En qué consiste
Este Plan Regional tiene como objeto fundamental realizar una revisión y compleción de las determinaciones de ordenación del sector de suelo urbanizable SU-1 “El Parralejo”, en el municipio de Melgar de Fernamental, que permita la generación sobre estos terrenos ya clasificados como suelos urbanizables de una oferta de suelo industrial de carácter público, gestionado por la administración autonómica, que permita la implantación de actividades productivas y logísticas en tipologías de mediana y gran industria, alineada con las demandas emergentes en la comunidad autónoma. Para ello el Plan Regional de Ámbito Territorial revisa y reconsidera las condiciones de ordenación urbanística, general y detallada, actualmente vigentes en el ámbito, así como las de actuación y urbanización, no culminadas y que en lo ejecutado se han tornado parcialmente obsoletas desde su establecimiento hace ya más de una década. La actuación se plantea así con diferente grado de incidencia sobre las determinaciones vigentes, que en el caso de las urbanísticas de ordenación general se limitan a una actualización al marco legal y reglamentario vigente y a puntuales precisiones de algunos parámetros, como el de la edificabilidad (reduciéndola) pero sin afectar a la clasificación del suelo, la delimitación del sector o los usos previstos; mientras que respecto a la ordenación detallada y las condiciones de actuación y urbanización la reconsideración es integral, reemplazando las determinaciones del Plan Regional a las anteriores de los instrumentos urbanísticos actualmente vigentes. En cualquier caso, la revisión tiene en consideración estas preexistencias tanto documentales como materiales (obras de urbanización parcialmente ejecutadas), planteando soluciones que permitan la integración, al menos parcial, de elementos ya ejecutados.
El Plan Regional incorpora para ello las determinaciones urbanísticas completas de su ámbito, tanto de ordenación general como detallada, que revisan las vigentes. Asimismo integra unas nuevas determinaciones de actuación que tienen en consideración tanto la nueva ordenación como el actual estado de la propiedad del suelo, mayoritariamente titularidad de la administración autonómica a través del promotor SOMACyL, quien está previsto que adquiera la titularidad completa de los terrenos que aún no sean de uso y dominio público. A tal efecto, el Plan Regional habilitará con su aprobación el inicio de los procedimientos de expropiación de aquellos terrenos requeridos para la ejecución de sus determinaciones. Estas condiciones, vinculada a la gestión, son recogidas en un anexo independiente del Plan Regional para facilitar las operaciones registrales que procedan tras la aprobación del instrumento de ordenación del territorio. Las determinaciones urbanísticas que establece el Plan Regional serán vinculantes para los planes, programas y proyectos concurrentes dentro de su ámbito, y en particular para las Normas Urbanísticas Municipales de Melgar de Fernamental que establecieron las determinaciones de ordenación general y detallada del sector “El Parralejo” y para sus instrumentos de desarrollo (Proyecto de Actuación y Proyecto de Urbanización) que serán expresamente sustituidos, derogándose sus determinaciones. En el caso de aquellas determinaciones que son declaradas de eficacia plena, la aprobación del Plan Regional supone la directa modificación de aquellas determinaciones vigentes que le sean contradictorias, identificándose estas de modo expreso en la documentación de este Plan Regional.
¿Considera adecuada la iniciativa de incrementar la disponibilidad de suelo público para su destino a actividades productivas y logísticas en tipologías de mediana y gran industria empresariales en el municipio de Melgar de Fernamental (Burgos)?
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