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(2021/06) Proyecto de decreto por el que se crea el registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para la prestación de ayuda a morir en Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, regula el derecho de toda persona que cumpla las condiciones exigidas a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, así como los deberes del personal sanitario que atienda a esas personas, definiendo su marco de actuación, regulando las obligaciones de las administraciones e instituciones concernidas para asegurar el correcto ejercicio del derecho reconocido en esta Ley.

El artículo 16. 1 de la referida Ley Orgánica dispone que los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia. Dispone, también, que el rechazo o la negativa a realizar la citada prestación por razones de conciencia es una decisión individual del profesional sanitario directamente implicado en su realización, la cual deberá manifestarse anticipadamente y por escrito.

En el apartado 2, el referido artículo 16 establece que las administraciones sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir, en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria para que esta pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir. El registro se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal.

Teniendo en cuenta lo anterior, en este decreto se regula la creación de un Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para la prestación de ayuda para morir en Castilla y León y se establece el procedimiento que deben seguir los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir para manifestar su objeción a esta realización.

Proyecto de decreto por el que se crea el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para la prestación de ayuda para morir en Castilla y León.

Fecha de publicación 16 de junio de 2021

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finaliza a las 14:00 horas del 30 de junio de 2021.

¿Desea realizar alguna aportación en relación con el contenido del presente proyecto?

Alegaciones del Grupo de Trabajo de CyL. Asociación Derecho a Morir Dignamente

30/06/2021  •  1 comentario  •  Anónimo#200563

En archivo adjunto enviamos las alegaciones al proyecto. Un saludo.

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