolición; así como en el de ejecución de obra nueva cuál va a ser el uso y la aplicación de estos áridos reciclados. Todo ello para evitar que acaben enterrados en un rincón de la parcela. En todo caso, se tienen que poner en conocimiento de la Administración autonómica las cantidades aportadas a valorización y cuáles se han llevado a gestor autorizado.Fomento del mercado de áridos reciclados• Incorporar el concepto de árido reciclado (como un producto) en el momento que este material cumpla con los requisitos para una aplicación determinada y poner así fin a la condición de residuo.• Los materiales reciclados tienen que cumplir unos requisitos de calidad y seguridad; para ello sería necesario contar con una normalización y certificación de los áridos reciclados así como un MARCADO CE para su comercialización. De acuerdo con el reglamento UE Nº 305/2011 del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen las condiciones para la comercialización de productos de construcción, los Áridos Reciclados de RCD se deberán suministrar con la documentación que acredite que disponen de Declaración de Prestaciones y su correspondiente Marcado CE.• La Dirección General de Carreteras e Infraestructuras debe involucrarse activamente en el fomento del uso de RCD reciclados, desarrollando Guías y catálogos de firmes y unidades de obra con áridos reciclados, conforme a la Instrucción para el Diseño de Firmes de la Red de Carreteras de Castilla y León.• La normativa autonómica debe exigir la utilización de árido reciclado frente a los áridos naturales en los Pliegos de Prescripciones Técnicas en los proyecto de obras que se redacten por cualquier Administración Pública.• Fomento de LA COMPRA PÚBLICA VERDE (CPV) en las licitaciones públicas para el uso de áridos reciclados mediante el pago de plus extra por cada tonelada de árido reciclado utilizado y una mayor puntuación o valoración de las ofertas que incorporen el empleo de áridos reciclados.La ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, señala a la CPV como un potente instrumento para contribuir a la protección del medio ambiente y el fomento del desarrollo sostenible, facilitando la existencia de un mercado o demanda para los productos y servicios respetuosos con el medio ambiente, es decir, que actúe como instrumento tractor de demanda de los materiales reciclados • En licitaciones públicas no se podrá realizar bajas ni en la gestión de residuos ni en la compra de áridos reciclados.• Implantación de medidas fiscaleso Canon a la extracción de áridos naturaleso Tasa disuasiva de eliminación en vertedero a residuos que no vengan previamente de una planta de tratamiento.Operaciones de Restauración, Acondicionamiento o rellenos con materiales RCD.• El relleno con materiales de RCD debe utilizarse como opción de último recurso, según dispone la jerarquía de residuos. Según dispone la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en su artículo 8 establece el principio de jerarquía a la hora de gestionar los residuos. Fija cinco niveles: Prevención, reutilización, reciclaje, valorización y eliminación. Siendo la eliminación la opción menos ecológica y solo se debe aplicar cuando no exista otra alternativa.• Se podrá utilizar material reciclado para relleno siempre y cuando cumpla las mismas condiciones que se le pidan a los áridos reciclados y siempre que esté previsto expresamente en los planes de restauración. No se podrá emplear RCD para relleno de huecos que hayan incumplido previamente los planes de restauración.En Valladolid, a 14 de septiembre de 2018D. Javier Llorente MuñozPresidente de AGERDCYL

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Propuestas del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles de Castilla y León

