Proceso de legislación colaborativa
Anteproyecto de Ley de Función PúblicaCódigo de la propuesta: CYL-2024-10-7755
Convocatoria extraordinaria anual de carrera profesional horizontal II, hasta que se pueda convocar ordinariamente la carrera profesional horizontal II.
La Administración de Castilla y León está cometiendo contínuos agravios con sus empleados en relación con la carrera profesional. Se ha convocado de forma extraordinaria el reconocimiento de la categoría profesional III cuando aún no se ha convocado el procedimiento ordinario de la categoría profesional II. Esto implica que numerosos empleados que hemos ido alcanzando los 15 años necesarios para reconocer la categoría II de forma extraordinaria aún no podamos acceder a ella, por haber cumplido el plazo con posterioridad a esa convocatoria extraordinaria, y tengamos que esperar a la convocatoria ordinaria, una vez transcurridos 5 años desde el reconocimiento de la categoría I; mientras que hay a quien ya se le va reconocer la categoría III y proximamente la categoría IV. Este desagravio se solucionaría si se convocara anualmente el reconocimiento extraordinario de la categoria II, hasta que se pudiera convocar ordinariamente dicha categoría. De esta forma se eliminarian las desigualdades salariales entre empleados públicos que pueden tener una diferencia de días en sus años de servicio: si cumpliste los 15 años el 31 de diciembre de 2022, se te reconoce la categoría II; si cumpliste los 15 años 2 días después, el 02 de enero de 2023, tienes que esperar a que se convoque la categoria II ordinariamente, previsiblemente en 2026. A todas luces un proceso injusto.
Vamos a ver.
Aquí ya partimos de que la primera convocatoria extraordinaria que se hizo de la carrera profesional fue del todo ilegal, sin que existiera un desarrollo reglamentario previo de la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tal y como se exige en esta misma norma. Impidiendo, además, la participación de numerosos trabajadores, que habían ascendido por promoción interna.
Pero, claro, por aquel entonces había mucha prisa por pagar a los trabajadores algo, para tenerles contentos, las elecciones autonómicas estaban demasiado cerca...
Pero aquí no pasa nada, la propia Administración autonómica (entiéndase, quienes la dirigen) se ha pasado la Ley por el 'arco del triunfo' y nadie ha protestado (ni los sindicatos, por algo será).
Por no mencionar, una vez más, el agravio comparativo que se ha creado entre trabajadores, al existir una carrera profesional a dos velocidades.
Así que, si la primera convocatoria extraordinaria de la carrera profesional fue del todo ilegal, todo lo que ha venido después también lo ha sido.
Y aquí estamos. Ahora la progresión en la carrera profesional va a servir para todo: concursos de méritos, promociones internas, etc.