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Deducción autonómica para pensionista con discapacidad: que se pague realmente y no se quede la Junta con ese dinero

Antonio#208520 Antonio#208520  •  03/05/2022  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2022-05-7213

En la declaración de la renta (IRPF) de Castilla y León hay una deducción autonómica por discapacidad aprobada por el gobierno de Castilla y León hace años. Concretamente en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos. En sus artículos 6 y 10, recogen de manera simplificada (adjunto al final de la carta el texto completo):“Contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65% y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65%, 300 euros. En cualquiera de los casos, no deben superar determinadas rentas y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.”Como se puede comprobar hay unos criterios de no deben superar determinadas rentas, concretamente, 18.900 euros (para tributación individual) y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.Una deducción que es muy buena para muchas personas. Pero, ¿qué ocurre para muchas personas que no llegan a esos niveles de ingresos?, porque son notoriamente inferiores, hay que presentar la declaración de la renta y no se la pueden deducir, se pierde. La Junta de Castilla y León debe abonar y devolver ese importe no aplicado porque nos hayamos llegado a eso altos ingresos sino todo lo contrario, porque no llegamos a un niveles de ingresos mínimos para ser beneficiarios…………………………..año tras año veo cómo no se ayuda ni se abona esa deducción a la que muchos pensionistas tiene derecho.Por lo tanto, esa ayuda a personas con discapacidad y pensionistas , de 656,00 euros se debe abonar directamente a los que no llegan a poderla aplicar. O es que determinadas personas somos ciudadanos de tercera.Ustedes ya aplicaron en el pasado de que determinadas deducciones familiares generadas en el IRPF, tales como familia numerosa, nacimiento o adopción de hijos, partos múltiples, cuidados de menores,…… cuyos importes no se habían podido aplicar en la Declaración de la Renta se solicitaba a la Junta.de Castilla y León y posteriormente se abonaba a los beneficiarios. ¿Por qué este sistema no se puede aplicar a un pensionista que año tras año pierde esos 656 euros por no alcanzar unos ingresos mínimos?