16/09/2018  •  Sin comentarios  •  Juan Carlos García#125775

Propuestas del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles de Castilla y León Occidental (CITOPIC) a “la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto sobre requisitos técnicos y legales de utilización de áridos reciclados procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición y fomente el aprovechamiento de materiales contenidos en ellos”.El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles de Castilla y León Occidental (CITOPIC) en un claro apoyo a esta iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castila y León; propone que este decreto debería reflejar los siguientes aspectos:.- Puesta en valor del árido recicladoUtilización de un lenguaje positivo en la norma a crear, poniendo en valor lo que se está promoviendo y provocar así un cambio de actitud en los que tiene que trabajar con ella y aplicarla. El empleo de áridos reciclados se tiene que ver como una oportunidad, marcando siempre objetivos en positivo.Plantear el uso prioritario del material reciclado dentro de la misma obra, reflejándolo en proyecto, y que sea el proyectista el que justifique su no utilización o, en caso de no cumplir el árido reciclado en concreto los parámetros buscados, determinar la obligatoriedad de la utilización de otro árido reciclado que sí los cumpla. En vez de hablar de criterios mínimos de aceptación, cambiar la denominación por la de parámetros de aceptación y rechazo de los áridos reciclados. En definitiva, se podría incluso no hacer distinción entre áridos reciclados y árido no reciclados y poner unos parámetros de aceptación y rechazo únicos, puesto que las necesidades de cualidades y de comportamiento de los materiales para la solución técnica adoptada en un proyecto en cuestión son las que son y deberían ser independientes de que el árido sea reciclado o no..- Creación de Comité o Mesa Técnica Es necesaria una norma que unifique todo el trabajo que está haciendo cada una de las entidades, ayuntamientos, comunidad, etc para de esta forma los profesionales de la construcción tener unas instrucciones claras y uniformes en todos los trabajos que desarrollen, evitando de este modo contradicciones y errores y posibilitando, si la norma lo contempla, la mejora continua de procedimientos mediante una revisión continua de la misma. En esta mesa o comité permanente deben estar presentes los colegios, asociaciones y administraciones interesadas y tenga la facultad de revisar periódicamente los requisitos técnicos planteados en la normativa en aras a un mayor dinamismo y mejora continua.- Incentivo de empleo y control de utilización de material recicladoEn el impulso de consumo de materiales reciclados se debería plantear dos acciones interdependientes:1. Los proyectos de obra, contener el correspondiente anejo donde se definiese el volumen de los materiales extraídos en dicha obra (por tipos), los reciclados en la misma obra y los reciclados provenientes de fuera de la obra.2. Obligación en la contratación del proyecto de realizar un seguimiento en la obra de los volúmenes de materiales reciclados y la obligación, por parte de la dirección de la obra, de la justificación de su no utilización, así como, en los casos que proceda su no sustitución por otros materiales reciclados que sí sean adecuados.Se trataría por lo tanto de establecer en cada obra un seguimiento de los materiales reciclados y aprovechando esto, confeccionar un sistema de seguimiento de los materiales reciclados mediante la obligatoriedad de grabar una serie de datos (a través de una plataforma web, por ejemplo) al final de cada obra (se podría exigir por ejemplo dicho informe ya grabado en la plataforma en el acto de la recepción para de este modo si la recepción resulta conforme, validarlo en dicho acto de forma on line puesto que la tecnología actual así lo permite). Este sistema de control con datos más fiables que los actuales en lo que se refiere a materiales reciclados, incentivaría el cumplimiento de objetivos; haciéndose públicas las estadísticas de material reciclado por cada obra y administración. .- Utilización de recomendaciones de ámbito regional Se trata de aprovechar la experiencia de otros trabajos (recomendaciones o guías) con objetivos similares y que ya se están desarrollando; como son las Recomendaciones del CITOPIC para el uso de áridos reciclados y la Guía para la utilización de árido reciclado y recomendaciones para su compra que el CITOPIC está elaborando en colaboración con el clúster AEICE.Valladolid, a 13 de Septiembre de 2018 Fdo.: Juan Carlos García GarcíaSecretario CITOPIC CyL Occidental

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Valorización en obra

04/09/2018  •  Sin comentarios  •  Rosa María Martín GArcía#125759

Buenos días. Creo que es muy importante poder incorporar la valorización de los RCD en obra, ya que muchos de estos residuos valorizados en obras se pueden aprovechar y utilizar en la propia obra. Ahora mismo solo se pueden valorizar los residuos en obra en aquellas obras en la que el propio proyecto lo contempla, por lo que nuestro problema es que en el proyecto esto no suele venir contemplado y no obtenemos esos permisos, y hay que trasladar todos esos residuos al almacén de valorización, con unos consumos de combustible y unos costes muy elevados para que después en la obra se utilicen otros materiales para las operaciones de relleno. Se debe fomentar la incorporación en los proyectos donde se generen RCD la valorización en obra ya que esto es algo aun desconocido porque no suele venir contemplado en el proyecto esta valorización en obra sino que nos obligan a traerlo a la planta de tratamiento.Estos tramites deben ser mas rápidos ya que las empresas nos vemos sometidos a unos plazos que debemos de cumplir para la valorización de los residuos.

