Código de la propuesta: CYL-2025-03-7999
Las personas mayores necesita profesionales cualificados para tener una calidad de vida óptima. No nos podemos olvidar de nuestros mayores
Se necesita de terapeuta ocupacional, fisioterapeuta y animadora sociocultural para que los residentes puedan tener una calidad de vida óptima. Incidiendo así en todos los hábitos y rutinas que las personas mayores tienen desde antes de llegar al centro residencial y las que se mantienen o se crean nuevas en dicho lugar. Es imprescindible trabajar insitu las actividades básicas de la vida diaria(alimentación, ducha, vestido) para mantener a la persona activa en su proceso de envejecimiento. Realizar actividades preparatorias para prevenir o retrasar en todo lo posible el deterioro funcional, realizando actividades psicosociales. Sin estos profesionales las personas que viven en estos centros se fomenta un crecimiento de dependencia, fomentando así sentimientos de estorbo, soledad, y querer dejar de vivir porque solo piensan están molestando y siendo una carga. es fundamental y un derecho que ellos sigan realizando sus quehaceres al igual que hacían antes. y por supuesto: profesionales que también se requiere en estos centros son enfermería y médico. Y no por mencionar el último profesional, no es menos importante . El trabajador social , donde haya una persona que pueda tramitar todo tipo de ayudas, o mejoras.
Tal y como establece la Ley 3/2024, el nuevo modelo de atención en centros de servicios sociales de carácter residencial y en los centros de día para cuidados de larga duración, es el de la atención integral y centrado en la persona (artículo 2), modelo que garantiza el respeto pleno a la dignidad y los derechos de las personas usuarias, permitiéndolas alcanzar las mayores cotas posibles de bienestar.
En cuanto a su referencia a perfiles profesionales concretos, el decreto únicamente desarrolla el mandato del legislativo autonómico, plasmado en la citada ley, que en su artículo 30 establece que los profesionales que prestan servicios en los centros de carácter residencial y en los centros de día serán profesionales técnicos, profesionales de atención directa y profesionales de servicios generales; indicando el 31.2 que “La titulación exigida, a excepción de la dirección del centro, será titulación universitaria de grado o equivalente, o titulación de formación profesional de grado superior que se circunscribirá a los siguientes ámbitos: salud, atención psicosocial, integración social, promoción de la autonomía o del envejecimiento activo de las personas usuarias de los centros. Además, estos profesionales deberán contar con formación complementaria en dependencia, discapacidad, geriatría, gerontología, u otras áreas relacionadas con el ámbito de atención a la dependencia”, pudiéndose incorporar en los centros de día multiactividad, otros profesionales que tengan relación con la tipología de actividades que se desarrollen en ellos.
Por tanto, el nuevo modelo abre para tales perfiles profesionales, nuevos roles y oportunidades laborales.
Cabe recordar que el proyecto de decreto, como es propio de su sustantividad, se limita a desarrollar la citada ley, aprobada por las Cortes de Castilla y León, según lo dispuesto en sus disposiciones finales, que faculta a la Junta de Castilla y León para aprobar las disposiciones necesarias para su desarrollo.
Muchas gracias por sus aportaciones.