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Aportación de AGERDCYL, Asociación de Empresas Gestoras de RCD de CyL


Código de la propuesta: CYL-2026-08-8252

AGERDCYL, asociación de gestores de RCD de Castilla y León, solicita un modelo único de planta, control del productor y del poseedor, vigilancia con indicadores y uso efectivo de áridos reciclados.

Aportación de AGERDCYL a la primera revisión del PIRCyL: el modelo de gestión de los residuos de construcción y demolición

La Asociación de Empresas Gestoras de Residuos de la Construcción y Demolición de Castilla y León (AGERDCYL), constituida en 2013, agrupa a las empresas que explotan plantas de tratamiento completo de RCD en la Comunidad y que soportan el coste de la inversión, la autorización ambiental y el control que exige una gestión conforme a Derecho. Colabora con la Administración autonómica en la regulación y el control del sector, y participó en la elaboración del Decreto 5/2023.

En 2023 entraron 2.018.820 toneladas de RCD en las plantas de Castilla y León, atendidas por una red privada de 94 instalaciones fijas —80 de tratamiento completo—. La valorización pasó del 38,1 % en 2014 al 73 % en 2023, superando el 70 % del artículo 26.1.b) de la Ley 7/2022. Pero el PEMAR 2025-2035 eleva el objetivo al 75 % y el Diagnóstico aún cita el PEMAR 2016-2022; el stock acumulado en las plantas por falta de demanda alcanza cuatro millones de toneladas; y la tasa se calcula sobre lo que entra en planta, no sobre lo que se genera, de modo que el vertido incontrolado queda fuera del cómputo y mejora artificialmente el indicador.

Quien invierte en una planta y asume el coste del tratamiento compite con quien deposita el contenedor donde no debe. Esa competencia desleal es el principal obstáculo para que el Plan alcance sus objetivos. Las peticiones que siguen no cuestionan el diagnóstico ni los objetivos del Plan: se dirigen a sus instrumentos. El modelo no se sostiene sobre el gestor, sino sobre la cadena completa —productor, poseedor, gestor y Administración—.

PETICIONES

1. Definir el tratamiento antes que la planta. La trituración y el cribado no son tratamiento, sino preparación del producto para su puesta en obra. Se solicita sustituir «plantas móviles de tratamiento de RCD» por «equipos móviles para la trituración y cribado de RCD», y admitir un modelo único de planta que comprenda la limpieza y la preparación de todos los RCD pétreos.

2. Ordenar la valorización en la propia obra. Aplicación efectiva del artículo 9 del RD 105/2008: que el proyecto prescriba espacios, procedimientos, calidad mínima del residuo tratado, plan de control y uso previsto; que se someta a autorización; y que se garantice mediante fianza que el material se emplea solo dentro del perímetro de la obra.

3. Reforzar el control sobre el productor y el poseedor. La fianza del artículo 4.1.d) del RD 105/2008 y de la disposición adicional séptima de la Ley 5/1999 se cancela con certificados de transportistas o plantas de transferencia, no habilitados para la operación R5. Se solicita exigir acuerdo con una planta completa y su autorización R5, condicionar la cancelación a los certificados de esa planta y crear un sistema autonómico de información sobre garantías y certificados.

4. Extender el control a la obra menor doméstica, hoy excluida de la fianza pese a generar un volumen considerable de RCD. Los ayuntamientos ya exigen permiso para el contenedor en vía pública: se solicita que exijan también garantía y certificado de entrega a planta completa.

5. Programa de vigilancia con indicadores en los tres niveles de la cadena, extensivo a la vigilancia interna de la Administración sobre la imposición y cancelación de garantías. La falta de entrega del certificado debería sancionarse muy por encima del coste de la gestión eludida, para que el vertido incontrolado deje de ser rentable.

6. Fomento efectivo del uso de áridos reciclados. El Decreto 5/2023 fija porcentajes del 2 %, 3 % y 10 % según el tipo de obra y solo alcanza a la Administración autonómica. Euskadi exige el 40 % en contratos de obras; Madrid, el 10 % con alcance sobre organismos autónomos y empresas públicas; Cataluña, el 5 % en obra pública y privada. Se solicita extender la exigencia a todas las administraciones públicas de la Comunidad, entidades locales incluidas, estudiar su extensión a la obra privada de gran volumen y aprobar por Ley estas obligaciones.

7. Actualizar la referencia al Plan Estatal Marco, sustituyendo el PEMAR 2016-2022 por el PEMAR 2025-2035 y ajustando el objetivo de valorización de RCD al 75 % en peso.

Cuanto antecede se desarrolla en el documento adjunto «Alegaciones de AGERDCYL a la primera revisión del PIRCyL».

Francisco Javier Llorente Muñoz Presidente de AGERDCYL

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