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Decreto regulación áridos reciclados procedentes de residuos de construcción y demolición

10/09/2018  •  Sin comentarios  •  Andrés Juan Valdés#125763

Los cuatro aspectos tratados son fundamentales para la correcta gestión y tratamiento de los RCD.Como bien se indica en el texto los RCD son el flujo de residuos más importante en España, en muchos países europeos y en el conjunto de la UE.Es importantísimo aclarar qué es un árido reciclado y marcar de manera clara los requisitos técnicos para su utilización, al menos: composición, desgaste, coeficiente de absorción y cantidad máxima a utilizar en función del uso final.Se debe abrir la posibilidad del uso de áridos reciclados, no solo de hormigón, si no también cerámicos de tipo mixto a la elaboración de hormigones reciclados, tanto estructurales como no estructurales de forma que se abran nuevas vías de reutilización de esta materia prima secundaria.La definición de unas características mínimas del árido reciclado abriría la puerta a que el productor de dicho material ajuste sus procesos en planta, a fin de obtener un material de calidad, más allá de un producto utilizado únicamente para rellenos, caminos rurales, etc.Se debe plantear seriamente, aunque el PEMAR ya lo recoge, el incluir en los pliegos de contratación con la administración la utilización de un % mínimo de áridos reciclados en obras de construcción.

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Sugerencias

14/09/2018  •  Sin comentarios  •  Javier Martínez#125765

I. Los RCD inertes hayan pasado por una planta de valorización para su utilización.II. Definición de árido reciclado aquel que haya pasado por una planta de valorización, incluso el que no cumpla el PG3 (entendiendo que hay usos que no sea necesario el cumplimiento del PG3)III. Implementación de documentos de trazabilidad que lo vinculen a la planta RCD de la que proceden.IV. Nos oponemos a que se valoricen en obra si se trata de RCD, que sólo se puedan valorizar los materiales en estado natural (tierras, áridos, piedras…) definidos en la categoría 170504 procedentes de la excavación.V. La reutilización de RCD´s valorizados se estima en España entre el 15-20%, mientras que en el resto de Europa es del 50%, objetivo que debería alcanzar también España y que tome las medidas para controlar alcanzar dicho objetivo. Una de las medidas que proponemos para alcanzar dicho objetivo es una puntuación extra a las empresas que en la contratación pública propongan opciones con áridos reciclados. Que se exija en los proyectos un mínimo de uso de áridos reciclados por lo menos un 50%.VI. Eliminar la garantía financiera al almacenar grandes cantidades de RCD ya que no se consideran peligrosos por tanto no hay riesgos, siempre y cuando se acredite sus condiciones de almacenamiento correcta. VII. Todos los RCD vayan a una planta RCD para su valorización.

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Rcd´s Valorización / Reutilización

14/09/2018  •  Sin comentarios  •  Anónimo#125767

Buenos días. Gracias por permitirnos dar nuestra opinión y sugerencias a este tema tan complejo como son los RCD`s Valorización / Reutilización. Con respecto a la utilización de material de RCD para árido reciclado, esta muy definida su utilización en distintos textos legales (EHE-08, PG3, Normas UNE, Guía de áridos, ...) tan solo falta el salto para su incorporación de este tipo de material a los proyectos por parte de los redactores o en obra de la Dirección Facultativa. En relación a la utilización en obra, sería bueno simplificar el procedimiento administrativo y transformarlo en una simple comunicación técnica dirigida al órgano competente (JCyL - Servicio de Residuos). Ese documento técnico podría ser un compromiso identificando, procesando y trazando el RCD No Peligroso. Otro factor importante que complica la aplicación es que en el proyecto figure la valorización, lo cual no siempre es así. Puede ser por omisión o por variación de la ejecución, por lo que se podría contemplar la redacción de un documento complementario firmado por la Dirección Facultativa y/o empresa justificando la modificación (valorización/reutilización). Y por último felicitar a la Junta de Castilla y León por el esfuerzo realizado en materia de Residuos de Construcción y Demolición.

