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(2017/09) I Plan Estratégico de Servicios Sociales de Castilla y León 2017-2021 (Cerrado)

En qué consiste

La elaboración del presente Plan Estratégico responde a la planificación autonómica de los servicios sociales contemplada en la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.

En consonancia con la citada Ley, que en su Título VI regula la planificación, de ámbito autonómico y local, de los servicios sociales, la Junta de Castilla y León -a quien corresponde la aprobación de la planificación autonómica de los servicios sociales, según se determina en su artículo 47.c), este Plan se crea como instrumento para establecer las líneas de acción estratégica del sistema y las directrices básicas de la política de Castilla y León en esta materia.

Desde una consideración integrada de la persona y su entorno familiar, el Plan ofrece un enfoque integral de todos los servicios sociales a los que se refiere la Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León.

En lo relativo a su contenido, realiza, como punto de partida, un diagnóstico de las necesidades sociales de la población de Castilla y León, relacionadas con las estructuras organizativas existentes en que se articula nuestro sistema de servicios sociales para darles respuesta, así como los programas, prestaciones, servicios y recursos técnicos y financieros con los que cuenta.

Las conclusiones derivadas de este análisis sirven de base para determinar las directrices básicas de la política de servicios sociales y realizar la planificación de las actuaciones dirigidas a fortalecer el sistema, hacerlo avanzar y prepararlo para afrontar nuevos desafíos.

Dichas directrices se desglosan en diferentes líneas de acción estratégica, que contemplan los objetivos que persiguen y las actuaciones correspondientes, además de los actores implicados y su temporalización. En coherencia con el planteamiento integral arriba mencionado, se incluyen objetivos y medidas que poseen un carácter transversal, por afectar a diversos colectivos, o bien se refieran al sistema en su conjunto.

Por último, se definen los indicadores para cada una de las medidas planteadas, y se estima la carga económica por cada año de vigencia del Plan, que tendrá una duración de 48 meses a partir de la fecha de su aprobación.

Este Plan vincula, en su ejecución, a todas las administraciones públicas de Castilla y León y a las entidades privadas titulares de servicios sociales financiados – total o parcialmente – con fondos públicos, teniendo sólo carácter indicativo para las entidades privadas titulares de servicios sociales no financiados con dichos fondos.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 25 de septiembre de 2017

¿Considera que la determinación de un Plan estratégico de servicios sociales, que guíe la política de la Comunidad Autónoma en esta materia, puede contribuir a la mejora y desarrollo del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública?

Educador/a Social

19/09/2017  •  1 comentario  •  Guillermo#116650

Educador/a SocialMejorar la figura del animador comunitario, a través del Educador/a Social, puesto que es el profesional más adecuado para ese puesto.Es necesario dar más servicios en las zonas rurales, y establecer en comarcas las sedes de estos CEAS, y no llevarlos a la capital, puesto que allí no está su zona y pierde todo su sentido.

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mejorar la interacción de las personas en situación de vulnerabilidad

22/09/2017  •  1 comentario  •  Plataforma Social de Valladolid#112848

Alegaciones al Plan estratégico de Servicios Sociales de CYL1. Establecerse un plazo para la aprobación del Mapa de Servicios Sociales2. Establecer que las solicitudes de la Renta garantizada de ciudadanía se resuelvan en el plazo de 30 días.3. Elaborar el desarrollo reglamentario que garantice la interacción comunitaria en barrios y pueblos. 4. Realizar una evaluación del Catálogo de Servicios Sociales, según establece la ley de Servicios Sociales, y proceder a las modificaciones pertinentes.5. Desarrollar reglamentariamente el artículo 31 de la ley de servicios sociales, definiendo la composición de los equipos de Acción Social Básica, para garantizar la intervención comunitaria.6. Facilitar a los usuarios de los centros de servicios sociales toda la documentación relativa a los planes de gestión de la calidad de los centros, carta de servicios, reglamento de régimen interior, etc.7. Establecer plazos para la resolución de los procedimientos administrativos (la referencia genérica incluida en el proyecto no conlleva ningún compromiso). 8. Debe establecerse un plazo de resolución de 30 días para los recursos de reposición presentados a las resoluciones de las prestaciones.9. Mejorar la coordinación entre los servicios sociales dependientes de las entidades locales y los servicios sociales dependientes de la Administración autonómica.10. Modificación del Catálogo de Servicios Sociales, incluyendo como prestación esencial la prevención, participación comunitaria e inclusión social de las familias y de los menores que estén en exclusión o en riesgo.11. Completar los equipos de profesionales de atención directa de los CEAS, dotándoles de suficiente personal básico y perfil multidisciplinar (trabajadores sociales, educadores sociales, integradores sociales, animadores socioculturales, agentes interculturales, etc.). 12. Garantizar la coordinación de CEAS con los ámbitos de educación y sanidad, para garantizar que son la puerta de entrada de los servicios sociales. 13. Establecer protocolos de trabajo en red y en coordinación entre Administración y ONGs, con personal suficiente para su desarrollo. No es válido un protocolo en papel que es inviable por falta de efectivos. Es básica la profesionalización de la intervención social.14. Que los trámites de suspensión y reanudación de la Renta Garantiza de ciudadanía no se prolonguen más de un mes. Esto es motivo de des-incentivación de búsqueda activa de empleo y por tanto una gran traba para procesos de inclusión social.15. Establecer proyectos individuales de prevención adaptados a la peculiaridad de las necesidades de cada familia perceptora de la Renta Garantiza de ciudadanía. 16. Establecer convenios y compromisos con empresas para la contratación de personas en riesgo o exclusión social como ocurre con el colectivo de personas con discapacidad.17. Crear planes de inclusión social flexibles y abiertos, no centrados únicamente para ciudadanos perceptores de RGC, que en muchas circunstancias tienen una capacidad económica superior a la de otras familias que no tienen acceso a ella, quedando éstas fuera de circuitos institucionales de inclusión social.18. Los programas de prevención y promoción de menores en riesgo de exclusión social deben estar coordinados por los profesionales de los CEAS, que serán los responsables de la consecución de estos objetivos.19. Es necesario desarrollar programas con profesionales de la educación social y animación fuera del horario escolar, para continuar con la educación de hábitos y desarrollo de capacidades de los niños y las niñas, y conseguir que las familias, sobre todo cuando son monoparentales, puedan disponer de tiempo para trabajar o desarrollar otras actividades.

