En qué consiste
De acuerdo con la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, para la autorización y el funcionamiento de este tipo de centros de atención social, se precisan una serie de condiciones y requisitos que son exigidos por la Administración autonómica en ejercicio de las competencias atribuidas. Asimismo, se debe tomar conciencia de los nuevos planteamientos sociales e incluso de los avances técnicos acaecidos, que imponen y aconsejan la aprobación de un nuevo modelo de atención residencial, introduciendo el término de cuidados de larga duración, por ser coincidente con los términos utilizados en el ámbito de la Unión Europea, orientando la denominación de los centros en función de sus especialización en cuidados para personas en situación de dependencia y con discapacidad, sustituyendo al colectivo global de personas mayores en la denominación de dicho centros. El modelo que se pretende implantar se basa en el modelo de atención integral y centrado en la persona (ACP) dirigido a superar el de atención tradicional de corte fundamentalmente sanitario, aprobado mediante el Decreto 14/2001, de 18 de enero, en el ámbito de la atención a las personas mayores y la Orden de la Consejería de Sanidad y bienestar Social de 21 de junio de 1993, que regula los requisitos de los centros de atención a personas con discapacidad.
Asimismo, la extensión de la pandemia del Covid-19 ha puesto en evidencia la necesidad de que se incorporen nuevos planteamientos en el diseño de los centros que permitan evitar y combatir de forma eficiente la pandemia actual u otras que se puedan producir en el futuro, incorporando básicamente tres ideas fundamentales: la necesidad de sectorizar los centros en unidades pequeñas, contar con un plan de contingencia que impida o dificulte la expansión de la enfermedad y que los centros cuenten, tanto para los profesionales como para los usuarios, de una reserva estratégica de material de protección. Estas medidas fueron incorporadas a la normativa vigente mediante el Decreto-ley 5/2020, de 18 de junio, por el que se regulan las medidas extraordinarias que deben adoptarse en la atención social en los centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad en Castilla y León para garantizar la protección de usuarios y profesionales ante situaciones excepcionales de salud pública declaradas oficialmente.
El nuevo modelo de atención residencial para los cuidados de larga duración tiene por objetivo general que las personas con necesidades de apoyos reciban cuidados en las mejores condiciones para su bienestar y calidad de vida. El modelo parte de la necesidad expresa de reconocimiento de la dignidad de cada persona necesitada de atención, sin distinción alguna. El concepto de dignidad se fundamenta en el propio valor intrínseco que tiene la persona en cuanto que es persona, con independencia de sus condiciones individuales físicas o psicológicas, o su situación o circunstancias sociopersonales.
En este modelo de atención, los profesionales informan y proponen a la persona usuaria las intervenciones que la evidencia científica y su conocimiento profesional estiman como más convenientes para su atención, pero es, en todo caso, a la persona usuaria a quien corresponde tomar las decisiones sobre su proyecto de vida.
Otra de las novedades de la Ley, es la creación de un sistema que promueva y verifique la calidad de los servicios residenciales que se sustente en el conocimiento del funcionamiento de los principales sistemas referentes en servicios sociales. La mayor parte de los países de nuestro entorno cuentan con organismos –en algunos casos públicos, en otros privados y en otros mixtos− que asumen funciones relativas a la autorización, el registro, la acreditación, la inspección, la estandarización y/o la evaluación de los servicios de atención a la dependencia.
Fecha de publicación 30 de abril de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 19 de mayo de 2021.
¿Considera que el Anteproyecto de Ley en tramitación aborda los aspectos fundamentales necesarios para la atención a los usuarios de este tipo de centros sociales.?
