En qué consiste
La Consejería de la Presidencia trabaja en la puesta en marcha del I Plan de Igualdad para el personal que presta sus servicios en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos que tendrá una vigencia de un año, manteniéndose hasta la aprobación de un nuevo plan.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en el apartado 11º de su artículo 70.1 atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con particular atención a las mujeres víctimas de violencia de género. En el marco de esta competencia, se han realizado importantes avances normativos como:
El Plan Autonómico de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género de Castilla y León (2013-2018), que se conforma como el instrumento de planificación estratégica en la materia, dando continuidad a los cuatro planes anteriores que se han ido desarrollando año tras año, avanzando con ello en la posición de la mujer en Castilla y León.
Así mismo se han potenciado las medidas de igualdad de género en el sector agrario de la Comunidad con la aprobación mediante Acuerdo de Junta de 25 de agosto de 2016, de las Directrices para la promoción de la mujer en el sector agrario de la comunidad de Castilla y León.
Para que la transversalidad del principio de igualdad de género esté presente en la totalidad de las actuaciones de las Administraciones Públicas, la Ley 1/2011, de 1 de marzo, de Evaluación de Impacto de Género en Castilla y León determina la obligatoriedad de evaluar el impacto de género de las leyes y demás disposiciones normativas y administrativas, dando así un paso más en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres.
Por otra parte, en cuanto al ámbito de la lucha contra la Violencia de Género, la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León se aprobó con la intención de ser un instrumento efectivo para erradicar este tipo de violencia, potenciando los instrumentos de prevención y sensibilización en la sociedad y articulando los mecanismos necesarios para prestar una atención integral a las víctimas.
Mediante Acuerdo de Junta de 10 de septiembre de 2015, se aprobaron las Directrices de funcionamiento de Castilla y León del modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género “Objetivo Violencia Cero”, estableciendo las claves del modelo de gestión que fundamenta la lucha contra lacra social.
Es preciso también hacer mención expresa a la ‘Agenda para la Igualdad de Género 2020’, instrumento de participación integral de referencia y de planificación estratégica que aborda de forma conjunta en Castilla y León las actuaciones y prioridades en materia de igualdad entre hombres y mujeres y en la lucha contra la violencia machista
El presente Plan de Igualdad para el personal que presta sus servicios en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos nace del compromiso adquirido entre la administración y las organizaciones sindicales firmantes del Acuerdo Marco de fecha 29 de octubre de 2015.
Para su elaboración se ha negociado en el seno de la Comisión Técnica para la Igualdad, el informe de diagnóstico de la situación actualmente existente en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos en materia de igualdad. En el citado documento se identifican las áreas en las que a pesar de los avances conseguidos en el ámbito laboral y familiar, todavía subsisten circunstancias que siguen condicionando la efectiva participación de las mujeres en igualdad de oportunidades en el empleo público. El análisis del diagnóstico, y la evaluación de las medidas que ya se vienen realizando en el seno de la organización, ha facilitado la determinación de aquellas medidas cuya implementación se ha revelado con resultados muy positivos, y ha posibilitado la identificación de aquellas áreas necesitadas de mejora o profundización.
El Plan tiene como finalidad, por tanto, la promoción, el fortalecimiento y el desarrollo de la igualdad de trato y de oportunidades entre las mujeres y los hombres que prestan sus servicios en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, inspirándose en los principios de igualdad, transversalidad, participación, seguimiento y mejora continua, comunicación no sexista, y flexibilidad y adaptación a la diversidad de circunstancias de los distintos sectores y categorías.
Para ello, el Plan contempla los siguientes objetivos específicos:
-Profundizar y actualizar el diagnóstico de la situación de igualdad laboral de las personas incluidas en su ámbito de aplicación, dándoles participación, sensibilizando e implicando a toda la organización para una mejora continua del Plan.
-Prevenir desigualdades, corregir las detectadas y avanzar en la implementación transversal de la cultura de igualdad en toda la organización.
-Fomentar y garantizar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público y en las condiciones de trabajo y carrera profesional, atendiendo a las situaciones necesitadas de especial protección derivadas de desigualdad por razón de género.
-Establecer mecanismos de seguimiento y mejora continua.
El Plan se vertebra en 9 Ejes que pretenden dar respuesta a los objetivos identificados, desarrollándose a su vez cada uno de ellos a través de diferentes medidas específicas de actuación. Finalmente el Plan establece un sistema de seguimiento del grado y efectividad de las medidas que contempla, lo que posibilitará a su vez, un diagnóstico dinámico de la evolución del grado de igualdad real y efectiva de trato y oportunidades entre las mujeres y hombres que prestan sus servicios en su ámbito de aplicación.
I Plan de Igualdad para los empleados públicos de la Junta de Castilla y León
Fecha de publicación 24 de febrero de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 5 de marzo de 2020.
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25/02/2020 • 1 comentario •
Aumentar el presupuesto deficado a los servicios públicos es el primer paso
27/02/2020 • 1 comentario •
La composición paritaria de los órganos de selección del personal al servicio de la Administración ya está contemplada en el TRLEBEP, lo único que hay que hacer es trasladarlo a la Ley de la Función Pública de CyL.
27/02/2020 • 1 comentario •
Resulta paradójico que elaboren un Plan de Igualdad cuando la propia Junta tiene 11 miembros, siendo 8 hombres y 3 mujeres.A nivel de altos cargos y personal directivo es donde más tienen que avanzar las Administraciones Públicas en materia de igualdad.Y que se dejen de libres designaciones, que no deberían de existir, ni para hombres ni para mujeres.
05/03/2020 • 1 comentario •
En aquellas medidas en las que se habla del uso no sexista del lenguaje se opta por la promoción, quedando rebajado el nivel de exigencia patente en el artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que insta a implantarlo directamente. Podría comenzarse con el propio título del Plan de Igualdad, que habría que denominar de empleadas y empleados públicos de la Junta de Castilla y León.
05/03/2020 • 1 comentario •
Para que todas las acciones diseñadas con la intención de alcanzar los objetivos planteados en este Plan de Igualdad cristalicen ha de acompañarse con la correspondiente partida económica en los Presupuestos Generales de la Junta de Castilla y León.
27/02/2020 • 1 comentario •
Que se igualen los permisos de maternidad y paternidad.En caso de parto, quitando los días de reposo obligatorio para la madre, por cuestiones médicas, deberían igualarse el resto de semanas de permiso.Y en caso de adopción/acogimiento los permisos deberían ser exactamente iguales.
05/03/2020 • 1 comentario •
La promoción de la presencia equilibrada en la composición de tribunales puede que no sea suficiente. Entendiendo la posible dificultad en algunos casos instamos a que no solo se promocione sino que sea de obligatorio cumplimiento siempre que las circunstancias lo permitan.
27/02/2020 • 1 comentario •
No creo que exista una empresa en la que exista mayor igualdad en la selección y en la provisión de los puestos de trabajo que en la Administración Pública.Ya existen desde hace 'siglos' los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.¿Qué pasa, que hasta ahora no se estaban respetando?Si hay determinados Cuerpos de la Administración especial en los que hay más hombres que mujeres (ingenierías, por ejemplo), igual el problema está en las facultades universitarias, en vez de en la selección de las AAPP.
05/03/2020 • 1 comentario •
En la composición de la Comisión de Igualdad aparece una persona representante por cada organización Sindical presente en la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos. Sería oportuno que se contara igualmente con la presencia y aportaciones de otras organizaciones sindicales que, no estando presentes en la Mesa General, son mayoritarias en las distintas Mesas Sectoriales.