En qué consiste
La Consejería de la Presidencia ha iniciado los trámites para la elaboración de una nueva Ley de Función Pública de Castilla y León.
La experiencia acumulada en la aplicación de la normativa vigente sobre teletrabajo ha revelado la existencia de diversos puntos susceptibles de mejora en aspectos tales como la propia definición del teletrabajo, el ámbito de aplicación, los deberes del personal que presta sus servicios bajo esta modalidad, el baremo aplicable y, señaladamente, el procedimiento establecido para la autorización del teletrabajo, que se estima necesario simplificar.
A la vista de ello, se pretende actualizar la regulación de esta modalidad de prestación de los servicios con el fin de garantizar el cumplimiento de su finalidad fundamental –“contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento”, tal y como establece la norma básica estatal–, sin perder de vista las múltiples posibilidades que el teletrabajo ofrece al personal al servicio de la Administración pública, como son la eliminación del tiempo y del coste invertido en los desplazamientos, la conciliación de la vida familiar y laboral o la mayor autonomía en el desarrollo de las funciones encomendadas.
¿Quiere realizar aportaciones al Decreto sobre teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León?
02/12/2024 • Sin comentarios •
Propongo que el teletrabajo permita, como se hace en la empresa privada, efectivamente teletrabajar, lo que permitiría residir en otra localidad diferente a la del puesto de trabajo
02/12/2024 • Sin comentarios •
INCLUIR EN EL NUEVO DECRETO 1 DIA/SEMANA DE TELETRABAJO PARA PERSONAL SANITARIO NO ESTATUTARIO, PARA TAREAS ADMINISTRATIVAS, REVISAR LEGISLACIÓN Y LA CARGA DE DOCUMENTACIÓN QUE RECIBIMOS DIARIAMENTE
03/12/2024 • Sin comentarios •
En el art13 se debería valorar tanto el residir en una provincia diferente a la de trabajo, como residir en un municipio no ultraperiféricos aunque no existan plazas en ellos, favorece la despoblación
04/12/2024 • Sin comentarios •
Según la Disp transitoria 2ª, Las solicitudes presentadas y no tramitadas se tramitaran conforme a la nueva ley, deberían tramitarse según la ley vigente en el momento de la solicitud
03/12/2024 • Sin comentarios •
Identificar en las RPTs de cada Consejería los puestos de trabajo que admiten teletrabajo y número de días a la semana. Así cuando se publique un concurso de traslados poder contar con esa información
03/12/2024 • Sin comentarios •
art7,van a pedir mínimo 9 meses de trabajo para poder solicitar el teletrabajo, hasta ahora eran 3 meses, NO tiene sentido, ya que en 3 meses ya puedes realizar tus funciones a través de teletrabajo