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(2019/11) Procedimiento para la elaboración del anteproyecto de ley de patrimonio cultural de Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

Trámite de Consulta Previa Pública en el Procedimiento de Elaboración de Normas 

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública en el procedimiento para la elaboración de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Se considera necesaria una norma que incorpore un concepto más actual del patrimonio cultural, que vincule a la sociedad con los bienes que conforman ese patrimonio y que recoja la experiencia que en materia de gestión y protección ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León desde la aprobación de la actual Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y que inciden en cuestiones como la accesibilidad al mismo como un derecho ciudadano, la gestión preventiva y racional que garantice la conservación y sostenibilidad de los bienes del patrimonio cultural, la corresponsabilidad con los propietarios y la cooperación de los agentes implicados, o la relación del patrimonio con el desarrollo de los territorios.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La ley que regula el patrimonio cultural de Castilla y León data del año 2002. En estos últimos años, el concepto de patrimonio cultural ha evolucionado, se han firmado Convenios suscritos por el Estado español, o nuevas recomendaciones y resoluciones elaboradas por UNESCO que aportan avances doctrinales y consideraciones técnicas para la gestión que la nueva ley debe incorporar.

Del mismo modo, en este tiempo, además, se han ido consolidando novedosos principios con la aplicación de planes de intervención, como la caracterización del patrimonio desde la vertiente del derecho ciudadano a la cultura y de la participación social; la relación del patrimonio con el desarrollo social y territorial; la corresponsabilidad en la gestión de los bienes que forman parte del patrimonio cultural a través de la incentivación de la cooperación mediante la concertación institucional y la colaboración público-privada; así como la búsqueda de la sostenibilidad técnica y financiera en las intervenciones que se realizan en los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural.

Finalmente se precisa plasmar la consideración del patrimonio cultural como un factor de cohesión social y de desarrollo territorial y como recurso económico.

c) Objetivos de la norma.

El objetivo de la Ley es el conocimiento, la investigación, la protección, la conservación, la difusión del Patrimonio Cultural de Castilla y León y su sostenibilidad. Que, como recurso valioso e insustituible, contribuya a mejorar la calidad de vida de las personas y al desarrollo del territorio desde el punto de vista social y económico.

d) Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

Fecha de publicación 11 de noviembre de 2019.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 21 de noviembre de 2019.

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