12/05/2021 • Sin comentarios •
Prioridad en la atención a las personas mayores. Hay que buscar mecanismos que agilicen y prioricen la atención a las personas mayores en Centros de Salud, Centros de Especialidades y urgencias hospitalarias, evitando esperas prolongadas.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Por último, deberá ser obligatoria la existencia de un Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios que recoja los datos societarios de las empresas gestoras, sus centros, el número de plazas, descripción y cuantificación del personal, y los servicios e instalaciones con los que se cuenta; informaciones clave para la eficacia de la actuación inspectora, el control del funcionamiento de la operadora y el ejercicio esencial del derecho a la información en el gran público.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Hay que eliminar las sujeciones farmacológicas o químicas y las mecánicas o físicas a las que se ven sometidos los residentes en demasiadas ocasiones, porque no resuelven los problemas, sino que los agravan, además de suponer un atentado a la dignidad de las personas y la vulneración de un derecho fundamental como es el de la libertad. No basta con el consentimiento informado, que a veces se obtiene por presión a las familias, debe autorizarse por el juez y controlar en las inspecciones que no se oculten entre la ropa del residente.El uso de fármacos psicotrópicos debe autorizarse y seguir su evolución por el médico de Atención Primaria.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Hay que garantizar a los residentes la libertad de movimientos, de interacción social y los derechos de ciudadanía de manera integral, igual que se garantizan para el resto de población. Por eso se tiene que priorizar la aplicación de recursos para hacerlos posible antes de los confinamientos y los aislamientos. Exigimos que en todas las residencias libres de COVID o con brotes controlados se puedan hacer visitas diarias, mínimo una hora y que se vaya ampliando en la medida que avance la vacunación entre la población hasta la normalidad absoluta. Se tiene que garantizar que en todas las residencias libres de COVID o con brotes controlados, los residentes pueden salir al exterior para hacer paseos, así como efectuar salidas de uno o más días. Se tiene que establecer algún sistema que permita mantener contacto físico entre familiares y residentes con Alzheimer o deficiencias cognitivas. Las direcciones de las residencias no pueden tener ningún margen de decisión respecto de las visitas y las salidas. No hay que olvidar que la gestión se encuentra, en gran parte, en manos de empresas privadas y los derechos de las personas no pueden estar en sus manos. La Administración tiene que garantizar que las familias reciben información puntual y detallada de la situación del residente, así como de cualquier información que afecte a sus derechos.Los poderes públicos no pueden avalar ni permitir la actual política de opacidad por parte de las empresas gestoras. Es necesario que se adopten medidas para asegurar el cumplimiento en todas las residencias de los Planes o Protocolos de visitas establecidos por las CC. AA. e imponer las sanciones que correspondan por su incumplimiento. Se tiene que establecer un canal de comunicación, preferentemente telefónico, entre las familias y la Administración, para resolver de forma eficaz las dudas y problemas que encuentran muchas personas, puesto que a menudo las direcciones de las residencias impiden o limitan las visitas/salidas al exterior a sus familiares
12/05/2021 • Sin comentarios •
No se trata de hacer un canal de reclamación o de denuncia, se trata de tener una herramienta que permita una resolución muy rápida, como máximo dos días. Las personas mayores lo único que no tienen es tiempo, por eso una respuesta lenta no es una solución. Las Administraciones deben asegurar una vigilancia y control exhaustivo de las residencias, incluso interviniendo aquellas que tengan un brote infecto-contagioso descontrolado, para evitar riesgos a los residentes, además de recuperar los contactos con sus familiares y sus derechos constitucionales.Las habitaciones deben ser individuales para preservar la intimidad y la dignidad de las personas usuarias, excepto un porcentaje que se destine a personas que así lo deseen porque les unan vínculos familiares o afectivos.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Para una adecuada atención a los residentes, para el personal gerocultor se requerirá, como mínimo, formación reglada como auxiliar de enfermería con especialidad en geriatría. Todo el personal que trabaje en residencias debe tener formación en pandemias. No puede volver a repetir el caos sufrido, porque para los residentes una buena organización marca la diferencia entre la vida y la muerte.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Es tarea de la dirección del Centro incentivar la formación continua de los y las profesionales, así como, la evaluación de los objetivos alcanzados. Todo el personal que trabaje en residencias debe tener formación en pandemias.
12/05/2021 • Sin comentarios •
En el punto 2 del artículo 34 no está nada clara la fórmula de gestión y financiación que regulará esa normativa sanitaria que ahora mismo se desconoce cuál es, y mientras no se concrete en qué términos creemos que este punto debería eliminarse o concretarse, no se puede fiar la atención sanitaria de los centros a una normativa desconocida.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Habilitar y garantizar herramientas o canales fluidos y de actuación exprés en aquellas cuestiones que requieran una solución o restitución urgentes. Sustitución progresiva de las obsoletas Hojas de Reclamaciones en papel autocopiativo por mecanismos más acordes a los tiempos tecnológicos.
13/05/2021 • Sin comentarios •
No creo necesaria una exposición mayor... Si el objetivo es cuidar...adelante....Si lo que se pretende es dar una atención integral e integradora,profesional,centrada en la persona y sus necesidades, basada en la evidencia científica, con formación continua y especifica....es decir,si lo que,con esta nueva Ley se pretende es CUIDAR ...la ENFERMERÍA debe estar presente en el desarrollo de esta desde el inicio y debe ser el pilar fundamental donde apoyar la atención al usuario.
