En qué consiste
Trámite de Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de un decreto por el que se regula la adquisición centralizada de bienes y servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Adaptar la regulación de la adquisición centralizada al nuevo régimen que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
El Decreto 51/2003, de 30 de abril, por el que se regula la adquisición centralizada en la Administración de la Comunidad de Castilla y León disciplinó la normalización y homologación de bienes y servicios para su adquisición centralizada en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Su aplicación ha puesto de manifiesto que la agregación de la demanda de bienes y servicios de utilización común en la Administración, mediante su contratación centralizada por un servicio especializado, hace más eficiente la gestión, permite obtener economías de escala y reducir precios y costes de transacción.
Por otro lado, los cambios producidos en la normativa comunitaria y estatal en materia de contratación desde la aprobación del Decreto 51/2003, de 30 de abril, así como la implantación en la Administración de la Comunidad Castilla y León de un sistema de información que ha automatizado todos los procedimientos de contratación en todos los órganos de contratación, aconsejan una nueva regulación.
c) Objetivos de la norma.
Adaptar la normativa autonómica a la regulación que legislación básica estatal hace de los acuerdos marco como técnica para racionalizar la contratación de bienes y servicios al servicio de las centrales de contratación de las entidades del sector público.
Esta norma permitirá mejorar la eficacia en la tramitación de los expedientes de contratación y la seguridad jurídica, al clarificar las competencias de los órganos de contratación.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 20 de septiembre de 2019.
El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2019.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
20/09/2019 • Sin comentarios •
Lo que a priori parece un ahorro no siempre lo es, especialmente en zonas periféricas. Puede ser un ahorro centralizar la compra de sillas de oficina, de folios o la contratación de las limpiezas de cristales. Pero a veces eso implica que para reponer una silla de oficina o una caja de folios en la oficina de Béjar hay que pedirla a Valladolid. O que tienen que venir desde Valladolid tres operarios a limpiar los cristales de un laboratorio en Ponferrada. La norma que se apruebe tiene que tener en cuenta estos detalles, por racionalidad y además para favorecer las compras de proximidad en establecimientos de comarcas rurales. Eso implica introducir mecanismos para que los órganos periféricos tengan cierta capacidad de maniobra para decidir sobre esas pequeñas compras que conviene hacer de forma no centralizada.
27/09/2019 • Sin comentarios •
Facilitar la presentación de ofertas a empresas más pequeñas, algunas veces los requerimientos mínimos del tipo de empresa que puede ofertar no tiene en cuenta la realidad del modelo productivo de la zona, terminando finamente facilitando la contratación a empresas nacionales mucho más grandes que las regionales.Sería interesante pensar en cómo facilitar el acceso a este tipo de empresas incentivando el crecimiento de los sectores productivos dentro de la región.
29/09/2019 • Sin comentarios •
En ocasiones, el ahorro no es sólo menos dinero, sino también un mejor producto o un mejor servicio (de mayor calidad). La centralización absoluta de todos los conceptos favorece implícitamente a las grandes empresas y no necesariamente provoca una mejor relación calidad/precio. Existen múltiples adquisiciones y múltiples servicios donde la localización del proveedor respecto del cliente es fundamental.Los organismos públicos (y más en un contexto de despoblación rural como el que estamos sufriendo) deberían ser agentes favorecedores de la repoblación. Creo que ha llegado el momento en el que las contrataciones públicas valoren al descentralización y 'ruralización' de la empresa que proporcione los servicios (y más importante si cabe que desde esta Región seamos pioneros en este tipo de medidas, antes de que sea un efecto irreversible -si es que no lo es ya-)Por otra parte, en muchas ocasiones es fundamental que la calidad del servicio que se presta no sea valorada únicamente en base al coste del servicio, sino a la calidad del mismo, en base a las capacidades de los profesionales que ofrecen dicho servicio. Creo que es fundamental que exista una regulación no sólo sobre el coste de un servicio, sino sobre las capacidades y las atribuciones de los profesionales que puedan desempeñar dicho servicio.
29/09/2019 • Sin comentarios •
Este comentario va en la línea del resto de comentarios ya realizados aquí.Eso de que la 'contratación centralizada por un servicio especializado, hace más eficiente la gestión, permite obtener economías de escala y reducir precios y costes de transacción' está muy bien para determinados bienes y servicios (como pueden ser los de telecomunicaciones y de energía) pero las CCAA deberían primar el reparto de sus fondos entre todas sus provincias y entre las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad, debiendo primar esto en los contratos públicos autonómicos.Lo que no es de recibo es que para reparar una fotocopiadora se tengan que desplazar de una provincia a otra, por poner un solo ejemplo.Ah! Y que las grandes empresas a nivel nacional no puedan asociarse con las pequeñas empresas de la Comunidad para que les puntúe más en los concursos.En cualquier caso, si de verdad quieren ahorrar en materia de contratación, lo que es imprescindible es la exigencia de la máxima transparencia en la preparación, gestión y adjudicación de todo tipo de contratos (se centralice o no su gestión). Y una predisposición absoluta en la lucha contra la corrupción. La cantidad de dinero que se podría ahorrar de esta manera...
30/09/2019 • Sin comentarios •
Mi opinión es que determinados servicios que se pueden considerar estratégicos y cuyo objeto principal es la realización de servicios por parte de profesionales con alta cualificación no deberían ser nunca objeto de contratación centralizada. No creo que debamos comparar la compra de sillas con la compra de horas de trabajo de un profesional de informática, por poner un ejemplo.En cualquier caso en las compras centralizadas se debería poner especial énfasis en el control de la subcontratación, y sobre todo en el caso de los servicios, se debería controlar específicamente en las licitaciones que el perfil profesional que finalmente va a realizar el servicio sea el adecuado y tenga las capacidades necesarias. Creo que se debería fomentar que en los catálogos de empresas que pueden prestar un servicio u ofrecer un producto de manera centralizada se pudiesen incluir empresas asociadas en UTE o en otro tipo de asociación para que, de este modo, las empresas pequeñas y regionales no que queden fuera del sistema.