Volver

(2022/05) Procedimiento para la elaboración de una Ley de rebaja impositiva urgente ante el agravamiento de la situación económica. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de una Ley de rebaja impositiva urgente ante el agravamiento de la situación económica.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La presente Ley pretende aprobar una serie de rebajas impositivas en respuesta a la crisis, agravada por la guerra de Ucrania, que contribuyan a establecer un marco que gradualmente impulse la recuperación económica en el contexto actual. Se apuesta por la bajada selectiva de impuestos como fórmula para dinamizar la actividad económica; incentivar la inversión, el ahorro y el consumo; consolidar la recuperación económica; mantener y facilitar la creación del empleo; y mejorar la situación de muchas personas, familias y empresas afectadas por la pérdida de poder adquisitivo y la alta inflación.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Después de la contracción económica experimentada en 2020 como consecuencia de las restricciones impuestas por la pandemia, la economía de la Comunidad había recuperado a finales de 2021, en términos reales, dos terceras partes del PIB perdido en el primer año de la pandemia, un dato mejor que la media española. No obstante, la invasión rusa de Ucrania ha venido a agravar el escenario de incertidumbre económica, ya de por sí delicado, y dificulta alcanzar niveles de PIB previos a la pandemia.

Esta situación se añade al impacto que la inflación, en niveles récord, está teniendo en el incremento de los precios de bienes y servicios; a los altos precios de la energía como consecuencia del cierre precipitado de minas y centrales térmicas y la imposibilidad de llevar a cabo una transición energética ordenada; en la pérdida de poder adquisitivo de los ciudadanos; a los problemas de desabastecimiento de componentes, materias primas y suministros que sufren empresas y autónomos; y una deuda pública elevada que condiciona el futuro de las cuentas públicas. Todo ello supone un empobrecimiento de las familias, un impacto negativo en el consumo y una desaceleración en la producción de las empresas.

En este contexto, se considera oportuno aprobar de manera urgente e inmediata en Castilla y León una rebaja impositiva selectiva que disminuya la presión fiscal que soportan las familias, autónomos y empresas de la Comunidad, afectadas por la pérdida de poder adquisitivo y la alta inflación. El beneficio de estas medidas será proporcionalmente mayor para rentas medias y bajas.  

c) Objetivos de la norma.

Conseguir impulsar la recuperación en el contexto de crisis agravada por la invasión militar rusa a Ucrania mediante una bajada selectiva de impuestos.

  • Bajada del IRPF para todos los contribuyentes de Castilla y León.

En el Impuesto sobre la renta de las personas físicas, se pretende aprobar, con efectos desde este mismo ejercicio 2022, una reducción de medio punto en el primer tramo de la escala autonómica aplicable a la base liquidable general del IRPF, pasando del 9,5% al 9%, lo que supone una rebaja del 5,3%. De esta forma Castilla y León se situará como la segunda Comunidad Autónoma con el tipo mínimo más reducido de IRPF. Esta rebaja fiscal, que beneficiará a todos los contribuyentes de la Comunidad al afectar al tramo más bajo de renta, supondrá un aumento de la renta disponible de familias y autónomos que podrán destinar al consumo y la inversión, y supondrá un alivio a las familias ante la fuerte subida de los precios, especialmente a las rentas bajas y medias.

- Medidas de reducción fiscal en el medio rural.

Castilla y León es referente en aplicar una fiscalidad especialmente favorable en el medio rural. Por ese motivo se tramitarán de manera urgente e inmediata las siguientes medidas fiscales:

-Como medida de apoyo a la natalidad en el medio rural, se pretende aprobar un incremento del 40% respecto de las cuantías generales previstas en la deducción autonómica en el IRPF por nacimiento o adopción en función del número de hijos, aplicable por contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Como medida de apoyo al emprendimiento rural, y con la finalidad de atraer negocios y empresas al medio rural, se pretende mejorar el tipo reducido aplicable en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados a la adquisición de inmuebles que se destinen a ser sede social o centro de trabajo en el medio rural, fijándolo en un 2%.

-Como medida de apoyo al sector agrario en el medio rural, y con el fin de facilitar y reforzar la continuidad de la actividad agraria, reduciendo de forma significativa la tributación por el cambio de titularidad de explotaciones agrarias, se pretende aprobar en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados un tipo reducido del 4% aplicable a la transmisión de explotaciones agrarias para agricultores profesionales.

-Como medida de impulso y refuerzo a la actividad agraria en el medio rural, se pretende aprobar una bonificación del 100% de la cuota para los arrendamientos de fincas rústicas, de forma que se equipare su tributación a la de los arrendamientos de inmuebles urbanos.

-Como medida de apoyo al sector cinegético, se pretende aprobar una bonificación del 95% a la tasa general por licencias de caza y pesca, y también a la específica de caza con galgo.

- Otras medidas de rebaja impositiva:

-Como medida de apoyo a los trabajadores, favorecer su formación continua, y eliminar impedimentos económicos y administrativos, se pretende suprimir temporalmente la tasa por participación en el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

-Se pretende prorrogar un año más la congelación del importe de las tasas exigibles en la Comunidad, iniciada en el año 2014, asumiendo la Comunidad el coste de la inflación. 

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

Fecha de publicación 28 de abril de 2022

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 9 de mayo de 2022.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

Deducción autonómica para pensionista con discapacidad: que se pague realmente y no se quede la Junta con ese dinero

03/05/2022  •  Sin comentarios  •  Antonio#208520

En la declaración de la renta (IRPF) de Castilla y León hay una deducción autonómica por discapacidad aprobada por el gobierno de Castilla y León hace años. Concretamente en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos. En sus artículos 6 y 10, recogen de manera simplificada (adjunto al final de la carta el texto completo):“Contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65% y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65%, 300 euros. En cualquiera de los casos, no deben superar determinadas rentas y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.”Como se puede comprobar hay unos criterios de no deben superar determinadas rentas, concretamente, 18.900 euros (para tributación individual) y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.Una deducción que es muy buena para muchas personas. Pero, ¿qué ocurre para muchas personas que no llegan a esos niveles de ingresos?, porque son notoriamente inferiores, hay que presentar la declaración de la renta y no se la pueden deducir, se pierde. La Junta de Castilla y León debe abonar y devolver ese importe no aplicado porque nos hayamos llegado a eso altos ingresos sino todo lo contrario, porque no llegamos a un niveles de ingresos mínimos para ser beneficiarios…………………………..año tras año veo cómo no se ayuda ni se abona esa deducción a la que muchos pensionistas tiene derecho.Por lo tanto, esa ayuda a personas con discapacidad y pensionistas , de 656,00 euros se debe abonar directamente a los que no llegan a poderla aplicar. O es que determinadas personas somos ciudadanos de tercera.Ustedes ya aplicaron en el pasado de que determinadas deducciones familiares generadas en el IRPF, tales como familia numerosa, nacimiento o adopción de hijos, partos múltiples, cuidados de menores,…… cuyos importes no se habían podido aplicar en la Declaración de la Renta se solicitaba a la Junta.de Castilla y León y posteriormente se abonaba a los beneficiarios. ¿Por qué este sistema no se puede aplicar a un pensionista que año tras año pierde esos 656 euros por no alcanzar unos ingresos mínimos?

Necesitas iniciar sesión o registrarte para continuar.
1 voto