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Regular puestos con opcion al teletrabajo

almudena almudena  •  04/04/2024  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2024-04-7572

Los puestos con teletrabajo deben venir definidos en la RPT

La ROT, debe recoger que puestos son teletrabajables y los días que se puede teletrabajar, para no depender de la discrepcionalidad del superior jerarquico. En circunstancias sobrevencias, por ejemplo, enfermedad de un familiara o del propio trabajador, si el trabajador ocupa un puesto sin opcion al teletrabajo, ejemplo, un puesto de registro, se deberia facilitar un puesto con opcion al teletrabajo mientras dura la circunstancia o hasta que el trabajador pueda ocupar otro puesto mediante concurso. Todos en cualquier momento podemos tener problemas de conciliacion de vida familiar o de perdida de movilidad, aunque sea transitoria (esguince, rotura de pierna, hernia discal..) y cuando nos incorporemos al trabajo nmo vamos a estar al cien por cien.

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  • Tomas

    La RPT puede ser un arma de doble filo, porque muchas plazas de RPT en origen pueden ir ya sin posibilidad de teletrabajo, lo que no sería injusto. Creo que cada caso debe ser valorado no por lo que se regula en una RPT sino por el caso concreto, su adecuación, argumentación, etc...En todos los puestos de trabajo se debe estudiar la manera de adecuar esta modalidad, algo así como con una persona con una discapacidad se regula adecuando, si es menester, el puesto de trabajo, pero no impidiendo su acceso; lo que hay que evitar es la discrecionalidad del superior jerárquico o al menos su caracter determinante. Sería bueno establecer un órgano ágil y capacitado para dirimirir, algo así como un equipo con representación profesional si es menester (psicólogo y médico).

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