Proceso de legislación colaborativa

Anteproyecto de Ley de Función Pública
Volver

PROPUESTAS MEJORA ANTEPROYECTO.

TRABAJADOR SOCIAL. TRABAJADOR SOCIAL.  •  21/10/2024  •  2 comentarios

Código de la propuesta: CYL-2024-10-7725

Diversas propuestas en las siguientes materias: Teletrabajo, Personal directivo, concurso específico, formación como mérito y comisión de servicios.

- Teletrabajo (Art.50): Se determinará en las Relaciones de Puestos de Trabajo los puestos que son susceptibles de ocupar mediante la modalidad de Teletrabajo. Si un determinado puesto de trabajo puede ser desempeñado en una determinada provincia mediante teletrabajo, en otra no puede alegarse imposibilidad. Habrá que determinar claramente qué puestos pueden ser desempeñados en dicha modalidad, y facilitar su desempeño si es claro que puede hacerse con rendimiento idéntico. No es de recibo que se pongan trabas por el simple hecho de que el superior jerárquico tenga empeño en negarlo por sistema.

- Puestos directivos (Art. 70.2): Los puestos de carácter directivo se adscribirán al Grupo A de personal funcionario. Hay determinados puestos de carácter directivo que deben poder acceder funcionarios con titulación idéntica de Grado. Mantener las diferencias con igual titulación no tiene sentido.

- Concurso específico (Art. 80): La realización de entrevistas debe eliminarse para el acceso a puestos de concurso específico. Se deben utilizar otros elementos objetivos, como memorias y trabajos que puedan ser evaluados objetivamente por un Tribunal independiente. A los puestos de concurso específico normalmente se accede por comisión de servicio y las personas que lo ocupan se les asigna luego definitivamente, eso no esun sistema de provisión de puestos ni justo ni aceptable. Introducir elementos de evaluación objetivos introduce criterios de Justicia en este sistema de provisión.

- Méritos valorables (Art. 82): Se debe volver a valorar obligatoriamente la formación realizada, al menos la que se realice por el ECLAP puesto que se puede obtener mediante PERSIGO y es fácilmente computable en cualquier concurso. No es admisible que haya gente que no se forme casi ni aunque sea obligatorio y otras personas que están en continuo proceso formativo no les sea tenido en cuenta. Hoy por hoy las oportunidades de formación que ofrece el ECLAP son para todos, y debe ser un mérito a valorar para el acceso a plazas por concurso.

- Comisión de servicios (Art. 87): "Las comisiones de servicio deberán ofertarse mediante convocatoria pública.., y deben asignarse mediante un sistema que valore la idoneidad de los candidatos, bien sea un baremo de méritos o cualquier otro sistema que evite la discrecionalidad en el nombramiento". 

 

Necesitas iniciar sesión o registrarte para comentar.
  • Juan sin nombre

    Buenos días.
    De acuerdo en casi todo.
    Me parece bien que se puntúen los cursos de formación de la ECLAP, pero hay que señalar que la manera de conceder los cursos deja mucho que desear.
    Yo pido y pido en cada convocatoria y no me dan na de na. La concesión de los cursos deja mucho que desear, por no mencionar que pueden acceder empleados de otras administraciones o lo que es más que cuestionable, que se den cursos al personal interino por delante del personal funcionario.
    Finalmente, en cuanto a lo de las comisiones de servicios, si hubiera un concurso abierto y permanente para el personal funcionario, se acabó el problema.
    No obstante, un criterio (más o menos objetivo) a la hora de conceder las citadas comisiones sería acudir a la puntuación obtenida en el último concurso de traslados convocado y resuelto, siempre y cuando no hayan transcurrido años y años, claro está. Pero esto no interesa aplicarlo, ya sabemos cómo se dan las comisiones de servicio...

    1 voto  | 
    1
    0
    1 respuesta (mostrar) 1 respuesta (colapsar)
    • María Valladolid

      También de acuerdo en casi todo, excepto en que se valoren los cursos de la ECLAP, para eso tendrían que darnos los que pidiésemos, a mí tampoco me suelen dar ninguno. Podrían ser cursos con menos exigencia para los tutores de forma que no sea necesario limitar el número de participantes.

      Sin votos  | 
      0
      0
      Sin respuestas