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Comentarios de la Asociación Española de Reciclaje de Residuos de Construcción y Demolición

14/09/2018  •  Sin comentarios  •  Pablo González#125769

Desde RCD Asociación entendemos como prioritario independientemente de los requisitos técnicos y legales, que por parte de la administración se tomen medidas para la obligatoriedad de un porcentaje mínimo de consumo de los áridos reciclados en obras publicas en las que cumpla para una aplicación determinada. Para RCD Asociación los Áridos Reciclados son productos valorizados y se deben tratar como tal, en este sentido la nueva directiva de residuos plantea el cambio en este sentido para algunos productos valorizados y que se debe estudiar caso por caso. “Es importante que los Estados miembros tomen las medidas adecuadas para garantizar que los residuos que hayan sido objeto de una operación de valorización dejen de ser considerados residuos si cumplen todos los requisitos establecidos en el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2008/98/CE en su versión modificada por la presente Directiva.” “Dichas medidas pueden incluir la adopción de legislación por la que se incorporen dichos requisitos, respaldada por procedimientos para su aplicación, como el establecimiento de criterios relativos al “fin de la condición de residuo” para materiales y aplicaciones específicos, documentos de orientación, decisiones caso por caso y otros procedimientos para la aplicación ad hoc de los requisitos armonizados establecidas a escala de la Unión.” a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa 1. Definición de “árido reciclado” y los criterios técnicos mínimos para su utilización como producto en obras. Desde RCD Asociación consideramos que la definición de áridos reciclados no debe diferir de la hecha a los áridos naturales solo debería cambiar el hecho de que la materia prima para su elaboración son RCD, desde nuestro criterio un árido es todo el que cumpla como tal, para ello todos los áridos reciclados deberían contar con un marcado CE. Creemos que se deben diferenciar entre: Áridos reciclados: Que son los que cumplen como áridos para una aplicación determinada y de acuerdo a la normativa actual. Materiales reciclados: Que no cumplen como áridos pero tienen múltiples usos como suelos o en rellenos en general. 2. Establecimiento de criterios de uso de materiales obtenidos en la gestión de RCD en relleno de huecos mineros y otras obras de restauración, acondicionamiento y relleno. Actualmente existe una gran confusión sobre los materiales reciclados que se pueden utilizar en restauración de huecos mineros, consideramos que la utilización de materiales reciclados en la mejor opción teniendo en cuenta que se deben tener criterios de granulometría que desde nuestra experiencia no deberían superar en tamaño los 200 mm. También se debe considerar el tema de la presencia de impropios típicos de este tipo de materiales como son plásticos, madera, papel y cartón, con este tema hemos tenido conocimiento que Agentes Ambientales y SEPRONA han denunciado a canteras que estaban legalmente acreditadas para restaurar con materiales reciclados por considerar que los materiales reciclados contenían muchos impropios, es por esto que desde la Asociación proponemos que para este tipo de materiales se haga el ensayo de UNE-EN 933-11 Clasificación áridos reciclados y se establezcan criterios de la cantidad de impropios permitidos en materiales reciclados para restauración, para los áridos reciclados en el caso de las norma UNE- EN capas granulares se permiten menos o igual al 1% en peso. 3. Definición de los elementos de control administrativo de las actividades en las que intervengan áridos reciclados y otros materiales o residuos. Desde la Asociación consideramos que para los Áridos hay suficientes regulaciones, ya sea desde las normas UNE Europeas o el PG3 de carácter estatal y para los residuos la normativa actual está bastante detallada no obstante hace falta su aplicación real. No consideramos lo mismo para los materiales de restauración donde no existe actualmente ninguna norma que los regule por lo que los responsables de la administración no tienen argumentos legales para su control. 4. Simplificación administrativa para actividades como la valorización de RCD no peligrosos en la obra en que se han producido Estas actividades tienen que ser reguladas de manera que no se preste para posibles malas gestiones, definiéndose con anterioridad al comienzo de la valorización el destino de los áridos reciclados producidos y de los subproductos que se generen en la obra, ya que como ha ocurrido en otras comunidades autónomas los “áridos reciclados” terminan acopiado indefinidamente en la parcela donde se produjeron y reciclaron. Para reciclar en obra es necesario que se contemple en el estudio de gestión que debe acompañar al proyecto técnico en la solicitud de licencia de obra, el estudio debe estimar las cantidades de RCD producidas y cuales se reciclarán en obra, y la licencia debe contemplar estos aspectos. Las empresas que realicen la gestión deben estar debidamente autorizadas 5. Criterios de compra verde: uso de áridos reciclados y otros materiales en las obras públicas Sin la obligatoriedad del uso en todas las obras publicas de los áridos y materiales reciclados consideramos que no se avanzaría en este tema. Por otro lado, cualquier incentivo de carácter fiscal o ayudas para el uso de áridos reciclados seria beneficiosa para la comercialización de los áridos reciclados. Desde la asociación consideramos que se debe aplicar un canon de vertido a los RCD que van a vertedero y que este se debe invertir para incentivar el uso de los áridos reciclados. 6. Establecimiento de una garantía financiera para la gestión de los RCD, por los riesgos ambientales que supone el almacenamiento de grandes cantidades de residuos Creemos que una garantía financiera para las operaciones in situ de gestión de RCD podría ser positivo para minimizar las irregularidades que en este tipo de obras se presentan. Por otro lado los gestores de residuos tienen múltiples controles ambientales y financieros (seguros) siendo inviable para ellos competir con los ilegales que no cumplen con ninguno de estos requisitos, por lo que consideramos que mayores presiones de las ya existentes sería una carga adicional para los gestores autorizados, desde la RCD Asociación creemos que se debe cumplir con la legislación vigente y que las sanciones contra los ilegales fueran ejemplares antes que poner mas requisitos a las empresas que están haciendo bien su trabajo, tenemos múltiples ejemplos en la Asociación en la que hemos denunciado actividades ilegales que no se sancionan o las sanciones no superan los 300 euros para vertidos de cientos de metros cúbicos, por lo que “el que contamina GANA”. 7. Impulso de la adecuada gestión de los RCD considerados residuo doméstico y comercial, mediante la aprobación de ordenanzas municipales que regulen este y otros aspectos de este flujo de residuos Desde RCD Asociación venimos proponiendo que los RCD procedentes de obra menor tengan un mayor control por parte de los ayuntamientos y se establezca una fianza única que garantice que los RCD van a ser gestionados correctamente, para ello el promotor de la obra menor al igual que el de obra mayor debería entregar un certificado de correcta gestión para recuperar la fianza.

