Código de la propuesta: CYL-2018-09-4958
Desde RCD Asociación entendemos como prioritario independientemente de los requisitos técnicos y legales, que por parte de la administración se tomen medidas para la obligatoriedad de un porcentaje mínimo de consumo de los áridos reciclados en obras publicas en las que cumpla para una aplicación determinada. Para RCD Asociación los Áridos Reciclados son productos valorizados y se deben tratar como tal, en este sentido la nueva directiva de residuos plantea el cambio en este sentido para algunos productos valorizados y que se debe estudiar caso por caso. “Es importante que los Estados miembros tomen las medidas adecuadas para garantizar que los residuos que hayan sido objeto de una operación de valorización dejen de ser considerados residuos si cumplen todos los requisitos establecidos en el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2008/98/CE en su versión modificada por la presente Directiva.” “Dichas medidas pueden incluir la adopción de legislación por la que se incorporen dichos requisitos, respaldada por procedimientos para su aplicación, como el establecimiento de criterios relativos al “fin de la condición de residuo” para materiales y aplicaciones específicos, documentos de orientación, decisiones caso por caso y otros procedimientos para la aplicación ad hoc de los requisitos armonizados establecidas a escala de la Unión.” a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa 1. Definición de “árido reciclado” y los criterios técnicos mínimos para su utilización como producto en obras. Desde RCD Asociación consideramos que la definición de áridos reciclados no debe diferir de la hecha a los áridos naturales solo debería cambiar el hecho de que la materia prima para su elaboración son RCD, desde nuestro criterio un árido es todo el que cumpla como tal, para ello todos los áridos reciclados deberían contar con un marcado CE. Creemos que se deben diferenciar entre: Áridos reciclados: Que son los que cumplen como áridos para una aplicación determinada y de acuerdo a la normativa actual. Materiales reciclados: Que no cumplen como áridos pero tienen múltiples usos como suelos o en rellenos en general. 2. Establecimiento de criterios de uso de materiales obtenidos en la gestión de RCD en relleno de huecos mineros y otras obras de restauración, acondicionamiento y relleno. Actualmente existe una gran confusión sobre los materiales reciclados que se pueden utilizar en restauración de huecos mineros, consideramos que la utilización de materiales reciclados en la mejor opción teniendo en cuenta que se deben tener criterios de granulometría que desde nuestra experiencia no deberían superar en tamaño los 200 mm. También se debe considerar el tema de la presencia de impropios típicos de este tipo de materiales como son plásticos, madera, papel y cartón, con este tema hemos tenido conocimiento que Agentes Ambientales y SEPRONA han denunciado a canteras que estaban legalmente acreditadas para restaurar con materiales reciclados por considerar que los materiales reciclados contenían muchos impropios, es por esto que desde la Asociación proponemos que para este tipo de materiales se haga el ensayo de UNE-EN 933-11 Clasificación áridos reciclados y se establezcan criterios de la cantidad de impropios permitidos en materiales reciclados para restauración, para los áridos reciclados en el caso de las norma UNE- EN capas granulares se permiten menos o igual al 1% en peso. 3. Definición de los elementos de control administrativo de las actividades en las que intervengan áridos reciclados y otros materiales o residuos. Desde la Asociación consideramos que para los Áridos hay suficientes regulaciones, ya sea desde las normas UNE Europeas o el PG3 de carácter estatal y para los residuos la normativa actual está bastante detallada no obstante hace falta su aplicación real. No consideramos lo mismo para los materiales de restauración donde no existe actualmente ninguna norma que los regule por lo que los responsables de la administración no tienen argumentos legales para su control. 4. Simplificación administrativa para actividades como la valorización de RCD no peligrosos en la obra en que se han producido Estas actividades tienen que ser reguladas de manera que no se preste para posibles malas gestiones, definiéndose con anterioridad al comienzo de la valorización el destino de los áridos reciclados producidos y de los subproductos que se generen en la obra, ya que como ha ocurrido en otras comunidades autónomas los “áridos reciclados” terminan acopiado indefinidamente en la parcela donde se produjeron y reciclaron. Para reciclar en obra es necesario que se contemple en el estudio de gestión que debe acompañar al proyecto técnico en la solicitud de licencia de obra, el estudio debe estimar las cantidades de RCD producidas y cuales se reciclarán en obra, y la licencia debe contemplar estos aspectos. Las empresas que realicen la gestión deben estar debidamente autorizadas 5. Criterios de compra verde: uso de áridos reciclados y otros materiales en las obras públicas Sin la obligatoriedad del uso en todas las obras publicas de los áridos y materiales reciclados consideramos que no se avanzaría en este tema. Por otro lado, cualquier incentivo de carácter fiscal o ayudas para el uso de áridos reciclados seria beneficiosa para la comercialización de los áridos reciclados. Desde la asociación consideramos que se debe aplicar un canon de vertido a los RCD que van a vertedero y que este se debe invertir para incentivar el uso de los áridos reciclados. 6. Establecimiento de una garantía financiera para la gestión de los RCD, por los riesgos ambientales que supone el almacenamiento de grandes cantidades de residuos Creemos que una garantía financiera para las operaciones in situ de gestión de RCD podría ser positivo para minimizar las irregularidades que en este tipo de obras se presentan. Por otro lado los gestores de residuos tienen múltiples controles ambientales y financieros (seguros) siendo inviable para ellos competir con los ilegales que no cumplen con ninguno de estos requisitos, por lo que consideramos que mayores presiones de las ya existentes sería una carga adicional para los gestores autorizados, desde la RCD Asociación creemos que se debe cumplir con la legislación vigente y que las sanciones contra los ilegales fueran ejemplares antes que poner mas requisitos a las empresas que están haciendo bien su trabajo, tenemos múltiples ejemplos en la Asociación en la que hemos denunciado actividades ilegales que no se sancionan o las sanciones no superan los 300 euros para vertidos de cientos de metros cúbicos, por lo que “el que contamina GANA”. 7. Impulso de la adecuada gestión de los RCD considerados residuo doméstico y comercial, mediante la aprobación de ordenanzas municipales que regulen este y otros aspectos de este flujo de residuos Desde RCD Asociación venimos proponiendo que los RCD procedentes de obra menor tengan un mayor control por parte de los ayuntamientos y se establezca una fianza única que garantice que los RCD van a ser gestionados correctamente, para ello el promotor de la obra menor al igual que el de obra mayor debería entregar un certificado de correcta gestión para recuperar la fianza.
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