En qué consiste
Con esta norma se pretende establecer dos bonificaciones en el impuesto sobre sucesiones y donaciones:
- Una bonificación del 99 por 100 en la cuota del impuesto, en las adquisiciones mortis causa cuando el adquirente sea el cónyuge, descendiente o ascendiente del causante.
En ambos casos se regulan los requisitos que han de cumplirse para aplicar dichas bonificaciones.
Fecha de publicación 4 de octubre de 2019
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 14 de octubre de 2019.
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