01/05/2021 • Sin comentarios •
La atención de cuidados de larga duración es posible y deseable en la propia vivienda, también con Atención Integral Centrada en la Persona, algo muy grandilocuente (Atención Integral Centrada en la Persona) pero el hecho de tener que trasladarse a una residencia ya está fallando esa Atención Integral Centrada en la Persona. La alternativa que mejor encaja como mejor modelo de atención para cuidados de larga duración, mejor que una residencia, son las viviendas colaborativas, a donde no se va cuando se necesita cuidados porque sería la vivienda donde lleva varios años conviviendo ya como proyecto de vida, donde viven los tipos de 'personas usuarias' que defina en el artículo 4, apartado 'e' de este Anteproyecto de Ley, en un espacio donde existirán el resto de definiciones de citado artículo. Este modelo alternativo a las residencias, para que tenga éxito, se debe dar bajo un formato organizativo de cooperativa, donde todos los cooperativistas se sientan partícipes del proyecto, porque no se trata de ofrecer servicios solamente (Intervenciones realizadas por profesionales yorientadas a la valoración, prevención, promoción de la autonomía, atención e inclusión de las personas.) La Atención Integral Centrada en la Persona es poner los medios para poder vivir donde cada persona quiere vivir y con las viviendas colaborativas se consigue mejor que en las residencias. Aún no existen en Castilla y León este tipo de viviendas. Lo que deben hacer las administraciones es facilitar que se hagan realidad. Iniciativas hay (ejemplo en Valladolid https://tejiendovida.wordpress.com/ ) pero es necesario mostrar apoyo. Guillermo
13/05/2021 • Sin comentarios •
Las enfermeras estamos en contra de este Anteproyecto que no valora nuestra profesión, y que no sirve para prestar los cuidados que requieren los usuarios.
11/05/2021 • Sin comentarios •
- Las personas dependientes ,(sobretodo las dependencias derivadas de discapacidades cognitivas graves), no poseen la capacidad de decisión pretendida en este proyecto.- Las instalaciones de los centros residenciales ,(sobretodo públicos), no cuentan con los requisitos señalados , ni aunque se hagan reformas.- Son necesarias las unidades de enfermería en los centros, y la situación actual lo que ha demostrado es que necesitan mas dotación, no su anulación. La mayor parte de las personas dependientes tienen enfermedades asociadas.- Los cuidadores de personas dependientes de la administración pública de servicios sociales de castilla y león, llevamos años en el limbo con respecto a la titulación requerida. Hasta ahora el titulo de técnico auxiliar enfermería,(que no se menciona en el proyecto), parecía estar libre de la expedición de un certificado de profesionalidad. El titulo de atención a personas dependientes es relativamente nuevo y gran cantidad de interinos trabajadores de estos centros no cuentan con el. No obstante tienen titulación suficiente incluso superior y años de experiencia trabajando en estos centros. La expedición de ese certificado de profesionalidad debería ser automática por pate de la administración. Es muy preocupante esta situación de incertidumbre ya que son cientos de trabajadores interinos la que la sufren. Nos se crean convocatorias de oposiciones y no se sabe cual puede ser su futuro laboral en los centros de la administración publica de servicios sociales para estos trabajadores.
