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Cumplir la normativa

ARH ARH  •  05/04/2024  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2024-04-7600

Que no dependa de los superiores de cada empleado público ni de la provincia a la que pertenezca el empleado público la concesión del teletrabajo.

Que no dependa de los superiores de cada empleado público ni de la provincia a la que pertenezca el empleado público la concesion del teletrabajo. La normativa que esté en vigor se debe aplicar a todos los empleados públicos por igual. ART 14 CE.

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  • Tomas

    Evitar la arbitrearidad de los superiores jerárquicos estableciendo a nivel regional un equipo multidisciplinar capacitado para dirimir, pues hay muchos aspectos psicosociales y/o médicos que intervienen.

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