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CUERPO DE AGENTES MEDIOAMBIENTALES CON ESTRUCTURA PROPIA (GRUPOS A y B)

APAMCYLJD APAMCYLJD  •  24/10/2024  •  3 comentarios

Código de la propuesta: CYL-2024-10-7761

Creación del Cuerpo de Agentes Medioambientales con estructura habilitante para carrera profesional vertical.

Los puestos de trabajo de los Agentes se encuentran adscritos funcionalmente a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio; y ejecutivamente a los Servicios Territoriales de cada provincia, con funciones de impulso, supervisión y gestión de los medios materiales (art. 2 Decreto 136/2002, de 26 de diciembre). La coordinación operativa de las acciones de los AAMM es competencia compartida a La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal (art. 6k Decreto 9/2022, de 5 de mayo) y a la Dirección General de Infraestructura y Sostenibilidad Ambiental (art7l, Decreto 9/2022, de 5 de mayo), cada una en las materias de su competencia.  Esta organización funcional, ejecutiva y operativa se ha manifestado del todo ineficiente, como así lo corroboran diferentes circunstancias: 

1)    No existe un perfil formativo de capacidades y aptitudes que acompañe a los puestos de jefatura (Jefe de Comarca y Guarda Mayor). El único mérito valorado para la concurrencia de estos puestos clave en el organigrama del colectivo es la antigüedad. Paradójicamente, esta falta de requisitos para acceder a los puestos de coordinación y supervisión junto con la exigencia y actualización que sí se demanda en convocatoria al personal nuevo desemboca en una situación ilógica, inoperativa y disfuncional. Sin duda la experiencia acumulada se debe valorar, pero parece lógico que se cree y exija un perfil formativo, de capacidades y aptitudes acorde a la responsabilidad y las competencias de cada cargo.

2)    Las últimas incorporaciones al colectivo funcionarial de Agentes Medioambientales cuentan con un capital humano extraordinariamente formado, con titulados/as superiores en Ingenierías forestales y Montes, Químicas, Ambientales, Veterinaria, Derecho, entre otras. 

3)    Existe un vacío operativo en la escala de mando por encima del Guarda Mayor. Las competencias orgánicas del personal de AAMM son asumidas por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal y la Secretaria General, lo que ha demostrado una importante descoordinación provincial en lo referente a dotación de personal y medios, normalización de procedimientos, calendarios, etc. No existen criterios en clave autonómica. Cuando llegan instrucciones o directrices de perfil organizativo a través del Guarda Mayor se pone de manifiesto que emanan de centros de gestión que han perdido la presencia física en el territorio y que desconocen los problemas y peculiaridades del medio rural y, sobre todo, las circunstancias y dificultades que definen la implementación de las funciones de los AAMM.   En otras comunidades autónomas, una vez detectados estos problemas operativos, se ha optado por darle una solución mediante la Creación de un Cuerpo de Agentes Medioambientales. De esta forma se solventa la problemática anterior al quedar definidas tanto las dependencias orgánicas como las funcionales dentro de un mismo Cuerpo, donde todos sus miembros están uniformados y tienen la condición jurídica de Policía Administrativa Especial y Policía Judicial en sentido genérico. Este organigrama funcional desarrollada en varias Escalas dentro del Cuerpo permite la estructuración jerárquica, basada en el mérito y capacidad, la promoción interna vertical y la vertebración territorial mediante puestos de jefatura regional, provincial, de sección y comarca; a la vez que se consigue la unificación de criterios y la lógica normalización de las actuaciones a escala regional bajo el mando de la estructura del Cuerpo de AAMM. 

Se propone, dentro del Cuerpo de AAMM, la siguiente organización jerárquica en la que cada cargo ejerce labores de dirección orgánica, coordinación, control e inspección en los ámbitos territoriales asignados a través de la cadena de mando: 

Categoría: Dotación de personal:  1. Inspector/a Jefe/a Regional Grupo A (1 Agente Medioambiental) PLD 2. Inspector/a Jefe/a Provincial Grupo A 1 x provincia (9 Agentes Medioambientales)  3. Subinspector/a Jefe/a de Unidad Grupo A 2 x provincia (18 Agentes Medioambientales)  4. Jefe/a de Comarca Grupo B (97 Agente Medioambiental) * salvo reestructuración territorial  5. Agentes Medioambientales Grupo B (725 puestos de Agente Medioambiental) 

Titulaciones:  Todas las plazas de Grupo A del Cuerpo de Agentes Medioambientales estarán abiertas a las titulaciones de Ingenieros de Montes, Ingenieros Forestales, Ciencias Ambientales, Biología, Veterinaria, Químicas y Derecho:  Las plazas de Grupo B deberán estar en posesión de Titulo de Técnico Superior del ramo forestal/ambiental o equivalente.  

Documentos (1)

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  • Jose

    Hola. No creo que tener un título sea el mejor baremo para cubrir esas plazas.

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    • leandrito666

      Es necesario modernizar el trabajo con personal cualificado para puestos de mando. Apoyo la creación de cuerpo de Agentes Medioambientales.

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      • Forest

        Está muy bien tener sueños, pero me parece un despropósito

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