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Anteproyecto de Ley de Función Pública
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Carrera Horizontal sin penalizar la Promoción Interna

MJOC MJOC  •  28/10/2024  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2024-10-7801

Que el complemento de carrera horizontal reconocido en un grupo inferior, sea conservado al promocionar internamente. Es completamente injusto perder derechos por promocionar.

Al igual que ocurre con otros complementos, como los Trienios, éstos no desaparecen al promocionar, sino que se mantienen en su cuerpo de origen. Y dado que al promocionar la Carrera es obligado que comienze en el Grado 1, perder la carrera reconocida en los cuerpos anteriores es un perjuicio grave para todos aquellos que promocionan.

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  • Iñigo

    Es un contrasentido manifiesto con el artículo 38.3 (trienios): 3. Cuando, antes de completar un trienio, el personal funcionario cambie de adscripción a un grupo o subgrupo de clasificación profesional, la fracción de tiempo que transcurra se considerará como tiempo de servicios prestados en el nuevo grupo o subgrupo.

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