Proceso de legislación colaborativa
Propuesta de Orden por la que se aprueban las normas reguladoras de la Pesca en la Comunidad de Castilla y LeónCódigo de la propuesta: CYL-2024-10-7803
Asimilar condiciones del piscardo para el gobio Eliminar cupos y tallas para la trucha arco-iris Posible AREC en el río Boedo (Palencia)
En vista de los cambios propuestos para el piscardo respecto a ordenes anteriores, suponiendo basado en su condición de traslocado fuera de la cuenca Ebro, se hace la sugerencia de aplicar las mismas medidas para el caso del gobio, por ser también traslocado en la cuenca del Duero (dejarlo sin limitación de cupo y/o talla).
Para la trucha arco-iris, dada su declaración como exótica invasora, aun permitiéndose su suelta en tramos con planes de pesca siguiendo ciertas consideraciones, no se entiende que tenga un cupo y/o talla determinada. Se propone tener en consideración que todo lo extraido debería ser sacrificado.
Se pide tener en consideración la posibilidad de habilitar un AREC en el río Boedo, con cupos y/o tallas y/o días hábiles ajustados a los resultados de los inventarios de pesca.
Felicitar por las propuestas de cambio de talla mínima en los ciprínidos, así como la ampliación de fecha en la que no pueden ser extraidos del río.
Agradecemos su participación. Le indicamos que las singularidades ecológicas del gobio y del piscardo requieren un tratamiento particularizado en cada caso, tanto en materia de tallas como en cuanto a cupos de extracción, especialmente en el caso de la cuenca Duero. En cuanto a cupos y tallas de la trucha arcoíris se trata de una circunstancia ya contemplada en el artículo 2.2 de la orden indicada. Finalmente, referente a su propuesta de creación de un AREC en el río Boedo, se trata de una cuestión no regulada en la propuesta de orden objeto de participación.