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Sugerencias

16/09/2018  •  Sin comentarios  •  Felipe#125777

En base a los criterios que deben de cumplir los áridos reciclados con independencia del uso que se den , de debe e tener en cuenta los valore limite de la Orden AAA/661 2013 en su anexo II apartado 2 , donde los valores limite que determinan el carácter inerte de los residuos pueden ser modificados.Este es el momento de modificar y adaptar los valore limite de los áridos reciclados.Seria conveniente que el real decreto dejase marcado unos precios mínimos de gestión que garanticen la correcta gestión con el fin de garantizar la gestión y unos áridos reciclados de calidad , dado que unos precios bajos de gestión dan pie a fomentar el almacenamiento u otras de carácter fraudulento, de ahí que precios medios de 8 /TN DE RESIDUSO LIMPIOS y de 35/TN DE RESIDUSO SUCIOS garantizan la correcta gestión.Con la entrada en vigor del real decreto todas aquellas autorización deberán presentar garantía económica en base a la vida y capacidad de gestión de la instalación , la cual garantice que los abandonos de la plantas con gran acumulación de residuo sea un problema medioambiental y este cubierta la responsabilidad económica de la Administración.

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El Clúster del Hábitat y la Construcción, AEICE, aporta su conocimiento sobre áridos reciclados y economía circular

14/09/2018  •  Sin comentarios  •  Sara#125771

El Clúster del Hábitat y la Construcción, AEICE, en línea con su visión estratégica, propone una serie de sugerencias al Decreto objeto de la consulta pública, en documento adjunto.

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Propuestas de AEICE Clúster del Hábitat y la Construcción

17/09/2018  •  Sin comentarios  •  Sara#125771

El Clúster del Hábitat y la Construcción Eficiente, AEICE, en línea con su visión estratégica, propone las sugerencias adjuntas al Decreto objeto de la consulta pública.

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