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(2017/12) Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de CyL, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre. (Cerrado)

En qué consiste

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Medio Natural, ha iniciado la tramitación del Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.

El objetivo que se persigue es la adecuación del Decreto 32/2015, de 30 de abril, al marco jurídico más reciente, de manera que sirva de elemento regulatorio estable y de desarrollo reglamentario de lo establecido por la Ley 4/1996, de 12 de julio, y por el resto del ordenamiento jurídico de carácter básico.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 7 de diciembre de 2017.

¿Qué mejoras cree que pueden introducirse en el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 32/2015, de 30 de abril?

Prohibir la caza de liebres con armas de fuego en las zonas donde se pueda practicar la caza de liebre con galgos

22/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#118800

Prohibir la caza de liebres con armas de fuego en las zonas donde se pueda practicar la caza de liebre con galgos

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378 votos

La liebre para el galgo

23/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#119179

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157 votos

Las liebres por haber pocas debería ser para el Galgo, menos cuando allá sobre población

23/11/2017  •  1 comentario  •  Valentín Toledo poves#119337

Si no hubiera sobre población la liebre debería ser para el Galgo

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103 votos

Ante la caída poblacional de la liebre ibérica se deben fomentar sus poblaciones y limitar sus aprovechamientos cinegéticos primando la caza

23/11/2017  •  1 comentario  •  César#119539

Ante la caída poblacional de la liebre ibérica se deben fomentar sus poblaciones y limitar sus aprovechamientos cinegéticos primando la caza con galgos sobre otras por su carácter selectivo que redunda en la mejora genética.

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63 votos

Prohibir el uso de productos químicos en la agricultura que resulten perniciosos para las diferentes especies habitan en los campos

23/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#119603

De todos es sabido que, el uso de ciertos herbicidas, semillas tratadas, y otras prácticas agrarias, perjudican muy seriamente a la población salvaje en nuestros campos. También son perjudiciales para las personas.

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43 votos

Quema rastrojos

23/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#119688

Volver a la quema controlada , y prohibir el uso de herbicidas totales .Más trabajo mecánico y menos químicos .El glifosato está matando a las personas y a los animales !!!

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26 votos

Incluir al cormoran como especie cinegética

22/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#116366

Incluir al cormoran como especie cinegética para poder controlar sus poblaciones y que se permita su caza en las zonas de seguridad de nuestros rios y pantanos

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23 votos

Que dejen la liebre para el galgo en lamentable que las maten con las escopetas

23/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#119738

Que dejen la liebre para el galgo es lamentable que las matem con las escopetas

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14 votos

Las liebres para correr con galgos.Ok

24/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#119753

Deberían de sancionar a los que maten las liebres con escopeta, palos, etc. A excepción de la carrera del galgo.

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12 votos

Subvencionar

24/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#119688

Subvenciones a los cotos para colocar bebederos y comederos en estaciones secas , con el control de q se hacen las cosas bien por parte del seprona

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7 votos

Ya era hora

23/11/2017  •  Sin comentarios  •  Anónimo#119773

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Varias adjuntas en representación de AZADECAP

05/12/2017  •  1 comentario  •  Antonio#119784

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francisco bravo

23/11/2017  •  Sin comentarios  •  Anónimo#119780

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Aunque la Junta no lo indique, esta modificación se debe a sentencia del Tribunal Superior de Justicia, que anuló varios de sus artículos

04/12/2017  •  1 comentario  •  Ecologistas en Acción de Castilla y León#119782

Aunque la Junta no lo indique, esta modificación se debe a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia, declarando la nulidad de los preceptos siguientes: art. 9.4, en lo relativo a las modalidades de palomas en migración invernal de pasos y la caza de acuáticas desde puestos fijos, el art. 13, el art. 14, el art. 15, el art. 19apartado 1, letra a) en cuanto dispone “Los titulares de los terrenoscinegéticos, y los propietarios o afectados en el caso de terrenos no cinegéticos, en los que se produzcan daños, podrán solicitar a los servicios territoriales el control de estas aves cinegéticas, durante los meses de abril y mayo”, y en la letra b) en cuanto dispone “Los titulares de los terrenos cinegéticos, y los propietarios o afectados en el caso de terrenos no cinegéticos, en los que se produzcan daños, podrán solicitar a los servicios territoriales el control de estasaves cinegéticas, durante los meses de septiembre y octubre”, y el Anexo. Adjuntamos la sentencia.

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