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Proyecto de Decreto por el que se establecen las cuantías y requisitos para la percepción por parte de los veterinarios de Salud Pública de los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública que prestan servicios en mataderos e industrias alimentarias del complemento de atención continuada en las modalidades de turno de noche y de sábados, domingos y festivos.

En qué consiste

El artículo 19. g) de la Ley 12/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2001 estableció que los Veterinarios de Salud Pública de los Servicios Veterinarios Oficiales destinados en mataderos e industrias alimentarias que realizasen sus funciones en horarios nocturnos, así como en domingos y festivos podrían percibir un complemento de atención continuada en sus modalidades de turno de noche y turnos de domingos y festivos, en los términos que estableciese la Junta de Castilla y León.

Como consecuencia de ello, mediante Decreto 236/2001, de 18 de octubre de 2001, se reguló parcialmente esa previsión, al establecer las jornadas nocturnas y el complemento a percibir por prestar servicios en turno de noche, quedando por desarrollar un complemento cuando dicho personal prestase los servicios en mataderos e industrias alimentarias, en domingos y festivos.

En posteriores leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad de Castilla y León se ha venido recogiendo dicha previsión, y la Ley 5/2024, de 9 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2024 establece en el artículo 13 i) que “…los veterinarios de salud pública de los servicios veterinarios oficiales destinados en mataderos e industrias alimentarias que realicen sus funciones en horarios nocturnos, así como en sábados, domingos y festivos podrán percibir un complemento de atención continuada en sus modalidades de turno de noche y turno de sábados, domingos y festivos, respectivamente, para el desempeño de sus funciones. Por la Junta de Castilla y León se establecerán las cuantías y requisitos que deben concurrir para su devengo…”.

El establecimiento de este complemento de atención continuada es consecuencia de la necesidad de adecuar el horario del personal veterinario al horario propio de las actividades de los mataderos e industrias alimentarias, por tanto, al horario de apertura que tengan autorizadas dichas empresas alimentarias, distinto al horario general establecido para el personal que presta sus servicios en las dependencias administrativas u oficinas públicas de la Administración autonómica, tal como así se prevé en el párrafo segundo del artículo 6 del Decreto 140/1989, de 6 de julio, por el que se reestructuran los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública en consonancia con lo previsto en el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 2 del Decreto 59/2013, de 5 de septiembre, por el que se regula la jornada, el horario, las vacaciones, los permisos y las licencias del personal funcionario al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Todo ello en el marco de las previsiones contempladas en el artículo 10 de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de salud pública y seguridad alimentaria de Castilla y León y demás normativa de aplicación, por cuanto la labor que viene desempeñando dichos profesionales sanitarios es esencial para garantizar la protección de la salud y la seguridad alimentaria de los consumidores mediante el ejercicio de la actividad de control permanente que llevan a cabo sobre los alimentos en los mataderos y empresas alimentaria de Castilla y León.

El presente proyecto se dicta con la finalidad de la actualización, por una parte, del complemento de atención continuada en la modalidad de turno de noche que ya percibe el personal veterinario que presta servicios en mataderos e industrias alimentarias en dicho turno y, por otra, el establecimiento de un complemento para retribuir al personal veterinario que preste servicios en sábados, domingos y festivos en mataderos e industrias alimentarias.

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Proyecto de Decreto por el que se establecen las cuantías y requisitos para la p

26/06/2025  •  1 comentario  •  GUTCASEN

Proyecto de Decreto por el que se establecen las cuantías y requisitos para la percepción por parte de los veterinarios de Salud Pública de los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública que pr

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ALEGACIONES AL DECRETO

24/06/2025  •  1 comentario  •  José Luis Gutiérrez

ALEGACIONES AL ARTICULADO Y A LA COMPENSACION HORARIA

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Alegaciones según texto acuerdo Uscal sivecal

26/06/2025  •  1 comentario  •  fermarsan

Según documento adjunto.

