En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
A tal fin se efectúa la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un decreto por el que se regule la ayuda económica a huérfanos y huérfanas de víctimas de violencia de género de Castilla y León
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Con este Decreto se pretende, de manera específica, intensificar la asistencia y protección de menores, en concreto de huérfanos y huérfanas víctimas de violencia de género mediante una actualización de la ayuda económica prevista en la vigente normativa. Además, se mejora el procedimiento para concretar los requisitos para la concesión y mantenimiento de la ayuda con objeto de favorecer los derechos del beneficiario; además, se agiliza el procedimiento de concesión al modificar el órgano instructor.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Uno de los pilares de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León es la atención integral a las víctimas de violencia de género entre quienes se encuentran los hijos e hijas y a otras personas que dependan de las mujeres víctimas.
Por eso, la propia ley prevé, de forma expresa, medidas destinadas a apoyar económicamente a los hijos e hijas de mujeres víctimas mortales de violencia de género, remitiéndose para su efectiva aplicación a su posterior desarrollo reglamentario. Este apoyo económico, para hacer frente a las necesidades básicas de manutención, está regulado desde el año 2018 pero ahora es necesario actualizar y mejorar el sistema de ayudas de manera que el importe no sea lineal, independientemente de la edad, sino que se module en atención a las necesidades propias de cada período de crecimiento de los y las menores.
c) Objetivos de la norma.
Mejorar la ayuda económica a huérfanos y huérfanas víctimas de violencia de género de Castilla y León mediante la actualización de las cuantías y establecimiento de un sistema progresivo de su importe de manera que el importe anual se incremente según franjas de edad para permitir hacer frente a los gastos ordinarios de manutención propios de cada época de crecimiento. Además, se actualiza el procedimiento de concesión para concretar los requisitos para la concesión y mantenimiento de la ayuda y para agilizar el procedimiento.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna. Se trata de derogar el Decreto 15/2018, de 31 de mayo, por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas de víctimas de violencia económica de Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitarios y el Decreto 40/2019, de 17 de octubre, que lo modifica, para sustituirlo por una nueva norma que mejore la regulación de esta materia.
Fecha de publicación 25 de octubre de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 4 de noviembre de 2021.
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