Proceso de legislación colaborativa

Anteproyecto de Ley de Función Pública
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Compensación económica justa para los funcionarios del grupo A2

MARCELIANO MARCELIANO  •  25/10/2024  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2024-10-7771

Se presenta esta propuesta legislativa orientada a asegurar una compensación económica justa para los funcionarios del grupo A2 que retribuyéndoles por nivel 26 asuman responsabilidades de nivel 28

La solicitud de mejora legislativa plantea asegurar una retribución justa para funcionarios del grupo A2 que, desempeñando funciones de nivel 28, no perciben la compensación adecuada. Se argumenta esta necesidad mediante varios puntos clave:

  1. Agravio Comparativo: Actualmente, los funcionarios del grupo A2 que realizan funciones de nivel 28 enfrentan una desventaja al no recibir la remuneración correspondiente, lo que genera una situación de inequidad con sus compañeros, quienes sí perciben la retribución adecuada por funciones similares. Esto impacta en la motivación de los empleados y genera conflictos internos. Modificaciones recientes en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), como el Acuerdo 78/2024 de la Junta de Castilla y León, no logran abordar plenamente este agravio, que requiere ajustes específicos para que los puestos con funciones superiores incluyan la retribución correspondiente.

  2. Abuso de la Administración: Exigir funciones de nivel 28 sin remuneración adecuada supone una inconsistencia con el principio de "igual salario por igual trabajo". La administración debe evitar prácticas que pudieran interpretarse como abusivas, y en cambio, implementar mecanismos que aseguren una retribución acorde a las funciones efectivamente realizadas.

  3. Precedente Jurisprudencial: En la Sentencia del Tribunal Supremo 206/2016, se reconoció a un funcionario el derecho a recibir diferencias salariales por realizar funciones superiores. Este fallo refuerza el principio de retribución conforme a las funciones, y su aplicación en este caso garantizaría la compensación justa a los funcionarios que ejercen funciones de nivel 28.

  4. Principios de Mérito y Capacidad en la Función Pública: La función pública se basa en principios de mérito y capacidad, y quienes asumen responsabilidades superiores deben recibir la retribución adecuada. Ignorar esta correspondencia compromete la equidad y debilita la credibilidad de los procesos de retribución y asignación de funciones.

  5. Reforma en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT): Una revisión estructural de la RPT podría resolver este problema. Proponiendo una modificación que revalorice los puestos a nivel 28 de manera inmediata para los funcionarios que actualmente ocupan estos puestos con funciones superiores, se evitaría que los empleados realicen estas funciones sin recibir la compensación justa mientras esperan la actualización de su nivel.

Opciones de Mejora Legislativa: Para abordar el problema, se proponen diversas opciones de modificación de la Ley de Función Pública (LFP), que incluyen:

  1. Cláusula de Complemento Retributivo: Un artículo que introduzca un "Complemento Retributivo de Nivel Transitorio" para compensar temporalmente a funcionarios que asumen funciones de un nivel superior sin retribución adecuada, aplicado hasta que se regularice el nivel o retribución.

  2. Complemento de Productividad o Rendimiento Extraordinario: Para funcionarios que realizan funciones de un nivel superior de manera permanente o prolongada, se puede establecer un complemento extraordinario, variable según la duración y naturaleza de las responsabilidades, evaluado anualmente.

  3. Actualización Retributiva para Puestos con Atribuciones Superiores: Proponer un apartado que permita actualizar automáticamente la retribución para puestos que, aunque asignados a un nivel inferior, realicen funciones de un nivel superior.

  4. Asignación Temporal de Funciones y Derechos Retributivos: Incluir una disposición transitoria para que, al asignar funciones de un nivel superior, se reconozca y aplique automáticamente la retribución correspondiente.

  5. Mecanismo de Revisión de Puestos: Añadir una disposición para la "Revisión de Puestos" que permita la revalorización automática de puestos en los que se asignen funciones de dos o más niveles superiores, evitando situaciones de infrarremuneración.

Implementar estas propuestas ayudaría a fomentar la equidad en las retribuciones y garantizaría que el desempeño de funciones superiores sea compensado adecuadamente, fortaleciendo la motivación y la transparencia dentro de la administración pública.