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Proyecto de vida inclusivo

16/09/2017  •  1 comentario  •  Chus#111023

Desde los servicios sociales se debe tener un trato estrecho con otros organismos para que la persona desarrolle su proyecto de vida de forma inclusiva en lo concerniente a todos los aspectos: educativo, ocio, laboral, etc.Tener órganos resolutivos, que supervisen el cumplimiento de la inclusión plena y actuar en consecuencia cuando esto no suceda, en defensa de las personas con discapacidad, dependencia o riesgo de exclusión social.Se debe trabajar en pro de una sociedad abierta y respetuosa con la diversidad, de la que todos salimos beneficiados.Ya todos tenemos asumido que la eliminación de barreras físicas beneficia a todos, no solo a personas con movilidad reducida.Tener una sociedad con valores respetuosos con las personas que pretenden realizar su proyecto vital en la comunidad también es un beneficio para todos.Los servicios sociales deben velar por el cumplimiento del respeto a los derechos de las personas más vulnerables.

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Profesional de referencia personal y dinamizadores de acción social

16/09/2017  •  1 comentario  •  Chus#111023

Es una figura imprescindible, para coordinar las necesidades y encauzar los recursos a través de un seguimiento proactivo, en cada momento y en cada situación.Pero resulta que solo recibimos cartas cuando caducan nuestros certificados de discapacidad o de valoración de dependencia.Es necesario dinamizar esta figura tan importante, dotándola de un contenido exacto, pautado y formal.Si se quiere hacer un proyecto de vida y un seguimiento de la trayectoria resulta imprescindible.Además tiene que servir para optimizar los recursos de zona, dado que desde los servicios centrales se sabe qué personas y qué necesidades tienen en cada zona, para a través de un estudio ofrecerlos.Si 20 personas están presentado facturas de logopedia en una misma población... es necesario ofrecer ese servicio, bien a través de un centro acreditado, de conciertos con gabinetes o con la fórmula más adecuada.

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Centros acreditados

16/09/2017  •  1 comentario  •  Chus#111023

En las zonas rurales el requisito de presentar facturas por centros acreditados para realizar el copago del servicio social al que se tiene derecho por estar reconocido en el PIA es un gran problema.Hay pocos centros reconocidos y los que lo están no ofrecen el servicio a toda la población que tiene reconocido el servicio en su PIA.Hablo de Cuéllar (Segovia) y como esta población supongo que hay muchas más en el territorio de nuestra comunidad.

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En el Catálogo de Servicios Sociales se debería especificar claramente los profesionales de referencia; educador/a social, psicologo/a y ts

24/09/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#116751

En este amplio Catálogo de Servicios Sociales no se define claramente el/la profesional (de referencia) encargado de la prestación. Solo se habla de 'profesional' y esto da lugar a una ambiguedad que no es propia de un Plan Estratégico del s. XXI. Si desde la Junta de Castilla y León se quiere llevar a cabo un plan de calidad que responda a las necesidades de la cidadanía, se deberían definir CLARAMENTE, los/as profesionales de referencia; educador/a social, psicólogo/ y trabajador/a social. Cada profesional tiene unas competencias y unas funciones claramente definidas y en este plan se debería dejar constancia de ello.

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Potenciar programas de trabajo socioeducativo con menores en desventaja y/o riesgo desde los Servicios Sociales

24/09/2017  •  1 comentario  •  Lorenzo Salamanca Garcia#116762

Considero que existe una laguna importante en los Servicios Sociales de los principales núcleos urbanos de Castilla y León y ello se refiere a la practica inexistencia de programas que trabajen a lo largo del año con menores (sobre todo adolescentes y jóvenes) en desventaja y/o riesgo. Y esto va más alla de la labor realizada desde el Programa CONSTRUYENDO MI FUTURO, al que progresivamente se le han ido reduciendo presupuestos. Considero que una forma muy valida, avalada por los años en que se viene llevando a cabo y los resultados obtenidos en Zamora, sería potenciar este tipo de programas desde una metodología global como es la de la educación de calle. Un perfil profesional (aunque no el único) que debería impulsar este trabajo debería ser el del EDUCADOR SOCIAL, que en la practica tiene una presencia casi inexistente en los equipos de Servicios Sociales, reducida la mayoría de las veces a un perfil más de los equipos de los Programas de Intervención Familiar. Adjunto remito el enlace de la Revista de Educación Social donde se refleja la experiencia asentada de Zamora: http://www.eduso.net/res/admin/archivo/docdow.php?id=931

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