En qué consiste
La Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece en su artículo 57.3 que los funcionarios públicos podrán ser premiados conforme a lo que se determine reglamentariamente.
El Decreto 15/1998, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Distinciones del personal funcionario de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, regula las clases de distinciones.
La declaración en marzo de 2020 por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19 y la situación extraordinaria derivada del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria originada, han puesto de manifiesto la extraordinaria implicación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el mantenimiento de los servicios esenciales, con una profesionalidad y grado de participación personal más allá de las exigencias normativas y administrativas.
Se trata de una situación sin precedentes frente a la que se ha reaccionado en la prestación de los servicios públicos esenciales con una enorme diligencia, lo que ha llevado a los empleados públicos a desarrollar su labor en muchas áreas implicadas directa e indirectamente con la prestación de servicios esenciales y a ejercer de sus funciones, de forma extraordinaria por encima de la actividad reglamentaria que corresponde a los puestos que ocupan.
El código de conducta y los principios éticos que marca el Estatuto Básico del Empleado Público, así como los deberes previstos en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, han sido fielmente cumplidos, de forma extraordinaria, en el desempeño de su actividad por estos empleados públicos durante la pandemia.
Este contexto, la norma introduce en el apartado 1 del artículo 15 una nueva distinción, el Premio Extraordinario, que consistirá en un premio en metálico que podrá concederse, con carácter excepcional, cuando el empleado público desempeñe funciones, sean o no propias de su puesto de trabajo, con un interés, iniciativa o esfuerzo que supongan una señalada implicación en la prestación de servicios esenciales en el contexto de situaciones declaradas de especial urgencia, alerta o crisis de cualquier naturaleza.
Fecha de publicación 10 de julio de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 21 de julio de 2020.
No hay nada publicado todavía