En qué consiste
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Por ello, se inicia la consulta pública previa para la elaboración de una orden en la que se concrete el diseño curricular de la doble titulación de formación profesional de Técnico Superior en Administración y Finanzas y Técnico Superior en Asistencia a la Dirección, en la Comunidad de Castilla y León.
Desde la Consejería de Educación se pretende establecer la doble titulación de un grado superior de formación profesional conforme a lo establecido en el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo de ordenación e integración de la Formación Profesional, en el artículo 84 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional y en la normativa autonómica.
El Decreto 24/2024, de 21 de noviembre, por el que se establece el currículo de los ciclos formativos de grado superior, correspondiente a la oferta de Grado D y nivel 3 del Sistema de Formación Profesional, conducentes a la obtención del título de Técnico Superior, en la Comunidad de Castilla y León, establece en el artículo 14 que la consejería competente en materia de educación podrá desarrollar o autorizar ofertas de ciclos formativos de grado superior que integren dos titulaciones con los requisitos establecidos en el artículo 84 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
El pasado 24 de noviembre de 2025, se inició el proceso de consulta sobre la elaboración de una orden por la que se concreta el diseño curricular de la doble titulación en Técnico Superior en Administración y Finanzas y Técnico Superior en Asistencia a la Dirección, en la Comunidad de Castilla y León.
Este diseño curricular pretende integrar los aspectos específicos de los currículos de Técnico Superior en Administración y Finanzas y Técnico Superior en Asistencia a la Dirección; del análisis realizado, parece necesario modificar la organización y/o duración de algunos de los módulos profesionales de los ciclos formativos de grado superior que integran la doble titulación. Teniendo en cuenta que el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establece que la duración de los módulos profesionales de cada una de las titulaciones que integran la doble titulación de formación profesional deben tener la misma duración que los módulos profesionales en los currículos autonómicos, se ha considerado oportuno incluir en la parte final de esta norma, la modificación de la Orden EDU/1288/2024, de 26 de noviembre, por la que se concretan los aspectos específicos del currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas en la Comunidad de Castilla y León y la Orden EDU/1297/2024, de 26 de noviembre, por la que se concretan los aspectos específicos del currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior en Asistencia a la Dirección en la Comunidad de Castilla y León, al objeto de que la oferta integrada sea coherente con las ofertas individuales de las titulaciones.
Conforme a lo anterior, se considera oportuno, iniciar nuevamente el procedimiento de elaboración de una norma que establezca la doble titulación en Técnico Superior en Administración y Finanzas y Técnico Superior en Asistencia a la Dirección, en la Comunidad de Castilla y León.
Por todo ello, es necesario tramitar en la Comunidad de Castilla y León, una nueva norma que concrete el diseño curricular de esta doble titulación y en la que se recoja la nueva duración y organización de los módulos profesionales en coherencia con las órdenes curriculares.
Concretar el diseño curricular de la doble titulación de Técnico Superior en Administración y Finanzas y Técnico Superior en Asistencia a la Dirección, en la Comunidad de Castilla y León.
No se contemplan otras posibles alternativas, puesto que se entiende necesaria esta regulación para implementar en Castilla y León la nueva normativa.
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