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Adecuación Decreto a las necesidades de los SVO de Salud Pública en mataderos

23/06/2025  •  1 comentario  •  Dioni

El horario no es el mismo que el de la Administración regulada por Decreto 59/2013.Ruego se regulen claramente. No se contempla la disponibilidad ni se valora. No se menciona compensación horaria.

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Alegaciones

25/06/2025  •  1 comentario  •  Clara Ronda

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ALEGACIONES GENERALES y de COMPENSACIÓN HORARIA:

25/06/2025  •  1 comentario  •  Sven - Veterinario León

Divido estas alegaciones en dos partes diferenciadas. En primer lugar, manifiesto un pequeño error conceptual en la redacción del texto. Y en segundo lugar, falta de mejoras organizativas y laborales.

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Alegaciones al Decreto

26/06/2025  •  1 comentario  •  AMC

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Se adjunta documento

25/06/2025  •  2 comentarios  •  Luis Burgos

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Alegaciones José Vicente Caro

26/06/2025  •  1 comentario  •  JOSE VICENTE CARO

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Proyecto decreto mataderos

23/06/2025  •  1 comentario  •  margarita_fdez

Alegaciones en dos partes claramente diferenciadas. 1.Error conceptual que creo que se ha producido en la redacción del texto. 2. Exclusión en la redacción de un aspecto que se recogía en el Pacto.

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Alegaciones

25/06/2025  •  1 comentario  •  Raul Carbajo Carbajo

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alegaciones

25/06/2025  •  1 comentario  •  Veterinario Oficial

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ALEGACIONES DECRETO MATADEROS

24/06/2025  •  1 comentario  •  SANJUSTO

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Alegaciones

25/06/2025  •  1 comentario  •  SILVIA

Adjunto alegaciones a la propuesta para adaptarla a lo acordado

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ALEGACIONES AL DECRETO

23/06/2025  •  1 comentario  •  Fco. Javier González

SE ADJUNTA DOCUMENTO

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Alegaciones proyecto decreto matadeos

23/06/2025  •  1 comentario  •  JAMFusuario

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Alegaciones mataderos

25/06/2025  •  1 comentario  •  DEMETRIO MANUEL MARTIN ARROYO

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No es lo acordado

24/06/2025  •  1 comentario  •  Elías Gómez

NO viene reflejada de forma inequívoca la compensación horaria según el acuerdo publicado.

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Alegaciones proyecto decreto mataderos

25/06/2025  •  1 comentario  •  Dinamita

Adjunto documento

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ALEGACIONES AL PROYECTO DE DECRETO

25/06/2025  •  1 comentario  •  JESÚS NÚÑEZ PANIAGUA

QUE SE RESPETEN LOS ACUERDOS Y LA DIGNIDAD DELOS VETERINARIOS DE MATADERS CON UNAS LABORES ENCOMIABLES Y CON UNOS HORARIOS QUE RESTAN MUCHA CALIDAD DE VIDA, DE CONCILIACION FAMILIAR,SALUD...

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Faltan reivindicaciones acordadas y firmadas

24/06/2025  •  1 comentario  •  Alberto Gutiérrez

No sé recoge en el Decreto compensaciones acordadas y recogidas en el acuerdo firmado con los representantes de los veterinarios de matadero. Se adjunta documento de alegaciones.

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alegaciones decreto

24/06/2025  •  1 comentario  •  Felix Robles

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Adecuar la propuesta Decreto a lo pactado con sindicado USCAL

25/06/2025  •  1 comentario  •  INSPECTOR MATADERO

- Adecuar Decreto a lo pactado con USCAL. Este decreto debe compensar horarios fuera del decreto actual que rige a personal funcionario trabaja en mataderos, Decreto 59/2013, de 5 de septiembre

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Alegaciones al proyecto de decreto

25/06/2025  •  1 comentario  •  Salvador Santamaria

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