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(2017/10) Procedimiento para la elaboración de una propuesta de orden a propuesta de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para la declaración de las aguas trucheras de Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

Trámite de Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una propuesta de orden a propuesta de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para la declaración de las aguas trucheras de Castilla y León.

1- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:

Las Cortes de Castilla y León aprobaron la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León. El Título IV de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, lleva por rúbrica “De las masas de agua”. En dicho Título, y más concretamente en su artículo 19, dispone la clasificación de las masas de agua en función de sus especies predominantes, de modo que tendrán la consideración de aguas trucheras, a los efectos de lo previsto tanto en ella como en las disposiciones que la desarrollen, las que así sean declaradas por la consejería competente en materia de pesca, por ser la trucha común la especie pescable de mayor interés, o por su elevada potencialidad para albergar a dicha especie. Por otro lado, el artículo 6.3 de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre declara a la trucha común como especie de interés preferente en Castilla y León, reconociendo de esta forma y de manera expresa, la importancia ecológica y deportiva que esta especie reúne, lo que deriva en la adopción de medidas especiales de conservación o de regulación de su aprovechamiento. La presente propuesta de Orden se dicta en cumplimiento de los artículos 6, y 19, de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, y en ella se determina la delimitación de las aguas trucheras como consecuencia de los últimos estudios técnicos de seguimiento de la especie. Así, y partiendo de una clasificación de las masas de agua por sus especies predominantes (aguas trucheras o no trucheras) se regula el ejercicio de la pesca en la orden por la que se establecen las normas reguladoras de la pesca en la comunidad de Castilla y León para cada temporada. Actualmente se encuentra en vigor la Orden FYM/161/2014, de 11 de marzo, por la que se declaran las aguas trucheras de Castilla y León (BOCyL nº 51 de 14 de marzo de 2014). Aunque el tiempo transcurrido desde la publicación de la anterior orden por la que se declaran las aguas trucheras de Castilla y León ha sido breve, ha sido preciso actualizar la delimitación de los tramos como consecuencia de los últimos estudios técnicos de seguimiento de la especie. Resulta conveniente la adecuación de la presente orden a la realidad existente y al marco jurídico más reciente, de manera que sirva de elemento regulatorio conforme a lo establecido por la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León y por el resto del ordenamiento jurídico de carácter básico.

2- Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Necesidad de actualizar el marco regulatorio por el que se determinan las aguas trucheras de Castilla y León.

3- Objetivos de la norma:

Establecer un marco regulatorio de la protección y de las condiciones de aprovechamiento de la trucha común, en virtud de lo preceptuado tanto en la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León como en la legislación nacional y comunitaria. Permitirá actualizar la Orden FYM/161/2014, de 11 de marzo, por la que se declaran las aguas trucheras de Castilla y León.

4- Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se aprecia ninguna

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 4 de octubre de 2017. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.

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