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(2017/02) Procedimiento para la elaboración de un decreto a propuesta de la Consejería de la Presidencia, para regular la prestación de servicios de los empleados públicos en régimen de teletrabajo. (Cerrado)

En qué consiste

Trámite de Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. Por tanto, se realiza consulta pública para la elaboración de un Decreto a propuesta de la Consejería de la Presidencia, para regular la prestación de servicios en régimen de teletrabajo de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

El Decreto 9/2011, de 17 de marzo, por el que se regula la jornada de trabajo no presencial mediante teletrabajo en la Administración de Castilla y León, ha venido estableciendo las reglas que han de regir la prestación de servicios bajo esta modalidad de jornada en nuestra Comunidad Autónoma. No obstante, evaluado su funcionamiento dentro del Plan 2016 de la Inspección General de Servicios, se han detectado problemas y deficiencias en relación con cuestiones tan importantes como la rotación entre los teletrabajadores, la determinación de la jornada mínima susceptible de ser desempeñada en régimen de teletrabajo, el lugar de desempeño de las funciones, la posibilidad de suspender su autorización, la competencia para resolver las solicitudes, etc… Sólo es posible abordar todas estas cuestiones desde una nueva regulación.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La aprobación de una nueva norma en materia de teletrabajo se encuadra en el compromiso de mejorar y modernizar la función pública de Castilla y León establecido en el Acuerdo Marco por el que se recuperan derechos de los empleados públicos y se fijan las prioridades en materia de función pública para la legislatura 2015/2019. Así mismo, la necesidad de dictar la norma anunciada, estriba en que una nueva regulación de esta modalidad de prestación de servicios afecta a derechos de los empleados públicos como la jornada, el régimen de permisos o el de incompatibilidades, que se encuentran regulados en otras normas de igual rango.

c) Objetivos de la norma.

La aprobación de un nuevo Decreto tiene por objeto actualizar la regulación del teletrabajo como medio para reforzar los objetivos tradicionalmente perseguidos por esta modalidad de prestación de servicios, es decir, la conciliación de la vida personal y laboral así como la protección del medio ambiente y su sostenibilidad. Pero también constituye un instrumento para fomentar la protección de la salud de los empleados públicos en el ámbito de una Administración con una media de edad elevada.

d) Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias

No se aprecia ninguna.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finaliza a las 15:00 horas del día 8 de febrero de 2017. Agradecemos su participación y las aportaciones o sugerencias formuladas, que serán examinadas en el procedimiento para la elaboración del referido texto normativo.

¿Qué opinas sobre estos cuatro aspectos?

Flexobilizar requisitos para acceder al teletrabajo.

30/01/2017  •  Sin comentarios  •  José Luis#112843

Aprovechar las Nuevas Tecnologías para aumentar el numero de puestos a desarrollar el teletrabajo.Permitir una dedicación libre a lo largo del día, pero se deben fijar plazos para entregar las tareas.Fijar en RPT el porcentaje de tiempo q se puede aplicar el teletrabajo, valorando los puestos y aquellas tareas q requieren una dedicación presencial.

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Potenciar el teletrabajo como instrumento de lucha contra la despoblación

06/02/2017  •  Sin comentarios  •  #105882

En relación con la protección del medio ambiente que se constituye en uno de los objetivos de la norma, como se dice en la letra c), considero que este objetivo debe ponerse en conexión con la lucha contra la despoblación, *********************************** a los empleados que ejerzan su actividad de teletrabajo en alguno de las poblaciones o *******************************************************.Podría determinarse un baremo de puntuación en función de las necesidades de los municipios. **** censo municipal podría **********************************************************, priorizar las poblaciones inferiores a 100 habitantes, etc. También tener en cuenta que hay poblaciones que tienen el caracter de pedanía y ***********************************************************, sin embargo pueden *************************************************.

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Por tiempo limitado.

30/01/2017  •  Sin comentarios  •  José Luis#112843

Evaluación del desempeño anual para valorar si se han conseguido objetivos marcados, y determinar cada 6 meses su continuación o supresión. Valorar con prioridad la prestación del servicio, por encima de aplicar al trabajador la posibilidad de conciliar. Primero cumplir y después recibir.

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