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Proyecto de Orden por la que se regula la forma de acreditación de la condición de Inspector de Consumo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

En qué consiste

La Inspección de Consumo, en el ámbito de sus competencias, constituye uno de los instrumentos al servicio de las Administraciones Públicas dirigido a velar por el cumplimiento de las normas sobre protección de los consumidores.

La forma de acreditación del personal que tiene atribuidas funciones de inspección de consumo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se encuentra regulada mediante la Orden EYH/117/2017, de 28 de febrero.

En la actual tarjeta de acreditación se incluyen datos personales como el nombre y apellidos del Inspector de Consumo y su número de documento nacional de identidad; datos que pueden comprometer la intimidad de dicho personal y, en algún caso, su seguridad.

Con esta nueva Orden se pretende la implantación y mantenimiento de un sistema de identificación sin datos personales para los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que desarrollan funciones de inspección en materia consumo.

Por otra parte, la actual norma hace referencia a la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda como responsable de la expedición de la tarjeta de acreditación de los inspectores de consumo, así como del control y registro de las tarjetas expedidas. Tal referencia ha quedado desfasada con la entrada vigor el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, así como con la publicación del Decreto 8/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, en el que se establece entre las competencias de esta consejería la relativa a las actividades de vigilancia y control en materia de consumo

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