05/05/2021 • Sin comentarios •
El anteproyecto aborda aspectos muy relevantes, pero queda al margen de la dotación mínimo de personal en los centros. Los decretos previos que fracasaron sí lo tenían en cuenta, pero en este se hace mención a que será otro órgano el que establezca estas ratios mínimos de personal.Me gustaría hacer constar que en los decretos previos se contemplaban unos ratios que no cumplían con la normativa de mínimos establecida por la Ley de Dependencia a nivel nacional, ya que esta Ley establecía que nunca se podían computar los residentes en conjunto, justo lo que desde Castilla y León se pretendía hacer. Por tanto, mi sugerencia es que en esta segunda fase se establezcan esos mínimos en función de la normativa nacional. Por otra parte, si los servicios sanitarios se prestarán desde los servicios públicos de salud, incluir en el ratio mínimo de personal técnico a médico y DUE (aunque estoy completamente de acuerdo en que son imprescindibles) haría que se pudiera duplicar esos servicios en detrimento del resto de profesionales. Por lo tanto, en esta cuestión, mi propuesta es que dentro de la dotación de personal técnico haya un porcentaje mínimo a cubrir por profesionales que no aporte la sanidad pública y este porcentaje debería ser significativamente mayor en mi opinión.Un saludo.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Es totalmente ilógico pretender implantar un modelo 'hotelero' es una sociedad que es propietaria de sus viviendas y que retrasa el ingreso en una residencia hasta sus últimos días y/o el empeoramiento de su salud, no somos una sociedad 'europea' despegada de la familia que vivan de alquileres en sus casas y pretendan entrar en una residencia a una temprana edad por soledad y que pretendan encontrar únicamente en una residencia lo que puede encontrar en el hogar del jubilado, el imserso o una asociación de ancianos. Llevamos unos años fomentando la prevención con programas de envejecimiento activo físico y cognitivo para que ahora eliminemos el siguiente programa terapéutico que es el asistencial. Y voy mas allá el programa pretende eliminar al completo las contenciones físicas y químicas, cuando se produzcan caídas, porque será inevitable si no hay un ratio 1:1 (cosa inasumible) o los encamados sufran úlceras posturales ¿Quién va a realizar las curas y rehabilitaciones resultado de la eliminación de toda sujeción? ¿Van a poner consultorios y funcionarios para todos los pueblos o como van a hacer, ambulancias de un lado para otro? Me parece que quienes legislan no conocen el funcionamiento de los centros residenciales como los trabajadores asistenciales. Es un despropósito y deberían tirarla para atrás.
11/05/2021 • Sin comentarios •
Deja fuera a los sanitarios que son imprescindibles con personas con pluripatologias cronicas
13/05/2021 • Sin comentarios •
Los enfermeros en las residencias realizamos nuestro trabajo de ámbito sanitario sin menoscabar el trabajo social que realiza el personal específico para ello.Los centros son sociosanitarios,osea q abarcan ambos aspectos,pero los enfermeros somos personal sanitario por definición y nuestro trabajo se realiza en ese ámbito.Nuestra lucha es lograr ese reconocimiento como personal sanitario de primera y no de segunda como parece que se nos clasifica.Nuestro trabajo como gestores de los cuidados de grandes dependientes,su seguimiento dia a dia,los planes de recuperación,de adhesión a los tratamientos,etc,no pueden ser llevados a cabo pir ningun otro profesional.Los cuidados y seguimiento a los pacientes derivados del hospital para su recuperacion funcional, tampoco.Las tareas que realizamos adermás de los cuidados diarios,son también estrictamente sanitarias:Realizaciín de analíticas,toma de muestras,realuzación de EKG,curas y seguimiento de úlceras por presión o de cualquier tipo,control de la diera e ingesta según las necesidades,etc.Por lo anteriomente citado,pedimos que se nos considere a todis los efectos pera ser considerados personal indispensable en los centros de la gerencia de servicios sociales de la junta de castilla y león.
12/05/2021 • Sin comentarios •
Es una pena, pero cada vez el estado de los residentes que ingresan es peor. El grado de dependencia y el número de patologías aumenta. Por no hablar de los cuidados que se llevan a cabo a los usuarios de las unidades de convalecencia.Los cuidados sanitarios son imprescindibles. No creo que a los familiares de nuestros residentes les parezca una buena idea que desaparezcan los cuidados de salud que necesitan. Porque señores... Si no nos necesitan, estas personas como cualquiera preferiríamos pasar los días en su casa y no en una residencia.
12/05/2021 • Sin comentarios •
La fisioterapia, al igual que otras especialidades sanitarias, se ha demostrado eficaz a la hora de mejorar o mantener la autonomía y funcionalidad de las personas.La modificación de los ratios en perjuicio de los usuarios va a suponer un incremento de los grados de dependencia, lo que conllevará una mayor necesidad de recursos asistenciales, sociales y, en definitiva, económicos.Es necesario aumentar el personal especializado que atiende a los residentes, no todo lo contrario. Contar con fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, logopedas y psicólogos especializados en geriatría debería ser obligatorio.La calidad de vida de los residentes debe ser prioridad. La salud y la dependencia no pueden ser negocio.
12/05/2021 • Sin comentarios •
El personal sanitario es imprescindible en estos centros ya que son personas vulnerables que necesitan atención continua y que si no la tienen en los centros residenciales van a tener que asistir a los centros de atención primaria para cosas básicas del dia a dia, esto supondría una saturación de la sanidad publica y creo que actualmente no nos conviene. Al margen de esto, creo que la calidad de vida de estas personas tan vulnerables empeoraría.Esta ley me parece una manera de abandonar a las personas que más nos necesitan.