Proceso de legislación colaborativa
Anteproyecto de Ley de Función PúblicaCódigo de la propuesta: CYL-2024-10-7790
Ha de ser oída la Comisión Superior de Personal, que no sabemos por quién está compuesta ni cuáles son sus funciones
Según el art. 115.1 del anteproyecto de ley, en la sanción de separación del servicio será oída la Comisión Superior de Personal, creada en el art. 10 de este anteproyecto, sin saber cuál es su composición ni sus funciones (dejándose a un desarrollo reglamentario posterior), lo que supone todo un sinsentido y una falta de seguridad jurídica total.
No se sabe ni quién va a formar parte de esta Comisión ni si en la misma van a estar representados adecuadamente los trabajadores.
Lo dicho, un auténtico despropósito.
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