En qué consiste
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Por tanto, se realiza consulta pública para la elaboración de un Decreto a propuesta de la Consejería de la Presidencia, para regular la prestación de servicios en régimen de teletrabajo de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El Decreto 9/2011, de 17 de marzo, por el que se regula la jornada de trabajo no presencial mediante teletrabajo en la Administración de Castilla y León, ha venido estableciendo las reglas que han de regir la prestación de servicios bajo esta modalidad de jornada en nuestra Comunidad Autónoma. No obstante, evaluado su funcionamiento dentro del Plan 2016 de la Inspección General de Servicios, se han detectado problemas y deficiencias en relación con cuestiones tan importantes como la rotación entre los teletrabajadores, la determinación de la jornada mínima susceptible de ser desempeñada en régimen de teletrabajo, el lugar de desempeño de las funciones, la posibilidad de suspender su autorización, la competencia para resolver las solicitudes, etc… Sólo es posible abordar todas estas cuestiones desde una nueva regulación.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de una nueva norma en materia de teletrabajo se encuadra en el compromiso de mejorar y modernizar la función pública de Castilla y León establecido en el Acuerdo Marco por el que se recuperan derechos de los empleados públicos y se fijan las prioridades en materia de función pública para la legislatura 2015/2019. Así mismo, la necesidad de dictar la norma anunciada, estriba en que una nueva regulación de esta modalidad de prestación de servicios afecta a derechos de los empleados públicos como la jornada, el régimen de permisos o el de incompatibilidades, que se encuentran regulados en otras normas de igual rango.
c) Objetivos de la norma.
La aprobación de un nuevo Decreto tiene por objeto actualizar la regulación del teletrabajo como medio para reforzar los objetivos tradicionalmente perseguidos por esta modalidad de prestación de servicios, es decir, la conciliación de la vida personal y laboral así como la protección del medio ambiente y su sostenibilidad. Pero también constituye un instrumento para fomentar la protección de la salud de los empleados públicos en el ámbito de una Administración con una media de edad elevada.
d) Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias
No se aprecia ninguna.
El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finaliza a las 15:00 horas del día 8 de febrero de 2017. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.